Sociedad de Responsabilidad Limitada77.007.640-4

Inmobiliaria E Inversiones Quellon Viejo Limitada

MODIFICACIÓN — 20 feb 2017

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-02-20Ver PDF (CVE 1185285)

Información societaria

Ltda
Chiloe 1120

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 21 de diciembre de 2016

    Se modifica la sociedad y se deja constancia de una rectificación posterior sobre la cláusula séptima relativa a la distribución de utilidades y pérdidas.

    Monica De Lourdes Diaz Borquez · Miguel Angel Torres Galvez

  2. Cambio de capital· 29 de agosto de 2003

    Se ratifica la cláusula séptima de la modificación de 2003, estableciendo utilidades y pérdidas en 90% para Miguel Angel Torres Galvez y 10% para Monica Diaz Borquez.

    Miguel Angel Torres Galvez · Monica Diaz Borquez

Texto oficial del extracto

MARIA MERCEDES BARRIENTOS VALENZUELA Notario suplente de ENRIQUE TORNERO FIGUEROA, Titular Notaria 49º, ubicada en paseo Phillips 451, of. 1905, Santiago certifico: por escritura publica hoy 2 de febrero de 2017, comparece Daniel Alejandro Gonzalez Urrutia, domiciliado en Agustinas 1022 of. 728, Santiago, en representación de Monica De Lourdes Diaz Borquez y de don Miguel Angel Torres Galvez, ambos con domicilio en Chiloe 1120, Santiago, quienes modificaron con fecha 21 de diciembre de 2016, otorgada en esta notaria repertorio 102076, la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES QUELLON VIEJO LIMITADA, su extracto se inscribió a fojas 95511, número 52889 del año 2016, publicada en el Diario Oficial de 30 de diciembre de 2016. Por el presente instrumento el compareciente viene en rectificar y aclarar la clausula TERCERA de la escritura indicada en el siguiente sentido: donde decía “TERCERO.- Los comparecientes, han acordado modificar la clausula séptima del pacto social por el Siguiente: “SEPTIMO: Las utilidades y perdidas se repartirán entre los socios en partes iguales entre los socios. Los socios podrán de común acuerdo hacer retiros anticipados de las utilidades de la sociedad que estimen convenientes, acuerdo que se tomara por escrito y que se archivara en la contabilidad de la empresa”; la clausula antes indicada fue generada por un error tipográfico, por lo que se rectifica y debe quedar de la siguiente forma: “TERCERO.- Los comparecientes, han acordado ratificar la clausula séptima de la escritura de modificación de fecha veintinueve de agosto de dos mil tres, repertorio veintiséis mil ochocientos setenta y tres del año dos mil tres, en la notaria de don Rene Benavente Cash, inscrita a fojas veintisiete mil ciento treinta y siete, numero veinte mil cuatrocientos catorce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil tres, por lo que para mayor abundamiento se ratifica que las utilidades y perdidas se distribuirán en un noventa por ciento a don Miguel Angel Torres Galvez y un diez por ciento a doña Monica Diaz Borquez”. Santiago 2 de febrero de 2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES QUELLON VIEJO LIMITADA

    CVE 1185285

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)