Pisquera Casa Julia Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$61.000.000
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 20% | - |
PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA Socio 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 30% | - |
Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 20% | - |
Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 20% | - |
MARTINA IGNACIA NUÑEZ GONZÁLEZ Socio 20.xxx.xxx-k | 20.xxx.xxx-k | 10% | - |
Administrators (2)
PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA
Corporate history on record
- Incorporation· July 15, 2019
Constitución original de PISQUERA CASA JULIA LIMITADA con capital de $61.000.000 y participación de siete socios.
LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO · PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ · SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA · PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA · MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA · LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA · MARTINA IGNACIA NÚÑEZ GONZÁLEZ
- Transfer of rights· January 29, 2022
PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ cede 20% de sus derechos sociales a SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA y MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA.
PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ · SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA · PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA · LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA · MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA
- Transfer of rights· January 29, 2022
LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO cede 30% de sus derechos sociales a SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA y MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA.
LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO · SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA · PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA · LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA · MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA
- Change of administrator· January 29, 2022
Se modifica la administración y representación social, quedando a cargo de LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO y PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA.
LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO · PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA
Official extract text
CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Ovalle, domiciliada en Vicuña Mackenna Nº370 oficina 3 E, certifico que por escritura pública de fecha 29 de Enero del año 2022, los señores LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO, chilena, casada y separada de bienes, agricultora, cédula nacional de identidad y rol único tributario número seis millones doscientos sesenta y dos mil trescientos setenta y ocho guión cero, domiciliada en la Localidad de Rapel, comuna de Monte Patria; PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad y rol único tributario número tres millones setecientos diecinueve mil doscientos once guión dos, domiciliado en la Localidad de Rapel, comuna de Monte Patria; SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, kinesióloga, cédula nacional de identidad y rol único tributario número nueve millones trescientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y uno guión cuatro, domiciliada en calle Aníbal Pinto tres mil quinientos setenta y cinco de la Serena y de paso en esta ciudad; PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad y rol único tributario número nueve millones trescientos ochenta y nueve mil ciento treinta y nueve guión dos, domiciliado en Américo Vespucio Norte dos mil cincuenta y cinco departamento quinientos seis comuna de Vitacura Región Metropolitana y de paso en esta ciudad; MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, kinesióloga, cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones seiscientos once mil seiscientos noventa guión cuatro, domiciliada en José Gil de Castro siete mil seiscientos sesenta comuna de Peñalolén Región Metropolitana y de paso en esta ciudad; LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo ;cédula nacional de identidad y rol único tributario número catorce millones ciento cuarenta y cinco mil novecientos setenta y siete guión cinco, domiciliada en Christiensen setecientos sesenta y dos departamento once Las Condes Región Metropolitana y de paso en esta ciudad; y MARTINA IGNACIA NUÑEZ GONZÁLEZ, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número veinte millones setenta y cuatro mil seiscientos veintiuno guión K, domiciliada en Christiensen setecientos sesenta y dos departamento once Las Condes Región Metropolitana y de paso en esta ciudad; Modifican la sociedad “PISQUERA CASA JULIA LIMITADA”, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario número 77.050.633-6, constituida por escritura pública de fecha 15 de Julio del año 2019, ante el Notario de Ovalle, don Eugenio Jiménez Larraín, que se inscribió a fojas 58 número 19 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Monte Patria, correspondiente al año 2019, publicada en el Diario Oficial número 42.413 de fecha 26 de Julio del año 2019.- CAPITAL: La sociedad tuvo un capital inicial de $61.000.000 repartido entre los socios a razón de A) un 30% para la socia LUCÍA VERÓNICA JULIÁ DONOSO; B) un 20% para el socio PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ; C)un 10% para la socia SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIÁ; D)un 10% para el socio PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIÁ; E) un 10% para la socia MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIÁ; F) un 10% para la socia LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIÁ; y G) un 10% para la socia MARTINA IGNACIA NÚÑEZ GONZÁLEZ, y el actual capital se ha revalorizado de acuerdo a las utilidades de los ejercicios y a la revalorización del capital propio.- CESION DE DERECHOS Y MODIFICACION AL PACTO SOCIAL: 1) El socio PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere el veinte por ciento del capital social a los siguientes adquirentes.-a) un 4% de sus derechos en el capital social a SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí como más adelante se señala; b) vende y transfiere un 8% de sus derechos en el capital social a PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala; c) vende y transfiere un 4% de sus derechos en el capital social a LUCIA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala ;y d) vende y transfiere un 4% de sus derechos en el capital social en favor de MARIANA SOFIA GONZALEZ JULIA , quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala .- El precio a que asciende la venta de los derechos sociales de don PATRICIO SERGIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, es la suma total y única de $15.000.000.- que los socios compradores y adquirentes señores SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA, LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, pagan al socio vendedor cada una por cada 4% adquirido en los derechos del capital social a razón de $3.000.000 cada una, en este acto al contado en dinero efectivo moneda nacional que el socio vendedor declara recibir respectivamente a su entera satisfacción y conformidad ; por su parte PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, paga al socio vendedor por el 8% de los derechos adquiridos en el capital social la suma de $6.000.000 y lo hace en este acto al contado en dinero efectivo moneda nacional que el socio vendedor declara recibir respectivamente a su entera satisfacción y conformidad. 2) Asimismo, LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO, vende, cede y transfiere el treinta por ciento de sus derechos en el capital social a los siguientes adquirentes a) un 6% de sus derechos en el capital social a SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí como más adelante se señala; b) vende y transfiere un 12% de sus derechos en el capital social a PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala; c) vende y transfiere un 6% de sus derechos en el capital social a LUCIA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala ;y d) vende y transfiere un 6% de sus derechos en el capital social a MARIANA SOFIA GONZALEZ JULIA , quien lo compra, adquiere y acepta en dominio para sí, como más adelante se señala .- El precio a que asciende la venta de los derechos sociales de LUCIA VERONICA JULIA DONOSO es la suma total y única de $36.000.000.- que los socios compradores y adquirentes señores SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA, LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, pagan a la socia vendedora cada una $7.200.000 por el 6% adquirido en los derechos en el capital social en este acto al contado en dinero efectivo moneda nacional que la socia vendedora declara recibir respectivamente a su entera satisfacción y conformidad ; por su parte PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, paga a la socia vendedora por el 12% de los derechos adquiridos en el capital social la suma de $14.400.000 y lo hace en este acto al contado en dinero efectivo moneda nacional que la socia vendedora declara recibir respectivamente a su entera satisfacción y conformidad.- NUEVOS INTEGRANTES Y PORCENTAJES DEL CAPITAL SOCIAL: La sociedad “PISQUERA CASA JULIA LIMITADA”, queda formada por los socios SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIA, PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIA, LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIA, y MARTINA IGNACIA NUÑEZ GONZÁLEZ, con la siguiente proporción en el capital social: 1) un 20% de los derechos sociales para la socia SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIÁ; 2)un 30% de los derechos sociales para el socio PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIÁ; 3) un 20% de los derechos sociales para la socia MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIÁ; 4) un 20% de los derechos sociales para la socia LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIÁ; y 5) un 10% de los derechos sociales para la socia MARTINA IGNACIA NÚÑEZ GONZÁLEZ. BALANCE: La Sociedad practicará balances el 31 de Diciembre de cada año. Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje el balance, se repartirán entre los socios a razón de: 1) un 20% para la socia SUSANA ALEJANDRA GONZÁLEZ JULIÁ; 2)un 30% para el socio PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIÁ; 3) un 20% para la socia MARIANA SOFÍA GONZÁLEZ JULIÁ; 4) un 20% para la socia LUCÍA ELIANA GONZÁLEZ JULIÁ; y 5) un 10% para la socia MARTINA IGNACIA NÚÑEZ GONZÁLEZ, respectivamente, pudiendo hacer los retiros que las partes convengan en cada ejercicio.- Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados dentro de treinta días corridos desde que fueren puestos en conocimiento de los socios. De las objeciones al balance conocerá el árbitro que más adelante se nombra.- LIMITACION: Los socios que integran la sociedad limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración y representación de la sociedad corresponderá irrevocablemente ; de manera separada o indistintamente a doña LUCÍA VERÓNICA JULIA DONOSO, y/o a don PATRICIO MIGUEL GONZÁLEZ JULIA, quienes uno cualquiera de ellos anteponiendo su firma a la razón social, o a su sigla la representarán y obligarán tanto dentro como fuera del giro ordinario con todas las facultades de la cláusula cuarta del pacto original otorgado por escritura pública de fecha quince de Julio del año dos mil diecinueve, ante el Notario que fue de Ovalle don Eugenio Jiménez Larraín, que se inscribió originariamente en extracto en el Registro de Comercio de Monte Patria, a fojas cincuenta y ocho número diecinueve, correspondiente al año dos mil diecinueve, y fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil cuatrocientos trece de fecha veintiséis de Julio del año dos mil diecinueve.- En todo lo no modificado las partes convienen que regirá el pacto original con sus respectivas modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura de modificación.- Ovalle, 29 de Enero de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
PISQUERA CASA JULIA LIMITADA
CVE 2084006
