Inmobiliaria Tobalaba Vergel SpA
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
PABLO ALFONSO ESCRIBANO GUZMÁN Accionista | - | - | - |
SEBASTIÁN IGNACIO MACÍAS BRITO Accionista | - | - | - |
ALEXANDER CRISTÓBAL SCHAEFFER ORTÚZAR Accionista | - | - | - |
Administrators (3)
PABLO ALFONSO ESCRIBANO GUZMÁN
SEBASTIÁN IGNACIO MACÍAS BRITO
ALEXANDER CRISTÓBAL SCHAEFFER ORTÚZAR
Official extract text
GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16° Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Que, por escritura pública de fecha 01 diciembre 2020, Repertorio N° 6074, ante mí, PABLO ALFONSO ESCRIBANO GUZMÁN, SEBASTIÁN IGNACIO MACÍAS BRITO, y, ALEXANDER CRISTÓBAL SCHAEFFER ORTÚZAR, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA TOBALABA VERGEL SpA (la “Sociedad”) inscrita a fojas 26.389, N° 13.320 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, modificaron los Artículos Octavo y Noveno de los estatutos sociales, estableciendo que la administración, el uso de la razón social y la disposición de bienes de la Sociedad corresponderá a un Directorio compuesto por tres miembros, elegidos por la junta de accionistas. La primera designación de Directorio se realizará mediante junta de accionistas convocada para tal efecto. Adicionalmente, la administración, uso de la razón social y la disposición de bienes corresponderá a los Administradores PABLO ALFONSO ESCRIBANO GUZMÁN, SEBASTIÁN IGNACIO MACÍAS BRITO y a ALEXANDER CRISTÓBAL SCHAEFFER ORTÚZAR, quienes podrán actuar individual e indistintamente, anteponiendo a su nombre y firma la razón social de la Sociedad, y podrán actuar con las más amplias facultades, incluyendo aquellas señaladas en la escritura de modificación que se extracta, con la sola limitación de que para ejercer las facultades 6 y 7 del artículo noveno de los Estatutos que por este acto se modifica, y para ejecutar todo acto, contrato o convención que conllevare la enajenación de activos de la Sociedad, deberán actuar de forma conjunta a los menos 2 de los Administradores. De acuerdo con el artículo noveno N° 4, la Sociedad podrá tener un Gerente General para la ejecución de proyectos de la Sociedad, cuya designación y facultades serán de cargo de la junta de accionistas., no siendo obligatoria su designación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de diciembre de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Tobalaba Vergel SpA
CVE 1864866
