Société par actions76.942.714-7

Mine To Port Consulting SpA

MODIFICACIÓN — 21 avr. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-04-21Voir le PDF (CVE 1930349)

Informations sociétaires

SpA
Administration: Administrador

Texte officiel de l’extrait

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública de 13/04/2021, Repertorio 6353/2021, ante mí se redujo la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de Mine To Port Consulting SpA, inscrita a fojas número ochenta mil setecientos cuarenta y siete, con el número cuarenta y uno mil cuatrocientos nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil dieciocho, viene en modificar lo siguiente: Se modifica la cláusula décimo segunda de los estatutos, en sus números catorce, quince, veintidós y parte final, dejándolo como sigue: “DÉCIMO SEGUNDO: Salvo las limitaciones establecidas en el presente estatutos el Administrador representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de las juntas de accionistas. Para el uso de la razón social, el Administrador deberá anteponer a su firma la razón social de la sociedad. Actuando de esta forma, podrán actuar con las más amplias atribuciones en todo acto o contrato. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, el Administrador queda especialmente facultado para: Catorce) Convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente en las leyes, ya sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, intereses, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago. En cuanto a la forma de pago de servicios que hayan sido prestados a terceros, ya sea empresas chilenas o extranjeras, sea que el pago se haga en moneda nacional o extranjera, el administrador se encontrará facultado para percibir el pago por dichos servicios, sin que esta última forma de pago se encuentre sujeta a limitación alguna en dinero, se pague en cuotas, al contado, mediante transferencia electrónica de fondos, depósito bancario en cuenta bancaria de la sociedad o empresa, o emisión de cualquier tipo de documento tales como cheques, vale vista y otros. También se encontrará facultado para individualizar bienes, fijar cabidas y deslindes, cobrar y percibir, recibir, entregar, pactar solidaridad e indivisibilidad, tanto activas como pasivas, convenir cláusulas penales y/o multas a favor o en contra dela sociedad, aceptar u otorgar toda clase de cauciones, sean reales o personales, y toda clase de garantías a favor o en contra de la sociedad, pactar prohibiciones de enajenar y/o gravar, ejercitar o renunciar acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción y similares, aceptar renuncias de derechos y acciones, rescindir, resolver, resciliar, novar, dejar sin efecto, poner término o solicitarla terminación de los contratos, exigir rendición de cuentas, aprobarlas y objetarlas, y, en general, ejercitar todos los derechos y las acciones que correspondan a la sociedad; Quince) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales y extranjeros, particulares, estatales o mixtos, con las más amplias facultades que pueden necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza, abrir y contratar cuentas corrientes bancarias, de crédito y/o depósitos, depositar, girar y sobregirar en ellas; dar orden de no pago de cheques, retirar talonarios de cheques y cheques sueltos, y cerrar unas y otras, todo ello en moneda nacional o extranjera sin limitación de monto alguno, aprobar u objetar los saldos de las cuentas corrientes bancarias y de cualquiera otra operación celebrada con bancos; autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio exterior; contrata préstamos, sean como créditos simples, créditos documentarios, créditos en cuentas especiales, avances contra aceptación, contratando lineas de crédito, sea en cualquiera otra forma; arrendar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarlas y poner término a su arrendamiento; colocar o retirar dineros o valores en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantia, y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos, en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambios, tomar boletas de garantia, y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera; Veintidós) Pagar y, en general extinguir, por cualquier medio las obligaciones de la sociedad, y cobrar y percibir extrajudicialmente, todo cuanto se adeude a ella, a cualquier título que sea, por cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o privado, incluso al Fisco, servicios o instituciones del Estado, instituciones de previsión social, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, ya sea en dinero en moneda nacional o extranjera o en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, o valores mobiliarios. Respecto al cobro de todo aquello que se adeude a la sociedad, a cualquier título que sea, el administrador se encuentra facultado para percibir los dineros en moneda nacional o extranjera, sin limitación alguna de monto, ya sea en depósito o transferencia electrónica de fondos en cuenta bancaria de la sociedad o empresa emisión de vale vista o documento mercantil de cualquier tipo, ya provengan los dineros desde el territorio nacional o extranjero”. LIMITACIONES: Con todo, se requerirá la presencia de a lo menos dos socios que en conjunto representen a lo menos el cincuenta por ciento de los derechos sociales, uno de los cuales deberá ser el Administrador de la sociedad, para celebrar los siguientes actos y contratos: a) compra y/o vender bienes raices de la sociedad; b) Gravar los bienes sociales con todo tipo de prendas o hipotecas. c) Constituir a la sociedad como aval, fiadora o codeudora de obligaciones de terceros; d) la celebración de cualquier tipo de contrato que implique que la sociedad asuma obligaciones por un monto superior a cincuenta millones de pesos y su equivalente en dólares. Esta limitación sólo regirá en los casos en que la sociedad asuma obligaciones de cualquier tipo. No obstante, en aquellos casos en que la sociedad es meramente acreedora, no se encontrará sujeto a limitación monetaria alguna para percibir dichos montos. e) Solicitar préstamos o crédito de cualquier tipo en favor de la sociedad; f) Constituir sociedades o ingresar a sociedades ya constituidas independientemente del tipo de sociedad o del aporte que ello involucre”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2021.

ConstitutionDiario Oficial · 2018-10-25Voir le PDF (CVE 1484085)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 1 año, renovables
Administration: Corresponderá a don GERARDO ANDRES SAN MARTÍN MARTÍNEZ, amplias facultades.

Objet social

actividades de investigación, evaluación y calificación del grado de solvencia, asesorías en la gestión de la compra o venta de pequeñas y medianas empresas, ferias de exposiciones con fines empresariales, otras actividades empresariales N.C.P, servicios de ingeniería prestados por profesionales N.C.P, servicios de ingeniería prestados por empresas N.C.P, otros servicios desarrollados por profesionales, otros servicios de ensayos y análisis técnicos, empresas de servicios geológicos y de prospección, actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión y cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que él o los socios acuerden realizar.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$1.000.000

Actions

2 000

Associés (1)

NomParticipation

GERARDO ANDRES SAN MARTÍN MARTÍNEZ

Accionista

50%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Teatinos N°333, entrepiso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 17 de octubre del año 2018, otorgada ante mí, el compareciente, don GERARDO ANDRES SAN MARTIN MARTÍNEZ, domiciliado en calle Ricardo Lyon N°2256 departamento 903, comuna de Providencia, constituyo una Sociedad por Acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “MINE TO PORT CONSULTING SpA” nombre de fantasía “Mine to Port Consulting”. DOMICILIO. Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias en otras ciudades del país o del extranjero. DURACIÓN: Será de 1 año, renovables. OBJETO. El objeto de la Sociedad será el de actividades de investigación, evaluación y calificación del grado de solvencia, asesorías en la gestión de la compra o venta de pequeñas y medianas empresas, ferias de exposiciones con fines empresariales, otras actividades empresariales N.C.P, servicios de ingeniería prestados por profesionales N.C.P, servicios de ingeniería prestados por empresas N.C.P, otros servicios desarrollados por profesionales, otros servicios de ensayos y análisis técnicos, empresas de servicios geológicos y de prospección, actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión y cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que él o los socios acuerden realizar. CAPITAL Y ACCIONES: $2.000.000 divididas en 2000 acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, de las cuales suscribe y paga 1000 acciones equivalente a $1.000.000, en este acto de contado y en dinero en efectivo e ingresado a caja social, el saldo de 1000 acciones equivalente a $1.000.000 se suscribirán y pagaran en el plazo de 3 años. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a don GERARDO ANDRES SAN MARTÍN MARTÍNEZ, amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    MINE TO PORT CONSULTING SpA

    CVE 1930349

  2. CONSTITUCIÓN

    Mine To Port Consulting SpA

    CVE 1484085

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial