Santuario Del Arrayan S.a.
Nombre registral: SANTUARIO DEL ARRAYÁN SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$175.000.000
Capital pagado
$67.070.000
Capital pendiente
$38.180.000
Acciones
175.000
Socios (11)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
Accionista 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | - | - |
María Catalina Hermosilla Villegas Accionista 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | - |
Juan Sebastian Hermosilla Villegas Accionista 14.xxx.xxx-4 | 14.xxx.xxx-4 | - | - |
Inmobiliaria Los Cactus Limitada Accionista 76.978.910-0 | 76.978.910-0 | - | - |
Inversiones Tevere Limitada Accionista 767.xxx.xxx-8 | 767.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | - | - |
Camila Patricia Nuñez Arancibia Accionista 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | - | - |
Representación legal (1)
Alejandra Toro Baltera
Historia societaria relatada
- Transformación· 14 de mayo de 2024
Se refiere a la escritura pública de transformación social de fecha 14 de mayo de 2024.
- Cambio de capital· 2 de julio de 2026
La junta extraordinaria acuerda aumentar el capital de $69.750.000 a $175.000.000, emitiendo 171.900 nuevas acciones.
Pablo Casanueva Schneider · Enrique Martin Cabrera Friar · Benjamin Hermosilla Villegas · Isidora Hermosilla Villegas · María Catalina Hermosilla Villegas · Juan Sebastian Hermosilla Villegas · Inmobiliaria Los Cactus Limitada · Inversiones Tevere Limitada · Till Kreytenberg · Camila Patricia Nuñez Arancibia · Octavio Sotomayor Echeñique
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Abogado, Notario Interino, 5° Notaria de Santiago, Av. El Golf 99 Oficina101 B, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 22 de julio del 2026, Repertorio N°6371-2026, ante mí, doña ALEJANDRA TORO BALTERA, con domicilio en calle Cerro El Plomo N°5931 oficina 901, Comuna de Las Condes , Santiago, debidamente facultada, redujo a escritura pública los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de ‘‘SANTUARIO DEL ARRAYÁN SpA’’, celebrada el 2 de Julio de 2026, en segunda citación, ante mí, con la presencia de los siguientes accionistas: PABLO CASANUEVA SCHNEIDER, RUT:9.004.302-1, Doctor Johow 800, Ñuñoa, por si; ENRIQUE MARTIN CABRERA FRIAR, RUT: 8.114.744-2, DR. Johow 800, Ñuñoa, por si; BENJAMIN HERMOSILLA VILLEGAS, RUT: 13.832.606-3, Camino El Cajón 19.083, Lo Barnechea, por si; ISIDORA HERMOSILLA VILLEGAS, RUT: 16.657.974-0, Camino El Cajón 19.083, Lo Barnechea, mediante mandatario; MARÍA CATALINA HERMOSILLA VILLEGAS, RUT: 12.120.675-2, Camino El Cajón 19.083, Lo Barnechea, mediante mandatario; JUAN SEBASTIAN HERMOSILLA VILLEGAS, RUT: 14.376.211-4, mediante mandatario, Camino El Cajón 19.083, Lo Barnechea, por si; INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA, sociedad del giro de denominación, RUT:76.978910-0 representada legalmente por don Francisco Javier Cuadrado Sepúlveda, RUT: 9.473.544-0, ambos con domicilio en Senegal 2529, comuna de Vitacura, Santiago, mediante mandatario; INVERSIONES TEVERE LIMITADA, RUT: 76.7412.199-8,representada legalmente por don Stefano Rossi Chiti, Cédula de identidad para extranjeros N°5.271.551-2, ambos con domicilio en Volcán Lazcar 720, comuna de Pudahuel, mediante mandatario; TILL KREYTENBERG, RUT: 14.676.256-5, Canciller Dolfus 1351, Las Condes, mediante mandatario; CAMILA PATRICIA NUÑEZ ARANCIBIA, RUT: 8.953.974-9, Vital Apoquindo 941, Dpto. 16, Las Condes, por si;; OCTAVIO SOTOMAYOR ECHEÑIQUE, RUT: 7.558.747-3, Medinacelli 1112, Las Condes, mediante mandatario; accionistas que representan el del 19,85% de las acciones emitidas con derecho a voto, modificaron los estatutos de ‘‘SANTUARIO DEL ARRAYÁN SpA’’, sociedad inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 8563 N°5832 del año 2006. Los acuerdos principales, tomados por por unanimidad, son los siguientes: 1.- Aumentar el capital de la sociedad en la suma de $105.250.000 emitiendo al efecto 171.900 nuevas acciones de pago, pasando éste de $69.750.000 dividido en 3.100 a $175.000.000.-dividido en 175.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal y aprobar, en consecuencia, el texto de modificación del numeral Dos. Uno) del Artículo Segundo de los estatutos el cual se sustituye por el siguiente: "ARTÍCULO SEGUNDO: CAPITAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS. Dos. Uno) Monto y número de acciones. El capital social es la cantidad de ciento setenta y cinco millones de pesos ($175.000.000), dividido en ciento setenta y cinco mil (175.000) acciones ordinarias, todas nominativas y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado en la forma que se indica en el artículo transitorio correspondiente.”.- 2.-Que los accionistas que hubieren efectuado aportes para futura capitalización podrán suscribir acciones del presente aumento, dando por pagadas dichas acciones mediante la imputación de los referidos aportes al precio de suscripción. El detalle individual de los aportes para futura capitalización a que se refiere el acuerdo precedente, registrados contablemente al 31 de diciembre de 2025 por un monto de $67.070.000, equivalente a 67.070 acciones, a razón de un valor de $1.000 (mil pesos) por acción. 3.- Aprobar la capitalización de las acciones y la suscripción y pago de las acciones por parte de los accionistas individualizados en la Junta, quienes suscribieron y pagaron en este acto, un total de 67.070 acciones del aumento de capital acordado, en la forma y condiciones acordadas en la Junta. 4- Modificar el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, el cual queda se sustituye por el siguiente: "ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: PAGO DEL CAPITAL. El capital social de la sociedad, con anterioridad al aumento de capital acordado con esta fecha, era la cantidad de sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos ($69.750.000), dividido en tres mil cien (3.100) acciones ordinarias, todas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, del modo que se indica a continuación: INVERSIONES LOS PEUMOS SpA, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; OCTAVIO SOTOMAYOR ECHENIQUE, suscribió treinta y cuatro acciones con un valor de seiscientos noventa y siete mil pesos; CARLOS GUILLERMO FURCHE GUAJARDO, suscribió treinta y tres acciones con un valor de seiscientos setenta y seis mil quinientos pesos; MAX RAMIRO SANHUEZA RIQUELME, suscribió treinta y tres acciones con un valor de seiscientos setenta y seis mil quinientos pesos; JORGE MIGUEL GIDI MOBAREC, suscribió doscientas acciones con un valor de cuatro millones cien mil pesos; JORGE TRAUB GAINSBORG, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; ALVARO RENATO UNDURRAGA JULIO, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; PABLO CASANUEVA SCHNEIDER, suscribió ochenta y una acciones con un valor de un millón seiscientos sesenta mil quinientos pesos; JUAN PABLO RÍOS OSSA, suscribió diecinueve acciones con un valor de trescientos ochenta y nueve mil quinientos pesos; SEBASTIÁN HERMOSILLA VILLEGAS, suscribió veinticinco acciones con un valor de quinientos doce mil quinientos pesos; MARÍA CATALINA HERMOSILLA VILLEGAS, suscribió veinticinco acciones con un valor de quinientos doce mil quinientos pesos; BENJAMÍN HERMOSILLA VILLEGAS, suscribió veinticinco acciones con un valor de quinientos doce mil quinientos pesos; ISIDORA HERMOSILLA VILLEGAS, suscribió veinticinco acciones con un valor de quinientos doce mil quinientos pesos; JORGE MAURICIO CIFUENTES CARRASCO, suscribió cincuenta acciones con un valor de un millón veinticinco mil pesos; CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO, suscribió cincuenta acciones con un valor de un millón veinticinco mil pesos; INMOBILIARIA E INVERSIONES EL BRICHETTO LIMITADA, suscribió doscientas acciones con un valor de cuatro millones cien mil pesos; INVERSIONES Y ASESORÍAS BORDEMAR LIMITADA, suscribió novecientas acciones con un valor de dieciocho millones cuatrocientos cincuenta mil pesos; ORIETA DEL CARMEN LAHIDALGA MONTENEGRO, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; RAÚL ALFREDO MORALES BARCIA, suscribió noventa y seis acciones con un valor de un millón novecientos sesenta y ocho mil pesos; DONATA BERGMAN, suscribió noventa y seis acciones con un valor de un millón novecientos sesenta y ocho mil pesos; RAFAEL LUIS EGAÑA VIAL, suscribió ocho acciones con un valor de ciento sesenta y cuatro mil pesos; ECILDA MARINA JULIO BENÍTEZ, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; CAMILA PATRICIA NÚÑEZ ARANCIBIA, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; TILL KREYTENBERG, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; SVEN STEFAN HEDIN, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos; CHRISTIAN PALOCZ SANDOVAL, suscribió doscientas acciones con un valor de cuatro millones cien mil pesos; e INVERSIONES TEVERE LIMITADA, suscribió cien acciones con un valor de dos millones cincuenta mil pesos, todo en moneda de curso legal, enterado en la caja social con anterioridad a esa fecha, conforme consta del Artículo Segundo Transitorio de la escritura pública de transformación social de fecha 14 de mayo de 2024, antes individualizada. Con fecha dos de julio del dos mil veintiséis, en virtud del aumento de capital acordado por la Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital social se incrementó en la suma de $105.250.000 (ciento cinco millones doscientos cincuenta mil pesos), mediante la emisión de 171.900 (ciento setenta y un mil novecientas) nuevas acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, quedando el capital social total en la suma de $175.000.000 (ciento setenta y cinco millones de pesos), dividido en 175.000 (ciento setenta y cinco mil) acciones. De dicho aumento, se encuentra suscrito y pagado en este acto la suma de $67.070.000 (sesenta y siete millones setenta mil pesos), equivalente a 67.070 (sesenta y siete mil setenta) acciones, mediante la capitalización de aportes para futura capitalización efectuados por los accionistas que se individualizan del modo que se indica a continuación: JAIME RUIZ, suscribe 1.214 acciones con un valor de $1.214.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; FELIPE BARBOSA B., suscribe 1.214 acciones con un valor de $1.214.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; SOTOMAYOR ECHEÑIQUE OCTAVIO, suscribe 826 acciones con un valor de $826.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; FURCHE GUAJARDO CARLOS GUILLERMO, suscribe 801 acciones con un valor de $801.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; SANHUEZA RIQUELME MAX RAMIRO, suscribe 801 acciones con un valor de $801.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; GIDI MOBARCE JORGE MIGUEL, suscribe 4.857 acciones con un valor de $4.857.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; TRAUB GAINSBORG JORGE, suscribe 2.429 acciones con un valor de $2.429.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; UNDURRAGA JULIO ALVARO RENATO, suscribe 475 acciones con un valor de $475.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA, suscribe 3.355 acciones con un valor de $3.355.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; CASANUEVA SCHNEIDER PABLO, suscribe 10.269 acciones con un valor de $10.269.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; HERMOSILLA VILLEGAS SEBASTIÁN, suscribe 643 acciones con un valor de $643.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; HERMOSILLA VILLEGAS MARÍA CATALINA, suscribe 607 acciones con un valor de $607.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; HERMOSILLA VILLEGAS ISIDORA, suscribe 607 acciones con un valor de $607.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; HERMOSILLA VILLEGAS BENJAMÍN, suscribe 847 acciones con un valor de $847.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; CIFUENTES CARRASCO CARLOS ALBERTO, suscribe 877 acciones con un valor de $877.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; CIFUENTES CARRASCO JORGE MAURICIO, suscribe 1.214 acciones con un valor de $1.214.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; INMOBILIARIA E INVERSIONES EL BRICHETTO LIMITADA, suscribe 4.857 acciones con un valor de $4.857.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; INVERSIONES Y ASESORÍAS BORDEMAR LIMITADA, suscribe 10.175 acciones con un valor de $10.175.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; MORALES BARCIA RAÚL, suscribe 2.332 acciones con un valor de $2.332.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; EGAÑA VIAL RAFAEL, suscribe 194 acciones con un valor de $194.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; BERGMAN DONATTA, suscribe 2.332 acciones con un valor de $2.332.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; JULIO BENITEZ ECILDA MARINA, suscribe 475 acciones con un valor de $475.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; NUÑEZ ARANCIBIA CAMILA, suscribe 2.205 acciones con un valor de $2.205.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; KREYTENBERG TILL, suscribe 3.749 acciones con un valor de $3.749.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; STEFAN HEDIN SVEN, suscribe 2.429 acciones con un valor de $2.429.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; PALOCZ SANDOVAL CHRISTIAN, suscribe 4.857 acciones con un valor de $4.857.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha; INVERSIONES TEVERE LIMITADA suscribe 2.429 acciones con un valor de $2.429.000, mediante la imputación de aportes para futura capitalización enterados con anterioridad a esta fecha. El saldo del aumento de capital acordado, esto es, la suma de $38.180.000 (treinta y ocho millones ciento ochenta mil pesos), equivalente a 104.830 (ciento cuatro mil ochocientas treinta) acciones, se encuentra pendiente de suscripción y pago, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la Junta señalada precedentemente." 5.- Que la suscripción ejercida dentro del derecho preferente se pague al contado, y fijó en un año, contado desde esta fecha, el plazo máximo para suscribir y pagar la totalidad del aumento de capital acordado. 6.- Que el saldo de las nuevas acciones emitidas se ofrecerán, en primer término, al resto de los accionistas que no suscribieron acciones el día de la Junta, haciendo uso de su derecho preferente de suscripción y en proporción a su participación accionaria durante los 30 días estatutarios; en segundo lugar a todos los accionistas, respecto del saldo no suscrito. En ningún caso se ofrecerán las acciones no suscritas a terceros ajenos a la sociedad. Para tales efectos, se establece lo siguiente: Uno) Se da cuenta que los accionistas que efectuaron aportes para futura capitalización, conforme a lo señalado en el acuerdo séptimo de la Junta, suscribieron en primer lugar las acciones correspondientes a dichos aportes, las que se dieron por pagadas mediante la imputación de los mismos al precio de suscripción; Dos) A continuación, se fija un plazo de 30 (treinta) días corridos, contado desde la fecha de la presente Junta, para que el resto de los accionistas ejerzan su derecho preferente de suscripción respecto del saldo de acciones no suscritas conforme al numeral anterior. Los accionistas que deseen ejercerlo deberán suscribir y pagar dentro del plazo de un año las acciones que les correspondan en proporción a su participación accionaria. Tres) Vencido el plazo de 30 días antes señalado, el saldo de acciones que el resto de los accionistas no hubiere suscrito en ejercicio de su derecho preferente podrá ser suscrito, sin límite de adquisición, por los demás accionistas. 7.- La presente Junta ha decidido encargar a la abogado de la sociedad Alejandra Toro Baltera realizar todos los actos y trámites necesarios para la plena materialización de los acuerdos adoptados en esta Junta; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de julio del 2026.- Magdalena Latorre Larrain. Notario Público Interino.
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos y servicios turísticos y deportivos, de educación e investigación a entidades públicas y privadas; la urbanización, subdivisión, explotación, arriendo, administración, y manutención de la parcela o lote denominado “Área Verde Privada”, de una superficie aproximada de ciento cuarenta y tres coma seis hectáreas, correspondiente al plano de subdivisión archivado bajo el número treinta mil doscientos ocho del registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho; b) la compra venta de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; c) el arriendo de inmuebles amoblados o no; d) la participación como socios o accionistas en todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, existentes actualmente o que se formen; e) la administración, explotación o concesión, por cuenta propia o ajena de todo tipo de establecimientos; f) subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces, administrarlos y percibir sus frutos; g) Cualquier otro acto o contrato que se encuentre directa o indirectamente relacionado con el objeto social
Capital
Capital total
$69.750.000
Capital pagado
$69.750.000
Capital pendiente
$0
Acciones
3100
Socios (17)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.972.752-9 | 76.972.752-9 | - | - |
Accionista 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | - | - |
CARLOS GUILLERMO FURCHE GUAJARDO Accionista 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | - | - |
INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA Accionista 76.078.910-0 | 76.078.910-0 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
JORGE MAURICIO CIFUENTES CARRASCO Accionista 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | - |
CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO Accionista 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | - | - |
INMOBILIARIA E INVERSIONES IL BRICCHETTO LIMITADA Accionista 77.451.910-6 | 77.451.910-6 | - | - |
Accionista 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 21.xxx.xxx-8 | 21.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | - | - |
Accionista 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 76.741.199-5 | 76.741.199-5 | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 30 de diciembre de 2005
La sociedad fue constituida por escritura pública e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en 2006.
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE notario de la 5ª Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echeñique número treinta, oficina treinta y dos comuna de Las Condes Santiago, certifico: Que por escritura pública, ante mi suplente doña Magdalena Latorre Larrain, anotada con el repertorio N° 4073-2024, de fecha 14 de mayo de 2024, SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD; PABLO CASANUEVA SCHNEIDER; CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO; MARIA SOLEDAD LOYOLA ZUNINO y JAIME EDUARDO RUIZ PIZARRO, todos domiciliados para estos efectos en Camino El Cajón número veintiún mil, comuna de Lo Barnechea, redujeron ante mí los acuerdos adoptados en la JUNTA EXTRAORDINARIA ACCIONISTAS de la sociedad “SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.”, en segunda citación y por la unanimidad de las acciones presentes con derecho a voto, que acordó transformar la Sociedad Anónima cerrada “SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.” en una sociedad por acciones -SpA-. Los accionistas inscritos en el Registro de Accionistas respectivo a la fecha de celebración de la Junta, que son los siguientes: INVERSIONES LOS PEUMOS SpA, RUT: setenta y seis millones novecientos setenta y dos mil setecientos cincuenta y dos guion nueve, representada legalmente don JAIME EDUARDO RUIZ PIZARRO, cédula nacional de identidad número _ nueve millones ciento ochenta y tres mil quinientos setenta y dos guion K, ambos con domicilio en San Damián 081, Departamento 504, Vitacura; OCTAVIO SOTOMAYOR ECHEÑIQUE, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y siete guion tres, con domicilio en Medinacelli número mil ciento doce, comuna de Las Condes; CARLOS GUILLERMO FURCHE GUAJARDO, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y nueve mil novecientos noventa y uno guion tres, con domicilio en Avenida Hernando de Aguirre mil trescientos setenta y dos departamento quinientos dos, comuna de Vitacura; MAX RAMIRO SANHUEZA RIQUELME, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos ochenta y tres mil treinta y nueve guion ocho, con domicilio en Galvarino Gallardo número mil novecientos veinte departamento setecientos cuatro, comuna de Providencia; JORGE MIGUEL GIDI MOBAREC, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos treinta mil setecientos ochenta y cuatro guion K, con domicilio en Camino La Fragua dos mil ciento cincuenta y dos, comuna de Lo Barnechea; INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA, sociedad del giro de denominación, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y ocho mil novecientos diez guion cero, representada legalmente doña María Lorena Hartard Ferrer, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos sesenta mil setenta y ocho guion K, ambos con domicilio en Agustinas número mil veintidós oficina seiscientos quince comuna de Santiago; PABLO CASANUEVA SCHNEIDER, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatro mil trescientos dos guion uno, con domicilio en calle Doctor Johow ochocientos comuna de Ñuñoa; JORGE MAURICIO CIFUENTES CARRASCO, cédula nacional de identidad número siete millones ciento catorce mil cincuenta y cinco guion cinco, con domicilio en Parsifal número seis mil ochocientos veinte, comuna de La Reina; CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos guion cero con domicilio en Providencia número mil novecientos nueve, comuna de Providencia; INMOBILIARIA E INVERSIONES IL BRICCHETTO LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos diez guion seis, representada legalmente por doña MARIA SOLEDAD LOYOLA ZUNINO, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y siete guion cinco ambos con domicilio en calle Mayflower número dos mil cuatrocientos veinticinco comuna de Providencia; RAUL ALFREDO MORALES BARCIA, cédula nacional de identidad número doce millones sesenta y tres mil setecientos diecisiete guion siete, con domicilio en Los Refugios número diecisiete mil setecientos setenta , Parcela Nueve guion A, comuna de Lo Barnechea; DONATA BERGMANN, cédula de identidad para extranjeros número veintiún millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho guion ocho, con domicilio en Los Refugios número diecisiete mil setecientos setenta , Parcela Nueve guion A, comuna de Lo Barnechea; RAFAEL LUIS EGAÑA VIAL, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos ochenta y dos mil novecientos cuarenta y dos guion siete, con domicilio en Américo Vespucio Sur ochocientos ochenta departamento treinta y dos; TILL KREYTENBERG, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta y seis guion cinco, con domicilio en calle Canciller Dollfus número trescientos cincuenta y uno, comuna de Las Condes; SVEN STEFAN HEDIN, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones setecientos tres mil novecientos setenta y ocho guion seis, con domicilio encamino La Laguna número catorce mil setecientos cuarenta y siete casa L, comuna de Lo Barnechea; CHRISTIAN PALOCZ SANDOVAL, cédula nacional de identidad número nueve millones noventa y tres mil setecientos veintisiete guion ocho, con domicilio en calle Miraflores número doscientos veintidós piso veintisiete, comuna de Santiago; INVERSIONES TEVERE LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones setecientos cuarenta y un mil ciento noventa y nueve guion cinco , representada legalmente por don STEFANO ROSSI CHITI, cédula de identidad para extranjeros número cinco millones doscientos setenta y un mil quinientos cincuenta y uno guion dos, ambos con domicilio en Volcán Lazcar número setecientos veinte, comuna de Pudahuel. La sociedad fue constituida por escritura pública otorgada ante Notario de Santiago PABLO GONZALEZ CAAMAÑO con fecha 30 diciembre 2005 e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 8563 N°5832 del año 2006. NUEVOS ESTATUTOS: NOMBRE. La sociedad se denominará “SANTUARIO DEL ARRAYAN SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “SASA SpA”. OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos y servicios turísticos y deportivos, de educación e investigación a entidades públicas y privadas; la urbanización, subdivisión, explotación, arriendo, administración, y manutención de la parcela o lote denominado “Área Verde Privada”, de una superficie aproximada de ciento cuarenta y tres coma seis hectáreas, correspondiente al plano de subdivisión archivado bajo el número treinta mil doscientos ocho del registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho; b) la compra venta de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; c) el arriendo de inmuebles amoblados o no; d) la participación como socios o accionistas en todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, existentes actualmente o que se formen; e) la administración, explotación o concesión, por cuenta propia o ajena de todo tipo de establecimientos; f) subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces, administrarlos y percibir sus frutos; g) Cualquier otro acto o contrato que se encuentre directa o indirectamente relacionado con el objeto social; DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la Comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida. CAPITAL. El capital social es la cantidad de $69.750.000, dividido en 3.100 acciones ordinarias, todas nominativas y sin valor nominal que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto por tres miembros titulares, elegidos por la junta de accionistas. La sociedad tendrá un Gerente General designado por el Directorio, que le fijará sus atribuciones y deberes. Doy fe. Santiago, 04 de julio 2024.- P. Raby B. Not. Púb.-
Información societaria
Objeto social
El desarrollo de proyectos y servicios turísticos y deportivos, de educación e investigación a entidades públicas y privadas; la urbanización, subdivisión, explotación, arriendo, administración, y manutención de la parcela o lote denominado “Área Verde Privada”; la compra venta de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; el arriendo de inmuebles amoblados o no; la participación como socios o accionistas en todo tipo de sociedades, civiles o comerciales; la administración, explotación o concesión, por cuenta propia o ajena de todo tipo de establecimientos; subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces, administrarlos y percibir sus frutos; y cualquier otro acto o contrato relacionado directa o indirectamente con el objeto social.
Capital
Capital total
$69.750.000
Capital pagado
$69.750.000
Capital pendiente
$0
Acciones
3100
Socios (28)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.972.752-9 | 76.972.752-9 | - | - |
Accionista 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | - | - |
CARLOS GUILLERMO FURCHE GUAJARDO Accionista 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | - | - |
Accionista 4.xxx.xxx-5 | 4.xxx.xxx-5 | - | - |
Accionista 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | - | - |
INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA Accionista 76.078.910-0 | 76.078.910-0 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
SEBASTIAN HERMOSILLA VILLEGAS Accionista 14.xxx.xxx-4 | 14.xxx.xxx-4 | - | - |
MARIA CATALINA HERMOSILLA VILLEGAS Accionista 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | - |
Accionista 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | - | - |
JORGE MAURICIO CIFUENTES CARRASCO Accionista 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | - |
CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO Accionista 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | - | - |
INMOBILIARIA E INVERSIONES IL BRICCHETTO LIMITADA Accionista 77.451.910-6 | 77.451.910-6 | - | - |
INVERSIONES Y ASESORÍAS BORDEMAR LIMITADA Accionista 76.080.690-0 | 76.080.690-0 | - | - |
ORIETA DEL CARMEN LAHIDALGA MONTENEGRO Accionista | - | - | - |
Accionista 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 21.xxx.xxx-8 | 21.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 4.xxx.xxx-8 | 4.xxx.xxx-8 | - | - |
CAMILA PATRICIA NUÑEZ ARANCIBIA Accionista 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | - | - |
Accionista 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | - | - |
Accionista 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 76.741.199-5 | 76.741.199-5 | - | - |
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 30 de diciembre de 2005
Constitución original de SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.
- Transformación· 26 de marzo de 2024
La sociedad SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A. se transforma en una sociedad por acciones.
SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A. · Pablo Casanueva Schneider · Sebastián Ortiz Hartard · Jaime Ruiz Pizarro
Texto oficial del extracto
Patricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, Certifico por escritura pública de fecha 26 de Marzo de 2024, ante mi: SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD; PABLO CASANUEVA SCHNEIDER; CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO; MARIA SOLEDAD LOYOLA ZUNINO y JAIME EDUARDO RUIZ PIZARRO, todos domiciliados para estos efectos en Camino El Cajón número veintiún mil, comuna de Lo Barnechea, en su calidad de Directores de la Sociedad SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A., comparecieron debidamente mandatados para ello, en representación de todos los accionistas de la sociedad “SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.” inscritos en el Registro de Accionistas respectivo, que son los siguientes: INVERSIONES LOS PEUMOS SpA, RUT: setenta y seis millones novecientos setenta y dos mil setecientos cincuenta y dos guion nueve, representada legalmente don JAIME EDUARDO RUIZ PIZARRO, cédula nacional de identidad número _ nueve millones ciento ochenta y tres mil quinientos setenta y dos guion K, ambos con domicilio en San Damián 081, Departamento 504, Vitacura; OCTAVIO SOTOMAYOR ECHEÑIQUE, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y siete guion tres, con domicilio en Medinacelli número mil ciento doce, comuna de Las Condes; CARLOS GUILLERMO FURCHE GUAJARDO, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y nueve mil novecientos noventa y uno guion tres, con domicilio en Avenida Hernando de Aguirre mil trescientos setenta y dos departamento quinientos dos, comuna de Vitacura; MAX RAMIRO SANHUEZA RIQUELME, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos ochenta y tres mil treinta y nueve guion ocho, con domicilio en Galvarino Gallardo número mil novecientos veinte departamento setecientos cuatro, comuna de Providencia; JORGE MIGUEL GIDI MOBAREC, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos treinta mil setecientos ochenta y cuatro guion K, con domicilio en Camino La Fragua dos mil ciento cincuenta y dos, comuna de Lo Barnechea; JORGE JAVIER TRAUB GAINSBORG, cédula nacional de identidad número cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil novecientos sesenta y tres guion cinco, con domicilio en Camino San Francisco de Asís número ciento catorce, comuna de Las Condes; ALVARO RENATO UNDURRAGA JULIO, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos sesenta y un mil setecientos ochenta y dos guion cinco, con domicilio en Coyancura dos mil doscientos cuarenta y uno, comuna de Providencia; INMOBILIARIA LOS CACTUS LIMITADA, sociedad del giro de denominación, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y ocho mil novecientos diez guion cero, representada legalmente doña María Lorena Hartard Ferrer, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos sesenta mil setenta y ocho guion K, ambos con domicilio en Agustinas número mil veintidós oficina seiscientos quince comuna de Santiago; PABLO CASANUEVA SCHNEIDER, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatro mil trescientos dos guion uno, con domicilio en calle Doctor Johow ochocientos comuna de Ñuñoa; JUAN PABLO RIOS OSSA, cédula nacional de identidad número ocho millones quinientos veinticuatro mil, trescientos setenta y siete guion dos, con domicilio en Américo Vespucio Norte número dos mil cuatrocientos treinta departamento ciento dos, comuna de Vitacura; SEBASTIAN HERMOSILLA VILLEGAS, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos setenta y seis mil doscientos once guion cuatro, con domicilio en Camino El Cajón diecinueve mil ochenta y tres, comuna de Lo Barnechea; MARIA CATALINA HERMOSILLA VILLEGAS, cédula nacional de identidad número doce millones ciento diez mil seiscientos setenta y cinco guion 2, con domicilio en Camino El Cajón diecinueve mil ochenta y tres, comuna de Lo Barnechea; BENJAMIN HERMOSILLA VILLEGAS, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos treinta y dos mil seiscientos seis guion tres, con domicilio en Camino El Cajón diecinueve mil ochenta y tres, comuna de Lo Barnechea; ISIDORA HERMOSILLA VILLEGAS, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y cuatro guion cero, con domicilio en Camino El Cajón diecinueve mil ochenta y tres, comuna de Lo Barnechea; JORGE MAURICIO CIFUENTES CARRASCO, cédula nacional de identidad número siete millones ciento catorce mil cincuenta y cinco guion cinco, con domicilio en Parsifal número seis mil ochocientos veinte, comuna de La Reina; CARLOS ALBERTO CIFUENTES CARRASCO, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos guion cero con domicilio en Providencia número mil novecientos nueve, comuna de Providencia; INMOBILIARIA E INVERSIONES IL BRICCHETTO LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos diez guion seis, representada legalmente por doña MARIA SOLEDAD LOYOLA ZUNINO, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y siete guion cinco ambos con domicilio en calle Mayflower número dos mil cuatrocientos veinticinco comuna de Providencia; INVERSIONES Y ASESORÍAS BORDEMAR LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ochenta mil seiscientos noventa guion cero, representada legalmente don PABLO JAVIER TRAUB PINO, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos veinte mil seiscientos treinta y dos guion cinco y por don DOMINGO GABRIEL UNDURRAGA JULIO, cédula nacional de identidad número catorce millones quinientos treinta y cinco mil ochocientos guion cero, todos con domicilio en Coyancura dos mil doscientos cuarenta y uno, comuna de Providencia; ORIETA DEL CARMEN LAHIDALGA MONTENEGRO, cédula nacional de identidad número, con domicilio en calle Seis Norte número novecientos cuarenta departamento veintidós, Ciudad y comuna de Viña del Mar; RAUL ALFREDO MORALES BARCIA, cédula nacional de identidad número doce millones sesenta y tres mil setecientos diecisiete guion siete, con domicilio en Los Refugios número diecisiete mil setecientos setenta , Parcela Nueve guion A, comuna de Lo Barnechea; DONATA BERGMANN, cédula de identidad para extranjeros número veintiún millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho guion ocho, con domicilio en Los Refugios número diecisiete mil setecientos setenta , Parcela Nueve guion A, comuna de Lo Barnechea; RAFAEL LUIS EGAÑA VIAL, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos ochenta y dos mil novecientos cuarenta y dos guion siete, con domicilio en Américo Vespucio Sur ochocientos ochenta departamento treinta y dos; ECILDA MARINA JULIO BENITEZ, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos siete mil setecientos setenta y seis guion ocho, con domicilio en Carmen Silva número ochocientos ochenta y cinco, comuna de Providencia; CAMILA PATRICIA NUÑEZ ARANCIBIA, cédula nacional de identidad número ocho millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos setenta y cuatro guion nueve, con domicilio en Vital Apoquindo novecientos cuarenta y uno departamento dieciséis, Comuna de Las Condes; TILL KREYTENBERG, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta y seis guion cinco, con domicilio en calle Canciller Dollfus número trescientos cincuenta y uno, comuna de Las Condes; SVEN STEFAN HEDIN, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones setecientos tres mil novecientos setenta y ocho guion seis, con domicilio encamino La Laguna número catorce mil setecientos cuarenta y siete casa L, comuna de Lo Barnechea; CHRISTIAN PALOCZ SANDOVAL, cédula nacional de identidad número nueve millones noventa y tres mil setecientos veintisiete guion ocho, con domicilio en calle Miraflores número doscientos veintidós piso veintisiete, comuna de Santiago; INVERSIONES TEVERE LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones setecientos cuarenta y un mil ciento noventa y nueve guion cinco , representada legalmente por don STEFANO ROSSI CHITI, cédula de identidad para extranjeros número cinco millones doscientos setenta y un mil quinientos cincuenta y uno guion dos, ambos con domicilio en Volcán Lazcar número setecientos veinte, comuna de Pudahuel; los comparecientes, únicos accionistas de la sociedad “SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.” ,constituida por escritura pública otorgada ante Notario de Santiago PABLO GONZALEZ CAAMAÑO con fecha 30 diciembre 2005 e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 8563 N°5832 del año 2006, acordaron transformar la Sociedad Anónima cerrada “SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.” en una sociedad por acciones –SpA-. NUEVOS ESTATUTOS: NOMBRE. La sociedad se denominará “SANTUARIO DEL ARRAYAN SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “SASA SpA”. OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos y servicios turísticos y deportivos, de educación e investigación a entidades públicas y privadas; la urbanización, subdivisión, explotación, arriendo, administración, y manutención de la parcela o lote denominado “Área Verde Privada”, de una superficie aproximada de ciento cuarenta y tres coma seis hectáreas, correspondiente al plano de subdivisión archivado bajo el número treinta mil doscientos ocho del registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho; b) la compra venta de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, muebles o inmuebles; c) el arriendo de inmuebles amoblados o no; d) la participación como socios o accionistas en todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, existentes actualmente o que se formen; e) la administración, explotación o concesión, por cuenta propia o ajena de todo tipo de establecimientos; f) subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces, administrarlos y percibir sus frutos; g) Cualquier otro acto o contrato que se encuentre directa o indirectamente relacionado con el objeto social; DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la Comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida. CAPITAL. El capital social es la cantidad de $69.750.000, dividido en 3.100 acciones ordinarias, todas nominativas y sin valor nominal que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto por tres miembros titulares, elegidos por la junta de accionistas. La sociedad tendrá un Gerente General designado por el Directorio, que le fijará sus atribuciones y deberes. DESIGNACIÓN DIRECTORIO PROVISORIO Y GERENTE GENERAL. Se designa como Directores Provisorios a Pablo Casanueva Schneider, Sebastián Ortiz Hartard y Jaime Ruiz Pizarro. Se designa como Gerente General a don Sebastián Ortiz Hartard. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Abril de 2024.- P. Raby B. Not. Púb.-
Información societaria
Historia societaria relatada
- Constitución· 30 de diciembre de 2005
Se constituyó la sociedad original.
Texto oficial del extracto
Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular 5ª Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, of, 32, Las Condes, Santiago, certifica: Que la Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A., Rol Unico Tributario N°76.981.964-9 y celebrada ante mí el 10/08/2021, reducida a escritura pública el 17/08/2021 en esta misma Notaría, ante mi, acordó por mayoría simple de las acciones presentes con derecho a voto, modificar la sociedad constituida por escritura pública el 30/12/2005 ante Notario Santiago don PABLO GONZÁLEZ CAAMAÑO, inscrita a fojas 8563 N°5832 Registro de Comercio Santiago año 2006. Se acordó modificar los artículos: Primero, Vigésimo Primero, Vigésimo Cuarto, Trigésimo Cuarto y Trigésimo Octavo, sustituyendo su actual tenor por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: Por este acto, los comparecientes constituyen una SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA que se rige por las disposiciones de los presentes estatutos y además, por las disposiciones legales aplicables a las Sociedades Anónimas Cerradas, en especial, aquellas disposiciones contenidas en la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y en su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda número quinientos ochenta y siete de mil novecientos ochenta y dos, y sus modificaciones, salvo por las excepciones contempladas en la Ley.”; "ARTICULO VIGESIMO PRIMERO: El Directorio sesionará, a lo menos, una vez cada semestre calendario. Sus sesiones serán ordinarias o extraordinarias. Las Primeras se celebrarán en las fechas predeterminadas por el propio Directorio, y no requerirán de citación especial. Las segundas, cuando las cite especialmente el presidente por sí o a indicación de uno o más directores, previa calificación que el presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que esta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. La citación a sesiones extraordinarias del Directorio se practicará por medio del envío de correo un electrónico a cada uno de los directores, y se consignará en el acta del propio Directorio el respectivo correo electrónico, debiendo despacharse esa comunicación por lo menos con diez días de anticipación a la fecha señalada para la reunión. Al efecto, cada Director deberá registrar el correo electrónico con el Secretario de la sociedad, o con quien haga sus veces. La citación a sesión extraordinaria debe contener referencia a las materias a tratarse en ella. Debidamente efectuada la convocatoria a la sesión de Directorio, podrá constituirse con quienes asistan, pero para adoptar acuerdos, se requerirá la concurrencia de a lo menos tres votos conformes, salvo para: a) Citar a Junta General de Accionistas, con el propósito de designar nuevo Directorio, conforme a lo dispuesto en el artículo décimo sexto, en caso de vacancia de un director, para lo cual constituirá quórum de sesión y acuerdo con la concurrencia de tres de los Directores; b) Para provocar la revocación del nombramiento del Gerente, conforme a lo dispuesto en el artículo vigésimo segundo, la revocación de cualquier mandato, casos en los cuales se formará sala con la concurrencia de los directores que asistan, siempre que, a lo menos estén tres de ellos y se entenderá aprobada la remoción o revocación si la mayoría de los Directores votan por ella. Aun cuando no se haya convocado a sesión, o no mediare el plazo señalado, el Directorio podrá sesionar válidamente siempre que se encuentren presentes tres de sus miembros y expresen su conformidad a celebrar la sesión, así como su aprobación de los puntos a tratar.”; "ARTICULO VIGESIMO CUARTO: Las deliberaciones y acuerdos del Directorio se escriturarán en un libro de actas, de cualquier tipo, por cualquier medio, siempre que ofrezcan seguridad de que no podrán hacerse intercalaciones, supresiones o cualquier otra adulteración que pueda afectar la fidelidad del acta, la que será firmada por los directores que hubieren concurrido a la sesión. Las actas podrán ser firmadas mediante firma electrónica simple o avanzada. Si alguno de ellos falleciera o se imposibilitara para firmar el acta correspondiente por cualquier motivo, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia o impedimento. Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma con suficiente quorum de acuerdo, conforme a lo expresado en las disposiciones precedentes. Desde esa fecha, se podrán llevar a efecto los acuerdos a que ella se refiere. El Director que quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo de Directorio, debe hacer constar en el acta su oposición, debiendo darse cuenta de ello en la próxima junta ordinaria de accionistas por el que presida. El Director que estime que un acta adolece de inexactitudes u omisiones, tiene el derecho de estampar, antes de firmarla, las salvedades correspondientes. De acuerdo al artículo cuarenta y siete de la Ley, los directores que estén simultánea y permanentemente comunicados por medios tecnológicos aprobados por el Directorio, se considerarán como si hubiesen participado en dichas sesiones, sin perjuicio de no haber asistido físicamente. En estos casos, su asistencia y participación deberá ser certificada por el Presidente o quien haga sus veces y por el Secretario del Directorio, quedando constancia en las respectivas actas.”; “ARTICULO TRIGESIMO CUARTO: Las Juntas se constituirán, en primera citación, con la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y, en segunda citación, con las que se encuentren presentes o representadas, cualquiera que sea su número, y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de las acciones presentes o representadas con derecho a voto, salvo los casos indicados en el artículo trigésimo octavo. Tratándose de acuerdos relativos a enajenar, hipotecar o gravar de cualquier forma la parcela denominada “Area verde Privada”, se requerirá un quorum de setenta y cinco por ciento de las acciones presentes o representadas con derecho a voto, en primera citación. Los avisos de la segunda citación sólo podrán publicarse una vez que hubiere fracasado la Junta a efectuarse en primera citación y, en todo caso, la nueva Junta deberá ser citada para celebrarse dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha fijada para la junta no efectuada. Para la celebración de una Junta de Accionistas, la Sociedad podrá establecer sistemas que permitan la participación y voto a distancia, siempre que dichos sistemas resguarden debidamente los derechos de los accionistas y la regularidad del proceso de votación. En este caso la asistencia y participación en la Junta será certificada bajo la responsabilidad del Presidente y del Secretario de la Junta, haciéndose constar este hecho en el acta que se levante de la misma. Las Juntas serán presididas por el Presidente del Directorio o por el que haga sus veces y actuará como secretario el titular de este cargo, cuando lo hubiere, o el gerente en su defecto.”; "ARTICULO TRIGESIMO OCTAVO: De las deliberaciones y acuerdos de las juntas se dejará constancia en un libro de actas, el que será llevado por el Secretario, si lo hubiere o, en su defecto por el Gerente de la Sociedad. Las actas serán firmadas por quienes actuaron de Presidente y Secretario de la Junta, y por tres accionistas elegidos en ella, o por todos los asistentes si éstos fueren menos de tres. Las actas podrán ser firmadas mediante firma electrónica simple o avanzada. Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma por las personas señaladas en el inciso anterior y, desde esa fecha, se podrán llevar a efecto los acuerdos a que ella se refiere. Si alguna de las personas designadas para firmar el acta estimare que ella adolece de inexactitudes u omisiones tendrá derecho a estampar, antes de firmaría, las salvedades correspondientes. Las deliberaciones y acuerdos de las Juntas se escriturarán en el libro de actas respectivo por el medio que fije la propia Junta o, a falta de pronunciamiento, el Directorio.” Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó a la abogada señora Alejandra Toro Baltera para legalización. Santiago, 31 agosto 2021. P. Raby B. Not. Púb.-
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SANTUARIO DEL ARRAYAN S.A.
CVE 2515680
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CVE 2005139
