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Inversiones Afg SpA

MODIFICACIÓN — 20 de jun. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-06-20Ver PDF (CVE 2146087)

Informações societárias

SpA
calle Quintrilpe 488

Capital

Capital total

$5.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 16 de novembro de 2018

    Se constituyó INVERSIONES AFG SpA.

    CAMILO RIESCO OETTINGER

  2. Mudança de capital· 14 de janeiro de 2019

    Se rectificó el capital social, corrigiendo que ascendía a $5.000.000 y no a $10.000.000.

    Jorge Elías Tadres Hales

  3. Outro ato· 1 de janeiro de 2021

    Se trasladaron las inscripciones sociales al Conservador de Bienes Raíces de Vilcún.

Texto oficial do extrato

CARLOS GUSTAVO MARTÍNEZ ELGUETA, Notario Público de Vilcún, con oficio en esta ciudad, calle Yungay 374, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 17 de Junio de 2022, otorgada ante mí, Don CAMILO RIESCO OETTINGER, domiciliado en calle Quintrilpe 488, comuna de Vilcún, en representación de INVERSIONES AFG SpA, expone: Que, por este acto e instrumento, conforme a lo prevenido en el artículo primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, publicada en el Diario Oficial con fecha once de abril del año mil novecientos noventa y siete, viene en hacer saneamiento del vicio formal que afecta a la sociedad por acciones cuyo nombre o razón social es INVERSIONES AFG SpA y cuyo nombre de fantasía es AFG SpA A) La sociedad fue constituida por escritura pública otorgada con fecha dieciséis de Noviembre del año dos mil dieciocho en la Notaria de Temuco de don Jorge Tadres Hales. Su extracto fue inscrito a fojas ochenta y cuatro número ochenta y cinco en el Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco con fecha doce de Diciembre del año dos mil dieciocho y publicado en el diario oficial con fecha veintiséis de Noviembre del año dos mil dieciocho en su edición número cuarenta y dos mil doscientos catorce. B) Por un error involuntario se indicó en la cláusula sexta de la escritura de constitución que el capital de la sociedad ascendía a la suma de diez millones de pesos, cuando lo correcto es que el capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos. En atención al error antes indicado, se hizo la correspondiente rectificación, la que consta en escritura pública otorgada con fecha catorce de Enero del año dos mil diecinueve, ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales. El extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas catorce número nueve en el Registro de Comercio del año dos mil diecinueve con fecha dieciocho de Febrero del año dos mil diecinueve en el mismo Conservador ya señalado y publicado en el Diario Oficial de fecha dos de Febrero del año dos mil diecinueve, en su edición número cuarenta y dos mil doscientos setenta. C) Con ocasión de la creación del nuevo Conservador de Bienes Raíces de Vilcún, y dado que el domicilio de la sociedad se encuentra establecido en la comuna de Vilcún, se procedió a efectuar el traslado de las inscripciones sociales desde el Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco al Conservador de Bienes Raíces de Vilcún. La inscripción de constitución se encuentra inscrita a fojas doce vuelta número once y la inscripción de rectificación se encuentra inscrita a fojas trece vuelta número doce, ambas del Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Conservador de Bienes Raíces de Vilcún; Conforme a lo anterior, el extracto de rectificación de la sociedad antes indicada, contiene el siguiente vicio formal: El extracto de la rectificación de la sociedad no fue inscrito en el Conservador de Comercio dentro del plazo establecido en la ley.- En virtud de lo señalado precedentemente, el compareciente debidamente facultado para ello, corrigió y saneó el vicio indicado de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en acto escritura las voluntades contenidas en las escrituras públicas de constitución y rectificación de sociedad antes singularizadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Vilcún, 17 de Junio de 2022.

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-04-21Ver PDF (CVE 2116775)

Informações societárias

SpA
calle Quintrilpe 488

Capital

Capital total

$5.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 16 de novembro de 2018

    Se constituye INVERSIONES AFG SpA.

    CAMILO RIESCO OETTINGER

  2. Mudança de capital· 14 de janeiro de 2019

    Se rectifica el capital de la sociedad de $10.000.000 a $5.000.000.

    CAMILO RIESCO OETTINGER

  3. Outro ato· 1 de janeiro de 2021

    Se trasladan las inscripciones sociales desde el Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco al Conservador de Bienes Raíces de Vilcún.

    CAMILO RIESCO OETTINGER

Texto oficial do extrato

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 979, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de Abril de 2022, Repertorio N° 4214-22 otorgada ante mí, Don CAMILO RIESCO OETTINGER, domiciliado en calle Quintrilpe 488, comuna de Vilcún, en representación de INVERSIONES AFG SpA, expone: Que, por este acto e instrumento, conforme a lo prevenido en el artículo primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, publicada en el Diario Oficial con fecha once de abril del año mil novecientos noventa y siete, viene en hacer saneamiento del vicio formal que afecta a la sociedad por acciones cuyo nombre o razón social es "INVERSIONES AFG SpA" y cuyo nombre de fantasía es "AFG SpA" A) La sociedad fue constituida por escritura pública otorgada con fecha dieciséis de Noviembre del año dos mil dieciocho en la Notaria de Temuco de don Jorge Tadres Hales. Su extracto fue inscrito a fojas ochenta y cuatro número ochenta y cinco en el Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco con fecha doce de Diciembre del año dos mil dieciocho y publicado en el diario oficial con fecha veintiséis de Noviembre del año dos mil dieciocho en su edición número cuarenta y dos mil doscientos catorce. B) Por un error involuntario se indicó en la cláusula sexta de la escritura de constitución que el capital de la sociedad ascendía a la suma de diez millones de pesos, cuando lo correcto es que el capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos. En atención al error antes indicado, se hizo la correspondiente rectificación, la que consta en escritura pública otorgada con fecha catorce de Enero del año dos mil diecinueve, ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales. El extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas catorce número nueve en el Registro de Comercio del año dos mil diecinueve con fecha dieciocho de Febrero del año dos mil diecinueve en el mismo Conservador ya señalado y publicado en el Diario Oficial de fecha dos de Febrero del año dos mil diecinueve, en su edición número cuarenta y dos mil doscientos setenta. C) Con ocasión de la creación del nuevo Conservador de Bienes Raíces de Vilcún, y dado que el domicilio de la sociedad se encuentra establecido en la comuna de Vilcún, se procedió a efectuar el traslado de las inscripciones sociales desde el Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco al Conservador de Bienes Raíces de Vilcún. La inscripción de constitución se encuentra inscrita a fojas doce vuelta número once y la inscripción de rectificación se encuentra inscrita a fojas trece vuelta número doce, ambas del Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Conservador de Bienes Raíces de Vilcún; Conforme a lo anterior, el extracto de rectificación de la sociedad antes indicada, contiene el siguiente vicio formal: El extracto de la rectificación de la sociedad no fue inscrito en el Conservador de Comercio dentro del plazo establecido en la ley.- En virtud de lo señalado precedentemente, el compareciente debidamente facultado para ello, corrigió y saneó el vicio indicado de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en acto escritura las voluntades contenidas en las escrituras públicas de constitución y rectificación de sociedad antes singularizadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 19 de Abril de 2022.

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  1. MODIFICACIÓN

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