Société par actions77.104.708-4

Solar Polpaico SpA

MODIFICACIÓN — 8 août 2020

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-08-08Voir le PDF (CVE 1796938)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital libéré

$6.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

101 000

Représentation légale (3)

GONZALO ALFONSO CERDA DOMINGUEZ

En représentation de NEGOCIACIONES Y SERVIDUMBRES S.A.

Texte officiel de l’extrait

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, local 2, piso 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 30 de julio de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de SOLAR POLPAICO SpA, celebrada el 21 de Julio de 2020, en la que se acordó (i) Establecimiento de series de acciones y aprobación de sus preferencias; (ii) Aumento de Capital para el desarrollo de un proyecto solar fotovoltaico según se indica; (iii) modificación del domicilio social; (iv) Reformar los artículos Tercero, Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales cuyo texto íntegro es el siguiente: “Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad es la comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Vitacura, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de 6 millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas Serie A, sin valor nominal; y 100.000 acciones nominativas Serie B, sin valor nominal. Las acciones Serie A posean en forma exclusiva, el derecho a voto para todas las materias propias de la administración de la Sociedad, en especial las señaladas en los artículos 56, 57 y 67 de la Ley 18.046 de Sociedades Anónimas. Las acciones Serie B no tendrán derecho a voto, con excepción a aquellas materias que impliquen una modificación de los estatutos de la Sociedad, caso en el cual se requerirá, además del quórum requerido para la Serie A conforme a lo señalado en los estatutos de la Sociedad, del voto favorable de los 2/3 de las acciones Serie B válidamente emitidas y suscritas al momento de efectuarse la respectiva junta de accionistas. Asimismo, la Serie B tendrá el derecho exclusivo a percibir y retirar el 100% de las utilidades de la Sociedad. Artículo Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de 6 millones de pesos y se encuentra dividido en 400 acciones Serie A, debidamente suscritas y pagadas por don ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ en representación de ERRÁZURIZ Y ASOCIADOS SpA; 400 acciones Serie A debidamente suscritas y pagadas por don JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN, en representación de DESSOL SpA; 200 acciones Serie A, debidamente suscritas y pagadas por GONZALO ALFONSO CERDA DOMINGUEZ en representación de NEGOCIACIONES Y SERVIDUMBRES S.A.; y 100.000 acciones Serie B debidamente emitidas y pendientes de suscripción”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Valeria Ronchera Flores, Notario Público, Santiago, 05 de agosto de 2020.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-04-11Voir le PDF (CVE 1574233)

Informations sociétaires

SpA
Administration: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ y a JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN quienes actuando conjuntamente podrán ejercerla con facultades señaladas en escritura.

Objet social

i) proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles y equipamiento eléctrico y mecánico, destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitada a, centrales de generación de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional. ii) generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; iii) construir, montar, operar y/o mantener líneas eléctricas e infraestructura de media y alta tensión eléctrica; iv) Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en las que exista uso intensivo de ella; v) obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar, en cualquier forma, las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo, podrá solicitar los premisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; vi) obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre concesiones mineras; asimismo, podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover y desarrollar los fines de la sociedad; vii) adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar, en general, cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; viii) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías y valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; ix) la prestación de todo tipo de asesorías profesionales o técnicas, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otro tipo de servicios afines y, en general, las demás actividades que estén directa o indirectamente relacionadas con las anteriores, y x) en general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atingente a los fines sociales.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

ERRÁZURIZ Y ASOCIADOS SpA

Accionista

76.418.993-0

50%

DESSOL SpA

Accionista

76.725.605-1

50%

Administrateurs (2)

ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ

12.xxx.xxx-8Administrador

JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN

13.xxx.xxx-3Administrador

Représentation légale (2)

ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ

12.xxx.xxx-8En représentation de ERRÁZURIZ Y ASOCIADOS SpA76.418.993-0

JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN

13.xxx.xxx-3En représentation de DESSOL SpA76.725.605-1

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público, Titular 34º Notaria, Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, Santiago, CERTIFICO: por escritura pública del 29 de Marzo de 2019, otorgada ante mi Suplente, Manuel Ramírez Escobar, bajo el Repertorio N° 5.767-2019, ERRÁZURIZ Y ASOCIADOS SpA, RUT N° 76.418.993-0, representada por ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ, ingeniero comercial, CI N° 12.854.160-8, domiciliados Avenida Alonso de Córdova 2860, oficina 304, Vitacura; y DESSOL SpA, RUT N° 76.725.605-1, representada por JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN, ingeniero civil industrial, CI N° 13.831.620-3, domiciliados Wisconsin 1402, Vitacura; constituyeron sociedad por acciones.- Nombre: "SOLAR POLPAICO SpA" y podrá usar la expresión y/o nombre de fantasía "SOLAR POLPAICO".- Objeto: i) proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles y equipamiento eléctrico y mecánico, destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitada a, centrales de generación de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional. ii) generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; iii) construir, montar, operar y/o mantener líneas eléctricas e infraestructura de media y alta tensión eléctrica; iv) Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en las que exista uso intensivo de ella; v) obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar, en cualquier forma, las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo, podrá solicitar los premisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; vi) obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre concesiones mineras; asimismo, podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover y desarrollar los fines de la sociedad; vii) adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar, en general, cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; viii) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías y valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; ix) la prestación de todo tipo de asesorías profesionales o técnicas, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otro tipo de servicios afines y, en general, las demás actividades que estén directa o indirectamente relacionadas con las anteriores, y x) en general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atingente a los fines sociales. Capital: $1.000.000 y se encuentra dividido en 1000 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. ERRÁZURIZ Y ASOCIADOS SpA, suscribe quinientas acciones y DESSOL SpA suscribe quinientas acciones, quienes las pagan en este acto, ingresando en arcas sociales la suma de un millón de pesos, al contado en dinero efectivo. La administración y representación de la sociedad le corresponderá a ARTURO AGUSTÍN ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ y a don JUAN PABLO QUESNEY SWINBURN quienes actuando conjuntamente podrán ejercerla con facultades señaladas en escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de Abril de 2019.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOLAR POLPAICO SpA

    CVE 1796938

  2. CONSTITUCIÓN

    SOLAR POLPAICO SpA

    CVE 1574233

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial