Inversiones Sánchez Rocco Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
VERÓNICA CATALINA SÁNCHEZ ROCCO Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
ARACELLI ALEJANDRA SANTIS SÁEZ, Notario Público Suplente del Titular JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, de la 1ª Notaría de Ñuñoa, Irarrázaval 1745, Local B, certifica: por escritura pública de 17 de junio de 2020, ante mi, don JAIME SÁNCHEZ HAVERBECK,doña ANA MARÍA ROCCO ACCORSI, don TOMÁS SEBASTIÁN SÁNCHEZ ROCCO y don ROBERTO JAIME SÁNCHEZ ROCCO, todos domiciliados en Los Tuliperos Nº 13.148, comuna de Las Condes; doña CLAUDIA ANDREA SÁNCHEZ ROCCO, domiciliada en Vicente Pérez Rosales Nº 1.362, departamento 305, comuna de La Reina y doña VERÓNICA CATALINA SÁNCHEZ ROCCO, domiciliada en John Jackson Nº 1.801, departamento 303, comuna de La Reina, modifican sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES SÁNCHEZ ROCCO LIMITADA, siguiente sentido:a) Agregar a las facultades de los administradores, mencionadas en el número uno de la cláusula séptima la de comprar y vender bienes raíces, dándosele al párrafo pertinente la siguiente redacción “Sin que la enumeración que sigue sea limitativa, el mandatario podrá especialmente comprar, vender y en general adquirir tanto bienes inmuebles como muebles, incluyendo valores y derechos sociales; b) Se aclara que don Jaime Sánchez Haverbeck, puede actuar por sí o a través “de uno o más mandatarios, generales o especiales”, modificando la cláusula séptima del pacto social y; c) Establecer que los delegados a que hace referencia la cláusula de administración social, podrán representar a la sociedad actuando en forma conjunta un delegado cualquiera del grupo A con uno cualquiera del grupo B, en lugar de actuar conjuntamente dos delegados de cada grupo.En todo lo no modificado por la escritura extractada se mantienen vigentes las estipulaciones del contrato social. Ñuñoa, 17 de junio de 2020. Aracelli Alejandra Santis Sáez. Notario Público Suplente.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SÁNCHEZ ROCCO LIMITADA
CVE 1789455
