Felipe Barraza Y Compañía Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 99.9% | - |
Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 0.1% | - |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 17 de junio de 2011
Luis Felipe Barraza Bustos cedió derechos sociales a Luis Felipe Barraza Rojas y a María Ignacia, María José y María Victoria Barraza Rojas, luego resueltos por falta de pago.
LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS · LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS · MARÍA IGNACIA BARRAZA ROJAS · MARÍA JOSÉ BARRAZA ROJAS · MARÍA VICTORIA BARRAZA ROJAS
- Cesión de derechos· 8 de mayo de 2017
Luis Felipe Barraza Bustos cedió 0,1% de sus derechos sociales a Luis Felipe Barraza Rojas.
LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS · LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS
- Retiro de socio· 8 de mayo de 2017
Se resolvieron las cesiones anteriores y salieron de la sociedad María Ignacia Barraza Rojas, María José Barraza Rojas y María Victoria Barraza Rojas.
MARÍA IGNACIA BARRAZA ROJAS · MARÍA JOSÉ BARRAZA ROJAS · MARÍA VICTORIA BARRAZA ROJAS
Texto oficial del extracto
MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular de la 7 Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 8 de Mayo de 2017, otorgada ante mí bajo Repertorio Nº 7.127 – 2.017, doña MARIA IGNACIA BARRAZA ROJAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, periodista, C.I. Nº 16.611.175-7, domiciliada en Cerro Santa Isabel, Sitio 75 B, Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; doña MARÍA JOSÉ BARRAZA ROJAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, C.I. Nº 17.088.408-6, domiciliada en Condominio Los Cóndores Sitio 40 Interior, Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; doña MARÍA VICTORIA BARRAZA ROJAS, chilena, quien declaró ser soltera, Psicóloga, C.I. Nº 17.600.261-1, domiciliada en Fundo Casas de Maitenes s, San Clemente, ciudad de Talca; don LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS, chileno, quien declaró ser soltero, Administrador de Empresas, C.I. Nº 17.961.535-5, domiciliado en Fundo Casas de Maitenes s, San Clemente, ciudad de Talca; y don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. Nº 8.844.021-8, domiciliado en Fundo Casas de Maitenes s, San Clemente, ciudad de Talca, todos de paso en esta, Modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “FELIPE BARRAZA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 8 de Agosto de 1997, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Aliro Veloso Muñoz, inscrita a Fojas 19979 Nº 15961 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Modificaciones consisten: Uno) Cesión de Derechos, don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS, dueño del 1,1% del haber social, vende, cede y transfiere únicamente el 0,1% de los derechos sociales a don LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS, quien los compra y adquiere para sí, en la suma de $400.000, que el cesionario paga al cedente al contado y en dinero efectivo; y Dos) Resolución de cesiones de derechos. En última modificación social, que consta en escritura pública de fecha 17 de Junio del año 2011, otorgada ante el Notario de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, inscrita a Fojas 39878 Nº 29613 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS, propietario en ese entonces a la sazón de un 99,9% del capital social, vendió y cedió a don LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS, el 68,9% de los derechos sociales, en el precio de $55.120.000, pagadero a plazo. Asimismo, en ese mismo acto vendió y cedió a doña MARÍA IGNACIA BARRAZA ROJAS, el 10% de los derechos sociales en el precio de $8.000.000 pagadero a plazo. También, vendió y cedió a doña MARÍA JOSÉ BARRAZA ROJAS, el 10% de los derechos sociales en el precio de $8.000.000 pagadero a plazo, Y vendió y cedió, a doña MARÍA VICTORIA BARRAZA ROJAS, el 10% de los derechos sociales en el precio de $8.000.000, pagadero a plazo. Hasta la fecha, y pese a encontrarse largamente vencido el plazo convenido para cancelar el precio de las referidas cesiones de derechos, ninguno de los aludidos compradores ha efectuado pago alguno, y el vendedor, de conformidad a lo establecido en el artículo 1489 del Código Civil, ha optado por la resolución de dichas compraventas. Por su lado, los cesionarios aceptan la decisión del cedente, y de consuno acuerdan resolverlas y dejarlas sin efecto en todas sus partes. Contraprestaciones o restituciones. En cuanto a las restituciones mutuas o reciprocas que proceden en razón de haberse resuelto y dejado sin efecto las cesiones de derechos singularizadas precedentemente, no habiéndose pagado parte alguna de los precios pactados, resulta improcedente que el cedente restituya dinero. Corresponde en cambio que los cesionarios restituyan los derechos sociales que compraron en su oportunidad a don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS, y para estos efectos, don LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS le restituye, cede y transfiere el 68,9% de los derechos sociales, doña MARÍA IGNACIA BARRAZA ROJAS le restituye, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales, doña MARÍA JOSÉ BARRAZA ROJAS le restituye, cede, y transfiere el 10% de los derechos sociales, y doña MARÍA VICTORIA BARRAZA ROJAS le restituye, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales. Don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS acepta las referidas restituciones y cesiones, adquiriendo e incorporando nuevamente a su patrimonio dichos derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios don LUIS FELIPE BARRAZA BUSTOS, poseedor de un 99,9% de los derechos sociales, y don LUIS FELIPE BARRAZA ROJAS, propietario del restante 0,1% de dichos derechos. En todo lo no modificado rigen estipulaciones del pacto social vigente. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 10 de Mayo de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
FELIPE BARRAZA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1215798
