Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada77.091.570-8

Orellana Godoy Limitada

MODIFICACIÓN — 31 mar 2025

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-03-31Ver PDF (CVE 2628293)

Información societaria

Ltda
Lautaro, Araucanía

Capital

Capital total

$26.461.368.850

Socios (2)

NombreParticipación

Inversiones Rodrigo Orellana Limitada

Socio

50%

Inversiones Tamina Orellana Limitada

Socio

50%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 17 de noviembre de 1997

    Constitución de Orellana Godoy Limitada.

  2. Cesión de derechos· 4 de marzo de 2025

    Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada cede la totalidad de su participación en partes iguales a Inversiones Rodrigo Orellana Limitada e Inversiones Tamina Orellana Limitada.

    Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada · Inversiones Rodrigo Orellana Limitada · Inversiones Tamina Orellana Limitada

  3. Retiro de socio· 4 de marzo de 2025

    Se acuerda el retiro de Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada.

    Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 04 de Marzo de 2025, Repertorio Nº 2.442/ 2025, ante mí, comparece Hugo Alfredo Orellana Vitali, en representación de las sociedades “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” e “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, todos con domicilio en Lautaro número 300, comuna de Quilicura, Santiago, Región Metropolitana; para modificar la sociedad “ORELLANA GODOY LIMITADA”, R.U.T. número 77.091.570-8, constituida por escritura pública de 17 de noviembre de 1997, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito a fojas 28.573, número 23.108, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Los socios acuerdan las siguientes modificaciones a la sociedad y su estatuto: A) Se acuerdan las siguientes cesiones de derechos sociales: 1) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede la mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 0,87% del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”; y 2) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede la otra mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 0,87% del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Tamina Orellana Limitada”. En consideración a las cesiones de derechos sociales antes referidas, se acuerda modificar el pacto o estatuto social de “Orellana Godoy Limitada”, por motivo del retiro del socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”. Asimismo, como consecuencia de dichas cesiones de derechos sociales, las participaciones societarias en “Orellana Godoy Limitada” quedan de la siguiente manera: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, con el 50% de los derechos sociales; y b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, con el 50% de los derechos sociales. B) En consideración a la modificación de socios antes referida, se acuerda modificar el estatuto social en lo relativo al capital de la sociedad, con el objeto de actualizar los montos de los aportes de capital enterados por cada uno de los socios, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del estatuto social, del modo siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $26.461.368.850, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.230.684.425, equivalentes al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados; y b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.230.684.425, equivalentes al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados.”. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada. Santiago 13 de Marzo 2025.-ach

ModificaciónDiario Oficial · 2024-05-25Ver PDF (CVE 2496757)

Información societaria

Ltda
Lautaro, Araucanía
Duración: desde la fecha de su constitución y hasta el día 30 de Junio del año 2050, prorrogable tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
Administración: Administrador Estatutario con Administradores Sustitutos en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria

Capital

Capital total

$26.461.368.850

Capital pagado

$26.461.368.850

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

Inversiones Rodrigo Orellana Limitada

Socio

49.13%

Inversiones Tamina Orellana Limitada

Socio

49.13%

Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada

Socio

1.74%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 17 de noviembre de 1997

    Se constituye la sociedad Orellana Godoy Limitada.

    Félix Jara Cadot

  2. Cesión de derechos· 14 de mayo de 2024

    Inversiones Jorge Orellana Limitada cede la mitad de su participación a Inversiones Rodrigo Orellana Limitada.

    Inversiones Jorge Orellana Limitada · Inversiones Rodrigo Orellana Limitada

  3. Cesión de derechos· 14 de mayo de 2024

    Inversiones Jorge Orellana Limitada cede la otra mitad de su participación a Inversiones Tamina Orellana Limitada.

    Inversiones Jorge Orellana Limitada · Inversiones Tamina Orellana Limitada

  4. Retiro de socio· 14 de mayo de 2024

    Se produce el retiro de Inversiones Jorge Orellana Limitada.

    Inversiones Jorge Orellana Limitada

  5. Cambio de capital· 14 de mayo de 2024

    Se actualizan los aportes y se aumenta el capital social mediante capitalización de acreencias.

    Inversiones Rodrigo Orellana Limitada · Inversiones Tamina Orellana Limitada · Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada

  6. Cambio de administrador· 14 de mayo de 2024

    Se modifica el régimen de administración y se designan administradores sustitutos.

    Hugo Alfredo Orellana Vitali · Rodrigo Alfredo Orellana Godoy · Tamina Alejandra Orellana Godoy

  7. Otro acto· 14 de mayo de 2024

    Se modifica la duración de la sociedad hasta el 30 de junio de 2050, prorrogable tácitamente.

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14 de Mayo de 2024, Repertorio Nº 5389/2024, ante mí, comparece Hugo Alfredo Orellana Vitali, en representación de las sociedades “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, “Inversiones Jorge Orellana Limitada” e “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, todos con domicilio en Lautaro número 300, comuna de Quilicura, Santiago, Región Metropolitana; para modificar la sociedad “ORELLANA GODOY LIMITADA”, R.U.T. número 77.091.570-8, constituida por escritura pública de 17 de noviembre de 1997, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito a fojas 28.573, número 23.108, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Los socios acuerdan las siguientes modificaciones a la sociedad y su estatuto: A) Se acuerdan las siguientes cesiones de derechos sociales: 1) el socio “Inversiones Jorge Orellana Limitada” cede la mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 15%, aproximadamente, del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”; y 2) el socio “Inversiones Jorge Orellana Limitada” cede la otra mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 15%, aproximadamente, del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Tamina Orellana Limitada”. En consideración a las cesiones de derechos sociales antes referidas, se acuerda modificar el estatuto social de “Orellana Godoy Limitada”, por motivo del retiro del socio “Inversiones Jorge Orellana Limitada”. Asimismo, como consecuencia de dichas cesiones de derechos sociales, las participaciones societarias en “Orellana Godoy Limitada” y los aportes de capital enterados por cada uno de los socios quedan, provisoriamente, de la siguiente manera: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” queda con un aporte ascendente a $2.071.840.503, totalmente enterados, que equivale, aproximadamente, al 45% de los derechos sociales; b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada” queda con un aporte ascendente a $2.071.596.930, totalmente enterados, que equivale, aproximadamente, al 45% de los derechos sociales; y c) La sociedad “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” queda con un aporte ascendente a $460.427.818, totalmente enterados, que equivale, aproximadamente, al 10% de los derechos sociales. B) Se acuerda aumentar el capital de la sociedad, que asciende actualmente a la cantidad de $4.603.865.251, totalmente enterados, a la nueva suma de $26.461.368.850, mediante nuevos aportes de capital por la suma total de $21.857.503.599, que los socios enteran a la sociedad del modo siguiente: 1) El socio “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” entera a la sociedad un nuevo aporte de capital por la cantidad de $10.928.630.013, que se entera totalmente en el mismo acto, a través de la capitalización de acreencias que “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” mantiene en contra de “Orellana Godoy Limitada”, las cuales se acuerda capitalizar hasta concurrencia de dicho monto. 2) El socio “Inversiones Tamina Orellana Limitada” entera a la sociedad un nuevo aporte de capital por la cantidad de $10.928.873.586, que se entera totalmente en el mismo acto, a través de la capitalización de acreencias que “Inversiones Tamina Orellana Limitada” mantiene en contra de “Orellana Godoy Limitada”, las cuales se acuerda capitalizar hasta concurrencia de dicho monto. 3) El socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” no efectúa nuevos aportes de capital. C) En consideración a las cesiones de derechos sociales y al aumento del capital social precedentes, se acuerda modificar el estatuto social en lo relativo al capital de la sociedad, con el objeto de actualizar los montos de los aportes de capital enterados por cada uno de los socios, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del estatuto social, del modo siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $26.461.368.850, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.000.470.516, equivalentes al 49,13% de los derechos sociales, totalmente enterados; b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.000.470.516, equivalentes al 49,13% de los derechos sociales, totalmente enterados; y c) La sociedad “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” aporta la cantidad de $460.427.818, equivalentes al 1,74% de los derechos sociales, totalmente enterados.”. D) Se acuerda modificar el estatuto social en materia de régimen de administración de la compañía, únicamente en lo relativo al ejercicio de la administración en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria del Administrador Estatutario don Hugo Alfredo Orellana Vitali, la que corresponderá a los Administradores Sustitutos don Rodrigo Alfredo Orellana Godoy y doña Tamina Alejandra Orellana Godoy, actuando en forma conjunta, con todas las facultades otorgadas al Administrador Estatutario en el estatuto social; y, además, en lo relativo a la forma de designación de los administradores de la sociedad en el caso que también se produzca el fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria de cualquiera de los Administradores Sustitutos designados precedentemente, el cual deberá ser reemplazado por una o más personas designadas por la unanimidad de los herederos mayores de edad del Administrador Sustituto fallecido, si fuere el caso, o por el árbitro designado conforme al estatuto social, a requerimiento de cualquiera de los interesados, mediante escritura pública que deberá otorgarse y anotarse al margen de la inscripción social en el registro de comercio, quienes ejercerán la administración en conjunto con el restante Administrador Sustituto, con todas las facultades otorgadas al Administrador Estatutario en el estatuto social. E) Se acuerda modificar el estatuto social en lo relativo a la duración de la compañía, en el sentido que la sociedad tendrá duración desde la fecha de su constitución y hasta el día 30 de Junio del año 2050, plazo que a su vencimiento se prorrogará tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios comunique su voluntad de ponerle término al expirar el plazo de duración o la prórroga que estuviere vigente, mediante una declaración por escritura pública otorgada con no más de doce meses ni menos de seis meses de anticipación al vencimiento del referido plazo o prórroga y que deberá subinscribirse o anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio con la misma anticipación. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada. 20 de mayo 2024. mmo.-

ModificaciónDiario Oficial · 2024-05-03Ver PDF (CVE 2487853)

Información societaria

Ltda
Lautaro, Araucanía

Capital

Capital total

$4.603.865.251

Capital pagado

$4.603.865.251

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

Inversiones Rodrigo Orellana Limitada

Socio

30%

Inversiones Tamina Orellana Limitada

Socio

30%

Inversiones Jorge Orellana Limitada

Socio

30%

Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada

Socio

10%

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de Abril de 2024, Repertorio Nº 4.573/2024, ante mí suplente, comparece Hugo Alfredo Orellana Vitali, en representación de las sociedades “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, “Inversiones Jorge Orellana Limitada” e “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, todos con domicilio en Lautaro número 300, comuna de Quilicura, Santiago, Región Metropolitana; para modificar la sociedad “ORELLANA GODOY LIMITADA”, R.U.T. número 77.091.570-8, constituida por escritura pública de 17 de noviembre de 1997, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito a fojas 28.573, número 23.108, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Los socios acuerdan modificar el estatuto social en lo relativo al capital de la sociedad, con el objeto de actualizar los montos de los aportes de capital efectivamente enterados por cada uno de los socios y teniendo en consideración las cesiones de derechos sociales que los socios han acordado desde la última actualización del capital social, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del estatuto social, del modo siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $4.603.865.251, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” aporta la cantidad de $1.381.185.934, que equivalen, aproximadamente, al treinta por ciento de los derechos sociales, totalmente enterados; b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada” aporta la cantidad de $1.380.942.361, que equivalen, aproximadamente, al treinta por ciento de los derechos sociales, totalmente enterados; c) La sociedad “Inversiones Jorge Orellana Limitada” aporta la cantidad de $1.381.309.138, que equivalen, aproximadamente, al treinta por ciento de los derechos sociales, totalmente enterados; y d) La sociedad “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” aporta la cantidad de $460.427.818, que equivalen, aproximadamente, al diez por ciento de los derechos sociales, totalmente enterados.”. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada. Santiago 22 de abril 2024. Mmo.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-02-26Ver PDF (CVE 1731751)

Información societaria

Ltda
Lautaro, Araucanía
Duración: Desde la fecha de su constitución y hasta el día 30 de junio de 2035, prorrogable tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
Administración: Administrador estatutario con administradores sustitutos actuando en conjunto en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 17 de noviembre de 1997

    Se constituyó la sociedad Orellana Godoy Limitada.

  2. Cesión de derechos

    Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada cede 0,90% a Inversiones Rodrigo Orellana Limitada, 0,71% a Inversiones Tamina Orellana Limitada y 0,50% a Inversiones Jorge Orellana Limitada; Inversiones Orellana Dos Limitada cede 0,1% a Inversiones Jorge Orellana Limitada.

    Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada · Inversiones Rodrigo Orellana Limitada · Inversiones Tamina Orellana Limitada · Inversiones Jorge Orellana Limitada · Inversiones Orellana Dos Limitada

  3. Retiro de socio

    Se acuerda el retiro de Inversiones Orellana Dos Limitada.

    Inversiones Orellana Dos Limitada

  4. Cambio de administrador

    Se modifica el régimen de administración, incorporando administradores sustitutos para casos de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria del administrador estatutario.

    Hugo Alfredo Orellana Vitali · Rodrigo Alfredo Orellana Godoy · Jorge Iván Orellana Godoy · Tamina Alejandra Orellana Godoy

  5. Cambio de nombre

    Se modifica la duración de la sociedad hasta el 30 de junio de 2035, con prórroga tácita por períodos de cinco años.

Texto oficial del extracto

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura publica de fecha 31/01/2020, repertorio N° 2283 / 2020, ante el titular, comparece Hugo Alfredo Orellana Vitali, en representación de las sociedades “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, “Inversiones Jorge Orellana Limitada”, “Inversiones Tamina Orellana Limitada” e “Inversiones Orellana Dos Limitada”, todos con domicilio en Lautaro número 300, comuna de Quilicura, Santiago; para modificar sociedad “ORELLANA GODOY LIMITADA”, constituida por escritura pública de 17 de noviembre de 1997, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas 28.573, número 23.108, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997, del modo siguiente: A) Se acuerdan las siguientes cesiones de derechos sociales: 1) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede el 0,90% de los derechos sociales al socio “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”; 2) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede el 0,71% de los derechos sociales al socio “Inversiones Tamina Orellana Limitada”; 3) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede el 0,50% de los derechos sociales al socio “Inversiones Jorge Orellana Limitada”; y 4) el socio “Inversiones Orellana Dos Limitada” cede el 0,1% de los derechos sociales al socio “Inversiones Jorge Orellana Limitada”. Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales antes referidas, se acuerda modificar el estatuto social de “Orellana Godoy Limitada” por el retiro del socio “Inversiones Orellana Dos Limitada”, quedando las participaciones societarias de la siguiente manera: a) la sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, con el 30% de los derechos sociales; b) la sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, con el 30% de los derechos sociales; c) la sociedad “Inversiones Jorge Orellana Limitada”, con el 30% de los derechos sociales; y d) la sociedad “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, con el 10% de los derechos sociales. B) Se acuerda modificar el artículo Quinto del estatuto social sobre el régimen de administración de la compañía, en lo relativo al ejercicio de la administración en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria del Administrador Estatutario don Hugo Alfredo Orellana Vitali, la que corresponderá a los Administradores Sustitutos don Rodrigo Alfredo Orellana Godoy, don Jorge Iván Orellana Godoy y doña Tamina Alejandra Orellana Godoy, actuando en forma conjunta, con todas las facultades otorgadas al Administrador Estatutario en el estatuto social; y, además, se modifica dicho artículo en lo relativo a la forma de designación de los administradores de la sociedad en el caso que también se produzca el fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia voluntaria de cualquiera de los Administradores Sustitutos designados precedentemente, el cual deberá ser reemplazado por una o más personas designadas por la unanimidad de los socios y/o herederos de los socios fallecidos, si fuere el caso, o por el árbitro designado conforme al estatuto social, a requerimiento de cualquiera de los interesados, mediante escritura pública que deberá otorgarse y anotarse al margen de la inscripción social en el registro de comercio, quienes ejercerán la administración en conjunto con los restantes Administradores Sustitutos, con todas las facultades otorgadas al Administrador Estatutario en el estatuto social. C) Se acuerda modificar el artículo Undécimo del estatuto social sobre la duración de la compañía, en el sentido que la sociedad tendrá duración desde la fecha de su constitución y hasta el día treinta de Junio del año dos mil treinta y cinco, plazo que a su vencimiento se prorrogará tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios comunique su voluntad de ponerle término al expirar el plazo de duración o la prórroga que estuviere vigente, mediante una declaración por escritura pública otorgada con no más de doce meses ni menos de seis meses de anticipación al vencimiento del referido plazo o prórroga y que deberá subinscribirse o anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio con la misma anticipación. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Orellana Godoy Limitada

    CVE 2628293

  2. MODIFICACIÓN

    ORELLANA GODOY LIMITADA

    CVE 2496757

  3. MODIFICACIÓN

    ORELLANA GODOY LIMITADA

    CVE 2487853

  4. MODIFICACIÓN

    ORELLANA GODOY LIMITADA

    CVE 1731751

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)