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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.975.907-7

Inversiones Luque Y Loy Limitada

MODIFICACIÓN — 15 abr 2023

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

31 de julio de 2023

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-04-15Ver PDF (CVE 2301277)

Información societaria

Ltda

Socios (2)

NombreParticipación

Lilian Maytee Luque Quezada

Socio

9.xxx.xxx-4

75%

Antonino Paolo Tromo Luque

Socio

19.xxx.xxx-8

25%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 16 de octubre de 2018

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Luque y Loy Limitada o Luque y Loy Ltda.

  2. Cesión de derechos· 20 de febrero de 2023

    Carlos Gustavo Eduardo Loyola Cabezas cede el 50% de sus derechos sociales a Lilian Maytee Luque Quezada.

    Carlos Gustavo Eduardo Loyola Cabezas · Lilian Maytee Luque Quezada

  3. Cesión de derechos· 20 de febrero de 2023

    Carlos Gustavo Eduardo Loyola Cabezas cede el 50% de sus derechos sociales a Antonino Paolo Tromo Luque.

    Carlos Gustavo Eduardo Loyola Cabezas · Antonino Paolo Tromo Luque

Texto oficial del extracto

Eduardo Antonio Fuenzalida Robledo, abogado Notario Público de la 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, certifica: Por Escritura Pública de hoy ante mí, repertorio N°365-2023, don CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS, nacionalidad chilena, soltero, empresario, C.N.I. N° 9.490.794-2, con domicilio en Parcela 99, Colonia de Mariposas, Lote 3B, comuna de San Clemente, ciudad de Talca, Región del Maule, doña LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA, de nacionalidad chilena, soltera, Abogado, C.N.I. N° 9.321.437-4, con domicilio en Avenida La Marina N° 1143, comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana; y don ANTONINO PAOLO TROMO LUQUE, de nacionalidad chilena, soltero, Abogado, C.N.I. N° 19.322.929-8, con domicilio en Avenida La Marina N° 1143, comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana; modifican la sociedad de responsabilidad limitada, denominada “INVERSIONES LUQUE Y LOY LIMITADA”, o “LUQUE Y LOY LTDA.” constituida por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2018, ante doña Claudia Andrea Manriquez Spicto, Notario Público Suplente del Titular don Jorge Reyes Bessone, bajo repertorio 4476, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 231 vta., N° 133, del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, del año 2018; y se publicó en el Diario Oficial con fecha 25 de octubre de 2018, edición N° 42.189. Modifican sociedad en el siguiente sentido: Uno) CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS, vende, cede y transfiere a LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 50% de los derechos y acciones que el cedente tiene en la sociedad, equivalentes al 25% del capital social de la compañía. Dos) CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS, vende, cede y transfiere a ANTONINO PAOLO TROMO LUQUE, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 50% de los derechos y acciones que el cedente tiene en la sociedad, equivalentes al 25% del capital social de la compañía. Quedando como únicos y actuales socios, doña Lilian Maytee Luque Quezada con un 75% de los derechos sociales y don Antonino Paolo Tromo Luque con un 25% de los derechos sociales. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, a 20 de febrero de 2023.EFR.

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-25Ver PDF (CVE 1483956)

Información societaria

Ltda
San Miguel, Región Metropolitana
Duración: 10 años renovables automáticamente períodos iguales y sucesivos
Administración: Corresponderá a ambos socios, conjunta o indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán y obligarán, con las más amplias facultades, acordadas para el administrador y expresadas en el pacto social en la cláusula séptima, las que se dan por reproducidas íntegramente.

Objeto social

La explotación de toda clase de operaciones comerciales de naturaleza inmobiliaria, mediante la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, representaciones, corretaje, enajenación, construcción, urbanización, comercialización y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario, en cualquier forma, sea de bienes raíces urbanos y/o rurales, agrícolas, predios, loteos, sitios, parcelas, fundos, subdivisión, de aquellos por cuenta propia o a través de terceros; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; realización de compraventas y/o adjudicaciones en remates, en casa propia o en casa tomada en arrendamiento, en cualquier lugar, sea territorio nacional o internacional, en subastas públicas, judiciales y no judiciales, con y sin mínimos, de bienes en consignación en su caso; servir en la intermediación en compraventas de toda clase de bienes; y todo lo que, en la actualidad y en el futuro, en cualquier forma, tenga relación con la actividad del martillo, y todo otro rubro relacionado directa o indirectamente con las anteriores actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$100.000.000

Capital pagado

$60.000.000

Capital pendiente

$40.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS

Socio

9.xxx.xxx-2

50%

LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA

Socio

9.xxx.xxx-4

50%

Administradores (2)

LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA

9.xxx.xxx-4Administrador

Texto oficial del extracto

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2018, ante mi Suplente CLAUDIA ANDREA MANRIQUEZ SPICTO, CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS, nacionalidad chilena, soltero, empresario, C.N.I. N° 9.490.794-2, con domicilio en Parcela 99, Colonia de Mariposas, Lote 3B, comuna de San Clemente, ciudad de Talca, Región del Maule, y doña LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA, de nacionalidad chilena, soltera, Abogado, C.N.I. N° 9.321.437-4, con domicilio en Avenida La Marina N° 1143, comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “INVERSIONES LUQUE Y LOY LIMITADA”, pudiendo actuar válidamente, para todos los efectos legales, de publicidad y ante los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía de “LUQUE Y LOY LTDA.”. Objeto: La explotación de toda clase de operaciones comerciales de naturaleza inmobiliaria, mediante la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, representaciones, corretaje, enajenación, construcción, urbanización, comercialización y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario, en cualquier forma, sea de bienes raíces urbanos y/o rurales, agrícolas, predios, loteos, sitios, parcelas, fundos, subdivisión, de aquellos por cuenta propia o a través de terceros; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; realización de compraventas y/o adjudicaciones en remates, en casa propia o en casa tomada en arrendamiento, en cualquier lugar, sea territorio nacional o internacional, en subastas públicas, judiciales y no judiciales, con y sin mínimos, de bienes en consignación en su caso; servir en la intermediación en compraventas de toda clase de bienes; y todo lo que, en la actualidad y en el futuro, en cualquier forma, tenga relación con la actividad del martillo, y todo otro rubro relacionado directa o indirectamente con las anteriores actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración: Corresponderá a ambos socios, conjunta o indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán y obligarán, con las más amplias facultades, acordadas para el administrador y expresadas en el pacto social en la cláusula séptima, las que se dan por reproducidas íntegramente. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000.-, que se entera y paga de la siguiente forma: a) don CARLOS GUSTAVO EDUARDO LOYOLA CABEZAS, aporta $50.000.000.-, equivalente al 50% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando a caja social; y b) doña LILIAN MAYTEE LUQUE QUEZADA, aporta $50.000.000.-, equivalente al 50% del capital social, que paga de la siguiente manera: a) con la suma de diez millones de pesos que paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando a caja social; y b) con la suma de cuarenta millones de pesos, consistente en su trabajo personal y profesional, que se valora, por las partes, en la suma expresada, y que se entiende aportado en este acto. Los socios limitan su responsabilidad al monto aportado. Domicilio: San Miguel, sin perjuicio de otros en territorio nacional o extranjero. Duración: 10 años renovables automáticamente períodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 23 de octubre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES LUQUE Y LOY LIMITADA

    CVE 2301277

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES LUQUE Y LOY LIMITADA

    CVE 1483956

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)