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Sociedade de Responsabilidade Limitada76.942.570-5

Sociedad Gestión, Servicios e Inversiones Suárez Limitada

MODIFICACIÓN — 7 de set. de 2020

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-09-07Ver PDF (CVE 1812299)

Informações societárias

Ltda
Duração: 5 años, renovable automáticamente por períodos iguales de 5 años
Administração: Socios administradores

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital integralizado

$8.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

María Fernanda Suarez Rojas

Socio

13.xxx.xxx-1

99.9%

Felipe Andrés Suarez Rojas

Socio

14.xxx.xxx-1

0.1%

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos

    Felipe Andrés Suarez Rojas cede el 99,9% de sus derechos sociales a María Fernanda Suarez Rojas por $6.000.000

    Felipe Andrés Suarez Rojas · María Fernanda Suarez Rojas

Texto oficial do extrato

PATRICIO ANDRES ASUN FUENTES, Abogado, Notario Público Interino de la Sexta Notaria de Viña del Mar, con domicilio en calle Rio de Oro número 780, Concón, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, doña María Fernanda Suarez Rojas, chilena, soltera, ingeniera en medio ambiente y recursos naturales, cédula nacional de identidad número 13.734.788-1, domiciliada en Altos del Mauco Parcela 27, sector Las Gaviotas, comuna de Quintero, Región de Valparaíso, y don Felipe Andrés Suarez Rojas, chileno, casado, ingeniero biomédico, cédula nacional de identidad número 14.142.371-1, domiciliado en Cañumanqui 1245, departamento 23, comuna de Las Condes, Santiago, de paso en esta ciudad, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Gestión, Servicios e Inversiones Suarez Limitada, nombre de fantasía FS Consultores Asociados Ltda., acordaron lo siguiente: En la cláusula Tercera de la escritura, don Felipe Andrés Suarez Rojas, vende, cede y transfiere el 99,9% del total de sus derechos sociales a doña María Fernanda Suarez Rojas, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos sociales, por el precio de $6.000.000.- en los términos indicados en la escritura. Como consecuencia de aquella cesión de derechos sociales, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad Gestión, Servicios e Inversiones Suarez Limitada: Uno) doña María Fernanda Suarez Rojas, con un 99,9% por ciento de los derechos sociales y del capital social; y Dos) don Felipe Andrés Suarez Rojas, con un 0,1% de los derechos sociales y del capital social. Luego, en la cláusula Quinta de la escritura de modificación, acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa al capital de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de $8.000.000, cantidad que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: a) Doña María Fernanda Suarez Rojas, con la suma de $7.992.000.- pesos, equivalentes al 99,9% por ciento del capital social; y b) don Felipe Andrés Suarez Rojas, con la suma de $8.000.- pesos, equivalentes al 0,1% por ciento del capital social”. Asimismo, los socios acordaron modificar la cláusula décimo primera de los estatutos sociales, relativa a la vigencia de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “DÉCIMO PRIMERO: Vigencia de la sociedad. Uno) La presente sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de la fecha del presente instrumento, renovable automáticamente a su vencimiento de forma sucesiva y por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no renovar la vigencia de la sociedad por un nuevo período y ponerle término al final del período que estuviere en curso, por escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción social con, al menos, una anticipación de seis meses a la fecha del final del período que estuviere corriendo. Adicionalmente, deberá despachar, con la misma anticipación, una carta certificada a los restantes socios comunicándoles haber dado el correspondiente aviso de término. Para estos efectos, se considerará como fecha de la carta la de su despacho. Dos) En caso de fallecimiento de uno cualesquiera de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y los herederos del socio fallecido, debiendo estos últimos designar a un mandatario común que los represente ante la sociedad, cuyo nombramiento deberá recaer en alguno de los miembros de la comunidad hereditaria respectiva. Para estos efectos, el socio sobreviviente despachará carta certificada a cada uno de los miembros de la comunidad hereditaria del socio fallecido, quienes deberán designar el referido procurador común dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la fecha del despacho de la carta certificada al último de los comuneros, manifestando asimismo quiénes de los comuneros ejercen su derecho a ingresar a la sociedad de conformidad a estos estatutos sociales y a lo previsto por el inciso 2° del artículo 2105 del Código Civil. Se deja expresa constancia que, en el evento de que fallezca uno cualquiera de los socios administradores, la representación, administración y uso de la razón social se radicará, de manera exclusiva en él o los otros socios administradores, desde la fecha del fallecimiento socio administrador de que se trate, sin que se trasmita a miembro alguno de la comunidad hereditaria ninguna facultad de administración”. Se deja constancia que en todo aquello que no se ha modificado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Concón, a 04 de Septiembre de 2020.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad Gestión, Servicios e Inversiones Suárez Limitada

    CVE 1812299

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