Consultora Punta Negra SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
i) la prestación de servicios de gerenciamiento, asesoría en el establecimiento de estrategias de negocios, optimización de la estructura general de los costos, formulación y propuesta de políticas generales y la representación e intervención frente a terceros; ii) la asesoría en asuntos corporativos y de fiscalía, negociación y elaboración de propuestas de contratos, relaciones con terceros y autoridades públicas, mantenimiento corporativo general y materias de litigación; iii) la prestación de servicios de análisis empresarial, asesoría en tareas administrativas; iv) en general, la prestación de servicios relacionados con la asesoría a terceros en materias de administración y gestión; v) La generación de energía eléctrica a través de todo tipo de energías primarias, incluyendo energías renovables en cualquiera de sus formas; vi) La transmisión, compra, venta y comercialización de energía eléctrica; vii) la prestación de servicios de establecimiento, instalación, suministro, operación y arriendo de equipos, generadores, maquinarias y estructuras, con y sin operadores, en el ámbito de la producción y generación de energía; viii) arriendo de vehículos y maquinarias, sea por cuenta propia o ajena; y ix) En general cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que tengan relación con las anteriores
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
JAIME JOSÉ ESTEBAN MURO IÑIGUEZ Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
CAROL RAFIDE CUADRA, ABOGADO, SUPLENTE DE LA NOTARIO PÚBLICO TITULAR ESMIRNA VIDAL MORAGA, DE LA AGRUPACIÓN DE COMUNAS DE TEMUCO, PADRE LAS CASAS, MELIPEUCO, CUNCO, VILCÚN, Y FREIRE, CON OFICIO EN TEMUCO, CALLE ANTONIO VARAS NÚMERO 979, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 14 junio de 2021, otorgada ante Notario Titular ESMIRNA VIDAL MORAGA, bajo el Repertorio N° 6231-2021, don OSCAR ENRIQUE MURO AVILÉS y don JAIME JOSÉ ESTEBAN MURO IÑIGUEZ, en su calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad “CONSULTORA PUNTA NEGRA SpA”, según consta en registro de accionistas tenido a la vista, modificaron el objeto de la sociedad, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto. El objeto de la sociedad será: i) la prestación de servicios de gerenciamiento, asesoría en el establecimiento de estrategias de negocios, optimización de la estructura general de los costos, formulación y propuesta de políticas generales y la representación e intervención frente a terceros; ii) la asesoría en asuntos corporativos y de fiscalía, negociación y elaboración de propuestas de contratos, relaciones con terceros y autoridades públicas, mantenimiento corporativo general y materias de litigación; iii) la prestación de servicios de análisis empresarial, asesoría en tareas administrativas; iv) en general, la prestación de servicios relacionados con la asesoría a terceros en materias de administración y gestión; v) La generación de energía eléctrica a través de todo tipo de energías primarias, incluyendo energías renovables en cualquiera de sus formas; vi) La transmisión, compra, venta y comercialización de energía eléctrica; vii) la prestación de servicios de establecimiento, instalación, suministro, operación y arriendo de equipos, generadores, maquinarias y estructuras, con y sin operadores, en el ámbito de la producción y generación de energía; viii) arriendo de vehículos y maquinarias, sea por cuenta propia o ajena; y ix) En general cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que tengan relación con las anteriores”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 18 de junio de 2021.
Información societaria
Objeto social
i) La prestación de servicios de gerenciamiento, asesoría en el establecimiento de estrategias de negocios, optimización de la estructura general de los costos, formulación y propuesta de políticas generales y la representación e intervención frente a terceros; ii) La asesoría en asuntos corporativos y de fiscalía, negociación y elaboración de propuestas de contratos, relaciones con terceros y autoridades públicas, mantenimiento corporativo general y materias de litigación; iii) La prestación de servicios de análisis empresarial, asesoría en tareas administrativas; y, iv) En general, la prestación de servicios relacionados con la asesoría a terceros en materias de administración y gestión.
Capital
Capital total
$500.000
Capital pagado
$0
Capital pendiente
$500.000
Acciones
500.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Jaime José Esteban Muro Iñiguez Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública de fecha 1 de julio de 2019, repertorio número 3802/2019, ante mí, Oscar Enrique Muro Avilés y Jaime José Esteban Muro Iñiguez, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: Consultora Punta Negra SpA. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: i) La prestación de servicios de gerenciamiento, asesoría en el establecimiento de estrategias de negocios, optimización de la estructura general de los costos, formulación y propuesta de políticas generales y la representación e intervención frente a terceros; ii) La asesoría en asuntos corporativos y de fiscalía, negociación y elaboración de propuestas de contratos, relaciones con terceros y autoridades públicas, mantenimiento corporativo general y materias de litigación; iii) La prestación de servicios de análisis empresarial, asesoría en tareas administrativas; y, iv) En general, la prestación de servicios relacionados con la asesoría a terceros en materias de administración y gestión. Capital: $500.000, dividido en 500.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y que se deberá pagar dentro del plazo de 1 año desde la fecha de la presente escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- San Miguel, 1 de julio de 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Consultora Punta Negra SpA
CVE 1966268
- CONSTITUCIÓN
Consultora Punta Negra SpA
CVE 1617055
