Rcz 2 SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial, asesoría jurídica general a empresas o personas naturales, patrocinios y representación judicial ante todo tipo de tribunales, ordinarios o especiales, como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos jurídicos, judiciales o extrajudiciales y, en general, todo tipo de asesoría relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Ramón Andrés Domínguez Hidalgo Socio | - | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
Ramón Andrés Domínguez Hidalgo
Historia societaria relatada
- Transformación· 20 de diciembre de 2022
RCZ 2 SpA se transforma en sociedad de profesionales de responsabilidad limitada denominada Servicios Legales Domínguez Reyes y Compañía Limitada.
Francis Gloria Reyes Castro · Ramón Andrés Domínguez Hidalgo
Texto oficial del extracto
Doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad número 8.215.914-2, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores N° 178, piso 5, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de diciembre del 2022, Repertorio Número 73232-2022, ante mí, doña FRANCIS GLORIA REYES CASTRO y don RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO, ambos domiciliados en Av. El Rodeo Interior N° 13.738, Casa C, Lo Barnechea, Santiago, en calidad de únicos accionistas de “RCZ 2 SpA” (la “Sociedad”), RUT N° 76.965.884-K, inscrita a fojas 98332, número 50497, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, acordaron lo siguiente: /UNO/ Transformación. Transformar la Sociedad en una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, y que se denominará “SERVICIOS LEGALES DOMÍNGUEZ REYES Y COMPAÑÍA LIMITADA”. /DOS/ Nuevos estatutos. Doña FRANCIS GLORIA REYES CASTRO y don RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO, ambos domiciliados en Av. El Rodeo Interior N° 13.738, Casa C, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. Razón social: SERVICIOS LEGALES DOMÍNGUEZ REYES Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía de “DOMÍNGUEZ & REYES LTDA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial, asesoría jurídica general a empresas o personas naturales, patrocinios y representación judicial ante todo tipo de tribunales, ordinarios o especiales, como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos jurídicos, judiciales o extra judiciales y, en general, todo tipo de asesoría relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña Francis Gloria Reyes Castro o a don Ramón Andrés Domínguez Hidalgo, en los términos establecidos en la escritura extractada. Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, que los socios han aportado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha en proporción de un 50% cada uno. Duración: 5 años, renovables según escritura extractada. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 diciembre 2022.
Información societaria
Objeto social
La prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial, consultoría de empresas, consultorías en la implantación de modelos de prevención de delitos de la Ley número veinte mil trescientos noventa y tres, asesorías en negocios e inversiones, patrocinios y representación judicial, ante todo tipo de Tribunales, ordinarios o especiales, la conducción de toda clase de mandatos civiles y comerciales, con o sin representación, y de otro tipo de encargo fiduciario, sea respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos penales, civiles, comerciales, administrativos, medioambientales, mineros, tributarios y laborales, entre otros; la planificación y gestión legal y de inversiones, adjudicación y contratación de la defensoría penal pública del proceso penal oral y en general cualquier asesoría o gestiones relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales anteriormente señalados; b) La inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta en toda clase de bienes raíces y muebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de o inversión en toda clase de acciones, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, depósitos a plazo, y cualquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero; y c) En general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las anteriores que los accionistas acuerden. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier a cualquier título, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; comprar o adquirir otros sociedades o sus activos y/o participar como socia de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 10.xxx.xxx-3 | 10.xxx.xxx-3 | 1% | $10.000 |
Accionista 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 1% | $10.000 |
Accionista 6.xxx.xxx-9 | 6.xxx.xxx-9 | 1% | $10.000 |
RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 97% | $970.000 |
Administradores (1)
RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO
Texto oficial del extracto
JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, Notario Público Suplente de la Titular de la 10ª Notaria de Santiago Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235, local 2, piso 1 y 2, Santiago, Certifica: Que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 20/12/2018, bajo Repertorio Nº 10.322-2018: Uno) don IGNACIO RIVADENEIRA HURTADO, cédula nacional de identidad N°10.700.238-3; Dos) don CIRO COLOMBARA LÓPEZ, cédula nacional de identidad N°10.220.552-9; Tres) don RODRIGO ENRIQUE ZEGERS REYES, cédula nacional de identidad N°6.375.622-9; y Cuatro) don RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO, cédula nacional de identidad N°9.379.350-1, constituyeron una sociedad por acciones cuya razón social es “RCZ 2 SpA” sin perjuicio de poder usar para fines bancarios, comerciales, publicitarios, tributarios y otros, el nombre de fantasía de /“RCZ 2 Abogados”/, de duración indefinida, que tendrá por objeto actuando en el país o en el extranjero: a) La prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial, consultoría de empresas, consultorías en la implantación de modelos de prevención de delitos de la Ley número veinte mil trescientos noventa y tres, asesorías en negocios e inversiones, patrocinios y representación judicial, ante todo tipo de Tribunales, ordinarios o especiales, la conducción de toda clase de mandatos civiles y comerciales, con o sin representación, y de otro tipo de encargo fiduciario, sea respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos penales, civiles, comerciales, administrativos, medioambientales, mineros, tributarios y laborales, entre otros; la planificación y gestión legal y de inversiones, adjudicación y contratación de la defensoría penal pública del proceso penal oral y en general cualquier asesoría o gestiones relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales anteriormente señalados; b) La inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta en toda clase de bienes raíces y muebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de o inversión en toda clase de acciones, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, depósitos a plazo, y cualquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero; y c) En general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las anteriores que los accionistas acuerden. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier a cualquier título, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; comprar o adquirir otros sociedades o sus activos y/o participar como socia de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales. El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie. El capital inicial se suscribe, entera y paga en las proporciones, cantidades y forma que se indican a continuación: Uno) don IGNACIO RIVADENEIRA HURTADO, suscribe en el acto 10 acciones, las que representan el 1% de las acciones emitidas por la Sociedad, por un valor de $10.000.- que se enteran y pagan en ese acto, ingresando a la caja social; Dos) don CIRO COLOMBARA LÓPEZ, suscribe en el acto 10 acciones, las que representan el 1% de las acciones emitidas por la Sociedad, por un valor de $10.000.- que se enteran y pagan en ese acto, ingresando a la caja social; Tres) don RODRIGO ENRIQUE ZEGERS REYES, suscribe en el acto 10 acciones, las que representan el 1% de las acciones emitidas por la Sociedad, por un valor de $10.000.- que se enteran y pagan en ese acto, ingresando a la caja social; y Cuatro) don RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO, suscribe en el acto 970 acciones, las que representan el 97% de las acciones emitidas por la Sociedad, por un valor de $970.000.- que se enteran y pagan en ese acto, ingresando a la caja social. En consecuencia, queda íntegramente suscrito, enterado y pagado el capital social. Administración y Representación. La Sociedad será administrada por un administrador. Será administrador de la Sociedad don RAMÓN ANDRÉS DOMÍNGUEZ HIDALGO, cédula nacional de identidad N° 9.379.350-1, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Al efecto, y anteponiendo la razón social a su firma, y sin que dicha enunciación importe limitación o restricción alguna podrá actuar con las facultades que constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
RCZ 2 SpA
CVE 2244564
- CONSTITUCIÓN
RCZ 2 SpA
CVE 1520213
