Sociedad de Responsabilidad Limitada76.994.026-K

Oligut Joyas Limitada

MODIFICACIÓN — 14 jun 2021

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2021-06-14Ver PDF (CVE 1960875)

Información societaria

Ltda
Santo Domingo, Valparaíso
Administración: La Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA o a don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, individual e indistintamente

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital pagado

$8.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA

Socio

7.xxx.xxx-6

33.3%

ERIKA ARLETT QUILODRAN GUTIERREZ

Socio

15.xxx.xxx-4

33.3%

FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ

Socio

13.xxx.xxx-9

33.4%

Administradores (2)

BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA

7.xxx.xxx-6Administrador

FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ

13.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial del extracto

Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 27/05-2021, ante mí: doña BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA, chilena, soltera, comerciante, cedula nacional de identidad número siete millones novecientos ochenta y siete mil seiscientos cuatro guión seis; doña ERIKA ARLETT QUILODRAN GUTIERREZ, chilena, conviviente civil, terapeuta ocupacional, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos dieciséis mil ciento veintidós guion cuatro; y don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, chileno, divorciado, ingeniero en prevención de riesgos, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos sesenta y seis guion nueve, todos con domicilio en Santo Domingo número ochocientos sesenta y tres, local treinta y ocho, Comuna de Santiago, que han convenido siguiente acuerdo en sociedad OLIGUT JOYAS LIMITADA inscrita a FOJAS 14.098 N° 7.237 REG. COMERCIO STGO. AÑO 2019: UNO) Por el presente acto e instrumento, la socia doña BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA, vende, cede y transfiere el seis coma siete por ciento de los derechos sociales en la sociedad OLIGUT JOYAS LIMITADA, a don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de quinientos treinta y seis mil pesos, pagados en este acto al contado y en dinero en efectivo. DOS) Por el presente acto e instrumento, la socia doña ERIKA ARLETT QUILODRAN GUTIERREZ, vende, cede y transfiere el veintiséis coma siete por ciento de los derechos sociales en la sociedad OLIGUT JOYAS LIMITADA, a don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de dos millones ciento treinta y seis mil pesos, pagados en este acto al contado y en dinero en efectivo. Acuerdan sustituir la cláusula 4° estatutos sociales por sgte.: “CUARTO: El capital social es la suma de ocho millones de pesos, capital completamente aportado y enterado en el porcentaje y cantidades que pasan a indicarse: a) doña BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA, aporta el treinta y tres coma tres por ciento del capital social, esto es, la suma de dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil pesos; b) doña ERIKA ARLETT QUILODRAN GUTIERREZ, aporta el treinta y tres coma tres por ciento del capital social, esto es, la suma de dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil pesos; c) don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, aporta el treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social, esto es, la suma de dos millones seiscientos setenta y dos mil pesos. El capital social está enteramente pagado e ingresado en la caja social.”. Asimismo se modifica la administración de la sociedad y acuerda sustituir cláusula 7° estatutos sociales por sgte: “CUARTO: La Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña BERTA ROSA GUTIERREZ MIRANDA o a don FRANCISCO JAVIER QUILODRAN GUTIERREZ, individual e indistintamente (…)”. En todo lo no expresamente modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo, con sus modificaciones si las hubiere. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de Junio de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    OLIGUT JOYAS LIMITADA

    CVE 1960875

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)