Agrícola El Valle SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Lorena Lucy Rendic Vladislavic Accionista 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | - | - |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 24 de abril de 2020
Se otorgó una escritura pública cuya inscripción oportuna no se realizó y luego se sanea el vicio de nulidad.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, certifica que: por escritura pública de fecha 15 de julio de 2025, Repertorio N° 10.412-2025, ante titular don Iván Torrealba Acevedo, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “AGRÍCOLA EL VALLE SpA”, celebrada con fecha 12 de junio de 2025, a la cual asistió su única accionista doña Lorena Lucy Rendic Vladislavic, Cédula Nacional de Identidad número 9.339.993-5, por la cual se adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan: Saneamiento: Conforme a la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada, los accionistas adoptaron, por unanimidad, el siguiente acuerdo: De conformidad a lo establecido en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los accionistas vienen en sanear los Vicios Formales de aquellos señalados en inciso tercero del artículo primero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidades, referente a que un extracto de la escritura pública extendida en la trigésimo tercer Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, repertorio número siete mil cuatrocientos ochenta y ocho no se inscribió oportunamente en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, dentro de los plazos contemplados por la ley, por lo que se incurrió en un vicio de nulidad de los que se refiere el cuerpo normativo ya citado y, en consecuencia, dar por corregido y saneado cualquier vicio de nulidad de aquellos establecidos por la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que pudiere afectar la escritura ya singularizada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, 21 de julio de 2025.
Información societaria
Capital
Capital total
$291.328.967
Capital pagado
$291.328.967
Acciones
290.329.967
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC Accionista 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 100% | $291.328.967 |
Texto oficial del extracto
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario público Suplente de la 33º Notaria Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: por escritura pública de fecha 24 de abril de 2020, ante mí, comparece: doña LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC, cédula de identidad N° 9.339.993-5, con domicilio, para estos efectos, en Las Hortensias N° 2.710, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien en calidad de única y actual accionista, viene en modificar la Sociedad AGRÍCOLA EL VALLE SpA, la que figura inscrita a Fs. 140, N° 63, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año 2020, en el siguiente sentido: I. Aumentar el capital de la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la suma de $291.328.967.-, aumento que se perfeccionará mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes raíces y derechos de aprovechamiento de aguas: /Uno/ Lote A Uno-Dos, resultante de la subdivisión del Lote A Uno, resultante a su vez de la subdivisión del Fundo Coquimbito, de la comuna de La Serena, singularizado en el plano que quedó agregado al final del Registro bajo el Número mil quinientos setenta y nueve. El Lote A Uno-Dos tiene una superficie de nueve coma seis mil cien hectáreas y los siguientes deslindes: AL NORTE, en trescientos cincuenta y nueve coma cero cero metros con Área de Pequeños Propietarios y en línea quebrada de ciento nueve coma cincuenta metros con Lote A Uno-Tres de la misma subdivisión; AL SUR, en cuatrocientos sesenta y ocho coma setenta metros con Lote A Uno- Uno de la misma subdivisión; AL ORIENTE, en doscientos cuarenta y dos coma treinta metros con Villorrio; y AL PONIENTE, en ciento noventa y seis coma cero cero metros con Parcela número cuatro del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte. Inmueble que figura inscrito a fojas ocho mil seiscientos cuarenta, número cinco mil novecientos setenta y tres, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil dieciocho, y que es valorizado en la suma única y total de $125.839.413.- /Dos/ Derechos de Aprovechamiento de Aguas consistentes en una dotación de aguas por el Canal Coquimbo determinado en horas: cinco horas treinta y dos minutos y en acciones en centímetros cuadrados: sesenta y siete coma sesenta y seis, asignados al inmueble consistente en el Lote A Uno-Dos, resultante de la subdivisión del Lote A Uno, resultante a su vez de la subdivisión del Fundo Coquimbito, de la comuna de La Serena, singularizado en el plano agregado al final del Registro bajo el número mil quinientos setenta y nueve, del año dos mil doce. El Lote A Uno-Dos tiene una superficie de nueve coma seis mil cien hectáreas y los siguientes deslindes: AL NORTE, en trescientos cincuenta y nueve coma cero cero metros con Área de Pequeños Propietarios y en línea quebrada de ciento nueve coma cincuenta metros con Lote A Uno-Tres de la misma subdivisión; AL SUR, en cuatrocientos sesenta y ocho coma setenta metros con Lote A Uno-Uno de la misma subdivisión; AL ORIENTE, en doscientos cuarenta y dos coma treinta metros con Villorrio; y AL PONIENTE, en ciento noventa y seis coma cero cero metros con Parcela número cuatro del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte. Los derechos de aprovechamiento de aguas recién indicados, figuran inscritos a fojas ciento nueve, número noventa y uno, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil dieciocho, los que son valorizados en la suma única y total de $41.946.471.- /Tres/ Lote A Uno–Uno con una superficie de diecinueve coma dos mil trescientas hectáreas y los siguientes deslindes: AL NORTE, en cuatrocientos sesenta y ocho coma setenta metros con Lote A Uno – Dos de la misma subdivisión; AL SUR, en setenta y seis coma veintinueve metros con parcela número quince del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte y en trescientos ochenta y cuatro coma treinta metros con Lote A Tres resultante de la subdivisión del Fundo Coquimbito; AL ORIENTE, en cuatrocientos tres coma cincuenta metros en parte con parcela número dos del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte, y en parte con Villorrio; y AL PONIENTE, en cuatrocientos cuarenta y ocho coma cero cero metros en parte con parcela número diez del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte y, en parte, con parcela número cuatro del Proyecto de Parcelación Cóndores del Norte. Inmueble que figura inscrito a fojas ocho mil cuatrocientos treinta y nueve, número cinco mil novecientos ochenta y dos, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce y que es valorizado en la suma única y total de $108.264.859.- y /Cuatro/ Los derechos de aprovechamiento de aguas consistentes en una dotación de aguas por el Canal Coquimbo determinados en horas: diez horas cuarenta y cinco minutos, y en acciones en centímetros cuadrados: ciento treinta y uno coma treinta y cuatro; Derechos de Aprovechamiento que figuran inscritos a fojas quinientos treinta y ocho, número doscientos sesenta y seis, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce, los que fueron valorizados en la suma única y total de $14.278.224.- Todos los inmuebles y derechos de aprovechamientos de aguas, individualizados precedentemente, se aportan ad-corpus, en el estado en que actualmente se encuentran, con todos sus derechos, usos, costumbres, gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios y servidumbres, con todo lo construido, plantado y sembrado en ellos. II. Como consecuencia del aporte recién enunciado, la accionista viene en modificar el artículo quinto y el primero transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. – El capital social asciende a la suma de $291.328.967.- dividido en 290.329.967 acciones, todas ordinarias, nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. El capital deberá estar enterado y pagado dentro del término de tres años contados a partir de la fecha del presente instrumento, y podrá pagarse en bienes inmuebles o muebles, en dinero efectivo, en bienes incorporales muebles, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades o bienes raíces”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a $291.328.967.-, dividido en 290.329.967 todas ordinarias, nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie y sin valor nominal, las que se suscriben, enteran y pagan por doña LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC, ya individualizada en la comparecencia, de la siguiente manera: a) Con 1.000 acciones pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Con 290.328.967 acciones, que paga en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles y derechos de aprovechamiento de aguas, individualizados precedentemente, que consisten en: i) Lote A Uno-Dos, resultante de la subdivisión del Fundo Coquimbito, de la comuna de La Serena; ii) Derechos de Aprovechamiento de Aguas consistentes en una dotación de aguas por el Canal Coquimbo determinado en horas: cinco horas treinta y dos minutos y en acciones en centímetros cuadrados: sesenta y siete coma sesenta y seis; iii) Lote A Uno-Uno con una superficie de diecinueve coma dos mil trescientas hectáreas; y iv) Los derechos de aprovechamiento de aguas consistentes en una dotación de aguas por el Canal Coquimbo determinados en horas: diez horas cuarenta y cinco minutos, y en acciones en centímetros cuadrado”. III. Modificar el domicilio social. Modificar el domicilio social a la ciudad La Serena, Región de Coquimbo. Como consecuencia de dicho cambio, viene en modificar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, por el siguiente: “SEGUNDO: Domicilio. - Su domicilio estatutario será en la ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados”. La compareciente declara que, en todo lo no modificado por la presente escritura continúan plenamente vigentes los estatutos de La Sociedad. En Santiago de Chile a 4 de Mayo de 2020.
Información societaria
Objeto social
La explotación agrícola, agroindustrial y ganadera de predios propios o de terceros, la comercialización de sus productos y la prestación de servicios y actividades relacionadas con el objeto antes descrito; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; dar y/o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y/o extranjera; y en general todo otro negocio que se relacione en la actualidad o en el futuro con este cometido y cualquier otro negocio que acordaren los socios
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC Accionista 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 100% | $1.000.000 |
Texto oficial del extracto
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de hoy, ante mí, doña LORENA LUCY RENDIC VLADISLAVIC, cédula de identidad Nº 9.339.993-5, con domicilio, para estos efectos, en Las Hortensias N° 2.710, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, constituyó Sociedad por Acciones. I. Razón Social: “AGRÍCOLA EL VALLE SpA”. II. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La explotación agrícola, agroindustrial y ganadera de predios propios o de terceros, la comercialización de sus productos y la prestación de servicios y actividades relacionadas con el objeto antes descrito; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; e) Dar y/o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y/o extranjera; y f) En general todo otro negocio que se relacione en la actualidad o en el futuro con este cometido y cualquier otro negocio que acordaren los socios. III. Domicilio: Su domicilio estatutario será en la ciudad de Coquimbo, Cuarta Región, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. IV. Duración: Indefinida. - V. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 7 de Febrero de 2020.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
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