Limited liability companyDissolved77.091.558-9

Servicios Optimos Limitada

DISOLUCIÓN — Aug 19, 2020

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2020-08-19View PDF (CVE 1801245)

Corporate information

Ltda
Administration: Conjunta o separadamente por las socias MARIA JOSE CISTERNA MORAGA y CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES

Capital

Total capital

$5.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

MARIA JOSE CISTERNA MORAGA

Socio

19.xxx.xxx-2

50%

CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES

Socio

12.xxx.xxx-4

50%

Administrators (2)

MARIA JOSE CISTERNA MORAGA

19.xxx.xxx-2Administrador

CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES

12.xxx.xxx-4Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 18, 2019

    Constitución de SERVICIOS OPTIMOS LIMITADA con dos socias al 50% cada una.

    CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS · MARIA JOSE CISTERNA MORAGA

  2. Transfer of rights· August 13, 2020

    CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS cede el 50% de sus derechos sociales a CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES, quien pasa a ser socia.

    CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS · CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES

  3. Change of administrator· August 13, 2020

    La administración, representación y uso de la razón social pasa a corresponder conjunta o separadamente a MARIA JOSE CISTERNA MORAGA y CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES.

    MARIA JOSE CISTERNA MORAGA · CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES

Official extract text

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Concepción, suplente del titular RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción certifico: que por escritura pública otorgada ante mí de fecha 13/08/2020, Repertorio N°8933-2020, doña CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS, chilena, cédula de identidad numero catorce millones trescientos setenta y dos mil quinientos dieciséis guión dos, divorciada, administrativa, con domicilio en Calle Manuel Bayón numero tres mil cuatrocientos cuarenta y seis, comuna de Talcahuano, doña MARIA JOSE CISTERNA MORAGA, chilena, cédula de identidad numero diecinueve millones trescientos treinta y cuatro mil treinta y cuatro guión dos, soltera, administradora de empresas, con domicilio en Calle Pedro Aguirre Cerda numero setecientos noventa y nueve, comuna de Lota y doña CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES, chilena, cédula de identidad numero doce millones trescientos cuatro mil quinientos setenta y tres guión cuatro, psicóloga, divorciada, con domicilio en calle Manuel Montt trescientos setenta y cinco comuna de Coronel, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada SERVICIOS OPTIMOS LIMITADA, la cual se constituyó por escritura publica de fecha dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve, repertorio numero mil novecientos cuatro guión dos mil diecinueve otorgada ante la Notario Publico Interino de la Primera Notaria de Coronel doña INGRID PAMELA RIOS FUENTES, cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos nueve numero ciento veintiuno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil diecinueve, extracto publicado en el Diario Oficial con fecha veintiséis de octubre del año dos mil diecinueve edición numero cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y ocho. Tal sociedad tiene el rol único tributario numero setenta y siete millones noventa y un mil quinientos cincuenta y ocho guion nueve. Según la escritura constitutiva referida, tal sociedad tiene un capital social de cinco millones de pesos y cada socia tiene un cincuenta por ciento de participación en el capital social. Tal sociedad esta actualmente vigente y su administración, representación legal y el uso de la razón social corresponde a la socia doña CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS. Modificación consiste: CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos o participación social en la aludida sociedad que equivalen al cincuenta por ciento de la totalidad de los derechos sociales a doña CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES quien los compra, acepta y adquiere para si. El precio de la cesión es la suma de dos millones seiscientos mil pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo y al contado, declarando la cedente y vendedora haberlo recibido a entera conformidad y satisfacción, dándose por pagado el precio acordado en su totalidad para todo efecto legal. En esta cesión queda comprendido e incluido todo derecho que pudiera corresponder a la cedente, tanto por concepto de proporción o participación en el capital, fondos de reserva, utilidades retenidas y no repartidas o por cualquier otro motivo o título. Como consecuencia de tal cesión, la cedente doña CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS se retira de la sociedad SERVICIOS OPTIMOS LIMITADA y asimismo como consecuencia de tal cesión, la cesionaria CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES pasa a ser socia de la sociedad referida, para todos los efectos legales, con un porcentaje de un cincuenta por ciento del capital social, lo cual es aceptado por la totalidad de los socios comparecientes . La cesion de que da cuenta este instrumento empiezan a regir y a surtir efectos jurídicos a partir de la fecha de otorgamiento de la presente escritura. La cedente CATHERINE ANDREA INZUNZA RIVAS y la cesionaria CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES se dan mutuo, total y reciproco finiquito en relación a la cesión de derechos sociales de que dan cuenta este instrumento, declarando que entre ellas nada se adeudan en lo relativo al aludido contrato de cesión de derechos sociales. Quedan en definitiva como únicos socios e interesados en la sociedad SERVICIOS OPTIMOS LIMITADA doña MARIA JOSE CISTERNA MORAGA con un cincuenta por ciento de participación en los derechos sociales y doña CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES, con un cincuenta por ciento de participación en los derechos sociales , lo cual es aceptado por todos los comparecientes. Se modifica la clausula cuarta de los estatutos sociales en el sentido que en lo sucesivo, la administración, representación y uso de la razón social de tal aludida sociedad corresponderá conjunta o separadamente a las socias doñas MARIA JOSE CISTERNA MORAGA y CARMEN XIMENA CISTERNA TORRES, con las facultades señaladas en los citados estatutos sociales que se dan por reproducidas para todo efecto legal. Las partes declaran que se tienen estas modificaciones como parte integrante de los estatutos sociales, para todos los efectos legales y tributarios a que haya lugar, quedando plenamente vigentes y subsistentes las demás estipulaciones del pacto social, en todo lo no modificado. La modificación precedente comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura. En lo no modificado, quedan plenamente subsistentes las demás estipulaciones del contrato social. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCION, Agosto 14 de 2020.- gmm

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  1. DISOLUCIÓN

    SERVICIOS OPTIMOS LIMITADA

    CVE 1801245

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