Tecnoestética Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 21 de marzo de 2019
Constitución de TECNOESTÉTICA LIMITADA.
Texto oficial del extracto
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de marzo de 2020, ante mí, Repertorio 1327/2020: Don LUIS ANGEL RODRIGUEZ; y doña RAQUEL ALEJANDRA PEREZ, ambos domiciliados en Portal mil ochocientos cincuenta y dos, departamento cuatrocientos cuatro, comuna de Providencia, modificaron la sociedad “TECNOESTÉTICA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones cinco mil trescientos veintiséis guion nueve, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de marzo del año dos mil diecinueve, otorgada ante don Camilo Valenzuela Riveros, notario público titular de la Primera Notaria de Providencia, inscrita a fojas veintitrés mil doscientos cincuenta y tres número once mil setecientos setenta y uno, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil diecinueve, en lo siguiente: Los actuales y únicos socios acuerdan modificar la cláusula octava del estatuto social estableciendo que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don LUIS ANGEL RODRIGUEZ.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 9 de marzo de 2020.-cr.
Información societaria
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
PABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Santiago, Suplente Titular Primera Notaría Providencia, don Camilo Valenzuela Riveros, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 4 de abril de 2019, ante mí, Repertorio 1555/2019: Don LUIS ANGEL RODRIGUEZ; y Doña RAQUEL ALEJANDRA PEREZ, ambos domiciliados en Avenida Lo Ovalle número cero doscientos setenta y uno A, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; rectificaron sociedad “TECNOESTÉTICA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, otorgada en la Notaría de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas veintitrés mil doscientos cincuenta y tres, número once mil setecientos setenta y uno, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil diecinueve, en lo siguiente: En la cláusula octava de los estatutos sociales por un error involuntario los comparecientes consignaron a don Luis Ángel Rodríguez, como administrador y representante legal de la sociedad, debiendo señalar como tal a doña Paulina Angélica Pino Godoy, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos ocho mil doscientos cincuenta y cuatro guion cuatro.- Los comparecientes vienen en este acto en rectificar la designación de Administrador y Representante Legal indicado en la cláusula octava de los estatutos sociales, rectificando la primera parte de la cláusula en cuestión y quedando su redacción de la siguiente forma: “OCTAVO: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a doña PAULINA ANGÉLICA PINO GODOY, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos ocho mil doscientos cincuenta y cuatro guion cuatro, quien actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social y/o nombre de fantasía de la sociedad, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario….” Quedando a continuación del párrafo rectificado, el resto de la cláusula octava original indicada en los estatutos sociales. En todo lo no modificado quedan vigentes todas las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales de fecha veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, otorgado en la Notaría de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, incluyendo la parte no modificada de la cláusula octava original, rectificada en este acto. Santiago, 4 de abril de 2019.-cr
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
TECNOESTÉTICA LIMITADA
CVE 1743454
- CONSTITUCIÓN
TECNOESTÉTICA LIMITADA
CVE 1573568
