Parque Solar Caracoles SpA
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (1)
ALI SHAKHTUR SAID
Texto oficial del extracto
Sergio Rodriguez Uribe, Notario Público de la 14° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Amunátegui 391 local 1, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 19 de julio del 2023, Repertorio N° 1661-2023, ante mí, ALI SHAKHTUR SAID, cédula nacional de identidad N° 8.514.966-0, con domicilio en Avenida Santa Rosa 76, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de Administrador Único y Gerente General de la sociedad Parque Solar Caracoles SpA, RUT 77.131.414-7, (la “Sociedad”), inscrita a fojas 18101, N° 9145, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, dejó constancia que de acuerdo con lo señalado en el artículo décimo sexto de los estatutos de la Sociedad, Parque Solar Caracoles SpA se ha disuelto de pleno derecho por reunirse el 100% de sus acciones en manos de un único accionista, situación que se verificó con fecha trece de marzo de dos mil veintidós. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago 19 de julio del 2023.
Información societaria
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público titular trigésima sexta notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Con fecha 20 de Octubre 2021, ante mí, se redujo a escritura pública acta junta extraordinaria accionistas de PARQUE SOLAR CARACOLES SpA, celebrada ante mi con fecha 12 de Octubre 2021 en la que se acordó por la unanimidad modificar el artículo Décimo Sexto de los estatutos de la Sociedad, sustituyendo el texto por el siguiente:“ARTÍCULO DECIMO SEXTO: La Sociedad se disolverá: Uno. Por acuerdo de la Junta Extraordinaria de Accionistas. Dos. Por sentencia judicial ejecutoriada en razón de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis, antes mencionada o de otras leyes. Tres. Por reunirse todas las acciones en manos de una sola persona. En dicho caso, no será necesaria la liquidación de la sociedad, produciéndose ipso facto, al momento de verificarse la reunión de la totalidad de las acciones en una sola persona, la incorporación de la totalidad del patrimonio en dicha persona. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 27 Octubre 2021.-
Información societaria
Objeto social
a) El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación de energía solar y demás energías renovables no convencionales; b) La administración y desarrollo de proyectos de ingeniería y construcción relacionados a plantas de energías renovables no convencionales; c) La producción, generación, distribución, transmisión y comercialización de energía eléctrica; d) Asesorías, estudios, mediciones, prospecciones y consultorías en materia energética necesarias para la construcción, desarrollo, operación y mantención de proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, e) La construcción, operación, desarrollo y mantención todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación, inyección y transmisión de electricidad: f) Realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para la ejecución de los giros mencionados: g) Comprar, vender, importar, exportar, comercializar bienes e insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica; h) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con los objetos mencionados; e i) La sociedad podrá desarrollar las actividades antes mencionadas a favor de terceros, así como prestar todo tipo de servicios de ingeniería y consultoría.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Representación legal (1)
Texto oficial del extracto
LUIS POZA MALDONADO, Notario Público, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico que por escritura de hoy ante mí, EPICENTER ENERGY SpA, debidamente representada constituyó sociedad por acciones, Nombre: "PARQUE SOLAR CARACOLES SpA". Domicilio: Comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Objeto: a) El desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación de energía solar y demás energías renovables no convencionales; b) La administración y desarrollo de proyectos de ingeniería y construcción relacionados a plantas de energías renovables no convencionales; c) La producción, generación, distribución, transmisión y comercialización de energía eléctrica; d) Asesorías, estudios, mediciones, prospecciones y consultorías en materia energética necesarias para la construcción, desarrollo, operación y mantención de proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, e) La construcción, operación, desarrollo y mantención todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación, inyección y transmisión de electricidad: f) Realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para la ejecución de los giros mencionados: g) Comprar, vender, importar, exportar, comercializar bienes e insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica; h) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con los objetos mencionados; e i) La sociedad podrá desarrollar las actividades antes mencionadas a favor de terceros, así como prestar todo tipo de servicios de ingeniería y consultoría. Capital. El capital social es de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, efectivamente suscrito y pagado en dinero efectivo en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada.-Santiago, 02 de Marzo del 2020.-
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
Parque Solar Caracoles SpA
CVE 2362781
- MODIFICACIÓN
PARQUE SOLAR CARACOLES SpA
CVE 2035977
- CONSTITUCIÓN
PARQUE SOLAR CARACOLES SpA
CVE 1735303
