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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.936.874-4

Clinica Rondano Limitada

MODIFICACIÓN — 25 ene 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-01-25Ver PDF (CVE 1717254)

Información societaria

Ltda
Duración: indefinida

Representación legal (1)

SANTIAGO ELIAS MARTINEZ SAN MARTIN

11.xxx.xxx-9En representación de CLINICA RONDANO LIMITADA

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 8 de junio de 2018

    Se constituyó la sociedad CLINICA RONDANO LIMITADA.

    SANTIAGO ELIAS MARTINEZ SAN MARTIN

Texto oficial del extracto

LILIANA ROJAS LOPEZ, Notario Público, Suplente de la 6 Notaría Santiago, Compañía 1085, piso 14, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Enero de 2020, ante mí, SANTIAGO ELIAS MARTINEZ SAN MARTIN, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 11.486.376-9, domiciliado en Sótero del Río número quinientos ocho oficina ochocientos treinta y cinco, Comuna y ciudad de Santiago, debidamente facultado rectifica escritura de constitución de sociedad “CLINICA RONDANO LIMITADA” o “CLINICA RONDANO LTDA.”, celebrada el 8 de junio de 2018 ante este miso notario, repertorio mil quinientos doce / cero dieciocho en el siguiente sentido, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 45.085 N° 23.393 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, PRIMERO: Por este acto viene en rectificar la cláusula novena de la escritura de constitución de sociedad en el sentido que por error se señaló que la sociedad durará tres años a contar de la fecha de la escritura y se entenderá tácita y sucesivamente renovado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de este instrumentos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos, o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, al otro socio, todo con una anticipación, de a lo menos, de seis meses del fin del respectivo período. Debiendo decir: Que la sociedad tendrá una duración indefinida a contar de la fecha de la escritura, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de este instrumentos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos, o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, al otro socio, todo con una anticipación, de a lo menos, de seis meses del fin del respectivo período. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de Enero de 2020.

ConstituciónDiario Oficial · 2018-06-18Ver PDF (CVE 1416271)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: Administración y uso razón social por MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios profesionales relacionadas al ámbito de médico cirujano, las especialidades y sub especialidades de los socios y las diversas ramas o especialidades de la medicina complementaria o alternativa, b) la prestación de servicios de todo lo relacionado con la odontología, capacitaciones en el rubro, investigaciones, sea por cuenta propia o de terceros, sea por profesionales nacionales o extranjeros; c) la realización de cualquiera otra actividad profesional derivadas o relacionadas en la actualidad o en futuro, con la medicina, odontología, prestación de servicios especializados en estética corporal y clínicos cosmetológicos; todo lo anterior, en forma directa o mediante convenios con todas las entidades prestadoras de salud existen o existieran en el futuro, con organismos del sector público o privado o cualquier otra institución relacionada con la salud; y odontología; d) en el ámbito de la medicina y odontología podrá, importar, exportar todo tipo de productos, insumos, dispositivos médicos para uso propio o ajeno, asimismo podrá comprar y vender, arrendar, importar y exportar, todo tipo de maquinarias y en el ámbito la medicina y odontología en general, realizar compra, venta, arrendamientos, importación y exportación, distribución, comercialización de instrumentos y equipos médicos de toda clase en general; e) realizar cualquiera actuación propia de la medicina y odontología de hoy y del futuro, f) Podrá realizar, cursos, charlas, simposios; seminarios, capacitaciones en el rubro de la medicina integral y odontología, podrá realizar investigaciones, sea por cuenta propia o de terceros, sea por profesionales nacionales o extranjeros. g); y de toda otra actividad o negocio que acuerden los socios relacionadas directa o indirectamente con las nombradas sin limitación de ninguna especie.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES

Socio

14.xxx.xxx-k

50%

CLAUDIA PATRICIA RONDANO CAMPO

Socio

21.xxx.xxx-0

50%

Administradores (1)

MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES

14.xxx.xxx-kAdministrador

Texto oficial del extracto

ALBERTO ROJAS LOPEZ, Notario Público, Titular de la Sexta Noaría de Santiago, Compañía 1085, piso 14, Certifica. Por escritura pública de fecha 08 de Junio 2018, ante mí, Sres. MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dentista, c.i. 14.754.541-K, y CLAUDIA PATRICIA RONDANO CAMPO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, enfermera, c.i. 21.230.565-0, ambas domiciliadas Av. Andrés Bello 1.051 depto. 2.102, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, como sigue: Razón social: “CLINICA RONDANO LIMITADA”, nombre de fantasía “CLINICA RONDANO LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios profesionales relacionadas al ámbito de médico cirujano, las especialidades y sub especialidades de los socios y las diversas ramas o especialidades de la medicina complementaria o alternativa, b) la prestación de servicios de todo lo relacionado con la odontología, capacitaciones en el rubro, investigaciones, sea por cuenta propia o de terceros, sea por profesionales nacionales o extranjeros; c) la realización de cualquiera otra actividad profesional derivadas o relacionadas en la actualidad o en futuro, con la medicina, odontología, prestación de servicios especializados en estética corporal y clínicos cosmetológicos; todo lo anterior, en forma directa o mediante convenios con todas las entidades prestadoras de salud existen o existieran en el futuro, con organismos del sector público o privado o cualquier otra institución relacionada con la salud; y odontología; d) en el ámbito de la medicina y odontología podrá, importar, exportar todo tipo de productos, insumos, dispositivos médicos para uso propio o ajeno, asimismo podrá comprar y vender, arrendar, importar y exportar, todo tipo de maquinarias y en el ámbito la medicina y odontología en general, realizar compra, venta, arrendamientos, importación y exportación, distribución, comercialización de instrumentos y equipos médicos de toda clase en general; e) realizar cualquiera actuación propia de la medicina y odontología de hoy y del futuro, f) Podrá realizar, cursos, charlas, simposios; seminarios, capacitaciones en el rubro de la medicina integral y odontología, podrá realizar investigaciones, sea por cuenta propia o de terceros, sea por profesionales nacionales o extranjeros. g); y de toda otra actividad o negocio que acuerden los socios relacionadas directa o indirectamente con las nombradas sin limitación de ninguna especie. Administración y uso razón social MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES. Capital: $10.000.000.- aportados como sigue: MYRIAM JULIANA ACEVEDO MORALES, aporta la suma de $5.000.000, equivalente al 50%, enterado, pagado contado en caja social y CLAUDIA PATRICIA RONDANO CAMPO, aporta la suma de $5.000.000, equivalente al 50%, enterado, pagado contado en caja social. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en territorio nacional o extranjero. Duración: indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 junio de 2018.

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-26Ver PDF (CVE 1128410)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, contados desde ésta fecha y será renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administración: Corresponderá indistintamente a doña LESLIE CAROL UREÑAS AVENDAÑO, doña PAULA ANDREA POBLETE MORENO, y don FERNANDO RAFAEL RONDANO CAMPO, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.

Objeto social

Prestación de servicios médicos en su más amplia gama, especialmente, pero no excluyente de toda clase de procedimientos estéticos, todo tipo de cirugía plástica estética y reconstructiva, entre otros relacionados; prestación de servicios de cuidado corporal, embellecimiento corporal por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de baños sauna, peluquería, estética, masaje reductivo, podología, manicure o similares; comprar, vender importar o producir artículos de belleza y maquinarias ligadas al rubro, y realizar toda actividad conexa al embellecimiento, cuidado corporal y medicina estética en general; realización de investigaciones, publicaciones, asesorías, capacitaciones, consultorías, ensayos clínicos y proyectos, así como el dictado de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales sobre las temáticas señaladas, además de la certificación en el rubro de la medicina estética, entre otros relacionados; reclutamiento, contratación y disposición de personal profesional, técnico y cualquier otro necesario para el cumplimiento de los anteriores fines; prestación de todo tipo de asesoría, consultorías y capacitación a todo tipo de personas naturales y/o jurídicas; la comercialización, compra, venta, importación, exportación, venta directa, o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, fabricación, y distribución de todo tipo de bienes o servicios, a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, en especial y sin ser excluyente de todo tipo de insumos médicos y productos cosmetológicos, en general; la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

LESLIE CAROL UREÑAS AVENDAÑO

Socio

5%

PAULA ANDREA POBLETE MORENO

Socio

45%

FERNANDO RAFAEL RONDANO CAMPO

Socio

50%

Administradores (3)

Texto oficial del extracto

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaria de Santiago Notaría Santiago, Paseo Ahumada 312, oficina 236, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mi doña LESLIE CAROL UREÑAS AVENDAÑO, con domicilio en Gerónimo de Alderete número 517, La Florida, Región Metropolitana, doña PAULA ANDREA POBLETE MORENO, con domicilio en Vicuña Mackenna número 330, casa J, La Cisterna, Región Metropolitana, y don FERNANDO RAFAEL RONDANO CAMPO, con domicilio en Avenida Portugal número 968, departamento 1614, torre A, Santiago, Región Metropolitana: Constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “CLINICA RONDANO LIMITADA”.- Objeto: A) Prestación de servicios médicos en su más amplia gama, especialmente, pero no excluyente de toda clase de procedimientos estéticos, todo tipo de cirugía plástica estética y reconstructiva, entre otros relacionados; B) Prestación de servicios de cuidado corporal, embellecimiento corporal por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de baños sauna, peluquería, estética, masaje reductivo, podología, manicure o similares; comprar, vender importar o producir artículos de belleza y maquinarias ligadas al rubro, y realizar toda actividad conexa al embellecimiento, cuidado corporal y medicina estética en general; c) realización de investigaciones, publicaciones, asesorías, capacitaciones, consultorías, ensayos clínicos y proyectos, así como el dictado de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales sobre las temáticas señaladas, además de la certificación en el rubro de la medicina estética, entre otros relacionados; d) reclutamiento, contratación y disposición de personal profesional, técnico y cualquier otro necesario para el cumplimiento de los anteriores fines; e) Prestación de todo tipo de asesoría, consultorías y capacitación a todo tipo de personas naturales y/o jurídicas; f) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, venta directa, o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, fabricación, y distribución de todo tipo de bienes o servicios, a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, en especial y sin ser excluyente de todo tipo de insumos médicos y productos cosmetológicos, en general; g) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; h) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas.- Representación, administración y uso razón social: Corresponderá indistintamente a doña LESLIE CAROL UREÑAS AVENDAÑO, doña PAULA ANDREA POBLETE MORENO, y don FERNANDO RAFAEL RONDANO CAMPO, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada. Capital: $2.000.000, que se aporta y suscribe en este acto en dinero en efectivo de la siguiente manera: doña LESLIE CAROL UREÑAS AVENDAÑO, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $100.000, equivalentes al 5 por ciento del capital social; doña PAULA ANDREA POBLETE MORENO, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $900.000, equivalentes al 45 por ciento del capital social; y don FERNANDO RAFAEL RONDANO CAMPO, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000, equivalentes al 50 por ciento del capital social, con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Duración: La duración de la empresa será de 5 años, contados desde ésta fecha y será renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales.- Domicilio: La empresa tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada Santiago, 20, octubre 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CLINICA RONDANO LIMITADA

    CVE 1717254

  2. CONSTITUCIÓN

    CLINICA RONDANO LIMITADA

    CVE 1416271

  3. CONSTITUCIÓN

    CLINICA RONDANO LIMITADA

    CVE 1128410

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)