Inversiones Internacionales Avellana SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
US$250.000
Capital pagado
US$250.000
Capital pendiente
US$0
Acciones
25.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 5 de diciembre de 2019
Se constituye INVERSIONES INTERNACIONALES AVELLANA SpA.
- Cambio de capital· 18 de mayo de 2021
Se aumenta el capital social de US$10.000 a US$250.000, mediante emisión de 24.000 nuevas acciones de pago, quedando totalmente suscrito y pagado.
Carlos Jorge Spoerer Vélez · Martín Spoerer Vélez · Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia · María Cristina Vélez Calisto
Texto oficial del extracto
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Octava Notaría de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en Huérfanos 941 Local 302, Pasaje Matte, Comuna y ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 18 de Mayo de 2021, Rep.N°9406/2021, ante mí: Carlos Jorge Spoerer Vélez, Martín Spoerer Vélez, Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia y María Cristina Vélez Calisto, todos domiciliados en Magdalena 140 oficina 1601, Las Condes, Santiago, únicos y actuales accionistas, modificaron la Sociedad por Acciones denominada INVERSIONES INTERNACIONALES AVELLANA SpA, RUT 77.107.668-8, constituida por escritura pública otorgada el 5 de diciembre de 2019, en la Notaría de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, extracto inscrito a fojas 96.730, N°47.503, del Registro de Comercio de Santiago de 2019, aumentando el capital social de la compañía de US$10.000 dividido en 1000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, que se encuentran totalmente suscritas y pagadas, a la suma de US$250.000, dividido en 25.000 acciones, mediante la emisión de 24.000 nuevas acciones de pago, nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, acciones que fueron suscritas y pagadas en su totalidad en el acto en dinero efectivo, con lo que el nuevo capital, quedó totalmente suscrito y pagado según los términos de escritura extractada. Santiago, 18 de Mayo de 2021. Juan Cristian Berrios Castro.- Notario Reemplazante.-
Información societaria
Objeto social
La sociedad podrá invertir preferente en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y podrá, además, celebrar contratos con todo tipo de instituciones chilenas.
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de esta notaría de fecha 5 de enero de 2021, repertorio N°40/2021, ante mí, Martín Spoerer Vélez, Carlos Jorge Spoerer Vélez, Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia y María Cristina Vélez Calisto, como actuales y únicos accionistas, según registro de accionistas que he tenido a la vista, modificaron estatutos de INVERSIONES INTERNACIONALES AVELLANA SpA, en el siguiente sentido: 1) Modificar el objeto social, estableciendo que la sociedad pueda invertir preferente en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y pueda, además, celebrar contratos con todo tipo de instituciones chilenas. 2) Sustituir Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, referente al objeto social: “Artículo Cuarto. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios en moneda extranjera, preferentemente en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. Las rentas deberán provenir de la realización de toda clase de inversiones, preferentemente en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, de efectos de comercio, participación en cualquier tipo de sociedades constituidas en el extranjero, sea por la sociedad o participando en las existentes; la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y la percepción de los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que se realicen en el extranjero; en y de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. Para estos efectos, la sociedad podrá celebrar contratos con todo tipo de instituciones chilenas, para la apertura de cuentas corrientes bancarias, tomas depósitos a plazo, fondos mutuos y otras operaciones similares con el propósito de manejar los dineros disponibles en Chile, que sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales, tributarias, laborales, previsionales, entre otras.” 3) Modificar Artículo Décimo Tercero de los Estatutos en materia no extractable. En todo lo no modificado se mantienen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 96.730, número 47.503 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2019. San Miguel, 11 de enero de 2021.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades.
Capital
Capital total
US$10.000
Acciones
1000
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 05 de diciembre de 2019, Repertorio N°7.176, ante mi Suplente Pablo José Hales Beseler, don Benjamín Barros Guarachi, domiciliado para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2.711, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto siguiente: Razón Social: “INVERSIONES INTERNACIONALES AVELLANA SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades. Capital: US$10.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 9 de diciembre de 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES INTERNACIONALES AVELLANA SpA
CVE 1947504
- MODIFICACIÓN
Inversiones Internacionales Avellana SpA
CVE 1880363
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Internacionales Avellana SpA
CVE 1697187
