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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.149.747-0

Inversiones Nero Limitada

MODIFICACIÓN — 29 ago 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-08-29Ver PDF (CVE 2538809)

Información societaria

Ltda
Camino El Canal número 8559
Duración: No consta
Administración: Directorio de tres miembros

Capital

Capital total

US$100.000

Capital pagado

US$100.000

Capital pendiente

US$0

Socios (2)

NombreParticipación

Pedro Arnaboldi Campos

Socio

50%

Sofía Arnaboldi Campos

Socio

50%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 26 de marzo de 2020

    Constitución original de la sociedad con directorio por cinco años desde esa fecha.

    Inversiones Nero Limitada

  2. Cesión de derechos· 4 de julio de 2024

    Ana Isabel Campos González cede el 33,4% de sus derechos sociales a Pedro Arnaboldi Campos y Sofía Arnaboldi Campos, en partes iguales.

    Ana Isabel Campos González · Pedro Arnaboldi Campos · Sofía Arnaboldi Campos

  3. Retiro de socio· 4 de julio de 2024

    Ana Isabel Campos González se retira de la sociedad.

    Ana Isabel Campos González

  4. Cambio de capital· 4 de julio de 2024

    Se reemplaza íntegramente el artículo quinto para fijar el capital social en US$100.000, dividido entre Pedro Arnaboldi Campos y Sofía Arnaboldi Campos por mitades iguales.

    Pedro Arnaboldi Campos · Sofía Arnaboldi Campos

  5. Cambio de administrador· 4 de julio de 2024

    Se adecua la administración y representación a un directorio de tres miembros.

    Luis Enrique Arnaboldi Camponovo · María Teresa Arnaboldi Campos · Luis Arturo Arnaboldi Campos

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 4 de julio del año 2024, doña Ana Isabel Campos González, don Pedro Arnaboldi Campos y doña Sofia Arnaboldi Campos, todos domiciliados para estos efectos en Camino El Canal número 8559, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad Inversiones Nero Limitada, inscrita a fojas 24.084, número 12.210 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: (1) Cesión de derechos sociales. Doña Ana Isabel Campos González vende, cede y transfiere a don Pedro Arnaboldi Campos y a doña Sofia Arnaboldi Campos, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, y en partes iguales, el 33,4% de los derechos de los que la primera era titular en la Sociedad. De esta forma, cada uno de los cesionarios adquiere el 16,7% de los derechos sociales de Inversiones Nero Limitada. Como consecuencia de la referida venta y cesión de derechos, doña Ana Isabel Campos González se retira de la Sociedad, con el consentimiento expreso de los demás socios de Inversiones Nero Limitada. El precio de la referida venta y cesión de derechos asciende a la cantidad única y total de 33.400 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiendo, a cada uno de los cesionarios, pagar a la Cedente la cantidad de 16.700 dólares de los Estados Unidos de América. (2) Modificación de estatutos. Como consecuencia de la venta y cesión de derechos anteriormente referida, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar íntegramente el Artículo Quinto y adecuar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, los cuales quedan del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de cien mil dólares de los Estados Unidos de América, que los socios han aportado y enterado en la siguiente forma y proporciones: a) don Pedro Arnaboldi Campos ha aportado y enterado la cantidad de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América, equivalente al cincuenta por ciento del capital e interés social; y, b) doña Sofía Arnaboldi Campos ha aportado y enterado la cantidad de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América, equivalente al cincuenta por ciento restante del capital e interés social.”.“Artículo Séptimo: Uno. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, el cual estará investido de las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Dos. El directorio de la sociedad estará compuesto por don Luis Enrique Arnaboldi Camponovo, doña María Teresa Arnaboldi Campos y don Luis Arturo Arnaboldi Campos, todos los cuales podrán ser reelegidos indefinidamente. Tres. El directorio durará un período de cinco años a contar del veintiséis de marzo del año dos mil veinte, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que la unanimidad de los socios acuerde su revocación total o parcial. Cuatro. En caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviniente debidamente acreditada de uno o más de los directores, el o los restantes miembros del directorio procederán a nombrar a su o sus respectivos reemplazos”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 23 de agosto de 2024.

ConstituciónDiario Oficial · 2020-04-15Ver PDF (CVE 1750927)

Información societaria

Ltda
Camino El Canal número 8.559
Duración: 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en la escritura extractada
Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos.

Capital

Capital total

$100

Socios (3)

NombreParticipación

Sofia Arnaboldi Campos

Socio

33.3%

Ana Isabel Campos González

Socio

33.4%

Pedro Arnaboldi Campos

Socio

33.3%

Administradores (3)

Texto oficial del extracto

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2020, ante el titular, Pedro Arnaboldi Campos, Ana Isabel Campos González y Sofia Arnaboldi Campos, todos domiciliados en Camino El Canal número 8.559, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto: Razón social: Inversiones Nero Limitada Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de 100.000 dólares de los Estados Unidos de América el que será aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: /i/ doña Sofia Arnaboldi Campos aporta la cantidad de 33.300 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 33,3% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada; /ii/ doña Ana Isabel Campos González aporta la cantidad de 33.400 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 33,4% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada; y /iii/ don Pedro Arnaboldi Campos aporta la cantidad de 33.300 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 33,3% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada. Administración y uso de la razón social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, el cual estará investido de las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. El directorio de la sociedad estará compuesto por los socios doña Ana Isabel Campos González, doña Sofia Arnaboldi Campos y don Pedro Arnaboldi Campos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 9 de abril de 2020.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones Nero Limitada

    CVE 2538809

  2. CONSTITUCIÓN

    Inversiones Nero Limitada

    CVE 1750927

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)