Iberocenter
Sociedad por Acciones76.937.366-7

Comercializadora De Servicios Y Containers Ya SpA

MODIFICACIÓN — 1 oct 2022

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2022-10-01Ver PDF (CVE 2196063)

Información societaria

SpA
Placilla, O'Higgins
Administración: Un administrador con amplias facultades

Objeto social

comercialización de contenedores

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ

Accionista

15.xxx.xxx-4

100%

Administradores (1)

CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ

15.xxx.xxx-4Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Constitución de la sociedad con capital de $5.000.000.

  2. Cesión de derechos· 26 de septiembre de 2022

    Jose Andres Miranda Muquillaza y Cristian Francisco Valenzuela Figueroa venden y ceden la totalidad de sus acciones a Carlos Andres Lopez Perez.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA · CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ

  3. Cambio de administrador· 26 de septiembre de 2022

    Renuncia Jose Andres Miranda Muquillaza al cargo de administrador y se designa a Carlos Andres Lopez Perez.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ

  4. Cambio de capital· 26 de septiembre de 2022

    Se modifica el artículo quinto para dejar constancia del capital totalmente enterado y pagado por Carlos Andres Lopez Perez.

    CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat número 856, por escritura hoy ante mi don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, chileno, factor de comercio, cedula nacional de identidad número 15.557.646-4, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la OCTAVA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2021, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: En Valparaíso a 26 de septiembre de 2022, siendo las 11:00 horas, en el oficio del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, ubicado en calle Prat número 856, Valparaíso, se realiza la Octava Junta General Extraordinaria de Accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario número 76.937.366-7, con domicilio legal en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Díaz León, con un capital social de $5.000.000, inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, del año 2018, publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, todo ello en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley, y bajo la presidencia del único y actual accionista don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, chileno, factor de comercio, cedula nacional de identidad número 15.557.646-4, domiciliado en Los Conquistadores 1962, Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien es el propietario del 100% de las acciones, quedando constancia en actas de ello. En cuanto a la Asistencia, Citaciones y Calificaciones de Poderes, se dio cumplimiento íntegro a las disposiciones legales y estatutarias. Se deja constancia de la presencia del notario señor Pablo Martínez, y de don Cristian Valenzuela Figueroa y don Jose Miranda Muquillaza, en condición de invitados especiales. La Junta se efectúa bajo la Presidencia del único accionista don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, quien toma registro de lo que en ello se expresa. Antecedentes Previos: Con esta misma fecha, siendo las nueve hora tres minutos, en esta misma Notaria, mediante escritura pública que rola bajo el repertorio numero 2779-2022, don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA y don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, vendieron, cedieron y transfirieron a don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, quien compro y adquirió para sí, la totalidad de acciones que cada uno de estos tenían en “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA”, es decir 900 y 100 acciones, representativas a la sazón del 90% y 10% del capital social respectivamente, situación que ha transformado a don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ en el único y absoluto dueño de las 1000 acciones válidamente emitidas, y que representan el 100% del capital social. MENCIÓN ESPECIAL: Se hace especial mención a que esta Junta se realiza con el fin de hacer modificaciones estatutarias, a raíz del cambio en la propiedad del 100% de las acciones, que tienen relación con el capital, y la administración de la sociedad. INSTALACION: Se deja constancia en Acta, que se encuentran presente el 100% de las acciones legalmente emitidas, por lo que legalmente procede la instalación de la Octava Junta General Extraordinaria de la sociedad, agregando que no se habían despachado citaciones ni publicado actas de convocatoria, atendida la naturaleza de los acuerdos que se tomaran en esta Junta, y que el 100% de las acciones se encuentran en manos de don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, todo ello en conformidad a la Ley, así como de los Estatutos Sociales. OBJETO DE ESTA JUNTA: El Presidente deja expresamente señalado que el objeto de esta Junta Extraordinaria es modificar los estatutos sociales, a raíz del cambio de la propiedad en el 100% de las acciones, para lo cual es menester: 1.- Primeramente ratificar todos los acuerdos tomados por los Accionistas en la Séptima Junta Extraordinaria de la sociedad. 2.- Atendido el cambio accionario que se ha producido, se acuerda modificar el artículo quinto de los estatutos sociales. 3.-Atendida la aceptación de la renuncia presentada con esta fecha por don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA en relación al cargo de administrador de la sociedad, se debe proceder al nombramiento de uno nuevo. 4.- Además, dar cuenta del término de los servicios de asesoría y asistencia comercial prestados por don HECTOR CARVAJAL BERNAL, en razón de renuncia de este. DELIBERACION Y ACUERDOS: Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Por unanimidad los accionistas ratifican íntegramente y sin observación todos los acuerdos tomados en la Séptima Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad. SEGUNDO: Por unanimidad se acuerda modificar el artículo quinto de los estatutos sociales por otro del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000/ ya enterados y pagados en caja social por parte de don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, el que se encuentran dividido en mil acciones de igual valor, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, respondiendo los accionistas hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.” De esta manera, atendido este cambio del articula estatutario, se ha mantenido el capital social de $5.000.000.- y el 100% de las acciones han quedado en poder de don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ. TERCERO: Por unanimidad, se acepta la renuncia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA al cargo de administración de la sociedad, lo que es aceptado sin reparo de ninguna especie por la Junta, haciéndose mención que se han dado recíprocamente el más amplio y total finiquito las partes, respecto de la gestión y actuaciones de este durante su periodo de administración societaria, todo ello sin reparo de ninguna especie. A continuación y atendido lo antes expresado, se acuerda modificar el artículo noveno de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor: “Artículo Noveno: La administración de la sociedad le corresponderá a don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, quien tendrá todas las facultades que establece la normativa aplicable a las sociedades anónimas cerradas, de acuerdo lo establece el artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio, sin perjuicio de las facultades que corresponden a las Juntas de Accionistas, de conformidad con estos Estatutos y a las normas pertinentes. Con todo, el administrador societario, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración que sigue sea limitada o restrictiva, se deja constancia que el administrador estará investido, entre otras, de las siguientes facultades: Uno) Fijar de acuerdo a lo que le instruya la Junta de Accionistas las normas a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar sus reglamentos internos, contratar los trabajadores de la sociedad, fijarles sus remuneraciones y obligaciones; poner término a sus contratos y suscribir los respectivos finiquitos; Dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier titulo, toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados u otros; Tres) Dar y tomar en arrendamiento, comodato, administración o concesión, o bien, a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo; Cinco) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea este necesario o voluntario y en secuestro; Seis) Dar y recibir en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, pudiendo alzar y posponer hipotecas; Siete) Dar y recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, sin desplazamiento, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Ocho) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Nueve) Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidora o concesionaria, o para que esta los constituya, debiendo en este caso hacerlo conjuntamente con el accionista mayoritario, y en el caso de haber más de un accionista con quien la Junta de Accionistas determine Diez) Representar a la sociedad en las juntas de accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que la sociedad sea accionista o socia, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones; pudiendo acordar la reforma de estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación, concurrir, en representación de la sociedad, a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones o simple, asociaciones de cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente facultado para estipular contratos de sociedad en los que, el o uno de los otros socios, accionistas o asociados, o su apoderado, sea el mismo mandatario; modificarlas, transformarlas, convenir su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; Once) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros, etcétera, debiendo en este caso hacerlo conjuntamente con el accionista mayoritario, y en el caso de haber más de un accionista con quien la Junta de Accionistas determine; Doce) Celebrar contratos de trabajo, sean estos colectivos o individuales, contratar servicios profesionales o técnicos; Trece) Celebrar cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, el administrador podrá convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y forma de pago y de entrega, cabidas, deslindes, etcétera; Catorce) Pactar solidaridad activa o pasiva; convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad, aceptar toda clase de cauciones reales o personales y toda clase de garantías en beneficio de la sociedad o hacer que esta las constituya; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de gravar o enajenar, ejercitar o renunciar sus acciones como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones; rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de los contratos; exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas y , en general, ejercitar y renunciar todos los derechos y acciones que competen a la sociedad; Quince) Contratar prestamos en cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o de fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, sociedades financieras, Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo y, en general, con cualquier persona natural o jurídica, estatal o particular, nacional o extranjera, debiendo en este caso hacerlo conjuntamente con el accionista mayoritario, y en el caso de haber más de un accionista con quien la Junta de Accionistas determine; Dieciséis) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares con las más amplias facultades que puedan necesitarse: darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarias de depósito y/o de crédito, depositar, girar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera, aprobar y objetar saldos, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos, pudiendo girar en dichas cuentas corrientes y de valores; contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera; efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera, Diecisiete) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el Banco del Estado de Chile, en los servicios de Vivienda y Urbanismo, en la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, en instituciones de previsión o en cualquier otra institución de derecho público o privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositara y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas; Dieciocho) Girar, avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, cheques, letras de cambio, pagares, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean estos nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; y ejercitar las acciones que a la sociedad le correspondan en relación con tales documentos; Suscribir, aceptar, reaceptar , renovar, prorrogar, revalidar, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagares, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean estos nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; y ejercitar las acciones que a la sociedad le correspondan en relación con tales documentos; Diecinueve) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles Veinte) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, cesión de bienes, novación, etcétera, todo lo que la sociedad adeudare, por cualquier titulo y, en general, extinguir obligaciones en cualquier forma; Veintiuno) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier titulo que sea por cualquier persona natural o jurídica incluso el Fisco, instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, instituciones privadas, etcétera, sea en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, etcétera; Veintidós) Conceder quitas o esperas; Veintitrés) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar, toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; Veinticuatro) Solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; Veinticinco) Instalar agencias, oficinas, sucursales o establecimientos, dentro o fuera del país; Veintiséis) inscribir, registrar y renovar propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sea procedentes en esta materias; Veintisiete) Entregar y/o retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas e empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la sociedad o expendidas por ella; Veintiocho) Tramitar pólizas de embarque o transporte, extender, endosar o firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de transito, pagares, ordenes de entrega de aduanas o de intercambio de mercaderías o de productos y en general, ejecutar toda clase de operaciones aduaneras, Veintinueve) Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, judiciales, de comercio exterior o de cualquier otro orden y ante cualquier persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios etcétera, con toda clase de presentaciones, peticiones, declaraciones, incluso obligatorias; modificarlas o desistirse de ellas; Treinta) Representar a la sociedad en te toda clase de organismos de previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicio de Seguro Social, Instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto de Normalización Previsional y ante la Dirección o Inspecciones Comunales o Regionales del Trabajo y toda clase de organismos, instituciones o autoridades que se relaciones con las actividades laborales, de previsión y de seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solici

ModificaciónDiario Oficial · 2021-08-16Ver PDF (CVE 1994393)

Información societaria

SpA
Placilla, O'Higgins
Administración: Administrador y Gerente General

Objeto social

sociedad del giro de comercialización de contenedores

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

-

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

-

Administradores (1)

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

15.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Se constituyó la sociedad con capital social de $5.000.000.

  2. Otro acto

    Se ratifican íntegramente los acuerdos de la Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat número 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la SEPTIMA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2021, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: En Valparaíso, siendo las 11:00 horas, y con la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, se realiza la Séptima Junta General Extraordinaria de Accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario número 76.937.366-7, con domicilio legal en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Díaz León, con un capital social de $5.000.000, inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial número 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, y con la asistencia de los accionistas don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9 y don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad número 18.269.401.-0, y bajo la presidencia de este último y actuando como secretario el primero, haciéndose mención al conocimiento de los socios de la necesidad de esta Junta, de las formalidades, de las materias a tratar. La Junta se realiza además con la presencia del abogado de la sociedad y del contador de la misma. Se deja constancia que se encuentra presente el 100% de las acciones legalmente emitidas, por lo que legalmente procede la instalación de la Séptima Junta General Extraordinaria de la sociedad en conformidad a la Ley y de los Estatutos Sociales. El Presidente informa que previo a la realización de esta Junta, se ratifican los acuerdos contenidos en la Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas, haciéndose mención que se encuentra en plena operación la oficina en los Estados Unidos de Norte América y además hace mención del positivo resultado de las decisiones de crecimiento para la sociedad tomadas el año 2019. Se destaca que en el año 2020 hubo ventas por más de 4.000 millones de pesos, y una utilidad asociada por sobre los 180 millones de pesos en dicho periodo, agregando que el endeudamiento societario se encuentra absolutamente equilibrado, y que este se representa en un 35% a largo plazo, y el restante en un 65%, el cual corresponde exclusivamente a operaciones de moneda extranjera con una duración no mayor a 90 días, lo que da cuenta de la seriedad en la administración y solvencia en las operaciones financieras de la sociedad. El Presidente informa que el objeto de esta Junta Extraordinaria es la obtención de financiamiento especial a raíz de la expansión del mercado, así como otras medidas especiales orientadas a este fin. Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Por unanimidad los accionistas ratifican íntegramente y sin observación todos los acuerdos tomados en la Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad. SEGUNDO: Por unanimidad se acuerda instruir al Gerente General de la sociedad a fin de que se establezcan condiciones especiales para el desarrollo de la actividad de la empresa en otros países, particularmente Estados Unidos de Norte América y el resto de América. TERCERO: La junta por unanimidad acuerda facultar al abogado de la sociedad don PATRICIO ALEJANDRO ALVAREZ AGUIRRE, cedula nacional de identidad número 8.219.395-2, a fin de que atendido los objetivos sociales y acuerdos de esta Junta, negocie con Bancos e Instituciones Financieras, incluidas Compañías de Seguro y Leasing, Agencias de Aduanas, Proveedores, Servicios Públicos y otros agentes, en busca de financiamiento y condiciones para el desarrollo del negocio. Se hace presente que la extensión de esta representación no se limita solo a Chile, sino también al extranjero, destacándose que cuando ello se manifieste en el extranjero, sea en Estados Unidos de Norte América u otros países, los impuestos derivados por los honorarios y por otros cargos o pagos, tales como viáticos serán de cargo de la empresa. Para este fin se faculta al Gerente General le otorgue un mandato especial al abogado ya singularizado de ser necesario, a fin de facilitar la gestión de este. CUARTO: En concordancia con lo ya expresado, se acuerda de la misma manera y por unanimidad, instruir al abogado Patricio Alejandro Álvarez Aguirre, y facultarlo expresamente para que realice en Chile, en los Estados Unidos de Norte América y en cualquier país de la región, todas las gestiones, trámites y diligencia necesarias para que la sociedad opere en dicho país, referida tanto a la legislación local, a la Chilena, bilateral y multilateral. QUINTO: Se aprueba por unanimidad, en concordancia con lo ya señalado, encargar al Gerente General de la sociedad se desarrolle y establezca una política más activa para el desarrollo de la actividad comercial, mejorando y acrecentando nuestras relaciones comerciales con proveedores y bancos, así como igualmente establecer mecanismos de coordinación y control de las actividades que se realizan por la empresa fuera de Chile, particularmente para asegurar el suministro de equipos. SEXTO: Se aprueba por unanimidad instruir al Gerente General, a fin de que este negocie con Bancos nacionales o extranjeros nuevos canales de financiamiento a corto plazo, y que permitan el desarrollo de negocios hasta por USD$500.000.- (quinientos mil dólares de los Estados Unidos de Norte América) para la compra de equipos. SEPTIMO: Se aprueba por unanimidad instruir al Gerente General, a fin de que se facilite el desarrollo de la actividad de la empresa, particularmente en la nueva Agencia que opera en Estados Unidos de Norte América, a fin de que en esta se puedan ampliar la contratación de trabajadores y empleados. OCTAVO: Se aprueba y reitera por unanimidad, la idea de que se establezcan asociaciones y acuerdos comerciales con una o más empresas chilenas o extranjeras, localizadas en Chile o en otros países, para el desarrollo del negocio de la empresa y del giro social, potenciando la marca asociada, y buscando nuevos negocios asociados a la actividad. NOVENO: Se aprueba por unanimidad, la idea de adquirir un terreno propio en la Quinta Región, y que se transforme en definitiva en las oficinas de la sociedad, debiendo para ello expresamente el Administrador de la Sociedad y Gerente General, negociar con Bancos e Instituciones Financieras para este fin, ya sea a través de créditos hipotecarios, leasing u otra modalidad. Se instruye además al abogado de la sociedad a fin de que asista al gerente General en las negociaciones con los bancos y otras instituciones, y que así sea reconocido por las referidas entidades. DECIMO: Finalmente, se faculta expresamente al administrador de la sociedad y Gerente General, don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA a fin de que en ejercicio de su cargo, y de los acuerdos tomados precedentemente, realice en Chile o en cualquier otros país, todos las gestiones necesarias para el fin señalado, pudiendo incluso viajar personalmente al extranjero o destinar a otros para que también lo hagan, pudiendo incluso, si es necesario, delegarle facultades a estos, a fin de que este en ejercicio de las facultades delegadas pueda cumplir con el encargo social y que se resume en los acuerdos de esta Junta Extraordinaria. Se faculta a JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para firmar y reducir a escritura pública el Acta, y realizar los trámites que sean necesarios para cumplir con la voluntad de la Junta, sin que sea necesaria otra comparecencia o trámite adicional, así como realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones que sean necesarias y pertinentes, pudiendo incluso si es necesario suscribir y firmar rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante cualquier entidad que se requiera, tales como los organismos registrales y en especial ante el Conservador de Bienes Raíces competente, para formalizar en lo que sea pertinente las decisiones contenidas en esta acta, como así mismo solicitar publicaciones legales si se requiriera, así como toda otra gestión o trámite con este fin. Se faculta además al administrador social don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA y al abogado PATRICIO ALEJANDRO ALVAREZ AGUIRRE, para que cualquiera de ellos, pueda realizar todas las gestiones necesarias ante los organismos oficiales del Gobierno de Chile para la obtención de los apostillados requeridos tanto respecto de la reducción a escritura pública de esta Acta, y para que puedan realizar cualquier otra certificación oficial, tramite, declaraciones, solicitudes en Chile o el extranjero, pudiendo además efectuar la solicitud las autorizaciones necesarias, tramitación de visas y permisos necesarios para los fines ya señalados, ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América o de otras naciones, y de los representantes de estos en Chile. Siendo las 11:45 horas y sin que exista otra materia que tratar, se dio término a la Junta. Siendo 11.30 horas se pone termino a la Junta. 12 de agosto de 2021.

ModificaciónDiario Oficial · 2021-04-28Ver PDF (CVE 1935289)

Información societaria

SpA
Placilla, O'Higgins
Administración: Administrador y Gerente General

Objeto social

sociedad del giro de comercialización de contenedores

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

-

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

-

Administradores (1)

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

15.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Se constituye la sociedad COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA o CONTAINERS YA SpA con capital social de $5.000.000.

  2. Otro acto· 23 de abril de 2021

    Se realiza la Sexta Junta General Extraordinaria de Accionistas y se ratifican los acuerdos de la Quinta Junta.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat número 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la SEXTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 24 DE MARZO DE 2021, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: En Valparaíso, siendo las 11:00 horas, y con la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, se realiza la Sexta Junta General Extraordinaria de Accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario número 76.937.366-7, con domicilio legal en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Díaz León, con un capital social de $5.000.000, inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial número 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, y con la asistencia de los accionistas don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9 y don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad número 18.269.401.-0, y bajo la presidencia de este último y actuando como secretario el primero, haciéndose mención que en atención a que los accionistas tomaron conocimiento simultáneamente de la necesidad de esta Junta, no fueron necesarias más formalidades, ya que ambos sabían de la fecha, hora y materias que serian tratadas en esta Junta. La Junta se realiza además con la presencia del abogado de la sociedad don Patricio Alejandro Álvarez Aguirre, y del contador de la Misma don Jorge Fredes Castillo. Se deja constancia en Acta, que se encuentran presente el 100% de las acciones legalmente emitidas, por lo que legalmente procede la instalación de la Sexta Junta General Extraordinaria de la sociedad, agregando que no se habían despachado citaciones ni publicado actas de convocatoria, por haber comprometido su participación todos los accionistas, todo ello en conformidad a la Ley, así como de los Estatutos Sociales. El Presidente informa que previo a la realización de esta Junta, se ratifican desde ya los acuerdos contenidos en la Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas, y además el señor Jorge Fredes Castillo ha hecho un relato circunstanciado y breve del resultado comercial del periodo, haciendo entrega de un Pre Balance a los accionistas, solo para fines informativos, lo que es ratificado por estos en este acto. Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Por unanimidad los accionistas ratifican íntegramente y sin observación todos los acuerdos tomados en la Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad. SEGUNDO: Por unanimidad la junta acuerda la apertura de oficinas comerciales en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de Norte América. TERCERO: La junta por unanimidad acuerda contratar como asesor para el desarrollo y consolidación del giro social en Los Estados Unidos de Norte América, y por el plazo de 2 años contados desde el 1° de abril de 2021, al Ingeniero Industrial don HECTOR EDGARDO CARVAJAL BERNAL, cedula nacional de identidad numero 14.504.910-5, acordando en este acto la Junta el pago de un Honorario Liquido Mensual de $2.500.000.-(dos millones quinientos mil pesos chilenos), y un viatico de 7.000.- (siete mil dólares de los Estados Unidos de Norte América), con el fin de que la empresa pueda cubrir íntegramente los gastos de estadía de este en la ciudad de Miami, facultándose al Administrador de la sociedad para la firma del respectivo contrato de Servicios. Se hace especial mención en este acuerdo, que los impuestos derivados por los honorarios y por otros cargos o pagos, tales como viáticos serán de cargo de la empresa. CUARTO: Se acuerda de la misma manera y por unanimidad, instruir al abogado Patricio Alejandro Álvarez Aguirre, y facultarlo expresamente para que realice en Chile y en los Estados Unidos de Norte América, todas las gestiones, trámites y diligencia necesarias para que la sociedad opere en dicho país, referida tanto a la legislación local, a la Chilena, bilateral y multilateral. QUINTO: Se aprueba por unanimidad, la apertura de una oficina comercial de la sociedad en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de Norte América, debiendo realizarse para ello las gestiones necesarias a fin de cumplir de manera íntegra tanto en Chile Estados Unidos de Norte América, con la legislación impositiva, tributaria, mercantil, laboral, comercial, administrativa, civil y penal, y demás aplicables al caso, a fin de abrir una oficina comercial en dicho país, en particular en la ciudad de Miami, Estado de Florida. SEXTO: Se aprueba por unanimidad se efectúen los gastos mensuales para la mantención de la oficina en la ciudad de Miami, lo que incluye arriendo, servicios, derechos y otros propios para ello, instruyendo al efecto al administrador social. SEPTIMO: Se aprueba por unanimidad, se puedan establecer asociaciones y acuerdos comerciales con una o más empresas chilenas o extranjeras, localizadas en Chile o en otros países, y que tengan agencias locales en Estados Unidos de Norte América, y que permitan el desarrollo del negocio de la empresa y del giro social, potenciando la marca asociada. OCTAVO: Finalmente, se faculta expresamente al administrador de la sociedad y Gerente General, don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA a fin de que en ejercicio de su cargo, y de los acuerdos tomados precedentemente, realice en Chile o en Estados Unidos todos las gestiones necesarias para el fin señalado, pudiendo incluso viajar personalmente al extranjero o destinar a otros para que también lo hagan, pudiendo incluso, si es necesario, delegarle facultades suficientes al señor HECTOR EDGARDO CARVAJAL BERNAL, a fin de que este en ejercicio de las facultades delegadas pueda cumplir con el encargo social y que se resume en los acuerdos de esta Junta Extraordinaria. Por unanimidad facultar expresamente al accionista don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para que reduzca a escritura pública la presente acta, firme dicho instrumento, y realice los trámites que sean necesarios para cumplir con la voluntad de la Junta, sin que sea necesaria otra comparecencia o trámite adicional, así como de la misma manera una vez que se haya efectuado la reducción a escritura pública, facultarlo a este expresamente para realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones que sean necesarias y pertinentes, pudiendo incluso si es necesario suscribir y firmar rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante cualquier entidad que se requiera, tales como los organismos registrales y en especial ante el Conservador de Bienes Raíces competente, para formalizar en lo que sea pertinente las decisiones contenidas en esta acta, como así mismo solicitar publicaciones legales si se requiriera, así como toda otra gestión o trámite con este fin. Finalmente se acuerda por unanimidad facultar expresamente al administrador social don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA y al abogado PATRICIO ALEJANDRO ALVAREZ AGUIRRE, cedula nacional de identidad número 8.219.395-2, para que cualquiera de ellos, actuando por si solo y sin requerir de otra autorización, pueda realizar todas las gestiones necesarias ante los organismos oficiales del Gobierno de Chile para la obtención de los apostillados requeridos tanto respecto de la reducción a escritura pública de esta Acta, tanto del mandato especial que se le otorgue a don Héctor Edgardo Carvajal Bernal en conformidad al acuerdo octavo de esta Junta, tanto para el contrato de servicio de este último con la sociedad. De la misma manera se faculta expresamente al administrador y abogado ya singularizados para que cualquiera de ellos, actuando independientemente y sin requerir de otro tramite o autorización, puedan realizar cualquier otra certificación oficiales, tramite, declaraciones, solicitudes en Chile o el extranjero, pudiendo además efectuar la solicitud las autorizaciones necesarias, tramitación de visas y permisos necesarios para este fin ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América o de sus representantes en Chile. Valparaíso. Siendo 11.30 horas se pone termino a la Junta. 23 abril de 2021.-

ModificaciónDiario Oficial · 2020-09-16Ver PDF (CVE 1816703)

Información societaria

SpA
Placilla, O'Higgins
Administración: Administrador y Gerente General

Objeto social

comercialización de contenedores

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

-

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

-

Administradores (1)

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

15.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Constitución de la sociedad COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA o CONTAINERS YA SpA con capital de $5.000.000 y domicilio en Valparaíso.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

  2. Cambio de administrador· 14 de agosto de 2020

    En la cuarta junta extraordinaria se facultó al administrador y gerente general para negociar préstamos con una limitación de monto, acuerdo que luego fue rectificado.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat numero 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la QUINTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2020, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: Con la asistencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9 y además asiste don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad número 18.269.401.-0, quienes en conjunto son dueños del 100 % de las acciones válidamente emitidas, ante la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, y en su oficio ubicado en calle Prat número 856, Valparaíso, se realiza la Quinta Junta General Extraordinaria de accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario numero 76.937.366-7, con domicilio en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Díaz León, con un capital de $5.000.000.- inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, la que se realiza en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley bajo la presidencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA. Después de la instalación de la Junta el Presidente informa que esta Junta se celebra con el objeto de rectificar uno de los acuerdos tomados en la Cuarta Junta General Extraordinaria de Accionistas, toda vez que equivocadamente se agregó una limitación improcedente. En efecto, en la citada Junta se acordó entre otros que se facultaba “expresamente al Administrador y Gerente General don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA para negociar desde ya y con el Banco de Chile o con cualquiera otra institución, préstamos ya sea de largo o corto plazo, en moneda nacional o extranjera por la suma de hasta $300.000.000.- a fin de facilitar la expansión de la sociedad”, lo que ciertamente es un error, ya que no debía incluirse la limitación al monto, lo que justifica desde ya la realización de la presente Quinta Junta General Extraordinaria de Accionistas, a fin de salvar ello. Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Por unanimidad se ratifican íntegramente y sin observación alguna los acuerdos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto tomados por los Accionistas en la Cuarta Junta Extraordinaria de la sociedad de fecha 14 de agosto de 2020. SEGUNDO: Por unanimidad se rectifica el acuerdo Quinto de la Cuarta Junta Extraordinaria de la sociedad de fecha 14 de agosto de 2020, en el sentido que se debe entender que se faculta expresamente al Administrador y Gerente General don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA para negociar desde ya y con el Banco de Chile o con cualquiera otra institución, préstamos ya sea de largo o corto plazo, en moneda nacional o extranjera a fin de facilitar la expansión de la sociedad, no requiriendo otro acto a requisito más allá del acuerdo social que por esta vía se expresa. La Junta acuerda por unanimidad facultar expresamente al accionista don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para que reduzca a escritura pública la presente acta, firme dicho instrumento, y realice los trámites que sean necesarios para cumplir con la voluntad de la Junta, sin que sea necesaria otra comparecencia o trámite adicional, así como de la misma manera una vez que se haya efectuado la reducción a escritura pública, facultarlo a este expresamente para realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones que sean necesarias y pertinentes, pudiendo incluso si es necesario suscribir y firmar rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante cualquier entidad que se requiera, tales como los organismos registrales y en especial ante el Conservador de Bienes Raíces competente, para formalizar en lo que sea pertinente las decisiones contenidas en esta acta, como así mismo solicitar publicaciones legales si se requiriera, así como toda otra gestión o trámite con este fin. Valparaíso, 2 Septiembre de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-08-19Ver PDF (CVE 1801299)

Información societaria

SpA
Placilla, O'Higgins
Administración: Administrador

Objeto social

comercialización de contenedores

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

-

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

-

Administradores (1)

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

15.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Se constituyó la sociedad con capital de $5.000.000 e inscripción en el Registro de Comercio.

  2. Cambio de administrador

    Se aclara y ratifica el nombramiento definitivo de JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA como administrador de la sociedad.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat numero 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad numero 15. 556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la CUARTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2020, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: Con la asistencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad numero 15.556.839-9 y de don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad numero 18. 269.401.-0, siendo las 10:30 horas, que en conjunto representan el 100% de las acciones, ante la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, y en su oficio ubicado en calle Prat numero 856, Valparaíso, se realiza la Cuarta Junta General Extraordinaria de accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario numero 76.937.366-7, con domicilio en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Diaz Leon, con un capital de $5.000.000.- inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaiso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, la que se realiza en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley bajo la presidencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA. Después de la instalación de la Junta Presidente informa que la sociedad se encuentra en la actualidad tramitando la apertura de cuentas corrientes en el Banco Santander y BCI, sin perjuicio de contar hoy en día con cuenta corriente en pesos y dólares en el Banco de Chile, lo que solicita quede en Acta, e informó a los Asistentes que el objeto de esta Junta Extraordinaria, es dar cumplimiento a lo preceptuado en relación al nombramiento del administrador cuando hay dos o más accionistas, todo ello en concordancia con lo preceptuado en el artículo duodécimo debidamente concordado con el articulo décimo de los Estatutos Sociales. Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Nombrar de manera definitiva en el cargo al señor JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9, en el cargo de Administrador de la sociedad, el que ejercerá por dos años contados desde esta fecha, entendiéndose desde ya en conformidad a lo preceptuado en el artículo decimo de los estatutos sociales, pudiendo renovarse el nombramiento al final de su período y ser reelegido indefinidamente. Se hace especial mención que don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA acepta el cargo y lo ratifica expresamente en este acto. SEGUNDO: Don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA ejercerá en su condición de Administrador las facultades que se incluyen en los Estatutos sociales y que se detallan en la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas, ratificándose con ello todos y cada uno de los poderes que se la habían otorgado a este con anterioridad a esta fecha. TERCERO: De la misma manera y con el objeto de evitar conflictos, nulidades u otras situaciones que afecten la correcta administración social, se ratifican todas y cada una de las actuaciones realizadas por don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA realizadas hasta esta fecha en representación de la sociedad, saneándose con ello cualquier vicios que pudiese haberse generado hasta esta fecha. CUARTO: Se desea hacer especial mención que no se había efectuado formalmente el nombramiento de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA como administrador social, toda vez que siempre se entendió que había sido ratificado en su nombramiento con el ingreso de más socios, lo que en todo caso se rectifica y aclara con lo ya expresado. QUINTO: Por unanimidad se faculta expresamente al Administrador y Gerente General don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA para negociar desde ya y con el Banco de Chile o con cualquiera otra institución, préstamos ya sea de largo o corto plazo, en moneda nacional o extranjera por la suma de hasta $300.000.000.- a fin de facilitar la expansión de la sociedad, no requiriendo otro acto a requisito más allá del acuerdo social que por esta via se expresa. La Junta acuerda por unanimidad facultar expresamente al accionista don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para que reduzca a escritura pública la presente acta, firme dicho instrumento, y realice los trámites que sean necesarios para cumplir con la voluntad de la Junta, sin que sea necesaria otra comparecencia o trámite adicional, así como de la misma manera una vez que se haya efectuado la reducción a escritura pública, facultarlo a este expresamente para realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones que sean necesarias y pertinentes, pudiendo incluso si es necesario suscribir y firmar rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante cualquier entidad que se requiera, tales como los organismos registrales y en especial ante el Conservador de Bienes Raíces competente, para formalizar en lo que sea pertinente las decisiones contenidas en esta acta, como así mismo solicitar publicaciones legales si se requiriera, así como toda otra gestión o trámite con este fin. Valparaíso, 17 agosto de 2020.-

ModificaciónDiario Oficial · 2019-05-23Ver PDF (CVE 1593777)

Información societaria

SpA
calle Errazuriz numero 1.179, oficina 75
Administración: En caso de que la sociedad se componga de dos o más socios, se designará, por mayoría de votos, un administrador y representante legal, el que durará dos años en sus funciones, se renovará totalmente al final de su período y podrá ser reelegido indefinidamente.

Objeto social

el transporte de carga internacional por vía terrestre, marítima o aérea por cuenta propia o por terceros al efecto; la provisión de contenedores para este tipo de transporte en las más diversas modalidades y tipos; el almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros; la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores; la compra y venta de partes y piezas, así como de repuestos para contenedores de todo tipo y de maquinarias en general; la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; la asesoría, capacitación e instrucción en las aéreas mencionadas; y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

-

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Constitución de COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA con capital de $5.000.000.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

  2. Cambio de administrador

    Se modifican las facultades del administrador social y la regla de designación del administrador y representante legal cuando existan dos o más socios.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

  3. Cambio de nombre

    Se rectifica la razón social para dejar constancia de que el nombre correcto es COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA y no solo CONTAINERS YA SpA.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

  4. Cambio de capital

    Se mantiene el capital en $5.000.000, enterado y pagado, dividido en 1.000 acciones nominativas.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

  5. Otro acto

    Se amplía y redefine el objeto social.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Texto oficial del extracto

FABIO CASTELLETO KIRBY, abogado, Notario Público, Suplente del Notario Titular de esta jurisdicción, don PABLO MARTINEZ LOAIZA, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat numero 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad numero 15. 556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la SEGUNDA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 20 DE MAYO DE 2019, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: Con la asistencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad numero 15. 556.839-9 y de don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad numero 18. 269.401.-0, siendo las 10:30 horas, que en conjunto representan el 100% de las acciones, ante la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, y en su oficio ubicado en calle Prat numero 856, Valparaíso, se realiza la Segunda Junta General Extraordinaria de accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario numero 76.937.366-7, con domicilio legal en calle Errazuriz numero 1.179, oficina 75, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Diaz Leon, con un capital de $5.000.000.- inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaiso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, la que se realiza en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley bajo la presidencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA. Después de la instalación de la Junta el Presidente informó que se realiza esta ante la necesidad de rectificar la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas, toda vez que por error se hablo de “CONTAINERS YA SpA” y se omitió la razón social, esto es “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA”, lo que genero observación en el Conservador de Comercio, por lo que se resuelve por unanimidad, mantener a firme lo resuelto en la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas, y que corresponde esencialmente a los siguientes acuerdos tomados por unanimidad: Primero: Con el objeto de dar cumplimiento a la ley y en conformidad a lo prescrito en el articulo decimo octavo y de la ley, se acuerda por unanimidad modificar el artículo duodécimo por otro en el que se especifican las facultades con que actúa el administrador social. Segundo: Se acuerda modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor: “Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto: uno) el transporte de carga internacional por vía terrestre, marítima o aérea por cuenta propia o por terceros al efecto; dos) la provisión de contenedores para este tipo de transporte en las más diversas modalidades y tipos; tres) el almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros; cuatro) la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores; cinco) la compra y venta de partes y piezas, así como de repuestos para contenedores de todo tipo y de maquinarias en general; seis) la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; siete) la asesoría, capacitación e instrucción en las aéreas mencionadas; ocho) y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.” Tercero: Se acuerda modificar el articulo quinto de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor:“Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, ya enterados y pagados en caja social, divididos en mil acciones de igual valor nominal, nominativas, todas de una misma y única serie. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.” Cuarto: Para efectos de control se acuerda modificar el artículo decimo cuarto de la sociedad, haciendo aplicables las normas cuando hay mas de dos accionistas, por otro del siguiente tenor: “Décimo Cuarto: Lo señalado en el presente título solo se aplicará cuando existan dos o más accionistas, en caso contrario, no se aplicará ninguna de estas normas contenidas en el presente título, salvo en aquello que la ley exija la realización de una Junta de Accionistas de una sociedad por acciones, independientemente del número de accionistas.” Quinto: Atendido los cambios accionarios ya señalados, acuerdan modificar el artículo decimo de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor: “Articulo Decimo: En caso de que la sociedad se componga de dos o más socios, se designará, por mayoría de votos, un administrador y representante legal, el que durará dos años en sus funciones, se renovará totalmente al final de su período y podrá ser reelegido indefinidamente. Facultado don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para reducir a escritura pública la el Acta de la Segunda Junta Extraordinaria, firme dicho instrumento, y realice las diligencias y tramites que se explicitan en Acta reducida a escritura pública y posteriormente extractada. Siendo las 11:30 horas y sin que exista otra materia que tratar, se dio término a la Segunda Junta General Extraordinaria de Accionistas siendo firmada esta acta por los accionistas, y producirá plenos efectos desde su firma. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura de reducción Acta de la Junta de Accionistas extractada. Facultado JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA y PATRICIO ALVAREZ AGUIRRE para legalizar. Valparaíso, 20 de mayo de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-05-17Ver PDF (CVE 1591354)

Información societaria

SpA
calle Errazuriz numero 1.179, oficina 75
Administración: En caso de que la sociedad se componga de dos o más socios, se designará, por mayoría de votos, un administrador y representante legal, que durará dos años, se renovará totalmente al final de su período y podrá ser reelegido indefinidamente.

Objeto social

el transporte de carga internacional por vía terrestre, marítima o aérea por cuenta propia o por terceros al efecto; la provisión de contenedores para este tipo de transporte en las más diversas modalidades y tipos; el almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros; la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores; la compra y venta de partes y piezas, así como de repuestos para contenedores de todo tipo y de maquinarias en general; la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; la asesoría, capacitación e instrucción en las aéreas mencionadas; y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

90%

CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Accionista

18.xxx.xxx-0

10%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 14 de septiembre de 2018

    Se constituyó CONTAINERS YA SpA.

  2. Otro acto

    Se informa la asistencia de José Andrés Miranda Muquillaza con 90% de las acciones y de Cristian Francisco Valenzuela Figueroa con 10% de las acciones.

    JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA · CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA

Texto oficial del extracto

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat numero 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad numero 15. 556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la PRIMERA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 14 DE MAYO DE 2019, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: Con la asistencia del socio JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad numero 15. 556.839-9, dueño de un 90% de las acciones emitidas, es y de don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad numero 18. 269.401.-0 dueño del restante 10% de las acciones emitidas, siendo las 10:30 horas, ante la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, y en su oficio ubicado en calle Prat numero 856, Valparaíso, se realiza la Primera Junta General Extraordinaria de accionistas de “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario numero 76.937.366-7, con domicilio legal en calle Errazuriz numero 1.179, oficina 75, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Diaz Leon, inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaiso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, se realiza esta Primera Junta de Accionistas, la que se realiza en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley bajo la presidencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA. Habiéndose instalado la Primera Junta Extraordinaria de la sociedad sin reparo alguno, el Presidente e informó que el objeto de esta Junta, era básicamente lo siguiente: Uno) En especial atención que el introducir modificaciones al articulo duodécimo de los estatutos sociales ya que no hace referencia a las facultades con que podrá actuar el administrador designado en el artículo noveno de los mismos estatutos; Dos) Que es necesario introducir modificaciones al estatuto social en lo concerniente al objeto, todo ello para que exista armonía entre el giro y lo dispuesto por la Dirección Nacional de Aduana en Resolución Exenta numero 5660 de fecha 20 de diciembre de 2018, en particular lo establecido en el punto 1.3 y 1.4, y en las disposiciones transitorias de la misma; Tres) Con el objeto de facilitar a futuro la transferencia de acciones, y de esta manera permitir una mayor valorización de la sociedad, se acuerda aumentar el número de acciones, manteniendo el capital; Cuatro) Con el objeto de dar mayor orden a la sociedad en su administración se acuerda modificar el artículo decimo cuarto de la sociedad respecto de las normas aplicables a las juntas de accionistas y directorio social. Cinco) Atendida las necesidades sociales, es menester nombrar un Directorio a la sociedad, el que estará integrado por 5 miembros; Seis) Otorgar facultades suficientes al abogado PATRICIO ALEJANDRO ALVAREZ AGUIRRE para que actuando en nombre de la sociedad pueda requerir, realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones, rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante los organismos registrales.Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve lo siguiente: Primero: Por unanimidad y con el objeto de dar cumplimiento a la ley y en conformidad a lo prescrito en el articulo decimo octavo y de la ley, se acuerda por unanimidad modificar el artículo duodécimo por otro en el que se especifican las facultades con que actúa el administrador social. Segundo: Por unanimidad se acuerda modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor: “Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto: uno) el transporte de carga internacional por vía terrestre, marítima o aérea por cuenta propia o por terceros al efecto; dos) la provisión de contenedores para este tipo de transporte en las más diversas modalidades y tipos; tres) el almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros; cuatro) la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores; cinco) la compra y venta de partes y piezas, así como de repuestos para contenedores de todo tipo y de maquinarias en general; seis) la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; siete) la asesoría, capacitación e instrucción en las aéreas mencionadas; ocho) y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.” Tercero: Por unanimidad, se acuerda modificar el articulo quinto de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor:“Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, ya enterados y pagados en caja social, divididos en mil acciones de igual valor nominal, nominativas, todas de una misma y única serie. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.” Cuarto: Por unanimidad, para efectos de control se acuerda modificar el artículo decimo cuarto de la sociedad, haciendo aplicables las normas cuando hay mas de dos accionistas, por otro del siguiente tenor: “Décimo Cuarto: Lo señalado en el presente título solo se aplicará cuando existan dos o más accionistas, en caso contrario, no se aplicará ninguna de estas normas contenidas en el presente título, salvo en aquello que la ley exija la realización de una Junta de Accionistas de una sociedad por acciones, independientemente del número de accionistas.” Quinto: Por unanimidad la Junta atendido los cambios accionarios ya señalados, acuerdan modificar el artículo decimo de los estatutos sociales, por otro del siguiente tenor: “Articulo Decimo: En caso de que la sociedad se componga de dos o más socios, se designará, por mayoría de votos, un administrador y representante legal, el que durará dos años en sus funciones, se renovará totalmente al final de su período y podrá ser reelegido indefinidamente.” Sexto: Por unanimidad, y sin que exista problema legal para ello, la Junta para facilitar la operación de la sociedad, y cumplir con el fin social, acuerda nombrar un directorio integrado por 5 miembros y con facultades lo que se detalla ciertamente en el Acta extractada. Finalmente la Junta acuerda por unanimidad facultar expresamente al accionista don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para que reduzca a escritura pública la presente acta, firme dicho instrumento, y realice las diligencias y tramites que se explicitan en Acta reducida a escritura pública y posteriormente extractada. Siendo las 11:30 horas y sin que exista otra materia que tratar, se dio término a la Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de “CONTAINERS YA SpA”, siendo firmada esta acta por los accionistas, y producirá plenos efectos desde su firma. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura de reducción Acta de la Junta de Accionistas extractada. Facultado JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA y PATRICIO ALVAREZ AGUIRRE para legalizar. Valparaíso, 14 de mayo de 2019.

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-05Ver PDF (CVE 1473733)

Información societaria

SpA
Valparaíso, Valparaíso
Duración: Indefinida
Administración: José Miranda Muquillaza. Si se compone de tres o más socios, se designará a un representante legal y administrador

Objeto social

Dedicación al giro de transporte y almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros, por vía terrestre, marítima o aérea, la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores, la compra y venta de partes y piezas de maquinarias en general; la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$5.000.000.-

Capital pagado

$5.000.000.-

Capital pendiente

$0

Acciones

10

Socios (1)

NombreParticipación

JOSÉ ANDRÉS MIRANDA MUQUILLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-9

100%

Administradores (1)

José Miranda Muquillaza

15.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial del extracto

MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público Valparaíso, Prat N° 612, certifica: por escritura pública 14 de septiembre de 2018, ante Notario Suplente FRANCISCA ANDREA PARRAGUEZ JEREZ, don JOSÉ ANDRÉS MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cédula nacional de identidad N° 15.556.839-9, domiciliado en calle Novena N° 2020, Placilla de Peñuelas, Valparaíso, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Comercializadora de Servicios y Containers Ya SpA.”, nombre de fantasía: “Containers Ya SpA”. Domicilio: Valparaíso, sin perjuicio de agencias, oficinas y/o sucursales donde los socios lo acuerden, sea en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Dedicación al giro de transporte y almacenamiento de carga, por cuenta propia o de terceros, por vía terrestre, marítima o aérea, la representación de empresas nacionales y extranjeras en la prestación de servicios a contenedores, la compra y venta de partes y piezas de maquinarias en general; la compra y venta, distribución, almacenamiento, inspección, mantención y reparación de contenedores y aparatos afines; y todo aquello relacionado con el giro anterior, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital: $5.000.000.-, ya enterados y pagados en caja social, dividido en 10 acciones de igual valor, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN: José Miranda Muquillaza. Si se compone de tres o más socios, se designará a un representante legal y administrador. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 03 de octubre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA

    CVE 2196063

  2. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA

    CVE 1994393

  3. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA

    CVE 1935289

  4. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA

    CVE 1816703

  5. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA

    CVE 1801299

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)