Société à responsabilité limitée77.171.280-0

Comercializadora Y Distribuidora Ramirez Hermanos Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 16 déc. 2017

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2017-12-16Voir le PDF (CVE 1320918)

Informations sociétaires

Ltda
calle Dorsal número mil seiscientos treinta y tres

Capital

Capital total

$27.616.308

Associés (2)

NomParticipation

EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA

Socio

16.xxx.xxx-0

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 4 août 1997

    Constitución de COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA.

  2. Changement de capital· 21 juillet 2016

    Se relata una modificación previa con aumento de capital y cesiones de derechos sociales, luego saneada y rectificada por este acto.

    MABEL RAMIREZ GATICA · EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA · GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular, 43a Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos No 835, piso 18, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 2 de Noviembre de 2017, Repertorio Nº 59508/2017, ante mí, doña MABEL ARACELLI RAMIREZ GATICA, C.I. Nº doce millones cuatrocientos noventa y un mil quinientos sesenta y siete guión ocho, domiciliada en calle Dorsal número mil seiscientos treinta y tres, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA, C.I. Nº trece millones doscientos sesenta y un mil trescientos veintidós guión dos, domiciliado en Avenida Einstein número novecientos dieciséis, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; y doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA, C.I. Nº dieciséis millones trescientos sesenta y seis mil ochocientos treinta guión cero, domiciliada en calle Dorsal número dieciocho mil setecientos once, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, efectuaron saneamiento, rectificación y modificación relativos a la sociedad “COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha cuatro de agosto del año mil novecientos noventa y siete, otorgada en la Séptima Notaría de Santiago ante el Notario Titular don Arturo Carvajal Escobar, cuyo extracto se inscribió a fojas veintiún mil doscientos diez Número dieciséis mil novecientos ochenta del Registro de Comercio de Santiago correspondiente año mil novecientos noventa y siete, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y siete y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha veintiséis de agosto del año mil novecientos noventa y siete. SANEAMIENTO. Los comparecientes sanean falta de inscripción y publicación del extracto de modificación de la sociedad “COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, de la escritura pública de fecha veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, Repertorio diez mil ciento sesenta y uno/dos mil dieciséis, otorgada en la Séptima Notaría de Santiago ante el Notario Suplente don Jorge Rodrigo Schwenke Zuñiga, de la Notario Titular de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, con domicilio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, Santiago, conforme a lo previsto en el artículo tercero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. RECTIFICACIÓN. Los comparecientes rectifican escritura pública de modificación de la sociedad “COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, de fecha veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, Repertorio diez mil ciento sesenta y uno/dos mil dieciséis, otorgada en la 7º Notaría de Santiago ante el Notario Suplente don Jorge Rodrigo Schwenke Zuñiga, de la Notario Titular de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, con domicilio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, Santiago, ya que por un error involuntario, se indicó erróneamente la sustitución de la cláusula quinta de los estatutos sociales referida al capital, cuya sustitución da cuenta la cláusula sexta de la escritura pública de modificación de sociedad antes aludida.- En virtud de lo anterior, se rectifica la cláusula sexta de la escritura pública de modificación de la sociedad “COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, de fecha veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, Repertorio diez mil ciento sesenta y uno/dos mil dieciséis, otorgada en la Séptima Notaría de Santiago ante el Notario Suplente don Jorge Rodrigo Schwenke Zuñiga, de la Notario Titular de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, con domicilio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, Santiago, DONDE DICE: “SEXTO: Atendida las cesiones de derechos sociales que da cuenta la presente escritura, se repacta el estatuto social en lo siguiente: Se Sustituye la cláusula quinta quedando como sigue: QUINTO: Se realiza un aumento de capital por un monto de diecisiete millones seiscientos dieciséis mil trescientos ocho pesos el que corresponde a las revalorizaciones, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio anterior, lo que sumado al capital original de quinientos cincuenta mil pesos, resulta a contar de esta fecha un capital de la sociedad correspondiente a dieciocho millones ciento sesenta y seis mil trescientos ocho pesos”. DEBE DECIR: “SEXTO: Atendida las cesiones de derechos sociales que da cuenta la presente escritura, se repacta el estatuto social en lo siguiente: AUMENTO DE CAPITAL. ANTECEDENTES PREVIOS. A la fecha de la presente escritura y de conformidad con los estatutos sociales actualmente vigentes, el capital de la sociedad alcanza la suma de diez millones de pesos, el que se enteró y pagó en la forma prescrita en la cláusula quinta de los estatutos sociales que señala: “QUINTO: El capital social será la suma de diez millones de pesos que se aporta y entera en la siguiente forma: a doña MABEL RAMIREZ GATICA, aporta la suma de cinco millones de pesos de la que entera con quinientos mil pesos en dinero efectivo en este acto; y b) don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA, aporta la suma de cinco millones de pesos, de la que entera cincuenta mil pesos en dinero en efectivo en este acto.- Los saldos de los aportes deberán enterarse a medida que las necesidades sociales lo requieran en el plazo máximo de ocho años a contar de esta fecha.-”.- MODIFICACIÓN. AUMENTO DE CAPITAL. Los comparecientes, don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA, y doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad “COMERCIAL RAMÍREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, hoy “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA RAMIREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, acuerdan aumentar el capital de la sociedad desde la cantidad de diez millones de pesos a la cantidad de veintisiete millones seiscientos dieciséis mil trescientos ocho pesos, estos es equivalente a un aumento efectivo de diecisiete millones seiscientos dieciséis mil trescientos ocho pesos, que corresponde a las revalorizaciones del capital propio, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio anterior. Así las cosas, el aumento de capital corresponde al porcentaje de participación en el capital social revalorizado, a las utilidades acumuladas, y a las utilidades del ejercicio social del año dos mil quince. En consecuencia, el capital de la Sociedad así aumentado, de la suma de diez millones de pesos a la cantidad de veintisiete millones seiscientos dieciséis mil trescientos ocho pesos. Se sustituye y/o reemplaza la cláusula quinta de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: “El capital de la sociedad asciende a la suma de veintisiete millones seiscientos dieciséis mil trescientos ocho pesos, que se aporta, entera y paga en la siguiente forma: a) don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA, aporta la suma de trece millones ochocientos ocho mil ciento cincuenta y cuatro pesos, que se entera de la siguiente forma a.uno) La suma de cincuenta mil pesos en dinero en efectivo en acto de constitución de sociedad, ya ingresados a la caja social; a.dos) La suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos que deberán enterarse a medida que las necesidades sociales lo requieran en el plazo máximo de ocho años a contar de la fecha del acto de constitución; y a.tres) La suma de ocho millones ochocientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro pesos, que corresponde a las revalorizaciones del capital propio, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio que se han capitalizado, ya ingresados a la caja social. Es decir, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y b) Doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA, aporta la suma de trece millones ochocientos ocho mil ciento cincuenta y cuatro pesos, que se entera de la siguiente forma a.uno) La suma de cincuenta mil pesos en dinero en efectivo en acto de constitución de sociedad, ya ingresados a la caja social; a.dos) La suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos que deberán enterarse a medida que las necesidades sociales lo requieran en el plazo máximo de ocho años a contar de la fecha del acto de constitución; y a.tres) La suma de ocho millones ochocientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro pesos, que corresponde a las revalorizaciones del capital propio, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio que se han capitalizado, ya ingresados a la caja social. Es decir, equivalente al cincuenta por ciento del capital social”.- En todo lo no modificado, rectificado y/o saneado por el presente instrumento, permanecen vigentes la escritura primitiva de constitución en que constan los estatutos sociales como asimismo las modificaciones, cesiones y sustituciones al estatuto social contenidas en la escritura pública que por este acto se sanea, rectifica y modifica. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, a 11 de Diciembre de 2017.-

ModificationDiario Oficial · 2017-12-02Voir le PDF (CVE 1313239)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Administración individual o conjunta por ambos socios

Capital

Capital total

$18.166.308

Associés (2)

NomParticipation

EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA

Socio

16.xxx.xxx-0

50%

Administrateurs (2)

EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA

13.xxx.xxx-2Administrador

GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA

16.xxx.xxx-0Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Cession de droits· 21 juillet 2016

    Mabel Aracelli Ramírez Gatica cede el 50% de sus derechos a Grette Charlotte Ramírez Gatica y salen/permancen como únicos socios Emerson Alejandro Ramírez Gatica y Grette Charlotte Ramírez Gatica.

    MABEL ARACELLI RAMIREZ GATICA · GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA · EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA

  2. Changement de nom· 21 juillet 2016

    La razón social se sustituye por Comercializadora y Distribuidora Ramírez Hermanos y Compañía Limitada, pudiendo usar COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA E&G LTDA.

  3. Changement de capital· 21 juillet 2016

    Se aumenta el capital en $17.616.308, quedando en $18.166.308.

  4. Changement d’administrateur· 21 juillet 2016

    La administración y representación legal pasa a corresponder individualmente a ambos socios, actuando por separado o conjuntamente.

    EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA · GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA

Texte officiel de l’extrait

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 21 de julio de 2016, ante el Notario Suplente Jorge Rodrigo Schwenke Zuñiga, doña MABEL ARACELLI RAMIREZ GATICA, chilena, casada y separada de bienes, administrador de empresas, cédula de identidad 12.491.567-8, domiciliada en Dorsal Numero 1633, comuna Independencia, don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA, chileno, casado y separado de bienes, administrador de empresas, domiciliado en Avenida Einstein Nro 916, comuna Independencia, cédula de identidad número 13.261.322-2 y doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA, chilena, soltera, Ingeniero Comercial, ci 16.366.830-0 domiciliada en Dorsal número 1711, Comuna Independencia, todos Santiago, celebraron cesión de derechos y modificaron sociedad Comercial Ramírez Hermanos y Compañía Limitada o COMABEL LTDA, en la forma siguiente: socia Mabel Aracelli Ramírez Gatica vende, cede y transfiere el 50 % de sus derechos que le corresponden en la sociedad, sea por capital, revalorizaciones, participaciones en las utilidades retiradas o por retirar, y por cualquier otro concepto o título, sin limitación, ni exclusión alguna a Doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA, quien compra y acepta para sí .El precio de esta cesión es la suma de quinientos mil pesos que cesionaria paga en dinero efectivo al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción. Cesión de derechos tiene efecto a contar de esta fecha .Quedan como únicos socios de Comercial Ramírez Hermanos y Compañía Limitada EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA y doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA y declaran que, para los efectos previstos en el Código Tributario, la sociedad se hace solidariamente responsable de los impuestos que se adeudaren por doña Mabel Aracelli Ramírez Gatica en su calidad de socia de la sociedad hasta la fecha en que se retira. Atendida cesiones de derechos sociales, se repacta el estatuto social en lo siguiente: se sustituye la cláusula cuarta de escritura de constitución social, quedando como sigue: CUARTO. La razón social será Comercializadora y Distribuidora Ramírez Hermanos y Compañía Limitada, pudiendo actuar para fines tributarios, bancarios y publicitarios como COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA E&G LTDA. Se sustituye cláusula quinta quedando como sigue: QUINTO; Se realiza aumento de capital por un monto de $17.616.308 el que corresponde a las revalorizaciones, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio anterior, lo que sumado al capital original de $550.000, resulta a contar de esta fecha un capital de la sociedad correspondiente a $18.166.308. Se sustituye la cláusula séptima quedando como sigue: SEPTIMO.- La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponderá individualmente a ambos socios quienes actuando por separado o en forma conjunta por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representaran extrajudicial y judicialmente con facultades señaladas en escritura. Se sustituye la cláusula octava, por la siguiente: OCTAVO; Las utilidades y eventuales perdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, esto es, en un cincuenta por ciento para don EMERSON ALEJANDRO RAMIREZ GATICA y en un cincuenta por ciento para doña GRETTE CHARLOTTE RAMIREZ GATICA. Se sustituye la cláusula undécima, por la siguiente: UNDECIMO; La sociedad no termina en caso de fallecimiento de uno de los socios, en cuyo caso, continuará con la sucesión del socio fallecido quienes no tendrán facultades de administración y deberán designar un procurador común. La administración será ejercida exclusivamente por el socio sobreviviente. En lo no modificado rige el estatuto social que consta de la escritura de constitución de la sociedad. Santiago, 29 de Julio de 2016.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA RAMIREZ HERMANOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1320918

  2. MODIFICACIÓN

    Comercial Ramírez Hermanos y Compañía Limitada

    CVE 1313239

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