Ivanna SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La compra, venta, importación, exportación, consignación, distribución, representación y comercialización de calzados, vestimentas, accesorios, artículos de cuero y similares; la prestación de toda clase de asesorías y servicios profesionales, en especial de ingeniería, asesoría financiera, comercial, administrativa, de estrategia de negocios y marketing, logística e informática, así como la gestión de negocios de cualquier naturaleza por cuenta propia o de terceros; y la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales e incorporales, acciones, derechos, cuotas y la participación en toda clase de sociedades, fondos de inversión y cuentas en participación. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Texto oficial del extracto
Joaquín Tejos Henríquez, Notario Público Titular Segunda Notaría de Chillán, El Roble 620, certifico: Ante mí, con fecha 4 de agosto de 2021, se redujo a escritura pública – Repertorio 2440 - Junta Extraordinaria de Accionistas de “IVANNA SpA”, inscrita a fojas 166 vuelta número 112 en el Registro de Comercio 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, en la que asistiendo la totalidad de los accionistas y el Notario suscrito y por unanimidad se acordó: 1) Modificar el artículo segundo del estatuto social, en relación al objeto social que queda como sigue: El objeto de la Sociedad será a) La compra, venta, importación, exportación, consignación, distribución, representación y comercialización de calzados, vestimentas, accesorios, artículos de cuero y similares; b) La prestación de toda clase de asesorías y servicios profesionales, en especial de ingeniería, asesoría financiera, comercial, administrativa, de estrategia de negocios y marketing, logística e informática, así como la gestión de negocios de cualquier naturaleza por cuenta propia o de terceros; y c) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales e incorporales, acciones, derechos, cuotas y la participación en toda clase de sociedades, fondos de inversión y cuentas en participación. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. 2) Modificar el artículo vigésimo de los estatutos en lo relativo a las juntas de accionistas, que queda como sigue: Los accionistas se reunirán en juntas ordinarias o extraordinarias. Si la Sociedad tuviere un solo accionista, no se celebrarán las juntas de accionistas y las materias que en conformidad a estos estatutos o la ley correspondan a las juntas de accionistas, serán resueltas exclusivamente por el accionista titular de la totalidad de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad, mediante resolución escrita o concurriendo en el acto o contrato, sin que sea necesario dar cumplimiento a las estipulaciones de los estatutos relativas a las juntas de accionistas. En caso que las materias que corresponda decidir exclusivamente al accionista titular de la totalidad de las acciones en que se divide el capital social impliquen reforma de estos estatutos o el saneamiento de la nulidad causada por vicios formales de que adolezca la constitución de la Sociedad o la modificación de los estatutos, el accionista otorgará escritura pública o instrumento privado protocolizado en que conste tal modificación o saneamiento. Para acreditar la circunstancia de que es el único accionista de la sociedad será suficiente que el accionista haga referencia a la página respectiva del registro de accionistas de la Sociedad en la cual consta que, a la fecha del acto, contrato o decisión en cuestión, dicho accionista es dueño de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad. Si hubiere más de un accionista se regirán por las siguientes normas: UNO) La junta ordinaria se celebrará una vez al año dentro del primer semestre, para decidir sobre materias propias de su conocimiento, sin que sea necesario señalarlas en la respectiva citación. DOS) Las juntas extraordinarias podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando así lo exijan las necesidades sociales o en los casos previstos por la ley, para decidir respecto de cualquier materia que la ley o los presentes estatutos entreguen a su conocimiento y siempre que tales materias se señalen en la citación correspondiente. Para la celebración de juntas extraordinarias de accionistas no se requerirá la presencia de notario, ni aún para tratar las materias indicadas en el artículo 57 de la ley 18.046. Cuando una junta extraordinaria deba pronunciarse sobre materias propias de una junta ordinaria, su funcionamiento y acuerdo se sujetarán, en lo pertinente, a los quórum aplicables a esta última clase de juntas. TRES) Las juntas de accionistas, tanto ordinarias o extraordinarias, serán convocadas por el Gerente y la citación se hará por medio de carta o correo electrónico enviado a cada uno de los accionistas con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha de celebración de la junta, citación que deberá contener una referencia a las materias a ser tratadas en ella. No obstante, podrán auto convocarse y celebrarse válidamente, aquellas Juntas a las cuales concurran la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, aun cuando no se hubieran cumplido las formalidades de requeridas para su citación. CUATRO) Las juntas de accionistas, ya sean ordinarias o extraordinarias, se constituirán, salvo que la ley o estos estatutos establezcan mayorías superiores, en primera citación con acciones que representen a lo menos la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y, en segunda citación, con las que se encuentren presentes o representadas, cualquiera que sea su número. Los acuerdos en las juntas de accionistas se adoptarán, salvo requerimiento de mayorías superiores establecidos en estos estatutos o en la ley, por la mayoría absoluta de las acciones presentes o representadas con derecho a voto. Las juntas serán presididas por el Gerente o por el que haga sus veces y actuará como Secretario el abogado de la sociedad o en su defecto, la persona designada especialmente para este efecto. CINCO) Podrán participar en la junta y ejercer sus derechos de voz y voto los accionistas que al momento de iniciarse esta figuren como accionistas en el Registro de Accionistas. Los accionistas podrán hacerse representar en la Junta por otra persona, sea o no accionista. El poder deberá constar por escrito en la forma y condiciones que contempla le ley 18.046 y su reglamento, y deberá extenderse por el total de las acciones que el mandante sea titular a la fecha señalada anteriormente. La calificación de los poderes se efectuará en la forma que contempla la ley y el reglamento. Los accionistas tendrán derecho a un voto por acción que posean o representen. En las elecciones que se efectúen en las Juntas, los accionistas podrán acumular los votos en favor de una persona o distribuirlos en la forma que lo estimen conveniente, resultando elegidas las personas que, en una misma y única votación, obtengan el mayor número de votos hasta completar el número de cargos por proveer. Lo dispuesto no obsta a que, por acuerdo unánime de los accionistas presentes con derecho a voto, se omita la votación y se proceda a elegir por aclamación. SEIS) Los concurrentes a la Junta firmarán una hoja de asistencia en la cual se indicará, a continuación de cada firma, el número de acciones que posee el firmante, el número de las que representa y el nombre del representado. SIETE) De las deliberaciones y acuerdos de las Juntas, se dejará constancia en un libro especial de actas. Las actas serán firmadas por el Presidente o quien lo reemplace, por el Secretario de la Junta y por al menos un accionista elegido en ella si es que lo hubiera. El acta se entenderá aprobada desde el momento de su firma por las personas indicadas y desde ese momento se podrán llevar a efecto los acuerdos a que ella se refiere. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 04 de Agosto de 2021.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IVANNA SpA
CVE 2003880
Relaciones societarias
IVANNA SpA
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