Comercial Y Distribuidora Amai SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Catalina Marcia Valentina Cabezón Araya Accionista | - | - | - |
Constanza Andrea Cabezón Araya Accionista | - | - | - |
Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | - | - |
Jorge Antonio Santana Sepulveda Accionista | - | - | - |
Administradores (1)
Representantes ante el SII (1)
Texto oficial del extracto
LUIS MANQUEHUAL MERY, Titular de la 8° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 941 local 302, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada 18 de agosto de 2021 y reducida a escritura pública otorgada ante mi Suplente Juan Cristian Berrios Castro, con fecha 18 de agosto de 2021, doña Catalina Marcia Valentina Cabezón Araya, Constanza Andrea Cabezón Araya, Catalina Andrea Araya Gamboa y Jorge Antonio Santana Sepulveda, todos los anteriores accionistas a esa fecha de la sociedad “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA AMAI SpA” sociedad inscrita a fojas 40.636 N° 20.425 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil 2019, modificaron sociedad en siguiente sentido: Modificación Administración: accionistas modificaron cláusula decima de los estatutos sociales referente a la administración en el sentido que a partir de esta fecha la sociedad será administrada por doña CATALINA ANDREA ARAYA GAMBOA, acordándose al efecto por los accionistas presentes sustituir dicha cláusula de los estatutos sociales por la siguiente: “TÍTULO TERCERO: De la Administración de la Sociedad.- ARTÍCULO DECIMO: La sociedad será administrada por una persona natural o jurídica, la que podrá o no ser accionista, designada por los accionistas, ya sea en una junta de accionistas convocada para este efecto, o por medio de una escritura pública que otorguen todos ellos en que conste dicho acuerdo de los accionistas sin forma de junta. Esta persona natural o jurídica será denominada “Administradora de la sociedad” y en caso de ser persona jurídica ejercerá la administración por medio del respectivo representante legal de la administradora. Cuando la sociedad posea un solo accionista, la designación la hará este por escritura pública y, desde luego, podrá designarse a sí mismo como Administrador o Gerente General. También podrá designar a quien lo reemplace o subrogue, caso en el cual podrá ser una o más personas que actuarán unipersonalmente o conjuntamente conforme con lo que disponga el título de su designación. Para este efecto los accionistas pactan que a partir de esta fecha la sociedad será administrada por doña CATALINA ANDREA ARAYA GAMBOA cédula de identidad número doce millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho guion uno quien detentará además la calidad de Gerente General de la sociedad también y quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos que ella celebre, con las más amplias facultades señaladas en la cláusula décima, duodécima y decimo cuarto de los estatutos sociales, comprendiendo las de disposición de bienes y todas las que, directa o indirectamente sean o parezcan necesarias o conducentes para la ejecución del objeto social o a la conservación o incremento de los haberes de la sociedad; la representará judicialmente y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y de disposición, sin que sea necesario otorgarle al efecto poder alguno ni acreditarse ante terceros su facultad de representación”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de agosto de 2021.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: UNO. El objeto de la sociedad será: a) Inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles; b) El transporte de carga y embalaje de toda clase de mercaderías en vehículos propios o de terceros; c) La Importación, exportación, comercialización, distribución, compra y venta de toda clase de mercaderías; y d) La explotación por cuenta propia o ajena de los locales comerciales en toda sus formas; y todo lo que se relaciones, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
5000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CATALINA MARCIA VALENTINA CABEZON ARAYA Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | $2.500.000 |
CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA Accionista 20.xxx.xxx-6 | 20.xxx.xxx-6 | 50% | $2.500.000 |
Administradores (2)
CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA
CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA
Texto oficial del extracto
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Abogado, Notario Público, Titular de la 19¦° de Santiago, con oficio en calle Bandera 341, oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Mayo de 2019, bajo el Repertorio número 17.825, ante mí, comparecen: Doña CATALINA MARCIA VALENTINA CABEZON ARAYA, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos setenta y cinco mil novecientos sesenta guión cero con domicilio en Calle El Aromo número siete mil quinientos siete, comuna de Huechuraba, Santiago y doña CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número veinte millones seiscientos veintitrés mil ochocientos veintiuno guión seis con domicilio en Calle El Aromo número siete mil quinientos siete, comuna de Huechuraba, Santiago, constituyeron la sociedad por acciones con las siguientes especificaciones: NOMBRE: El nombre de la sociedad será COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA AMAI SpA. DOMICILIO. Su domicilio será la comuna y ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá renovado o prorrogado automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si él o ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de poner término a la sociedad con seis meses de anticipación a lo menos a la fecha de expiración del plazo de vigencia de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración hecha al efecto por escritura pública de la cual se haya tomado razón o nota al margen de la inscripción social. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: UNO. El objeto de la sociedad será: a) Inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles; b) El transporte de carga y embalaje de toda clase de mercaderías en vehículos propios o de terceros; c) La Importación, exportación, comercialización, distribución, compra y venta de toda clase de mercaderías; y d) La explotación por cuenta propia o ajena de los locales comerciales en toda sus formas; y todo lo que se relaciones, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades, y cualquier otro negocio que acordaren los socios..- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000 dividido en cinco mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, y que queda totalmente suscrito y enterado en la caja social de la siguiente forma: A) doña CATALINA MARCIA VALENTINA CABEZON ARAYA, suscribe y paga en este acto dos mil quinientas acciones con dinero efectivo y de contado por la suma de $2.500.000 ingresando esta suma en caja social; B) doña CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA, suscribe y paga en este acto dos mil quinientas acciones con dinero efectivo y de contado por la suma de $2.500.000 ingresando esta suma en caja social.- ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por una persona, la que podrá o no ser accionista, designada por los accionistas, ya sea en una junta de accionistas convocada para este efecto, o por medio de una escritura pública que otorguen todos ellos. Esta persona será denominada el Administrador o Gerente General de la sociedad. Cuando la sociedad posea un solo accionista, la designación la hará este por escritura pública y, desde luego, podrá designarse a sí mismo como Administrador o Gerente General. También podrá designar a quien lo reemplace o subrogue, caso en el cual podrá ser una o más personas que actuarán unipersonalmente o conjuntamente conforme con lo que disponga el título de su designación. Para este efecto, la sociedad será administrada por doña CONSTANZA ANDREA CABEZON ARAYA, quien detentará además la calidad de Gerente General de la sociedad también y quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos que ella celebre, con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 28 de Mayo de 2019. PEDRO R. REVECO H.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA AMAI SpA
CVE 2002314
- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA AMAI SpA
CVE 1598692
