Inversiones y Desarrollos CPK Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo las siguientes actividades: a) Invertir o administrar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general, en toda clase de valores, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones, derechos sociales y títulos en general, cualquiera sea su naturaleza; b) El desarrollo, corretaje, explotación y venta de bienes raíces, proyectos de parcelación y/o loteos; c) La prestación y desarrollo de todo tipo de asesorías, planificaciones, consultorías, gestión y servicios en materias relacionadas con inversión, bienes raíces, administración, finanzas, comercio, energía y otras materias similares; d) La comercialización, importación y exportación de todo tipo de productos y servicios; e) Participar como socia en otras sociedades, cualquier sea su giro o naturaleza jurídica, efectuar aportes en ellas y administrarlas; y f) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos y/o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente.
Capital
Capital total
$1.666.667
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones y Desarrollos Antillanca Limitada Socio | - | 66.67% | $1.111.167 |
Socio | - | 16.665% | $277.750 |
Socio | - | 16.665% | $277.750 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 31 de octubre de 2023, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, bajo el repertorio N° 31645/2023, Inversiones y Desarrollos Antillanca Limitada, don Cristián Andrés Karmy Guzmán, Inversiones y Desarrollos Deltas Limitada, todos domiciliados en Cerro El Plomo número 5.931, oficina 510, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don Cristóbal José Pacheco Reitze, domiciliado en Agustín del Castillo número 2.799, departamento número 64, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron lo siguiente: I. Fusión Inversiones y Desarrollos Deltas Limitada e Inversiones y Desarrollos CPK Limitada. (i.i) Don Cristián Andrés Karmy Guzmán y don Cristóbal José Pacheco Reitze, en su calidad de únicos socios de Inversiones y Desarrollos Deltas Limitada, por una parte; Inversiones y Desarrollos Antillanca Limitada e Inversiones y Desarrollos Deltas Limitada, en su calidad de únicos socios de Inversiones y Desarrollos CPK Limitada, por otra; acordaron la fusión de ambas sociedades absorbiendo ésta última a la primera. En consecuencia, se disuelve Inversiones y Desarrollos Deltas Limitada, no siendo necesaria su liquidación, ya que, a consecuencia de la fusión, la sociedad Inversiones y Desarrollos CPK Limitada se hará cargo de todos sus activos y pasivos. (i.ii) Como consecuencia de la fusión, se acuerda el aumento de capital de Inversiones y Desarrollos CPK Limitada en $666.667, quedando el capital en la suma total de $1.666.667. II. Nuevos Estatutos Inversiones y Desarrollos CPK Limitada, (“Sociedad”). Los actuales y únicos socios de la Sociedad, don Cristián Andrés Karmy Guzmán, Inversiones y Desarrollos Antillanca Limitada, ambos domiciliados en Cerro El Plomo número 5.931, oficina 510, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y, don Cristóbal José Pacheco Reitze, domiciliado en Agustín del Castillo número 2.799, departamento número 64, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, aprueban modificar los estatutos de la Sociedad, y se fijan los nuevos estatutos de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Razón Social: Inversiones y Desarrollos CPK Limitada. (ii)Administración: don Francisco Javier Karmy Guzmán con facultades indicadas en escritura extractada. (iii) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.666.667, que los socios aportaron en la siguiente forma: (a) Inversiones y Desarrollos Antillanca Limitada aportó la suma de $1.111.167, equivalentes al 66,67% de los derechos sociales pagados en dinero; (b) Cristián Andrés Karmy Guzmán, aportó la suma de $277.750, equivalentes al 16,665% de los derechos sociales pagados en dinero; y (c) Cristóbal José Pacheco Reitze aportó la suma de $277.750, equivalentes al 16,665% de los derechos sociales, pagados en dinero. (iv) Objeto social: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo las siguientes actividades: a) Invertir o administrar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general, en toda clase de valores, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones, derechos sociales y títulos en general, cualquiera sea su naturaleza; b) El desarrollo, corretaje, explotación y venta de bienes raíces, proyectos de parcelación y/o loteos; c) La prestación y desarrollo de todo tipo de asesorías, planificaciones, consultorías, gestión y servicios en materias relacionadas con inversión, bienes raíces, administración, finanzas, comercio, energía y otras materias similares; d) La comercialización, importación y exportación de todo tipo de productos y servicios; e) Participar como socia en otras sociedades, cualquier sea su giro o naturaleza jurídica, efectuar aportes en ellas y administrarlas; y f) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos y/o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente.(v) Duración: La Sociedad rige desde esta fecha y durará diez años contados desde esta fecha y se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 05 de diciembre de 2023.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Inversiones y Desarrollos CPK Limitada
CVE 2420641
