Crc Hermanos Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$14.000.000
Capital pagado
$14.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Carola Dina Villanueva Peirano Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 25% | $3.500.000 |
Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Socio 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | 25% | $3.500.000 |
Comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Historia societaria relatada
- Fallecimiento· 24 de junio de 2021
Fallece la socia Fedora Eliana Peirano Chacón.
- Otro acto· 20 de septiembre de 2021
Los herederos designan a Carola Dina Villanueva Peirano como representante de la comunidad hereditaria frente a la sociedad.
Carola Dina Villanueva Peirano · Robin Villanueva Peirano · Christian Villanueva Peirano
Texto oficial del extracto
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2023, ante mi suplente doña Verónica Isabel Gonzalez Dávila, CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO; la Comunidad Hereditaria de doña FEDORA ELIANA PEIRANO CHACÓN, compuesta por doña Carola Dina Villanueva, don Robin Villanueva Peirano, y don Christian Villanueva Peirano, debidamente representada por doña Carola Dina Villanueva Peirano, ya individualizada, todos los anteriores domiciliados para efectos de la escritura extractada en Nueva Providencia N° 2.211, departamento 716, comuna de Providencia Santiago; doña VALERÍA VILLANUEVA HASBÚN, domiciliada para efectos de la escritura extractada en Vicuña Cifuentes N° 2.270, departamento 1.301, comuna de Providencia, Santiago; y don CHRISTIAN VILLANUEVA PEIRANO, domiciliado para efectos de la escritura extractada en Exequiel Fernández N° 453, comuna de Ñuñoa, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios, de la sociedad CRC HERMANOS LIMITADA, inscrita a fojas 99.744, número 51.294 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, en adelante, la “Sociedad”, acordaron: I. Dejar constancia de los siguientes hechos: Uno. Que, con fecha 24/06/2021 falleció la socia doña Fedora Eliana Peirano Chacón. Dos. Son herederos de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, doña Carola Dina Villanueva, C.I. N° 7.542.223-7; don Robin Villanueva Peirano, C.I. N° 6.403.836-2; y don Christian Villanueva Peirano, C.I. N° 6.403.835-4, según consta en Certificado de Posesión Efectiva emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 19/11/2021, bajo el número de inscripción 71.447, correspondiente al año 2021. Tres. En virtud de lo dispuesto en el artículo décimo cuarto de los estatutos sociales, frente a la muerte de uno de los socios, la Sociedad continuará con los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, representados por un mandatario común. Cuatro. En reunión de herederos de fecha 20/09/2021, los herederos de doña Fedora Eliana Peirano Chacón designaron a doña Carola Dina Villanueva Peirano, como representante de la comunidad hereditaria frente a la Sociedad. Cinco. Dado lo anterior, los actuales y únicos socios de CRC HERMANOS LIMITADA, son doña Carola Dina Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social, doña Valeria Villanueva Hasbún, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social, don Christian Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social: y la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, compuesta en partes iguales por doña Carola Dina Villanueva, don Robin Villanueva Peirano, y don Christian Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social. II. Modificar el Artículo Sexto del pacto social de la Sociedad, en el sentido de reemplazar su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de catorce millones de pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: a) Carola Dina Villanueva Peirano aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; b) Valeria Villanueva Hasbún, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; c) Christian Villanueva Peirano, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; d) Comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, compuesta en partes iguales por doña Carola Dina Villanueva, cédula de identidad número siete millones quinientos cuarenta y dos mil doscientos veintitrés guión siete, don Robin Villanueva Peirano, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos tres mil ochocientos treinta y seis guión dos; y don Christian Villanueva Peirano, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos tres mil ochocientos treinta y cinco guión cuatro, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha.” Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 12 de abril de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$14.000.000
Capital pagado
$14.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Carola Dina Villanueva Peirano Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 25% | $3.500.000 |
Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Socio 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | 25% | $3.500.000 |
Comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Historia societaria relatada
- Fallecimiento· 24 de junio de 2021
Fallece la socia Fedora Eliana Peirano Chacón.
- Sucesión· 20 de septiembre de 2021
Los herederos de Fedora Eliana Peirano Chacón designan a Carola Dina Villanueva Peirano como representante de la comunidad hereditaria.
Carola Dina Villanueva Peirano · Fedora Eliana Peirano Chacón · Robin Villanueva Peirano · Christian Villanueva Peirano
Texto oficial del extracto
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular, de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2023, ante mi suplente doña Verónica Isabel González Dávila, CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO, domiciliada para efectos de la escritura extractada en Nueva Providencia N° 2.211, departamento 716, comuna de Providencia Santiago; la Comunidad Hereditaria de doña FEDORA ELIANA PEIRANO CHACÓN, debidamente representada por doña Carola Dina Villanueva Peirano, ya individualizada; doña VALERÍA VILLANUEVA HASBÚN, domiciliada para efectos de la escritura extractada en Vicuña Cifuentes N° 2.270, departamento 1.301, comuna de Providencia, Santiago; y don CHRISTIAN VILLANUEVA PEIRANO, domiciliado para efectos de la escritura extractada en Exequiel Fernández N° 453, comuna de Ñuñoa, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios, de la sociedad CRC HERMANOS LIMITADA, inscrita a fojas 99.744, número 51.294 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, en adelante, la “Sociedad”, acordaron: I. Dejar constancia de los siguientes hechos: Uno. Que, con fecha 24/06/2021 falleció la socia doña Fedora Eliana Peirano Chacón. Dos. Son herederos de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, doña Carola Dina Villanueva, C.I. N° 7.542.223-7; don Robin Villanueva Peirano, C.I. N° 6.403.836-2; y don Christian Villanueva Peirano, C.I. N° 6.403.835-4, según consta en Certificado de Posesión Efectiva emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 19/11/2021, bajo el número de inscripción 71.447, correspondiente al año 2021. Tres. En virtud de lo dispuesto en el artículo décimo cuarto de los estatutos sociales, frente a la muerte de uno de los socios, la Sociedad continuará con los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, representados por un mandatario común. Cuatro. En reunión de herederos de fecha 20/09/2021, los herederos de doña Fedora Eliana Peirano Chacón designaron a doña Carola Dina Villanueva Peirano, como representante de la comunidad hereditaria frente a la Sociedad. Cinco. Dado lo anterior, los actuales y únicos socios de CRC HERMANOS LIMITADA, son doña Carola Dina Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social, doña Valeria Villanueva Hasbún, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social, don Christian Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social: y la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, compuesta en partes iguales por doña Carola Dina Villanueva, don Robin Villanueva Peirano, y don Christian Villanueva Peirano, con una participación equivalente al veinticinco por ciento del interés social. II. Modificar el Artículo Sexto del pacto social de la Sociedad, en el sentido de reemplazar su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de catorce millones de pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: a) Carola Dina Villanueva Peirano aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; b) Valeria Villanueva Hasbún, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; c) Christian Villanueva Peirano, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; d) Comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña Fedora Eliana Peirano Chacón, compuesta en partes iguales por doña Carola Dina Villanueva, cédula de identidad número siete millones quinientos cuarenta y dos mil doscientos veintitrés guión siete, don Robin Villanueva Peirano, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos tres mil ochocientos treinta y seis guión dos; y don Christian Villanueva Peirano, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos tres mil ochocientos treinta y cinco guión cuatro, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha.” Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 01 de marzo de 2023.
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios de asesoría o consultoría en materias de índole financiera o económica, en este sentido, incluirá las siguientes actividades: la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$14.000.000
Capital pagado
$14.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Socio | - | 25% | $3.500.000 |
Administradores (2)
CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO
Representación legal (1)
CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO por sí y en representación de FEDORA ELIANA PEIRANO CHACÓN, ambas con domicilio en Nueva Providencia número dos mil doscientos once, departamento setecientos dieciséis, comuna de Providencia, Santiago; VALERIA VILLANUEVA HASBÚN, domiciliada en Vicuña Cifuentes número dos mil doscientos setenta, departamento mil trescientos uno, comuna de Providencia, Santiago y CHRISTIAN VILLANUEVA PEIRANO, domiciliado en Exequiel Fernández número cuatrocientos cincuenta y tres, comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, la que extracto: Nombre o Razón Social: “CRC HERMANOS LIMITADA”, nombre fantasía “CRC HNOS. LTDA.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: la prestación de servicios de asesoría o consultoría en materias de índole financiera o económica, en este sentido, incluirá las siguientes actividades: la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital: El capital de la sociedad es la suma $14.000.000, divididos en partes iguales entre los socios, correspondiéndole en consecuencia el 25% de a cada uno de ellos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme al siguiente detalle: aportan y enteran de la siguiente forma: a) Carola Dina Villanueva Peirano en dinero en efectivo, la suma de $2.500.000 y constitución de usufructo en favor de la sociedad de los derechos que le corresponden sobre el local comercial número uno del primer piso del edificio denominado Centro Nuevo Torre A, ubicado en calle Las Palmas número dos mill doscientos siete, hoy en día, Ricardo Lyon número veintidos, conforme al detalle que se indica en el artículo siguiente, el cual es avaluado por la aportante y por el resto de los socios en la suma de un millón de pesos. Total $3.500.000. b) Fedora Eliana Peirano Chacón entera su aporte al capital social, mediante la constitución de usufructo en favor de la sociedad, de los derechos que le corresponden sobre el local comercial número uno del primer piso del edificio denominado Centro Nuevo Torre A, ubicado en calle Las Palmas número dos mill doscientos siete, hoy en día, Ricardo Lyon número veintidosel cual es avaluado por la aportante y por el resto de los socios, en atención a la proporción de los derechos que le corresponden sobre el inmueble, en la suma de $3.500.000. c) Valeria Villanueva Hasbún, en dinero en efectivo, la suma de $3.500.000. d) Christian Villanueva Peirano en dinero en efectivo, la suma de $3.000.000. Asimismo constituye usufructo en favor de la sociedad, de los derechos que le corresponden sobre el local comercial número uno del primer piso del edificio denominado Centro Nuevo Torre A, ubicado en calle Las Palmas número dos mill doscientos siete, hoy en día, Ricardo Lyon número veintidos, conforme al detalle que se indica en el artículo siguiente, el cual es avaluado por el aportante y por el resto de los socios, en atención a los derechos que le corresponden sobre el inmueble, en la suma de $500.000. Total $3.500.000. Administración: CAROLA DINA VILLANUEVA PEIRANO y CHRISTIAN VILLANUEVA PEIRANO separada e indistintamente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de Diciembre de 2018. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.
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