Arce Lubies & Compañia SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de asesoría legal propios del ejercicio libre de la profesión de abogado, en todo tipo de materias, áreas e industrias, por intermedio de sus socios o socias y con la colaboración de los demás abogados y dependientes que trabajen o presten servicios para ella en los términos que establezca la legislación aplicable
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 90% | $900.000 |
Accionista 19.xxx.xxx-k | 19.xxx.xxx-k | 10% | $100.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑ OZ , de la Séptima Notaría de Santiago, designado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, según consta en Decreto número ciento cuarenta y dos de fecha catorce de abril de dos mil veintitrés, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso Comuna y Ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de abril de 2023, ante mí, don JOSÉ MIGUEL ARCE LUBIES, cedula de identidad 17.598.667-7 y doña ISIDORA FRANCISCA ARCE LUBIES, cedulad de identidad número 19.523.700-K, ambos domiciliados para estos efecto en Avenida Apoquindo 4700, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos accionistas de la sociedad “ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA” inscrita a fojas 4859 número 2634 del Registro de Comercio del año 2020, acordaron modificar y transformar la sociedad en el siguiente sentido. Modificación. Los accionistas acuerdan: (1) Modificar la razón social de ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA a SERVICIO DE ASESORIAS LEGALES ARCE LUBIES ABOGADOS SpA, y, el nombre de fantasía de “ARCE LUBIES Y CIA” por “ARCE LUBIES ABOGADOS SpA”. (2) Acuerdan modificar el objeto social sustituyendo íntegramente el Artículo Cuarto, por el siguiente: “ARTICULO CUARTO. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de asesoría legal propios del ejercicio libre de la profesión de abogado, en todo tipo de materias, áreas e industrias, por intermedio de sus socios o socias y con la colaboración de los demás abogados y dependientes que trabajen o presten servicios para ella en los términos que establezca la legislación aplicable”. TRANSFORMACION, los accionistas ya individualizados, acuerdan transformar la sociedad por acciones denominada SERVICIO DE ASESORIAS LEGALES ARCE LUBIES ABOGADOS SpA, inscrita a fojas 4859 número 2634 del Registro de Comercio del año 2020, en una sociedad de profesionales, civil y de responsabilidad limitada, la que se regirá por las disposiciones de la Ley N° 3.918 y sus modificaciones, el Código Civil y las demás leyes aplicables y, en especial, por los nuevos estatutos acordados y transcritos en la referida escritura pública, de los cuales se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será SERVICIO DE ASESORIAS LEGALES ARCE LUBIES ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “ARCE LUBIES ABOGADOS LTDA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto único la prestación de servicios profesionales de asesoría legal propios del ejercicio libre de la profesión de abogado, en todo tipo de materias, áreas e industrias, por intermedio de sus socios o socias y con la colaboración de los demás abogados y dependientes que trabajen o presten servicios para ella en los términos que establezca la legislación aplicable. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: La cantidad de $1.000.000.- aportado y pagado íntegramente por los socios de la siguiente forma: a) don JOSÉ MIGUEL ARCE LUBIES, aporta la suma de novecientos mil pesos, equivalentes al noventa por ciento del capital social, y, b) doña ISIDORA FRANCISCA ARCE LUBIES, aporta la suma de cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social. ADMINISTRACION: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio JOSÉ MIGUEL ARCE LUBIES quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos, de la forma indicada en el artículo Séptimo de los estatutos. DURACION: La duración de la sociedad será de 5 años, a contar de la fecha de esta escritura. Este plazo será renovado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, lo que deberá constar de escritura pública de declaración en tal sentido, anotada al margen de la inscripción de la sociedad con una anticipación mínima de tres meses a la fecha de expiración del plazo o del período que estuviere vigente. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 25 de Abril de 2023.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios de asesoría directa o indirectamente con la consultoría, asesoría y representación judicial y extrajudicial destinada a estos o cualquier otro cometido de asesoría legal o jurídica, y en las más diversas materias o ramas de cualquier especie, ya sean, y sin que la siguiente enumeración se entienda taxativa, sino meramente enunciativa, tributarias, comerciales, civiles, laborales, sindicales, mineras, penales, y en general de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, ya sea cuenta propia o de terceros, lo que incluirá la representación judicial ante Tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier otra autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada; y en general, cualquier actividad que tenga relación con la asesoría y consultoría jurídica y representación judicial o extra judicial para el logro de dichos cometidos, ya sea personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento, capacitación, seminarios y charlas; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional. d) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. e) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 1000 acc. | $1.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
RENE BENAVENTE CASH, Abogado, Notario Público, titular de la 45° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, 7mo. Piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de Enero de 2020, ante mí suplente Joaquín Labbé Donoso, don JOSÉ MIGUEL ARCE LUBIES, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 17.598.667-7 constituye Sociedad por Acciones. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será "ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de "ARCE LUBIES & CIA". Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesoría directa o indirectamente con la consultoría, asesoría y representación judicial y extrajudicial destinada a estos o cualquier otro cometido de asesoría legal o jurídica, y en las más diversas materias o ramas de cualquier especie, ya sean, y sin que la siguiente enumeración se entienda taxativa, sino meramente enunciativa, tributarias, comerciales, civiles, laborales, sindicales, mineras, penales, y en general de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, ya sea cuenta propia o de terceros, lo que incluirá la representación judicial ante Tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier otra autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada; y en general, cualquier actividad que tenga relación con la asesoría y consultoría jurídica y representación judicial o extra judicial para el logro de dichos cometidos, ya sea personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento, capacitación, seminarios y charlas; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional. d) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. e) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. Capital: El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinaria, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en la escritura extractada. Administración y uso de la razón social: Sin perjuicio de las facultades que corresponden a los accionistas actuando en conjunto o en junta de accionistas, la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Miguel Arce Lubies, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos noventa y ocho mil seiscientos sesenta y siete guion siete, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2020. RENE BENAVENTE CASH, Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA
CVE 2309327
- CONSTITUCIÓN
ARCE LUBIES & COMPAÑIA SpA
CVE 1716270
