Inmobiliaria Radices Talca S.A.
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOCIEDADES ANONIMAS CERRADAS
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
3 de julio de 2019
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$5.463.218.558
Acciones
31.690
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 30.690 acc. | $5.443.942.720 |
Texto oficial del extracto
MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: con fecha 24 de octubre de 2018, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria Accionistas N°1 de INMOBILIARIA RADICES TALCA S.A., celebrada con fecha 10 de octubre de 2018, en que se acordó: (i) aumentar el capital social de $19.275.838 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $5.463.218.558 dividido en 31.690 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El aumento se pagará con $5.443.942.720, correspondiente a 30.690 acciones de pago ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se colocan a un precio unitario de $177.384,9045.- por cada acción; y (ii) aceptar que la sociedad Santo Tomás S.A. suscriba y pague las acciones del aumento de capital acordado en la Junta, suscribiendo en el acto las 30.690 acciones de pago, las cuales paga mediante el aporte en dominio de los créditos que tiene en contra de la Sociedad, por la suma de $5.443.942.720. Se deja expresa constancia que la Junta acordó Complementar el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad en el sentido que, en caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas pueda ser pagado en dinero efectivo o en otros bienes, además de aprobar que las nuevas acciones de pago puedan pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes corporales o incorporales, los que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades Anónimas, deberán ser aprobados y valorizados por la unanimidad de las acciones emitidas y con derecho a voto de la Sociedad. Se modificó el actual artículo Cuarto y actual artículo Primero Transitorio para dejar constancia del referido aumento de capital. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 25 de octubre de 2018.- Manuel Ramírez Escobar. Notario Suplente.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA RADICES TALCA S.A.
CVE 1489936
