Apsa Dos SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$2.073.830.539
Capital pagado
$2.073.830.539
Capital pendiente
$0
Acciones
30.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 40% | $829.532.215 |
CONSULTORA E INVERSIONES G Y G SpA Accionista | - | 40% | $829.532.215 |
INVERSIONES MAKI SpA Accionista | - | 6.67% | $138.324.496 |
INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA Accionista | - | 6.66% | $138.117.113 |
INVERSIONES FAREMU LIMITADA Accionista | - | 6.67% | $138.324.496 |
Historia societaria relatada
- Transformación· 28 de mayo de 2021
Se celebran juntas extraordinarias de accionistas de Agrícola Pencahue S.A y APSA DOS SpA para aprobar la fusión por incorporación.
Texto oficial del extracto
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifica que ante mí, por escritura pública de fecha 12/07/2021, se redujeron conjuntamente a escritura pública las actas de las Juntas Extraordinarias de Accionistas de “Agrícola Pencahue S.A”, celebrada el día 28/05/2021, y “APSA DOS SpA”, celebrada el día 28/05/2021. A) En la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Agrícola Pencahue S.A” se acordó: 1) /i/ Fusión por incorporación de “Agrícola Pencahue S.A” a “APSA DOS SpA”, absorbiendo esta última a la primera, adquiriendo todos sus activos, pasivos y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, quedando “Agrícola Pencahue S.A” legalmente disuelta, sin necesidad de efectuar su liquidación. /ii/ Canje de acciones en relación de 0,3333 acciones de la Sociedad Absorbente por cada acción de la Sociedad Absorbida. 2) No procede el Derecho a Retiro por aprobarse por unanimidad la fusión por incorporación de “Agrícola Pencahue S.A” a “APSA DOS SpA” 3) Aprobación de los balances de “APSA DOS SpA” Y “Agrícola Pencahue S.A”, ambos elaborados con fecha 28 de mayo del presente año, que se encuentran extendidos y firmados en la forma establecida en el Reglamento de Sociedad Anónimas. 4) Los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida se incorporarán a la Sociedad Absorbente en el valor libro de los mismos según Balance de “Agrícola Pencahue S.A” al 28 de mayo de 2021. B) En la Junta Extraordinaria de Accionistas de “APSA DOS SpA” se acordó: 1) /i/Fusión por incorporación de las sociedades “Agrícola Pencahue S.A” y “APSA DOS SpA” absorbiendo esta última a la primera, la que en consecuencia se disuelve, mediante la incorporación a “APSA DOS SpA” de la totalidad de activos y pasivos de “Agrícola Pencahue S.A”. /ii/ Canje de acciones en relación de 0,3333 acciones de la Sociedad Absorbente por cada acción de la Sociedad Absorbida. /iii/ No procede del Derecho a Retiro por aprobarse por unanimidad la fusión por incorporación de “Agrícola Pencahue S.A” a “APSA DOS SpA” y /iv/ Cumplimento del artículo 69 del Código Tributario, “APSA DOS SpA” es la responsable solidariamente de todos los impuestos y obligaciones tributarias de cualquier naturaleza. 2) Se tomó conocimiento del Balance y Estado Financiero de la Sociedad Absorbida “Agrícola Pencahue S.A”, 28 de mayo de 2021. 3) Aprobación del Balance de fusión confeccionado sobre la base de los Balances de “APSA DOS SpA” y “Agrícola Pencahue S.A”, ambos elaborados con fecha 28 de mayo del presente año, que se encuentran extendidos y firmados en la forma establecida en el Reglamento de Sociedades Anónimas. 4) Modificación de estatutos: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de dos mil setenta y tres millones ochocientos treinta mil quinientos treinta y nueve pesos, dividido en treinta mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga en la forma en que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de dos mil setenta y tres millones ochocientos treinta mil quinientos treinta y nueve pesos, dividido en treinta mil acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: (a) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo doce mil acciones, por un monto total de ochocientos veintinueve millones quinientos treinta y dos mil doscientos quince pesos; (b) “CONSULTORA E INVERSIONES G Y G SpA” suscribe y paga con dinero efectivo doce mil acciones, por un monto total de ochocientos veintinueve millones quinientos treinta y dos mil doscientos quince pesos; (c) “INVERSIONES MAKI SpA”, suscribe y paga con dinero efectivo dos mil un acciones, por un monto total de ciento treinta y ocho millones trescientos veinticuatro mil cuatrocientos noventa y seis pesos; (d) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo mil novecientos noventa y ocho acciones, por un monto total de ciento treinta y ocho millones ciento diecisiete mil ciento trece pesos; (e) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo dos mil un acciones, por un monto total de ciento treinta y ocho millones trescientos veinticuatro mil cuatrocientos noventa y seis pesos. En conformidad con lo anterior, las treinta mil acciones ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, han quedado íntegramente suscritas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 13 de julio de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$1.486.230.539
Acciones
30.000
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 7660 acc. | $131.514.085 |
Accionista | - | 5660 acc. | $131.514.085 |
INVERSIONES MAKI SpA Accionista | - | 1000 acc. | $26.448.742 |
INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA Accionista | - | 999 acc. | $26.448.642 |
INVERSIONES FAREMU LIMITADA Accionista | - | 1001 acc. | $26.527.967 |
Accionista | - | 15.680 acc. | $1.142.977.018 |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 23 de marzo de 2020
Se celebró la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de APSA DOS SpA
- Otro acto· 22 de abril de 2020
La Primera Junta Extraordinaria de Accionistas fue reducida a escritura pública
- Otro acto· 10 de agosto de 2020
Se celebró la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de APSA DOS SpA que complementó la anterior
Texto oficial del extracto
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de Noviembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de “APSA DOS SpA”, celebrada el 10 de agosto del año 2020 donde los accionistas acordaron: complementar la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 23 de marzo de 2020, la cual se redujo a escritura pública con fecha 22 de abril del año 2020, otorgada en la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago de don Eduardo Javier Diez Morello, bajo el repertorio Nº 42.650-2020. Los accionistas complementaron de la forma señalada en la escritura extractada, aumentando el capital de la sociedad de $793.253.521 en $692.977.018 a la suma total de $1.486.230.539.-, mediante la emisión de 10.000 acciones de pago representativas de este aumento de capital. Con la finalidad de reflejar complementación del aumento de capital en la Sociedad, el Presidente expone la necesidad de modificar los estatutos de la Sociedad, especialmente en su Artículo Cuarto y Primero Transitorio, como se indica a continuación: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS, dividido en treinta mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga en la forma en que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.” Y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS, dividido en treinta mil acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: (a) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (b) “INVERSIONES G Y G SpA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (c) “INVERSIONES MAKI SpA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos; (d) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y seis acciones por un monto total de sesenta y seis mil seiscientos pesos; (e) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos (f) “AGRÍCOLA PENCAHUE S.A., suscribe y paga mediante aporte en dominio de inmuebles diez mil cinco mil seiscientas ochenta acciones por un monto de mil ciento cuarenta y dos millones novecientos setenta y siete mil dieciocho pesos; (g) “INVERSIONES G Y G SpA” suscribe mil seiscientas sesenta acciones, equivalentes a la suma total de ciento treinta y un millones quinientos catorce mil ochenta y cinco pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (h) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe mil seiscientas sesenta acciones, equivalentes a la suma total de ciento treinta y un millones quinientos catorce mil ochenta y cinco pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (i) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe trescientas treinta y tres acciones, equivalentes a la suma total de veintiséis millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y dos pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (j) “INVERSIONES MAKI SpA” suscribe trescientas treinta y tres acciones, equivalentes a la suma de veintiséis millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y dos pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (k) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe trescientas treinta y cuatro acciones, equivalentes a la suma total de veintiséis millones cuatrocientos sesenta y un mil doscientos sesenta y siete pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas. En conformidad a lo anterior, las TREINTA MIL ACCIONES ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, han quedado íntegramente suscritas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 noviembre de 2020.-
Información societaria
Capital
Acciones
20.000
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 5660 acc. | $131.514.085 |
Accionista | - | 5660 acc. | $131.514.085 |
INVERSIONES MAKI SpA Accionista | - | 1000 acc. | $26.382.042 |
INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA Accionista | - | 999 acc. | $26.382.042 |
INVERSIONES FAREMU LIMITADA Accionista | - | 1001 acc. | $26.461.267 |
Accionista | - | 5680 acc. | $450.000.000 |
Texto oficial del extracto
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de abril de 2020, ante mi suplente, María José Bravo Cruz, se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “APSA DOS SpA”, celebrada el 23/03/2020, en la cual los accionistas “INVERSIONES G Y G SpA”, “INVERSIONES HRL LIMITADA”, “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA”, “INVERSIONES MAKI SpA” e “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” acordaron: 1.- Aumentar el capital de la Sociedad de $1.000.000.-, en $792.253.521.-, a la suma total de $793.253.521.-, mediante la emisión de 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. 2.- Modificación de Estatutos: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de setecientos noventa y tres millones doscientos cincuenta y tres mil quinientos veintiuno PESOS, dividido en veinte mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga en la forma en que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.” y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIÚN PESOS, dividido en veinte mil acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: (a) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (b) “INVERSIONES G Y G SpA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (c) “INVERSIONES MAKI SpA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos; (d) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y seis acciones por un monto total de sesenta y seis mil seiscientos pesos; (e) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos (f) “AGRÍCOLA PENCAHUE S.A., suscribe y paga mediante aporte en dominio de inmuebles cinco mil seiscientas ochenta acciones por un monto de cuatrocientos cincuenta millones pesos; (g) “INVERSIONES G Y G SpA” suscribe mil seiscientas sesenta acciones, equivalentes a la suma total de ciento treinta y un millones quinientos catorce mil ochenta y cinco pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (h) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe mil seiscientas sesenta acciones, equivalentes a la suma total de ciento treinta y un millones quinientos catorce mil ochenta y cinco pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (i) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe trescientas treinta y tres acciones, equivalentes a la suma total de veintiséis millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y dos pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (j) “INVERSIONES MAKI SpA” suscribe trescientas treinta y tres acciones, equivalentes a la suma de veintiséis millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y dos pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas; (k) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe trescientas treinta y cuatro acciones, equivalentes a la suma total de veintiséis millones cuatrocientos sesenta y un mil doscientos sesenta y siete pesos, las cuales deberá enterar dentro del plazo de los treinta años siguientes a la suscripción de las mismas. En conformidad a lo anterior, las VEINTE MIL ACCIONES ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, han quedado íntegramente suscritas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 05 de mayo 2020.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión, compra y venta de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, derechos de sociedades de cualquier naturaleza jurídica, bonos y demás valores mobiliarios, negociarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos, administrarlos y percibir sus frutos; /b/ La inversión, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, repararlos, construir en ellos, darlos en arrendamiento, administrarlos, explotarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos y percibir sus frutos; /c/ La Plantación, labrado, cultivo, cosecha y procesamiento de productos agrícolas, construcción de obras de cierre, regadío, viales, viveros, sustento y fundaciones para plantaciones y edificios de procesamiento y almacenaje, procesamiento de frutas, cereales y verduras, almacenaje de materias primas, equipos y productos agrícolas frescos, secos o congelados, acopio de semillas, abonos y pesticidas, contratación de instrumentos financieros y derivados para la cobertura de precios, índice, tipos de cambio y riesgos de divisas, materias primas y productos agrícolas, y en general, todo lo que diga relación con la exportación agrícola; /d/ La prestación de todo tipo de servicios asociados a la actividad frutícola y agrícola incluyendo el depósito, almacenamiento, secado, conservación en frio, envasado, arrendamiento de maquinaria o vehículos y asistencia técnica; /e/ La importación, exportación, compra, venta, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y frutos de las actividades agrícolas, frutícola, forestal y ganadera, y de toda clase de insumos, materias primas, maquinarias y herramientas para las actividades recién indicadas. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
10.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.425.645-K | 76.425.645-K | 40% | $400.000 |
Accionista 76.174.913-7 | 76.174.913-7 | 40% | $400.000 |
Accionista 77.006.172-5 | 77.006.172-5 | 6.67% | $66.700 |
INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA Accionista 76.425.644-1 | 76.425.644-1 | 6.66% | $66.600 |
Accionista 76.428.238-8 | 76.428.238-8 | 6.67% | $66.700 |
Representación legal (8)
PABLO JAVIER GODOY CARTER
EDUARDO JOSÉ GRUNWALD ARAVENA
JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ LEPPE
PABLO JAVIER RODRÍGUEZ LEPPE
JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ LEPPE
MARIO ALEJANDRO CODDOU GORING
SERGIO ENRIQUE REYES JARAMILLO
SERGIO ENRIQUE REYES JARAMILLO
Texto oficial del extracto
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26/02/2020, ante mí suplente MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, “INVERSIONES G Y G SpA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº76.174.913-7, conjuntamente representada por don PABLO JAVIER GODOY CARTER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad Nº7.828.442-0, y por don EDUARDO JOSÉ GRUNWALD ARAVENA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad Nº9.609.917-7; “INVERSIONES HRL LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº76.425.645-k, conjuntamente representada por don JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ LEPPE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad Nº7.958.841-5, y por don PABLO JAVIER RODRÍGUEZ LEPPE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad Nº10.838.369-0; “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº76.425.644-1, debidamente representada por don JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ LEPPE, ya individualizado; “INVERSIONES MAKI SpA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº77.006.172-5, conjuntamente representada por don MARIO ALEJANDRO CODDOU GORING, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad Nº9.317.437-2, y por don SERGIO ENRIQUE REYES JARAMILLO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cirujano plástico, cédula nacional de identidad Nº9.078.496-k; “INVERSIONES FAREMU LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº76.428.238-8, debidamente representada por don SERGIO ENRIQUE REYES JARAMILLO, ya individualizado; todos domiciliados para estos efectos en Fundo El Guindo, sin número, comuna de Pencahue, Región del Maule, de paso en esta; constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: “APSA DOS SpA”. Domicilio: Comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el administrador de la Sociedad decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión, compra y venta de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, derechos de sociedades de cualquier naturaleza jurídica, bonos y demás valores mobiliarios, negociarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos, administrarlos y percibir sus frutos; /b/ La inversión, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, repararlos, construir en ellos, darlos en arrendamiento, administrarlos, explotarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos y percibir sus frutos; /c/ La Plantación, labrado, cultivo, cosecha y procesamiento de productos agrícolas, construcción de obras de cierre, regadío, viales, viveros, sustento y fundaciones para plantaciones y edificios de procesamiento y almacenaje, procesamiento de frutas, cereales y verduras, almacenaje de materias primas, equipos y productos agrícolas frescos, secos o congelados, acopio de semillas, abonos y pesticidas, contratación de instrumentos financieros y derivados para la cobertura de precios, índice, tipos de cambio y riesgos de divisas, materias primas y productos agrícolas, y en general, todo lo que diga relación con la exportación agrícola; /d/ La prestación de todo tipo de servicios asociados a la actividad frutícola y agrícola incluyendo el depósito, almacenamiento, secado, conservación en frio, envasado, arrendamiento de maquinaria o vehículos y asistencia técnica; /e/ La importación, exportación, compra, venta, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y frutos de las actividades agrícolas, frutícola, forestal y ganadera, y de toda clase de insumos, materias primas, maquinarias y herramientas para las actividades recién indicadas. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia. Capital: El capital de la Sociedad es de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en diez mil acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: (a) “INVERSIONES HRL LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (b) “INVERSIONES G Y G SpA” suscribe y paga con dinero efectivo cuatro mil acciones, por un monto total de cuatrocientos mil pesos; (c) “INVERSIONES MAKI SpA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos; (d) “INVERSIONES ALTO PENCAHUE LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y seis acciones por un monto total de sesenta y seis mil seiscientos pesos; (e) “INVERSIONES FAREMU LIMITADA” suscribe y paga con dinero efectivo seiscientas sesenta y siete acciones por un monto total de sesenta y seis mil setecientos pesos. En conformidad a lo anterior, el capital social es de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 11 de marzo de 2020.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
APSA DOS SpA
CVE 1980373
- MODIFICACIÓN
APSA DOS SpA
CVE 1850543
- MODIFICACIÓN
APSA DOS SpA
CVE 1759117
- CONSTITUCIÓN
APSA DOS SpA
CVE 1739964
