Cafetería Y Pastelería Coffeewaves Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión y participación en toda clase de sociedades, de personas o de capital y la percepción de los frutos de tales inversiones; y en general, desarrollar o participar en cualquier actividad o negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$600.000
Capital pagado
$600.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto Socio | - | 33.333333333333336% | - |
Socio | - | 33.333333333333336% | - |
Socio | - | 33.333333333333336% | $200.000 |
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Retiro de socio
Daniela Cecchi In Agostini, Andrés Agostini Cecchi y Elisa Agostini Cecchi se retiran de la sociedad
Daniela Cecchi In Agostini · Andrés Agostini Cecchi · Elisa Agostini Cecchi
- Cambio de capital
Se disminuye el capital en $600.000 y luego se aumenta en $200.000
- Incorporación de socio
Michele Agostini Cecchi ingresa como socio
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la 9° Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 8 de septiembre de 2021, repertorio N° 5.191, ante mí, Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto; Daniela Cecchi In Agostini; Alessandro Agostini Cecchi; Andrés Agostini Cecchi; Elisa Agostini Cecchi y Michele Agostini Cecchi, todos domiciliados en calle Constitución 40, local 57, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; quienes modificaron CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEEWAVES LIMITADA, inscrita a fojas 50.438, N°26.125 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018, en el siguiente sentido: /A/ Daniela Cecchi In Agostini, Andrés Agostini Cecchi y Elisa Agostini Cecchi, con el consentimiento de sus consocios Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto y Alessandro Agostini Cecchi, se retiran de la Sociedad. /B/ Como consecuencia del retiro de los referidos socios, se disminuye el capital en $600.000. /C/ Acto seguido se aumenta el capital en $200.000, el que es pagado por Michele Agostini Cecchi, quien ingresa como socio. /D/ Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios los señores Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto, Alessandro Agostini Cecchi y Michele Agostini Cecchi, con un tercio de los derechos sociales cada uno. /E/ Los ahora únicos y actuales socios acordaron modificar los artículos 1°, 2°, 5° y la primera parte del artículo 7° de los estatutos sociales, referentes a la razón social, objeto, capital y administración, reemplazándolos por los siguientes: “Artículo Primero. Entre Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto, Alessandro Agostini Cecchi y Michele Agostini Cecchi, ya individualizados, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “INVERSIONES NUEVOS SLAMMERS LIMITADA”, sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos, el nombre de fantasía “SLAMMERS LTDA.” /en adelante, la “Sociedad”/”; Artículo Segundo. El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión y participación en toda clase de sociedades, de personas o de capital y la percepción de los frutos de tales inversiones; y en general, desarrollar o participar en cualquier actividad o negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden.”; “Artículo Quinto. El capital social asciende a la suma de $600.000, el cual se encuentra enterado y corresponde a los actuales socios Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto, Alessandro Agostini Cecchi y Michele Agostini Cecchi, cada uno con 1/3 de los derechos sociales en la compañía.”; y “Artículo Séptimo. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá indistintamente a Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto, Alessandro Agostini Cecchi y Michele Agostini Cecchi /en adelante, los “Administradores.”/.” Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 10 de septiembre de 2021.
Información societaria
Objeto social
Establecer, dar y explotar cafeterías, heladerías, fuentes de soda y establecimientos similares; fabricar, comprar y vender al por mayor y al detalle helados, jugos, bebidas, refrescos, cafés, tés, cremas, tortas, yogures y postres; fabricar, producir, industrializar, envasar, comprar, vender, importar, exportar y distribuir panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas, masas, bebidas y alimentos; realizar inversiones; administrar inversiones; concurrir a la constitución e ingresar a sociedades y administrarlas; y desarrollar negocios inmobiliarios y arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
MARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, Providencia, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 9 de enero del año 2020, repertorio N° 424-2020, ante mí: /i/ el señor Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto; /ii/ la señora Daniela Cecchi in Agostini; /iii/ el señor Alessandro Agostini Cecchi; /iv/ el señor Andrés Agostini Cecchi, y /v/ la señora Elisa Agostini Cecchi, todos domiciliados para estos efectos en calle Constitución N°40, local 57, comuna de Providencia, Santiago; todos los anteriores, en carácter de únicos y actuales socios de la sociedad CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEEWAVES LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada constituida por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2018 en Notaría de Santiago de Álvaro González Salinas, bajo el repertorio N°33.802-2018 e inscrita a fojas 50.438, número 26.125 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018 (en adelante, la “Sociedad”), acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en el sentido de ampliar el objeto social. En consecuencia, los actuales y únicos socios de la Sociedad modificaron los estatutos de la misma, sustituyendo el artículo segundo relativo al objeto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto de la Sociedad será: /a/ establecer, dar y explotar, por cuenta propia o ajena, cafeterías, heladerías, fuentes de soda y establecimientos similares; /b/ la fabricación, compra y venta, al por mayor y al detalle, de helados de toda especie, jugos, bebidas, refrescos, cafés, tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces; /c/ la fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas, helados, jugos de frutas o cualquier clase, bebidas analcohólicas y alcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes y de toda clase de alimentos; /d/ realizar toda clase de inversiones, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones, en Chile o en el extranjero, pudiendo estas inversiones recaer sobre cualquier tipo de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, acciones de sociedades anónimas abiertas y cerradas, derechos en otras clases de sociedades, bonos, debentures, pagarés, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y fondos de inversiones, letras de cambio e hipotecarias, mutuos hipotecarios endosables, valores mobiliarios, efectos de comercio, moneda extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan a cumplimiento de este objeto; /e/ administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener y percibir rentas y frutos naturales y civiles de estas inversiones, repartirlas o reinvertirlas; /f/ concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, e ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, así como administrarlas; y /g/ desarrollar negocios inmobiliarios, de cualquiera naturaleza, arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, explotar bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma. Podrá también explotar los negocios y asesorías que los socios acuerden, plenamente facultados para ello y dentro del objeto social” En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente en la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2020.
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago con oficio en calle Agustinas N°1070, segundo piso, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2018, repertorio N°53.527, ante mí: (1) Alberto Enrique Francisco Agostini Garibotto, (2) Daniela Cecchi in Agostini, (3) Alessandro Agostini Cecchi, (4) Andrés Agostini Cecchi y (5) Elisa Agostini Cecchi, todos domiciliados para estos efectos en calle Constitución N°40, local 57, Providencia, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de “CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEWAVES LIMITADA”, inscrita a fojas 50.438, N° 26.125, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, acordaron lo siguiente: (a) modificar la razón social de la Sociedad de “CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEWAVES LIMITADA” a la razón social “CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEEWAVES LIMITADA”, modificando a su vez el nombre de fantasía de la Sociedad de “COFFEWAVES LTDA” a “COFFEEWAVES LTDA”. (b) Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en lo relativo a la razón social, reemplazando el artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero. Entre Alberto Agostini Garibotto, Daniela Cecchi in Agostini, Alessandro Agostini Cecchi, Andrés Agostini Cecchi y Elisa Agostini Cecchi, ya individualizados, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “CAFETERÍA Y PASTELERÍA COFFEEWAVES LIMITADA”, sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos, el nombre de fantasía “COFFEEWAVES LTDA.” /en adelante, la “Sociedad”/”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, que se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás menciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 08 de agosto de 2018.
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