Sociedade de Responsabilidade LimitadaDissolvida77.130.580-6

Comercializadora Y Distribuidora Maria Alejandra Limitada

DISOLUCIÓN — 25 de ago. de 2023

Diario Oficial

DissoluçãoDiario Oficial · 2023-08-25Ver PDF (CVE 2366313)

Informações societárias

Ltda
Calle Campos Nº 377
Administração: De común acuerdo

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JOSE LUIS SALAS BARRUETOS

Socio

5.xxx.xxx-3

50%

ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET

Socio

9.xxx.xxx-1

50%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 17 de março de 1998

    Se constituye la sociedad COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MARIA ALEJANDRA LIMITADA.

    JOSE LUIS SALAS BARRUETOS · ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET

Texto oficial do extrato

MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público Interino de la 3ª Notaria de Rancagua, domicilio Calle Campos Nº 377, certifico: Por escritura de fecha 17 de Julio de 2023, ante mi, JOSE LUIS SALAS BARRUETOS, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número cinco millones seiscientos veintisiete mil cuarenta y nueve raya tres, y ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET, chilena, comerciante, casada y separada de bienes, cedula nacional de identidad número nueve millones doscientos veinticuatro mil ciento sesenta y seis guion uno, mayores de edad expresan que: los comparecientes constituyeron una sociedad denominada "COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MARIA ALEJANDRA LIMITADA"; un extracto de dicha escritura se publico en el Diario Oficial número 36.017, de fecha 17 de marzo del año 1998, el cual posteriormente se inscribió a fojas 96 Vuelta, número 116, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 1998. Los comparecientes acuerdan en forma unánime la disolución y liquidación de la sociedad “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MARIA ALEJANDRA LIMITADA”, dejando constancia del termino de giro a contar de fecha tres de abril del año dos mil catorce, fecha del certificado de aviso de termino de giro emitido por el Servicio de Impuestos Internos, Folio Nº 950372217. Conforme a la cláusula “UNDECIMO” del pacto social, los comparecientes proceden a liquidar la sociedad, de común acuerdo. La sociedad en liquidación es dueña del siguiente bien: Lote número Nueve de la Manzana número Diecinueve del Conjunto Habitacional Villa Teniente, ubicado en la Comuna de Rancagua. Título de dominio se encuentra inscrito a fojas 5127, número 4750, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año dos mil. Rol de avaluó fiscal número 8028-4, comuna de Rancagua. El pasivo de la sociedad está constituido por los aportes de los socios que conforman el capital social y que éstos acuerdan no revalorizar, el aporte de JOSE LUIS SALAS BARRUETOS fue de un millón quinientos mil pesos, y el de ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET la suma de un millón quinientos mil pesos, siendo el pasivo total la suma de tres millones de pesos. Se procede devolver a los socios, sus aportes respectivos. El haber líquido de la sociedad asciende a la suma de cuarenta y nueve millones doscientos ochenta y siente mil novecientos cuarenta y ocho pesos. Esta cantidad se debe repartir en la proporción de un cincuenta por ciento para JOSE LUIS SALAS BARRUETOS; y un cincuenta por ciento para ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET. La hijuela de don JOSE LUIS SALAS BARRUETOS, ascendente a la suma de veinticuatro millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos, indicada, se completa con la adjudicación del cincuenta por ciento de los derechos sobre la propiedad ya individualizada en el número “OCTAVO” de la presente escritura, avaluados en la suma de veinticuatro millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos, no se produce un alcance a favor ni en contra de este socio; la hijuela de ROSA JACQUELINE AMPUERO PINOCHET, ascendente a la suma de veinticuatro millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos ya indicada, se completa con la adjudicación del cincuenta por ciento de los derechos sobre la propiedad ya individualizada en el número “OCTAVO” de la presente escritura, avaluados en la suma de veinticuatro millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos, no se produce un alcance a favor ni en contra de este socio. Quedan, en consecuencia, enteradas y pagadas las hijuelas de los socios. Demás estipulaciones es escritura extractada. – Rancagua 17 agosto de 2023.

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  1. DISOLUCIÓN

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    CVE 2366313

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