Inversiones e Inmobiliaria Doña Laura SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$53.000.000
股份
100
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | - | - |
摘要官方正文
RUBÉN REINOSO HERRERA, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en dicha comuna, Cordovez 405. Certifico: Por escritura pública de fecha de hoy; Laura Ester Barriga Loyola, chilena, matrona, divorciada, C.I.N°6.235.256-6, modificó la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Doña Laura S.p.A, cuyo capital original era de 60 millones de pesos, en el siguiente sentido: /A/ Se eliminó del aporte, el inmueble singularizado en el Artículo Segundo Transitorio como “BODEGA HABITABLE bb DOS”, valorizado en la suma de siete millones de pesos, y /B/ como consecuencia de lo anterior, se redujo proporcionalmente el capital social, modificándose el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente “Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de $53.000.000 divididos en cien acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie de igual valor, que se suscriben y pagan según lo previsto en el Artículo Segundo Transitorio de estos estatutos. Capital que se entera de la forma señalada en el artículo segundo transitorio.” En lo no modificado se mantienen vigentes todas y cada una de las estipulaciones de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 09 de Noviembre de 2020.-
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資本
總資本
$53.000.000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | - | - |
摘要官方正文
RUBÉN REINOSO HERRERA, abogado, Notario Público de La Serena, con oficio en dicha comuna, calle Cordovez 405. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 27 de Septiembre de 2020 ante el notario suplente de esta notaria Gonzalo Oñate Miranda; doña Laura Ester Barriga Loyola, chilena, matrona, divorciada, cédula nacional de identidad número 6.235.256-6, saneó conforme a la Ley N° 19.499, escritura pública de modificación, rectificación y complementación de la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Doña Laura SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.145.117-9, de fecha 09 de junio, otorgada en esta Notaría ante Suplente don Gonzalo Oñate Miranda, Repertorio N° 4828-2020, en virtud de la cual se eliminó un bien aportado y se redujo proporcionalmente el capital social a la suma de cincuenta y tres millones de pesos. El vicio consistió en la falta de inscripción y publicación en extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena. 27 de Septiembre de 2020.
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資本
總資本
$53.000.000
摘要官方正文
GONZALO ANDRES OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Suplente de la Cuarta Notaría de La Serena, del titular don Rubén Reinoso Herrera, notario de La Serena Cordovez 405, certifica que con fecha 09-06-20220, ante mi, compareció doña LAURA ESTER BARRIGA LOYOLA, chilena, divorciada, matrona, CI 6.235.256-6, domiciliada en calle Reinaldo Boltz 2034, de La Serena, rectifica capital social de sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA DOÑA LAURA S.p.A., cuyo extracto publicado en la edición de 30-03-2020 del Diario Oficial, la que fue inscrita a fojas 266 Nº 97 del Registro de Comercio de La Serena del año 2020, en sentido de excluir inmueble aportado denominado BODEGA HABITABLE bb DOS, rol 4500-222 de comuna de La Serena. Consecuentemente capital social queda reducido a $53.000.000. Demás estipulaciones en escritura; La Serena 16 de junio de 2020.
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公司目的
La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición o enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión en derechos sociales y acciones; la inversión y negocios en toda clase de bienes muebles o raíces corporales e incorporales; comerciar y explotar toda clase de bienes, obtener rentas y celebrar contratos que se relacionen directa o indirectamente con los objetos señalados; la compra, venta y participación en derechos sociales de empresas y participación en acciones de empresas, sociedades anónimas, sociedades por acciones, en comanditas, legales o contractuales mineras, civiles o comerciales; la realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, operaciones de cambio, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, con las excepciones legales; no podrán realizar las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras; y cualquier otro negocio que acordaren los socios o accionistas.
資本
總資本
$60.000.000
實繳資本
$60.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | 100% | $60.000.000 |
摘要官方正文
GONZALO ANDRES OÑATE MIRANDA suplente del titular don RUBEN REINOSO HERREA, Notario Público, La Serena, Cordovez N° 405, Certifica: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2020, ante mí comparecen, LAURA ESTER BARRIGA LOYOLA, chilena, divorciada, matrona cédula nacional de identidad 6.235.256-6, domiciliada en calle Reinaldo Boltz dos mil treinta y cuatro, de La Serena constituyendo al efecto una sociedad por acciones o SpA, y cuyos estatutos son los siguientes: Nombre de la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA DOÑA LAURA S.p.A. o INVERSIONES DOÑA LAURA S.p.A.”. Objeto social será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición o enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión en derechos sociales y acciones. La inversión y negocios en toda clase de bienes muebles o raíces corporales e incorporales, comerciar y explotar toda clase de bienes obtener rentas y celebrar contratos que se relacionen directa o indirectamente con los objetos señalados; la compra, venta, participación en derechos sociales de empresas y participación en acciones de empresas sociedades anónimas, sociedades por acciones, en comanditas, legales o contractuales mineras, civiles o comerciales, la realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, operaciones de cambio, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, con las excepciones que se pasan a expresar. No podrán realizar las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras. El giro de las inversiones podrá dirigirse a los rubros inmobiliarios, agrícolas, pesqueros, mineros, navieros, forestales, industriales, de comercio nacional e internacional; asimismo como cualquiera otra actividad análoga o complementaria, en la actualidad o en el futuro, de las anteriores; y cualquier otro negocio que acordaren los socios o accionistas. Capital social de la sociedad es de sesenta millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, que se suscriben y pagan de la siguiente manera:Con el aporte a la sociedad de los inmuebles siguientes: DEPARTAMENTO NÚMERO SESENTA Y CINCO, La BODEGA NÚMERO TREINTAY DOS, la BODEGA HABITABLE bb DOS, y el USO Y GOCE EXCLUSIVO DE ESTACIONAMIENTO NUMERO OCHENTA Y SIETE del EDIFICIO II del proyecto EL PALMAR, ubicado en AVENIDA DEL MAR NUMERO CINCO MIL SETECIENTOS DIEZ, de la comuna de La Serena.- Se comprendieron en la venta los derechos de dominio, use y goce que corresponden al departamento en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la ley diecinueve mil quinientos treinta y siete del año mil novecientos noventa y siete y departamentos, y el Reglamento de Copropiedad del Edificio inscrito en el Registro de Hipotecas a fojas dos mil setenta y cuatro número mil ochocientos siete del ano dos mil siete.- Dicho proyecto se encuentra acogido a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley número dos del año mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones y a la Ley Diecinueve mil quinientos treinta y siete de Copropiedad Inmobiliaria, que se encuentra urbanizado, y cuyos pianos se encuentran archivados al final del Registro de Propiedad Ley Diecinueve mil quinientos treinta y siete .bajo los números veintinueve, treinta, treinta y uno y treinta y dos, correspondiente al año dos mil siete, se construyó en: a) Lote Dos I Dos, que corresponde a uno de los totes en que se subdividió el lote Dos I, individualizado en el plano agregado bajo el número cuatrocientos ochenta y dos al final del Registro de Propiedad, del año mil novecientos noventa y cuatro, cuyos deslindes son los siguientes: AL NORTE, en línea recta de setenta y cinco metros, que une los puntos B y C del plano de subdivisión con lote Dos H; AL SUR, en línea quebrada con totes dos 1 uno, de cuarenta y dos metros setenta centímetros, que une los puntos H y G, de diecisiete metros que une los puntos G y F, y de once metros cincuenta centímetros que, une los puntos F y E del plano de Subdivisión, AL ORIENTE, en Línea recta de ciento ochenta y seis metros cincuenta centímetros, une los puntos C y H del plano de subdivisión, con parcela número sesenta y uno; y AL PONIENTE, en línea recta de ciento setenta y seis metros que une los puntos E y B con Avenida del Mar.- b ) Lote Tres B de la Parcela Sesenta v Uno - B Vegas Sur, resultante de la subdivisión del Lote Tres o Tetra "C`, resultante a su vez de la subdivisión del Lote número Dos de la Parcela número sesenta y uno de la Colonia Gabriel González Videla, de la comuna de La Serena, singularizado en el plano agregado bajo el numero mil trescientos cincuenta y cinco al final del Registro Propiedad del año dos mil siete. Dicha propiedad según plano aludido, tiene una superficie de mil trescientos veintinueve coma sesenta metros cuadrados, cuyos deslindes particulares son los siguientes: AL NORTE, con lote Uno Parcela número sesenta y uno de la Colonia Gabriel González Videla en dieciséis metros; AL SUR, con propiedad de la Familia Ramírez J., en dieciséis metros; AL ORIENTE, con Parcela sesenta y uno - B Vegas del Sur, lote Tres A en ochenta y tres coma diez metros; y AL PONIENTE, con lote Dos I Dos en ochenta y tres coma diez metros de propiedad de la compradora.- Se dejó constancia que del precio de valorización de las especies aportadas son los siguientes , la suma de cuarenta y seis millones de pesos al departamento, la suma de tres millonesde pesos a la Bodega; y la suma de siete millones de pesos a la bodega habitable; y el uso y goce del estacionamiento número ochenta y siete en la suma de cuatro millones de pesos.- La aportante adquirió estas propiedades a través de compraventa suscrita por escritura pública de fecha veintitres de noviembre del año dos mil siete otorgada ante el notario de Coquimbo don Mariano Torrealba Ziliani. El título de dominio consta de la inscripción de fojas cuatrocientos noventa y cuatro número trescientos noventa y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de La Serena del año dos mil ocho. Al departamento N° 65, le corresponde el rol N° 4500-154; la Bodega N°32 el Rol N°4500-197; y a la Bodega bb 2 el Rol N°4500-222, todos de la comuna de La Serena.- Duración: Indefinida, contada fecha escritura extractada. Domicilio: La Serena, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 27 de marzo de 2020.
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