Sociedad Clínica Y Jurídica Gálvez Ramírez SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 100% | - |
SII 代表(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2019年4月26日
Se constituyó la sociedad por acciones SOCIEDAD CLÍNICA Y JURÍDICA GÁLVEZ RAMÍREZ SpA, con nombre de fantasía GARAM SpA, de propiedad de Karla Daniela Gálvez Ramírez.
摘要官方正文
EN SANTIAGO DE CHILE, a 16 de septiembre de 2019, ante mí, Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, abogado, Notario Titular de la 12 Notaría de Santiago, con domicilio en Teatinos 331, Santiago, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, comparece: Karla Daniela Gálvez Ramírez, C.I. nº 15.366.300-9, en su calidad de accionista y que representa el cien por ciento de las acciones inscritas, de la sociedad "SOCIEDAD CLÍNICA Y JURÍDICA GÁLVEZ RAMÍREZ SpA", RUT nº 77.029.516-5, con domicilio para estos efectos en Condor nº 1107, depto. 1313, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, mayor de edad, y EXPONE que ha convenido, lo siguiente: ANTECEDENTES PREVIOS. El 29.09.2014, se publica la ley nº 20.780 estableciendo nuevos regímenes generales de tributación. La ley estableció que los contribuyentes que se encontraban obligados a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad completa, a partir del 01.01.2017, podrán optar por acogerse a las disposiciones de uno de los nuevos regímenes tributarios, esto es, el régimen tributario "Sobre Base Atribuida" conforme establece la letra A) del nuevo artículo catorce del Decreto Ley nº 824 "Ley sobre Impuesto a la Renta", o en su defecto, acogerse al régimen tributario "Parcialmente Integrado" establecido en la letra B) del referido artículo 14. El 01.02.2016 se publica la Ley nº 20.899, la cual tuvo por objeto modificar y simplificar el sistema de tributación a la Renta aprobada con la dictación de la reforma tributaria. Esta Ley estableció los requisitos necesarios para ejercer la opción, por parte del contribuyente, de acogerse a los distintitos regímenes tributarios, sea, el régimen de Renta Atribuida o el de Renta Parcialmente Integrada. Por escritura de 26.04.2019, suscrita ante Notario Público Titular de la 12 Notaría de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, la compareciente constituyó la sociedad por acciones "SOCIEDAD CLÍNICA Y JURÍDICA GALVEZ RAMIREZ SpA" con nombre de fantasía “GARAM SpA”, RUT nº 77.029.516-5, inscrita a fojas 33.864 nº 16.956 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019 y publicada en el D.O. el 10.05.2019, protocolizada el 14.05.2019 ante el mismo señor Notario Público de la constitución, siendo la compareciente, doña Karla Daniela Gálvez Ramírez, propietaria del 100% de las acciones emitidas. De este modo, se constituyó después del 01.06.2016, y se encuentra conformada por una persona natural, tal como se acredita en la comparecencia. Por este instrumento, estando representadas por la compareciente el 100% de las acciones emitidas y suscritas y, en virtud de lo señalado en el Código de Comercio, Libro Segundo, Título Séptimo, artículo cuatrocientos veintisiete que señala: "Las disposiciones del estatuto social serán modificadas por acuerdo de la junta de accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. Sin embargo, no se requerirá la celebración de la junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscribieren una escritura pública o un instrumento privado protocolizado en que conste tal modificación...". La compareciente viene en modificar su Estatuto Social y suscribir el Acuerdo Unánime, que seguidamente se indica. MODIFICACIÓN ESTATUTO SOCIAL.- La compareciente viene en adicionar el Artículo 7º - 2 en los Estatutos Sociales de " SOCIEDAD CLÍNICA Y JURÍDICA GALVEZ RAMIREZ SpA", de la siguiente forma: "ARTÍCULO SÉPTIMO GUION DOS: En el caso que exista más de un accionista, ninguno de ellos podrá ofrecer, vender, enajenar o transferir sus acciones o sus derechos a terceros sin el previo consentimiento por escrito del cien por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto. En cualquiera de todos los casos los accionistas tendrán el derecho preferente de compra de las acciones y sus derechos del accionista que quisiere ofrecer, vender, enajenar o transferir sus acciones.". ACUERDO UNANIME: Por la presente escritura y conforme lo exige el inciso 1º y 2º del nº 10, del punto I, del artículo 3º transitorio de la Ley 20.780, la compareciente expresa su voluntad de acoger a la sociedad por acciones al régimen tributario "Sobre Base Atribuida" conforme establece la letra A) del nuevo artículo 14 del D.L. nº 824 "Ley sobre Impuesto a la Renta". En consecuencia, "GARAM SpA", a contar de la fecha de iniciación de sus actividades, quedará sujeta al régimen tributario "Sobre Base Atribuida". En todo lo no modificado por la presente escritura, la compareciente y actual accionista ratifica y declara, que se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo. DECLARACIÓN JURADA: doña KARLA DANIELA GÁLVEZ RAMÍREZ, actuando, en su calidad de representante legal de la sociedad GARAM SpA, viene en otorgar la siguiente Declaración Jurada: Por acuerdo unánime de los accionistas de GARAM SpA, se acogerá a contar del 20.06.2019, al Régimen Tributario, denominado "Sobre Base Atribuida", regulado en la letra A) del nuevo artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenido en el D.L. nº 824. Demás estipulaciones en escritura señalada. Santiago, 16 de septiembre de 2019.
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- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD CLÍNICA Y JURÍDICA GÁLVEZ RAMÍREZ SpA
CVE 1663907
