Exportadora Blossom SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la exportación e importación, comercialización, compra y venta de frutas en estado fresco, deshidratado y congelado, tanto en el mercado externo e interno, de frutas y todos sus derivados, como jugos, productos congelados y deshidratados, secos, además de semillas, almácigos, plantas, clones, árboles frutales, como también comercialización de aceites esenciales, aceites comestibles, vinos y sus derivados tanto a granel como envasado, entre otros
Capital
Capital total
$3.333.333
Capital pagado
$3.333.333
Capital pendiente
$0
Acciones
333
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 60% | - |
Accionista | - | 40% | - |
Texto oficial del extracto
RENÉ LEÓN MANIEU, notario Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura hoy ante mí, Repertorio Nº 4.454, INVERSIONES FYG SpA, única accionista de la sociedad “EXPORTADORA BLOSSOM SpA”, RUT: 77.023.139-6, inscrita a fojas 554 nº 328 del Registro de Comercio de Curicó del año 2019, modificó la sociedad, re pactando sus estatutos sociales, a saber: Nombre y Razón Social: EXPORTADORA BLOSSOM SpA; Capital: $3.333.333 dividido en 333 acciones, nominativas, de dos series y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Objeto: la exportación e importación, comercialización, compra y venta de frutas en estado fresco, deshidratado y congelado, tanto en el mercado externo e interno, de frutas y todos sus derivados, como jugos, productos congelados y deshidratados, secos, además de semillas, almácigos, plantas, clones, árboles frutales, como también comercialización de aceites esenciales, aceites comestibles, vinos y sus derivados tanto a granel como envasado, entre otros; Domicilio: Curicó. Accionistas: INVERSIONES FYG SpA suscribe y paga 200 acciones series A; e INVERSIONES FSC SpA suscribe y paga 133 Acciones series B. Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 30 septiembre 2022.-
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.0000
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Público de Curicó, con oficio en Estado Nº282, certifica: Que con fecha 16 de junio del año dos mil veinte, doña MARÍA FERNANDA GREZ CASTRO, redujo a escritura pública: JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “EXPORTADORA BLOSSOM SpA”, Rol Único Tributario número 77.023.139-6, capital: $2.000.0000.-, de fecha 12 de junio de 2020, en la que, después de haberse cumplido con las formalidades de convocatoria y estando presente el accionista que representa el cien por ciento de las acciones válidamente emitidas por la sociedad se acordó: Modificar las cláusulas relativas a la administración de la sociedad, sustituyendo los artículos: décimo, décimo primero y décimo segundo del título tercero del pacto social, donde se da cuenta de que la sociedad “EXPORTADORA BLOSSOM SpA”, será administrada por don ALFONSO JOSE FRIAS URZUA, quien en uso de la misma podrá, en la forma señalada en la escritura extractada, ejercer las facultades que allí se indican para el administrador o las personas delegadas por él. Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº1718/2020. Curicó, 22 de junio de 2020.
Información societaria
Objeto social
la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
200
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
NICOLAS EUGENIO ERRAZURIZ LEIVA Accionista | - | 50% | $1.000.000 |
Accionista | - | 50% | $1.000.000 |
Administradores (2)
NICOLAS EUGENIO ERRAZURIZ LEIVA
Texto oficial del extracto
EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Abril de 2019, otorgada ante mí: don NICOLAS EUGENIO ERRAZURIZ LEIVA, con domicilio en Avenida España número 106, departamento 403, comuna y provincia de Curicó y don ALFONSO JOSE FRIAS URZUA, con domicilio en Camino a Zapallar Kilómetro 1,4 calle Los Magnolios número 13, comuna y provincia de Curicó; constituyeron sociedad por acciones: Nombre: El nombre será “EXPORTADORA BLOSSOM SpA”, pudiendo también actuar para fines comerciales y publicitarios con el nombre de fantasía de “BLOSSOM SpA”. Objeto: a) la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarios y/o relacionadas incluyendo, sin limitación la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseñaos y modelos industriales; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio: Será la ciudad Curicó, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Capital: Es la suma de $2.000.000 (dos millones de pesos), divididos en 200 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) Don NICOLAS EUGENIO ERRAZURIZ LEIVA suscribe la cantidad de 100 acciones a un valor de $10.000 pesos cada acción, esto es un total de $1.000.000 (un millón de pesos), acciones que se suscriben y pagan en este acto al contado y en dinero efectivo. b) Don ALFONSO JOSE FRIAS URZUA suscribe la cantidad de 100 acciones a un valor de $10.000 pesos cada acción, esto es un total de $1.000.000 (un millón de pesos), acciones que se suscriben y pagan en este acto al contado y en dinero efectivo. De esta forma el capital social se encuentra íntegramente pagado. Duración: Será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. Administración: Será administrada por don NICOLAS EUGENIO ERRAZURIZ LEIVA y por don ALFONSO JOSE FRIAS URZUA. Actuando uno cualquiera de los administradores. Los administradores de la sociedad podrán actuar de manera individual e indistinta por ella en todos los asuntos, negocios, operaciones, actos y contratos comprendidos en el giro ordinario, necesario o conducente a la gestión del objeto social. LIMITACIONES. Las facultades conferidas precedentemente para la actuación individual de los administradores, deberá entenderse hasta la suma de 200 U.F. (doscientas Unidades de Fomento), por cada acto u operación individualmente considerada. Para los actos, contratos u operaciones que excedan de este monto, deberán actuar los administradores conjuntamente. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº1284/2019.- Curicó, 06 de Mayo de 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
EXPORTADORA BLOSSOM SpA
CVE 2200348
- MODIFICACIÓN
EXPORTADORA BLOSSOM SpA
CVE 1777089
- CONSTITUCIÓN
Exportadora Blossom SpA
CVE 1586518
