Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada76.923.661-9

Acuícola E Inversiones Nalcahue Limitada

MODIFICACIÓN — 13 feb 2025

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-02-13Ver PDF (CVE 2610686)

Información societaria

Ltda
Manuel Antonio Matta N° 355

Capital

Capital total

$751.796.541

Capital pagado

$751.796.541

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA

Socio

77.974.084-6

50%

INVERSIONES GMMI 40 SpA

Socio

50%

Administradores (1)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 13 de agosto de 2018

    Se constituye ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA.

  2. Otro acto· 19 de febrero de 2019

    Se modifica la sociedad.

  3. Otro acto· 26 de junio de 2019

    Se modifica la sociedad.

  4. Otro acto· 28 de agosto de 2019

    Se modifica la sociedad.

  5. Otro acto· 8 de noviembre de 2019

    Se modifica la sociedad.

  6. Otro acto· 14 de febrero de 2020

    Se realiza modificación y saneamiento de la sociedad.

  7. Otro acto· 20 de abril de 2020

    Se rectifican algunas cláusulas del pacto social.

  8. Otro acto· 12 de septiembre de 2024

    Se modifica la sociedad.

  9. Cesión de derechos· 23 de enero de 2025

    GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y MARÍA ISABEL SILVA OCHOA ceden sus derechos sociales a INVERSIONES GMMI 40 SpA.

    GERMÁN PABLO MALIG LANTZ · MARÍA ISABEL SILVA OCHOA · INVERSIONES GMMI 40 SpA

Texto oficial del extracto

ESMIRNA VIDAL MORAGA, abogado, Notario Público de agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcun y Freire, con domicilio en Antonio Varas N° 979 Temuco, certifica: que por escritura pública de fecha 23 de enero del año 2025, Repertorio N° 845-25, otorgada ante mí, compareció don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad N° 7.063.030-3; y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, cédula de identidad para extranjeros N° 21.924.786-9, ambos con domicilio en Condominio La Puntilla, kilómetro 2, Edificio E-2, departamento 261, camino que une Villarrica - Pucón, comuna de Villarrica, de paso en esta, INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.974.084-6, representada convencionalmente por don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad N°10.266.578-3 y ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, RUT N° 76.923.661-9, representada convencionalmente por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ambos ya individualizados, domiciliada en Manuel Antonio Matta N° 355 comuna de Villarrica, y de paso por esta, autorizaron cesión de derechos sociales y modificación de los estatutos de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. Antecedentes. ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA es una sociedad de responsabilidad limitada que se constituyó mediante escritura pública de fecha 13 de agosto del año 2018, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don César Hugo Sáez Neira, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 42.138, de fecha 22 de agosto del año 2018, y se inscribió a Fojas 84, Número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. Se modificó por escritura pública de fecha 19 de febrero del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 42.299, de fecha 8 de marzo del año 2019, y se inscribió a Fojas 30, número 22 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019; luego fue modificada por escritura pública de fecha 26 de junio del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don César Hugo Neira, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.414 de fecha 27 de julio del año 2019 y se inscribió a Fojas 85, Número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 28 de agosto del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición número 42.477 de fecha 15 de octubre del año 2019, y se inscribió a Fojas 109, Número 66 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 8 de noviembre del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don César Hugo Sáez Neira, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición N°42.516 de fecha 30 de noviembre del año 2019, y se inscribió a Fojas 137, Número 83 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. Posteriormente, la sociedad experimentó una modificación y saneamiento según consta en escritura pública de fecha 14 de febrero del año 2020, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 42.504 de fecha 16 de noviembre del año 2019 y N° 42.629 de fecha 13 de abril del año 2020, y se inscribió a Fojas 32 Número 16 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020. Cabe hacer presente que dicha escritura fue objeto de una rectificación cuyo extracto consta inscrito a Fojas 54, Número 26 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020. Consta que la sociedad rectificó algunas cláusulas del pacto social, conforme consta en la escritura pública de fecha 20 de abril del año 2020, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de rectificación, se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 42.657. de fecha 16 de mayo del año 2020, y se inscribió a Fojas 44, Número 23 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020, y finalmente se modificó por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2024, otorgada ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 43.973 de fecha 15 de Octubre de 2024, y se inscribió a Fojas 116 Número 76 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2024. El Rol Único Tributario N° 76.923.661-9. Cesión de derechos. Mediante la escritura extractada, los únicos socios don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA e INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, debidamente representada, actuando de consuno acordaron las siguientes cesiones de derechos sociales: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, transfirió, cedió y enajenó el 49,5% de los derechos sociales de los que era titular en la sociedad ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, a INVERSIONES GMMI 40 SpA, quien a través de su representante los aceptó y adquirió por concepto de aporte de capital. El aporte de estos derechos sociales fue avaluado en la suma de $486.115.824; y Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, transfirió, cedió y enajenó el 0,5% de los derechos sociales del que era titular en la sociedad ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, a INVERSIONES GMMI 40 SpA, quien a través de su representante los aceptó y adquirió por concepto de aporte de capital. El aporte de estos derechos sociales fue avaluado en la suma de $4.910.261.-. El aporte de los derechos societarios, se materializó mediante escritura pública de constitución de sociedad INVERSIONES GMMI 40 SpA, otorgada ante el Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga de fecha 23 de octubre de 2024. Como consecuencia de lo anterior don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA dejaron de ser socios de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, otorgándose ambos el más amplio y total finiquito y renuncia de acciones, y, ha pasado a ser socia de la misma sociedad INVERSIONES GMMI 40 SpA, quien limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte. Actuales socios. Como consecuencia de las transferencias, cesiones y enajenación de los derechos sociales por concepto de aporte social objeto del presente contrato, los actuales socios de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, son los siguientes y en el porcentaje que para cada caso se indica: a) INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, es dueña del 50% de los derechos sociales; y b) INVERSIONES GMMI 40 SpA, es dueña del 50% de los derechos sociales. Modificación social Los actuales socios acordaron introducir la siguiente modificación a los estatutos sociales /Uno/ Reemplazan íntegramente el artículo octavo de los estatutos sociales por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $751.796.541 el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA aportó, enteró y pagó la suma de $375.898.270, y que representan el 50% del total de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en arcas de la sociedad. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con esta fecha. Dos.- INVERSIONES GMMI 40 SpA aportó, enteró y pagó la suma de $375.898.271, y que representan el 50% del total de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en arcas de la sociedad. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con esta fecha”/Dos/ Incorporan e insertan el siguiente artículo sexto transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO: Los derechos sociales o participación social que asciende al 50%, INVERSIONES GMMI 40 SpA suscribe y paga en este acto con la suma de $375.898.271, en condición de aporte en dominio de las propias participaciones que los socios don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, han transferido, cedido y enajenado, las que ingresan en arcas de la sociedad. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con esta fecha.” Se dejó constancia que sin perjuicio de que don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ ha dejado de ser socio de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, continuará en su calidad de administrador de la sociedad para todos los efectos legales, conforme a lo establecido en el artículo décimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Las demás cláusulas constan en escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 05 de Febrero del año 2025.

ModificaciónDiario Oficial · 2024-10-15Ver PDF (CVE 2557325)

Información societaria

Ltda
Manuel Antonio Matta N° 355
Administración: Administrador

Capital

Capital total

$751.796.541

Capital pagado

$751.796.541

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA

Socio

50%

Administradores (1)

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 13 de agosto de 2018

    Constitución de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA por GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ.

    GERMÁN PABLO MALIG LANTZ · MARÍA ISABEL SILVA OCHOA · CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE · MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

  2. Cambio de capital· 19 de febrero de 2019

    Aumento de capital de $3.000.000 a $178.922.963.

  3. Cambio de capital· 26 de junio de 2019

    Aumento de capital de $178.922.963 a $670.596.541.

  4. Cambio de capital· 20 de abril de 2020

    Rectificación del capital social a $751.796.541.

  5. Cesión de derechos· 12 de septiembre de 2024

    CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE cede el 35% de sus derechos a INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ cede el 15% de los suyos a la misma sociedad.

    CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE · MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ · INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA

Texto oficial del extracto

Esmirna Vidal Moraga, abogado, Notario Público de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas 979, comuna de Temuco, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de septiembre del 2024, repertorio N° 10.327-24 otorgada ante mí, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad N°10.266.578-3; doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula de identidad N° 11.501.993-7, ambos domiciliados para estos efectos en Manuel Antonio Matta N°355, comuna y ciudad de Villarrica, de paso en esta; don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad N° 7.063.030-3; y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, cédula de identidad para extranjeros N° 21.924.786-9, ambos con domicilio en Parcela N° 36, Condominio Catemu, kilómetro 27, camino Freire a Villarrica comuna de Freire, de paso en esta, y ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, RUT N° 76.923.661-9, representada convencionalmente por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ambos ya individualizados, domiciliada en Manuel Antonio Matta N° 355 comuna de Villarrica, y de paso por esta, autorizaron cesión de derechos sociales y modificación de los estatutos de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. Antecedentes. ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA es una sociedad de responsabilidad limitada constituida mediante escritura pública de fecha 13 de agosto del año 2018, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don César Hugo Sáez Neira, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 2167 -2018, por los comparecientes don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ. Un extracto de la citada escritura de constitución se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.138, de fecha 22 de agosto del año 2018, y se inscribió a Fojas 84, Número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 19 de febrero del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 569-2019, y en virtud de la cual los socios acordaron el aumento del capital de la sociedad de la suma de $3.000.000.- a la suma de $178.922.963.-. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.299, de fecha 8 de marzo del año 2019, y se inscribió a Fojas 30, número 22 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 26 de junio del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don César Hugo Neira, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 1933-2019, y en virtud de la cual los socios acordaron aumentar el capital de la sociedad de $178.922.963.- a la suma de $670.596.541.-. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.414 de fecha 27 de julio del año 2019 y se inscribió a Fojas 85, Número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 28 de agosto del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 2545-2019. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica número 42.477 de fecha 15 de octubre del año 2019, y se inscribió a Fojas 109 Número 66 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 25 de noviembre del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N°42.516 de fecha 30 de noviembre del año 2019, y se inscribió a Fojas 137, Número 83 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2019. Posteriormente, la sociedad experimentó una modificación y saneamiento según consta en escritura pública de fecha 14 de febrero del año 2020, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, repertorio 604-2020, y en virtud de la cual los socios sanearon el vicio de no inscripción oportuna de la escritura pública de retiro y reinversión de fecha 15 de octubre del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, repertorio número 2947-2019. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.504 de fecha 16 de noviembre del año 2019 y N° 42.629 de fecha 13 de abril del año 2020, y se inscribió a Fojas 32 Número 16 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020. Cabe hacer presente que dicha escritura fue objeto de una rectificación cuyo extracto consta inscrito a Fojas 54, Número 26 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020. Finalmente, consta que la sociedad rectificó algunas cláusulas del pacto social, conforme consta en la escritura pública de fecha 20 de abril del año 2020, otorgada ante el Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, repertorio 1131-2020. Un extracto de la citada escritura de rectificación, se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica N° 42.657. de fecha 16 de mayo del año 2020, y se inscribió a Fojas 44, Número 23 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2020. En dicha escritura se rectificó el capital social a $751.796.541, manteniendo incólumes los porcentajes de participación de los derechos sociales, siendo este último el capital actual de la compañía. Se deja constancia que no existen más modificaciones sociales, encontrándose vigente la compañía a la fecha. El Rol Único Tributario de la sociedad es el N° 76.923.661-9. Cesión de derechos. Mediante la escritura extractada, los únicos socios don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA actuando de consuno acordaron las siguientes cesiones de derechos sociales: Uno.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, transfirió, cedió y enajenó el 35% de los derechos sociales de los que era titular en la sociedad ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, a INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, quien a través de su representante los aceptó y adquirió por concepto de aporte de capital. El aporte de estos derechos sociales fue avaluado en la suma de $343.718.259; y Dos.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, transfirió, cedió y enajenó el 15% de los derechos sociales del que era titular en la sociedad ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, a INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, quien a través de su representante los aceptó y adquirió por concepto de aporte de capital. El aporte de estos derechos sociales fue avaluado en la suma de $147.307.825.-. El aporte de los derechos societarios, se materializó mediante escritura pública de constitución de sociedad INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, otorgada ante el Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga de fecha 12 de septiembre del año 2024. Como consecuencia de lo anterior don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ dejaron de ser socios de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, otorgándose ambos el más amplio y total finiquito y renuncia de acciones, y, ha pasado a ser socia de la misma sociedad INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, quien limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte. Actuales socios. Como consecuencia de las transferencias, cesiones y enajenación de los derechos sociales por concepto de aporte social objeto del presente contrato, los actuales socios de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, son los siguientes y en el porcentaje que para cada caso se indica: a) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, es dueño del 49,5% de los derechos sociales; b) doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, es dueña del 0,5% de los derechos sociales; y c) INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA, es dueña del 50% de los derechos sociales. Modificación social. Los actuales socios acordaron introducir la siguiente modificación a los estatutos sociales /Uno/ Reemplazan íntegramente el artículo octavo de los estatutos sociales por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO OCTAVO:ARTÍCULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $751.796.541 el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $371.733.288.-, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000.- que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483.-, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141.-, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664.-, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988.-, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $8.277.012, que pagó mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $397.362.-, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $27.042.638.-, que pagó mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $34.070, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $3.983.940, que pagó mediante el aporte y cesión del cincuenta y uno coma cuarenta y ocho por ciento de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio de los estatutos sociales; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $4.164.983.- y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000.-, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.011.-, pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799.-, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173.-, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394.-, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $83.606.-, que pagó mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma $286.842.-, que pagó al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $273.158.-, que pagó mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto de los estatutos sociales; i) con la suma de $41.758.-, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $42.242.-, que pagó mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio de los estatutos. Tres.- INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA aportó, enteró y pagó la suma de $375.898.270.- y que representan el 50% del total de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en arcas de la sociedad. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con esta fecha.” /Dos/ Incorporan e insertan el siguiente artículo séptimo transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO: Los derechos sociales o participación social que asciende al cincuenta por ciento, INVERSIONES CUATRO ESTRELLAS SpA suscribe y paga en este acto con la suma de $375.898.270.-, en condición de aporte en dominio de las propias participaciones que los socios CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, han transferido, cedido y enajenado, las que ingresan en arcas de la sociedad. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con esta fecha.”. Se dejó constancia que sin perjuicio de que don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE ha dejado de ser socio de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, continuará en su calidad de administrador de la sociedad para todos los efectos legales, conforme a lo establecido en el artículo décimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Las demás cláusulas constan en escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 04 octubre de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-05-16Ver PDF (CVE 1762205)

Información societaria

Ltda
Villarrica, Araucanía

Capital

Capital total

$743.596.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Representación legal (9)

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GERMÁN PABLO MALIG LANTZ7.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE10.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA9.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MARÍA ISABEL SILVA OCHOA21.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ11.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 15 de octubre de 2019

    Se otorgó escritura de retiro, reinversión y aumento de capital y modificación social de la sociedad.

    JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por Escritura Pública hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 10.477.428-8, domiciliado para estos efectos en calle Claro Solar número 835, oficina 1601, comuna y ciudad de Temuco y de paso por ésta, quien comparece en representación convencional de a) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.928.780-5; b) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3; c) don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3; d) don ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA, chileno, casado, tecnólogo en recursos del mar, C.I. N° 9.947.186-7; e) INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.008.445-K; f) Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9; g) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.013.456-2; h) Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.933-7; e i) ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín número 734, comuna y ciudad de Villarrica; el compareciente mayor de edad viene en rectificar escritura pública de Retiro, Reinversión y Aumento de Capital y Modificación Social, otorgada con fecha 15 de octubre del año 2019, ante Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio N° 2947-2019, la cual fue extractada y publica en el D.O. con fecha 16 de noviembre del año 2019, en su edición número 42.504, en los siguientes términos: Uno.- Los comparecientes rectifican el literal Uno de la cláusula décimo séptima, por ser errado el capital que allí se señala, reemplazando su redacción por la siguiente: “Uno.- De acuerdo al estatuto social de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, el capital social asciende a la suma de seiscientos ochenta y siete millones quinientos noventa y seis mil quinientos cuarenta y un pesos;” y, Dos.- De igual forma, los comparecientes rectifican el literal Uno de la cláusula décimo octava, la cual contiene la modificación que los socios allí individualizados, realizaron a los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, por contener errores de transcripción que influyeron en la individualización del aporte social que cada socio realizó, reemplazando su redacción por la del siguiente tenor: “Uno.- Modifican la cláusula octava de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de setecientos cuarenta y tres millones quinientos noventa y seis mil quinientos cuarenta y un pesos $743.596.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $367.715.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $397.362, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $27.042.638, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $4.082.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.011, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma $286.842, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $273.158, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $260.258.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $174.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de 1.949.794, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $17.650.206, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $111.539.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.916, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de 2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,40% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $835.626, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $7.564.374, que paga mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”.- Se dejó constancia que en todo lo restante, queda la respectiva escritura en los mismos términos en que fue otorgada. Villarrica, 20 de abril de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-05-16Ver PDF (CVE 1762207)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$687.596.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Representación legal (10)

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GERMÁN PABLO MALIG LANTZ7.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE10.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL RIO CARHUELLO LIMITADA77.386.990-1

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de JOAQUÍN QUINTO SEGOVIA MONTEALEGRE7.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MARÍA ISABEL SILVA OCHOA21.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ11.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 28 de agosto de 2019

    Se otorgó la escritura de retiro, reinversión y aumento de capital y modificación social de la sociedad.

    ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por Escritura Pública hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 10.477.428-8, domiciliado para estos efectos en calle Claro Solar número 835, oficina 1601, comuna y ciudad de Temuco y de paso por ésta, quien comparece en representación convencional de a) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.928.780-5; b) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3; c) don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3; d) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL RIO CARHUELLO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 77.386.990-1; e) don JOAQUÍN QUINTO SEGOVIA MONTEALEGRE, chileno, casado, técnico pesquero, C.I. N° 7.806.734-9; f) INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.008.445-K; g) Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9; h) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.013.456-2; i) Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.933-7; y j) ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín número 734, comuna y ciudad de Villarrica; el compareciente mayor de edad viene en rectificar escritura pública de Retiro, Reinversión y Aumento de Capital y Modificación Social, de fecha 28 de agosto de 2019, otorgada ante Notario Público y Conservador de Minas de Villarrica, don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio N° 2.545-2019, publicada en el D.O. en su edición N° 42.477, de fecha 15 de octubre de 2019, y se inscribió a Fojas 109 N° 66, del Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, correspondiente al año 2019, en los siguientes términos: Los comparecientes acuerdan rectificar el literal Uno de la cláusula décimo octava, la cual contiene la modificación que los socios allí individualizados, realizaron a los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, por contener errores de transcripción que influyeron en la individualización del aporte social que cada socio realizó, reemplazando su redacción por la del siguiente tenor: “Uno.- Modifican la cláusula octava de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $687.596.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $340.275.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $3.522.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.011, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del cero coma cincuenta y dos por ciento de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $240.658.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $174.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de ciento tres millones ciento treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y un pesos $103.139.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.916, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,40% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”.- Se dejó constancia que en todo lo restante, queda la respectiva escritura en los mismos términos en que fue otorgada. Villarrica, 20 de abril de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-05-16Ver PDF (CVE 1762193)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$751.796.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Representación legal (10)

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GERMÁN PABLO MALIG LANTZ7.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE10.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA76.329.770-5

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GUSTAVO OSVALDO BURGUEMEISTER VESTER10.xxx.xxx-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MARÍA ISABEL SILVA OCHOA21.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ11.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 8 de noviembre de 2019

    Se otorgó escritura de retiro, reinversión y aumento de capital y modificación social de la sociedad.

    ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por Escritura Pública hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 10.477.428-8, domiciliado para estos efectos en calle Claro Solar número 835, oficina 1601, comuna y ciudad de Temuco y de paso por ésta, quien comparece en representación convencional de a) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.928.780-5; b) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3; c) don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3; d) SOCIEDAD IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.329.770-5 e) GUSTAVO OSVALDO BURGUEMEISTER VESTER, chileno, soltero, empresario, C.I. N°10.970.692-2; f) INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.008.445-K; g) Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9; h) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.013.456-2; i) Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.933-7; y j) ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín número 734, comuna y ciudad de Villarrica; el compareciente mayor de edad viene en rectificar escritura pública de Retiro, Reinversión y Aumento de Capital y Modificación Social, de fecha 8 de noviembre de 2019, otorgada ante don César Hugo Sáez Neira, Notario Público y Conservador de Minas de Villarrica, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio N° 3.184-2019, publicada en el D.O. en su edición N° 42.516, de fecha 30 de noviembre de 2019, y se inscribió a Fojas 137 N° 83, del Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, correspondiente al año 2019, en los siguientes términos: Los comparecientes acuerdan rectificar el literal Uno de la cláusula décimo octava, la cual contiene la modificación que los socios allí individualizados, realizaron a los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, por contener errores de transcripción que influyeron en la individualización del aporte social que cada socio realizó, reemplazando su redacción por la del siguiente tenor: “Uno.- Modifican la cláusula octava de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $751.796.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $371.733.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $397.362, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $27.042.638, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $34.060, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de 3.983.940, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $4.164.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.011, pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma $286.842, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $273.158, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto de los estatutos sociales; i) con la suma de $41.758, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $40.242, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $263.128.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $174.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $1.949.794, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $17.650.206, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $269.760, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $2.600.240, que ha pagado mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $112.769.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.916, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $835.626, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $7.564.374, que paga mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $115.611, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $1.114.389, que ha pagado mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”. Se dejó constancia que en todo lo restante, queda la respectiva escritura en los mismos términos en que fue otorgada. Villarrica, 20 de abril de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-05-16Ver PDF (CVE 1762209)

Información societaria

Ltda
San Martín número 734

Capital

Capital total

$670.596.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Representación legal (8)

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GERMÁN PABLO MALIG LANTZ7.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE10.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MARÍA ISABEL SILVA OCHOA21.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ11.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 26 de junio de 2019

    Se otorgó escritura de retiro, reinversión, aumento de capital y modificación social de la sociedad

    GERMÁN PABLO MALIG LANTZ · MARÍA ISABEL SILVA OCHOA · CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE · MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por Escritura Pública hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 10.477.428-8, domiciliado para estos efectos en calle Claro Solar número 835, oficina 1601, comuna y ciudad de Temuco y de paso por ésta, quien comparece en representación convencional de a) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.928.780-5; b) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3; c) don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3; d) INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.008.445-K; e) Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9; f) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.013.456-2; g) Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.933-7; y h) ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín número 734, comuna y ciudad de Villarrica; el compareciente mayor de edad viene en rectificar escritura pública de Retiro, Reinversión y Aumento de Capital y Modificación Social, de fecha 26 de junio de 2019, otorgada ante don César Hugo Sáez Neira, Notario Público y Conservador de Minas de la Comuna de Villarrica, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio N° 1.933-2019, publicada en el Diario Oficial en su edición N° 42.414, de fecha 27 de julio de dos mil 2019, e inscrita a Fojas 85 N° 57 del Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, correspondiente al año 2019, en los siguientes términos: Uno.- Los comparecientes rectifican el número (i) del literal Dos de la cláusula décimo octava, reemplazando su redacción por la del siguiente tenor: “(i) al contado y en dinero efectivo, respectivamente, de la suma de trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y tres pesos, quince mil once pesos, diez mil quinientos noventa pesos y doscientos cuarenta y un mil novecientos dieciséis pesos, dineros que ingresan a las arcas sociales con esta fecha para todos los efectos legales;”. Dos.- Así mismo, los comparecientes acuerdan rectificar y aclarar el literal Uno de la cláusula décimo novena, la cual contiene la modificación que los socios allí individualizados, realizaron a los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, por contener errores de transcripción, reemplazando su redacción por la siguiente: “Uno.- Modifican la cláusula octava de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $670.596.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $331.945.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $3.352.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.011, que pagó en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $234.708.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, d) con la suma de $174.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y, Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $100.589.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.916, que pagó en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”. Se dejó constancia que en todo lo restante, queda la respectiva escritura en los mismos términos en que fue otorgada. Villarrica, 20 de abril de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-04-13Ver PDF (CVE 1750092)

Información societaria

Ltda
San Martín número 734

Representación legal (9)

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de GERMÁN PABLO MALIG LANTZ7.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE10.xxx.xxx-3

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA9.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MARÍA ISABEL SILVA OCHOA21.xxx.xxx-9

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ11.xxx.xxx-7

JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ

10.xxx.xxx-8En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 15 de octubre de 2019

    Se otorgó escritura de retiro, reinversión y aumento de capital y modificación social de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA.

    ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por Escritura Pública hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 10.477.4288, domiciliado para estos efectos en calle Claro Solar número 835, oficina 1601, comuna y ciudad de Temuco y de paso por ésta, quien comparece en representación convencional de a) SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.928.7805; b) don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.0303; c) don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.5783; d) don ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA, chileno, casado, tecnólogo en recursos del mar, C.I. N° 9.947.1867; e) INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.008.445K; f) Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.7869; g) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.013.4562; h) Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.9337; e i) ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N° 76.923.6619, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín número 734, comuna y ciudad de Villarrica; el compareciente mayor de edad viene en sanear vicio de falta de inscripción oportuna del extracto de escritura de Retiro, Reinversión y Aumento de Capital y Modificación Social, en el Registro de Comercio respectivo de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, escritura que fue otorgada con fecha 15 de octubre del año 2019, ante Notario Público de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, Repertorio número 29472019, la cual fue extractada y publica en el Diario Oficial con fecha 16 de noviembre del año 2019, en su edición número 42.504. La inscripción tardía figura bajo el repertorio 7.212 folio 143, de fecha 6 de diciembre del año 2019 del C.B.R. de Villarrica. Por lo anterior, los comparecientes de común acuerdo y conjuntamente hacen saneamiento del vicio de inscripción tardía del extracto en el Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° y siguientes de la Ley 19.499. Se dejó constancia que en todo lo restante, queda la respectiva escritura en los mismos términos en que fue otorgada. Villarrica, 14 de febrero de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-11-30Ver PDF (CVE 1690173)

Información societaria

Ltda
San Martín N°734

Objeto social

Giro de su denominación

Capital

Capital total

$751.796.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Administradores (2)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3Administrador

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3Administrador

Representación legal (4)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Texto oficial del extracto

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt 305; certifica: Que por escritura pública de fecha 08 de Noviembre del 2019, ante el Notario Suplente don César Hugo Sáez Neira, Uno.- SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°78.928.780-5, representada según se acreditará por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.N. I. N°7.063.030-3, y don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.N.I. N°10.266.578-3; Dos.- SOCIEDAD IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.329.770-5, representada según se acreditara, por don GUSTAVO OSVALDO BURGUEMEISTER VESTER, chileno, soltero, empresario, C.N.I. N°10.970.692-2; Tres.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, ya individualizado, por sí y en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.008.445-K; Cuatro.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I.E. N°21.924.786-9; Cinco.- don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ya individualizado, por sí y en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.013.456-2; Seis.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I.E. N°11.501.933-7; y Siete.- ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N°76.923.661-9, representada por GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, y CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ambos ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N°734, comuna y ciudad de Villarrica, celebraron escritura pública de retiro, reinversión y modificación, en virtud de la cual INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, en su calidad de socias de SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, y con el consentimiento expreso de SOCIEDAD IDS INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, retiraron el 50% por ciento de los derechos sociales de que era titular SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA en ACUÍCOLA, INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANÍA LIMITADA, derechos sociales que, por el mismo instrumento fueron retirados por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA desde INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y por don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ desde SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, para finalmente ser reinvertidos, cedidos y transferidos a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. En virtud de lo anterior, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84, Número 57 en el Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $743.596.541 a la suma de $751.796.541. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, en este acto (i) al contado y en dinero en efectivo, respectivamente, de la suma de $34.060, $41.758, $269.760 y $115.611, dineros que ingresan a las arcas con esta fecha para todos los efectos legales; y, (ii) mediante la reinversión y cesión que efectúan por este mismo instrumento, y de consuno, y en acto sucesivo, de los derechos sociales que cada uno de ellos ha retirado y que han sido singularizados en el número uno de la cláusula octava y en el número uno de la cláusula duodécima, ambas de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $7.738.811. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: 1) “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $751.796.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $371.733.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de un $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $397.362, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $27.042.638, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $34.060, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de 3.983.940, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $4.164.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.010, pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma $286.842, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $273.158, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto de los estatutos sociales; i) con la suma de $41.758, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $40.242, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $263.128.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $164.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $1.949.794, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $17.650.206, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de $269.770, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j) con la suma de $2.600.240, que ha pagado mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $112.769.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.917, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $835.626, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; h) con la suma de $7.564.374, que paga mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio de los estatutos sociales; i) con la suma de 115.611, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y j)con la suma de 1.114.389, que ha pagado mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo séptimo transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”; y 2) incorporaron el siguiente artículo quinto transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO: Los derechos sociales o participación social que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, han aportado y cedido a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA corresponden en total al 50% de los derechos sociales que SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA era titular en ACUÍCOLA, INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANÍA LIMITADA, sociedad cuyo extracto social se encuentra inscrito a Fojas 599 vuelta, Número 502 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2005 y cuyo Rol Único Tributario es 76.329.770-5". Se dejó constancia que en todo lo no modificado por esta escritura se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Villarrica, 25 de Noviembre de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-11-16Ver PDF (CVE 1682937)

Información societaria

Ltda
calle San Martín N° 734

Capital

Capital total

$743.596.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Administradores (2)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3Administrador

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3Administrador

Representación legal (7)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA

9.xxx.xxx-7En representación de SOCIEDAD ACUÍCOLA E INVERSIONES CAMAJO SpA

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2000

    Se menciona el extracto social de Cultivos Marinos Punta Lenque Limitada inscrito en el año 2000.

    CULTIVOS MARINOS PUNTA LENQUE LIMITADA

  2. Constitución· 1 de enero de 2018

    Se menciona la inscripción de Acuícola e Inversiones Nalcahue Limitada en el año 2018.

    ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, Uno.- SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.928.780-5, representada según se acreditará por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.N.I. N°7.063.030-3, y don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.N.I. N°10.266.578-3; Dos.- ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA, chileno, casado, tecnólogo en recursos del mar, C.N.I. N°9.947.186-7; Tres.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, ya individualizado, por sí y en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.008.445-K; Cuatro.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I.E. N°21.924.786-9; Cinco.- don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ya individualizado, por sí y en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.013.456-2; Seis.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.N.I. N°11.501.933-7; y Siete.- ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N°76.923.661-9, representada por GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, y CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ambos ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 734, comuna y ciudad de Villarrica, celebraron escritura pública de retiro, reinversión y modificación, en virtud de la cual INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, en su calidad de socias de SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, y con el consentimiento expreso de don ANDRÉS CORNELIO VALLEJOS GATICA, en representación de SOCIEDAD ACUÍCOLA E INVERSIONES CAMAJO SpA, retiraron el 53% de los derechos sociales de que era titular SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA en CULTIVOS MARINOS PUNTA LENQUE LIMITADA, derechos sociales que, por el mismo instrumento fueron retirados por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA desde INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y por don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ desde SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, para finalmente ser reinvertidos, cedidos y transferidos a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. En virtud de lo anterior, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84, Número 57 en el Registro de Comercio del C.B.R. de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $687.596.541 a la suma de $743.596.541. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, en este acto (i) al contado y en dinero en efectivo, respectivamente, de la suma de $397.362, $286.842, $1.949.794 y $835.626, dineros que ingresan a las arcas con esta fecha para todos los efectos legales; y, (ii) mediante la reinversión y cesión que efectúan por este mismo instrumento de consuno, y en acto sucesivo de los derechos sociales que cada uno de ellos ha retirado y que han sido singularizados en el número uno de la cláusula octava y en el número uno de la cláusula duodécima, ambas de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $52.530.376. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: 1) “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $743.596.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $367.715.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $397.362, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $27.042.638, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48 % de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $4.082.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.010, pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma $286.842, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $273.158, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $260.258.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $164.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $1.949.794, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $17.650.206, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $111.539.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.917, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que han ingresado en arcas de la sociedad; f) con la suma de $2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,40% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales; g) con la suma de $835.626, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y h) con la suma de $7.564.374, que paga mediante el aporte y cesión del 14,4% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo sexto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”; y 2) incorporaron el siguiente artículo quinto transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO: Los derechos sociales o participación social que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, han aportado y cedido a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA corresponden en total al 53% de los derechos sociales que SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA era titular en CULTIVOS MARINOS PUNTA LENQUE LIMITADA, sociedad cuyo extracto social se encuentra inscrito a Fojas 737 vuelta, Número 457 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año 2000 y cuyo Rol Único Tributario es 77.524.420-8". Se dejó constancia que en todo lo no modificado por esta escritura se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. Demás cláusulas en escritura extractada. En Villarrica, a 15 de Octubre de 2019.-

ModificaciónDiario Oficial · 2019-10-15Ver PDF (CVE 1667869)

Información societaria

Ltda
San Martín N° 734

Capital

Capital total

$687.596.541

Capital pagado

$687.596.541

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Representación legal (4)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA76.008.445-K

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA76.013.456-2

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3En representación de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA76.923.661-9

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA retiró el 85% de sus derechos sociales en SOCIEDAD COMERCIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL QUIMEY-CO LIMITADA y luego esos derechos fueron reinvertidos y cedidos a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

    SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA · SOCIEDAD COMERCIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL QUIMEY-CO LIMITADA · ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, Uno.- SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°78.928.780-5, representada según se acreditara por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.N.I. N°7.063.030-3, y don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.N.I. N° 10.266.578-3; Dos.- SOCIEDAD COMERCIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL RIO CARHUELLO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario N°77.386.990-1, representada por JOAQUÍN QUINTO SEGOVIA MONTEALEGRE, chileno, casado, técnico pesquero, C.N.I. N°7.806.734-9; Tres.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, ya individualizado, por sí y en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.008.445-K; Cuatro.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombina, soltera, odontóloga, C.I.E. N°21.924.786-9; Cinco.- don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ya individualizado, por sí y en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.013.456-2; Seis.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.N.I. N°11.501.993-7; y Siete.- ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario Nº76.923.661-9, representada por GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, y CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, ambos ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 734, ciudad y comuna de Villarrica, celebraron escritura pública de retiro, reinversión y modificación, en virtud de la cual INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, en su calidad de socias de SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA, retiraron el 85% por ciento de los derechos sociales de que era titular SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA en SOCIEDAD COMERCIAL, AGRICOLA Y FORESTAL QUIMEY-CO LIMITADA, derechos sociales que, por el mismo instrumento fueron retirados por don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA desde INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA EMMA LIMITADA y por don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ desde SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES DON MATILDO LIMITADA, para finalmente ser reinvertidos, cedidos y transferidos a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. En virtud de lo anterior, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84, Número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $670.596.541 a la suma de $687.596.541. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, en este acto (i) al contado y en dinero en efectivo, respectivamente, de la suma de $52.988, $86.394, $547.754 y $234.752, dineros que ingresan a las arcas con esta fecha para todos los efectos legales; y, (ii) mediante la reinversión y cesión que efectúan por este mismo instrumento, y en acto sucesivo y de consuno, de los derechos sociales que cada uno de ellos ha retirado y que han sido singularizados en el número uno de la cláusula octava y en el número uno de la cláusula duodécima, ambas de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $16.078.112. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: 1)“ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $687.596.541, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $340.275.288, y que representan el 49,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de un $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $382.483, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $90.565.141, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $239.527.664, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $52.988, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $8.277.012, que paga mediante el aporte y cesión del 51,48% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $3.522.983, y que representan el 0,5% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $15.010, pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $914.799, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $2.393.173, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; e) con la suma de $86.394, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $83.606, que paga mediante el aporte y cesión del 0,52% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $240.658.789, y que representan el 35% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $10.590, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $59.110.116, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales, d) con la suma de $164.538.083, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $547.754, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $5.402.246, que paga mediante el aporte y cesión del 33,6% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto; y Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $103.139.481, y que representan el 15% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de $241.917, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, los que ingresaron en arcas de la sociedad; c) con la suma de $25.332.907, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; d) con la suma de $74.564.658, que pagó mediante el aporte en dominio de los bienes corporales muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, e) con la suma de $234.752, que ha pagado al contado y en dinero efectivo mediante esta misma escritura, los que han ingresado en arcas de la sociedad; y f) con la suma de $2.315.248, que paga mediante el aporte del 14,40% de los derechos sociales que se singularizan en el artículo quinto transitorio el cual se inserta en los estatutos sociales por este mismo acto”; y2) incorporaron el siguiente artículo quinto transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO: Los derechos sociales o participación social que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, han aportado y cedido a ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA corresponden en total al 85% de los derechos sociales que SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA Y FORESTAL NALCAHUE LIMITADA era titular en SOCIEDAD COMERCIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL QUIMEY-CO LIMITADA, sociedad cuyo extracto social se encuentra inscrito a Fojas 19, Número 23 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año 2005 y cuyo Rol Único Tributario es 76.325.890-4". Se dejó constancia que en todo lo no modificado por esta escritura se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA. Demás cláusulas en escritura extractada. En Villarrica, a 28 de Agosto de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-07-27Ver PDF (CVE 1629014)

Información societaria

Ltda
San Martín N°734

Capital

Capital total

$670.596.541

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49.5%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.5%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Texto oficial del extracto

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt 305; certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de Junio del 2019, ante el Notario Suplente don César Hugo Sáez Neira, don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.N.I. N°7.063.030-3, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, C.I.E. N°21.924.786-9, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.N.I. N°10.266.578-3, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.N.I. N°11.501.993-7, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N°734, comuna y ciudad de Villarrica, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84 número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $178.922.963 a la suma de $670.596.541. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, en este acto (i) al contado y en dinero en efectivo, respectivamente, de la suma de $382.483, $15.010, $10.590 y $241.917, dineros que ingresan a las arcas sociales con esta fecha para todos los efectos legales; y, (ii) mediante el aporte en dominio y mediante la reinversión que efectúan por este mismo instrumento, y en acto sucesivo, de los bienes muebles singularizados en el número dos de la cláusula séptima y en el número dos de la cláusula duodécima, ambas de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $491.023.578. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de seiscientos setenta millones quinientos noventa y seis mil quinientos cuarenta y un pesos, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de trescientos treinta y un millones novecientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y ocho pesos, y que representan el cuarenta y nueve coma cinco por ciento del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de un millón ochocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos ochenta y tres pesos, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad y en este acto; b) con la suma de noventa millones quinientos sesenta y cinco mil ciento cuarenta y un pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, c) con la suma de doscientos treinta y nueve millones quinientos veintisiete mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, que paga mediante el aporte en dominio de los bienes muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de tres millones trescientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y tres pesos, y que representan el cero coma cinco por ciento del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de cuarenta y cinco mil diez pesos, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad y en este acto; b) con la suma de novecientos catorce mil setecientos noventa y nueve pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, c) con la suma de dos millones trescientos noventa y tres mil ciento setenta y tres pesos, que paga mediante el aporte en dominio de los bienes muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de doscientos treinta y cuatro millones setecientos ocho mil setecientos ochenta y nueve pesos, y que representan el treinta y cinco por ciento del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de un millón sesenta mil quinientos noventa pesos, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad y en este acto; b) con la suma de cincuenta y nueve millones ciento diez mil ciento dieciséis pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, c) con la suma de ciento setenta y cuatro millones quinientos treinta y ocho mil ochenta y tres pesos, que paga mediante el aporte en dominio de los bienes muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales; y, Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de cien millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y un pesos, y que representan el quince por ciento del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de seiscientos noventa y un mil novecientos diecisiete pesos, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; b) con la suma de veinticinco millones trescientos treinta y dos mil novecientos siete pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, c) con la suma de setenta y cuatro millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho pesos, que paga mediante el aporte en dominio de los bienes muebles que se singularizan en el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales”; e, incorporar el siguiente artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales: “ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO: Los bienes muebles que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, aportan en un valor total de cuatrocientos noventa y un millones veintitrés mil quinientos setenta y ocho pesos, según da cuenta la cláusula octava de los estatutos sociales, son los que a continuación se singularizan y valorizan de común acuerdo por los socios: (i) Bienes muebles aportados en dominio por el socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, valorizados en su conjunto por la suma total de doscientos treinta y nueve millones quinientos veintisiete mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, e individualmente, conforme se establece: Dos mesas de anestesiado reproductores, en la suma de un millón treinta y nueve mil novecientos once pesos; Venta generador leasing, en la suma de noventa y cinco mil quinientos once pesos; Medidor de oxígeno oxyguard polaris, en la suma de cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos treinta y dos pesos; Cinco reflectores led veinte w y dos luminarias led sesenta y seis w, en la suma de un millón cuatrocientos quince mil novecientos cuarenta y nueve pesos; Medidor de oxígeno oxy-check, en la suma de trescientos veintiún mil setecientos veintinueve pesos; Bomba autocebante flojet, en la suma de ciento cincuenta mil quinientos cuarenta y cuatro pesos; Bomba autocebante flojet, en la suma de trescientos un mil ochenta y ocho pesos; Estanque de ocho metros diámetro kp2000, en la suma de trescientos un mil novecientos noventa y cuatro pesos; Diez estanques de ocho metros diámetro k10000, en la suma de tres millones setecientos dieciséis mil ochocientos cuarenta y siete pesos; Quince fundas para piscina de ocho metros k10000, en la suma de seis millones trescientos ochenta y ocho mil trescientos treinta pesos; Bomba ocho pulgadas sesenta y dos match, en la suma de ciento veintidós mil quinientos treinta y cuatro pesos; Bomba cst quinientos cincuenta/cuatro para disolver sal, en la suma de doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y dos pesos; Bomba autocebante flojet, en la suma de ciento cincuenta y tres mil seiscientos catorce pesos; Máquina de coser recta bsq mod 8700, en la suma de ciento noventa y un mil novecientos setenta y seis pesos; Bolinche cuatro coma treinta m rodeo de peces cuatro años, en la suma de doscientos catorce mil setecientos treinta pesos; Impresora godex ez ciento veinte, en la suma de ciento cuarenta y tres mil quinientos noventa y nueve pesos; Soldadora indurac ciento cincuenta, en la suma de ciento cuarenta y dos mil seiscientos noventa y un pesos; Balanza laboratorio ek-6100i, en la suma de cuatrocientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cinco pesos; Bomba grupo etpb 040-040, en la suma de novecientos dos mil treinta y tres pesos; Tres bombas sparus 348045-aq, en la suma de un millón doscientos tres mil ochocientos treinta y ocho pesos; Carro traspaleta, en la suma de doscientos siete mil novecientos cuarenta y seis pesos; Inst. aire acondicionado, en la suma de doscientos ochenta y un mil ocho pesos; Tablero filtro uv para veinticuatro lámparas, en la suma de dos millones sesenta y un mil ciento veintidós pesos; Medidor de salinidad hi96821, en la suma de ciento diecinueve mil cuatrocientos veintiún pesos; Rejillas sector tres mil, en la suma de noventa y nueve mil ochocientos quince pesos; Rejillas sector tres mil, en la suma de ciento noventa mil novecientos cincuenta pesos; Rejillas sector tres mil, en la suma de doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos veinticinco pesos; Tablero de distribución para sistema rehuso, en la suma de tres millones doscientos cuarenta y nueve mil setecientos setenta pesos; Carpa en tela ultralona verde, en la suma de trescientos sesenta y cinco mil quinientos noventa y nueve pesos; Equipo compacto rhona, en la suma de tres millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y un pesos; Hidrolavadora, en la suma de ochenta y dos mil ciento cincuenta y nueve pesos; Sumistro e inst. aire acondicionado huin., en la suma de un millón doscientos cincuenta mil seiscientos veintidós pesos; Suministro e instalación treinta y dos reflectores led, en la suma de un millón quinientos siete mil quinientos noventa pesos; Suministro e instalación cámaras de video dieciséis puntos de conexión, en la suma de un millón doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos doce pesos; Sistema de video vigilancia, en la suma de un millón cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y un pesos; Cuatro cámaras de exterior HD full color, en la suma de setecientos noventa y ocho mil treinta y seis pesos; Secadora Huincacara, en la suma de doscientos setenta y un mil setecientos setenta pesos; Lavadora Huincacara, en la suma de doscientos cinco mil doscientos dieciséis pesos; Hidrolavadora limp. filtros rotatorios, en la suma de un millón quinientos veintiséis mil trescientos noventa y dos pesos; Bomba pistin Taurus, en la suma de cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro pesos; Medidor de oxigeno oxy guard polaris, en la suma de quinientos dieciocho mil trescientos diecisiete pesos; Medidor de oxigeno oxy guard polaris, en la suma de quinientos dieciocho mil trescientos diecisiete pesos; Motosierra STIHL, en la suma de ciento cuarenta y ocho mil seis pesos; Medidor de co2, en la suma de un millón quinientos noventa y ocho mil sesenta pesos; Balanza acs-ss mil quinientos g, en la suma de ciento cincuenta y dos mil quinientos noventa y siete pesos; Mango telescópico quechas, en la suma de ciento veinticuatro mil trescientos veinticinco pesos; Doblador cañería, en la suma de ciento treinta y seis mil veinticuatro pesos; Cinco bombas nb65-125/144, en la suma de cuatro millones ochocientos ochenta y ocho mil setecientos veintitrés pesos; Medidor oxígeno oxy, en la suma de quinientos veintidós mil quinientos ochenta y nueve pesos; Tres aires acondicionado anwo, en la suma de seiscientos treinta y cuatro mil doscientos diez pesos; Quince uniones camlock doscientos mm macho manejo de peces, en la suma de un millón seiscientos setenta y cuatro mil trescientos catorce pesos; Cuatro uniones camlock doscientos mm hembra manejo de peces, en la suma de quinientos treinta y ocho mil quinientos veinticuatro pesos; Suministro e instalación tablero automático para ácido formic, en la suma de un millón doscientos veintiséis mil ciento treinta y nueve pesos; Balanza bss-4560, en la suma de trescientos cincuenta y seis mil ochocientos noventa y un pesos; Prisma treinta y cinco cinco n 230/400, en la suma de dos millones cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos; Desmalezadora, en la suma de ciento cuarenta y un mil cuatrocientos un pesos; Válvula mariposa diez pg, en la suma de ciento cuarenta mil doscientos cuarenta y cinco pesos; Válvula mariposa doce pg, en la suma de ciento noventa y nueve mil quinientos cuarenta y ocho pesos; Contenedor reefer cuarenta pies, en la suma de dos millones ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos treinta y tres pesos; Tablero transferencia autom. seiscientos treinta amp., en la suma de un millón setecientos trece mil trescientos treinta y tres pesos; Impresora multifuncional epson l380, en la suma de setenta y nueve mil ciento ochenta y un pesos; Bomba sumergible dos hp, en la suma de ochenta y cuatro mil seiscientos nueve pesos; Estanque de diez metros de diámetro y dos coma dos metros de profundidad, en la suma de seiscientos sesenta y ocho mil doscientos pesos; Dos bombas sumergibles mod. qdx uno punto cinco hp, en la suma de ciento treinta y siete mil novecientos treinta y ocho pesos; Instalación de tablero para conos con presion conat. y variab, en la suma de tres millones cuatrocientos ochenta mil trescientos ochenta y nueve pesos; Iluminación dieciséis estanques centro Quimeyco, en la suma de cuatro millones quinientos diez mil trescientos noventa pesos; Suministro e instalación tablero filtro uv, en la suma de tres millones seiscientos treinta y tres mil trescientos cincuenta y seis pesos; Contadora de peces macro counter cuatro, en la suma de cincuenta y ocho millones ochocientos ocho mil ochocientos doce pesos; Contadora de peces macro counter cuatro, en la suma de veintiséis millones setecientos cincuenta y seis mil novecientos noventa y ocho pesos; Medidor de oxígeno oxy gard polaris, en la suma de quinientos ochenta y ocho mil treinta y un pesos; Luminarias de inucción para alevinaje, en la suma de tres millones novecientos setenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete pesos; Medidor de oxígeno oxy guard, en la suma de un millón ciento setenta y seis mil sesenta y dos pesos; Alimentador 3f con tablero de fuerza para alim. Automática, en la suma de un millón setecientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta y un pesos; Hidrolavadora silver doscientos veinte volts, en la suma de un millón setecientos cuarenta y dos mil ciento ochenta y seis pesos; Bomba tauros tm613878, en la suma de cuatrocientos setenta y un mil seiscientos setenta pesos; Cuatrimoto hummer pick up, en la suma de un millón seiscientos un mil quinientos ochenta y siete pesos; Dos bombas dosificadoras taurus tm613878, en la suma de novecientos sesenta y ocho mil ciento noventa y dos pesos; Tres bombas dosificadoras taurus tm613878, en la suma de un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta y ocho pesos; Dos bombas cst 550, en la suma de seiscientos quince mil trescientos cuarenta y siete pesos; Diez locker metálicos, en la suma de un millón ochocientos treinta y dos mil trescientos setenta y tres pesos; Suministro e instalación cinco aires acondicionados, en la suma de un millón seiscientos quince mil cuatrocientos tres pesos; Fotómetro amonio, en la suma de trescientos treinta mil trescientos veinticuatro pesos; Tablero fuerza y control disolución de cloro, en la suma de setecientos cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos; Fotómetro amonio, en la suma de trescientos treinta mil trescientos veinticuatro pesos; Hidrolavadora silver 120/11, en la suma de un millón setecientos ochenta y cinco mil trescientos veintisiete pesos; Carro de arrastre Cherquén, en la suma de setecientos setenta y un mil ciento veintiocho pesos; Hidrolavadora silver, en la suma de un millón ochocientos cinco mil ochocientos seis pesos; Luminarias lonco a&b Loncotraro, en la suma de un millón doscientos seis mil trescientos veintidós pesos; Iluminación sala incubación locotraro, en la suma de dos millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y dos pesos; Instalación tdf e iluminación sala incubación, en la suma de dos millones cuatrocientos seis mil quinientos cuarenta y nueve pesos; Dos tecles manuales cf cero veinte, en la suma de ochocientos setenta y seis mil novecientos treinta y ocho pesos; Dos carros nanuales tf cero veinte, en la suma de seiscientos trece mil trescientos ochenta y ocho pesos; Electrobomba sm-cien, en la suma de noventa mil setecientos noventa y cinco pesos; Sistema alarma incubación, en la suma de setecientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho pesos; Vfd seleccionadora Loncotraro, en la suma de cuatrocientos seis mil treinta y un pesos; Baliza acceso vehicular y fotosensor L

ModificaciónDiario Oficial · 2019-03-08Ver PDF (CVE 1557484)

Información societaria

Ltda
Villarrica, Araucanía

Capital

Capital total

$178.922.963

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

51.44%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

0.53%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

33.62%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

14.41%

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.993-7, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 734, comuna y ciudad de Villarrica, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84 número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $3.000.000 a la suma de $178.922.963. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, mediante la reinversión que efectúan del 51,48%, 0,52%, 33,6% y 14,4%, respectivamente, de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y en los derechos de aprovechamiento de aguas que poseen en comunidad, bienes que se aportan como inmuebles y como derechos de aprovechamiento de aguas propiamente tal, atendido que en conjunto los socios reúnen el 100% de los derechos de propiedad o cuotas de dominio que sobre ellos recaían, y que se singularizan desde el literal i) hasta el numeral xxiii) del numeral tres de la cláusula segunda de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $175.922.963. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $178.922.963, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $92.035.141, y que representan el 51,44% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $90.565.141, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $944.799, y que representan el 0,53% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $914.799, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $60.160.116, y que representan el 33,62% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $59.110.116, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $25.782.907, y que representan el 14,41% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $25.332.907, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales.”; y, modificar el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales y reemplazarlo íntegramente por el que, extractado en sus partes pertinentes, es del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: Los inmuebles y derechos de aprovechamiento de agua que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, aportan en un valor total de $175.922.963, según da cuenta la cláusula octava de los estatutos sociales, son los que a continuación se singularizan: i) Lote B del inmueble denominado Entre Ríos, ubicado en el lugar Chesque Alto, comuna de Villarrica, de una superficie de una coma dieciocho hectáreas. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 344-60, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $922.859, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $9.322, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $602.332 , y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $258.142, todo de común acuerdo por los socios y que totaliza el monto de $1.792.655; ii) Inmueble denominado Lote Dieciocho guión B guión Dos, de una superficie aproximada de quince mil metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Putúe, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 301-457, de la comuna de Villarrica. Los derechos de domino del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $12.601.080, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, en $127.284, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $8.224.481, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $3.524.778, todo de común acuerdo por los socios y que totaliza la suma de $24.477.622; iii) Inmueble denominado Parcela Ocho guión B, de una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 557-100, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $9.523.361, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $96.196, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $6.215.713, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $2.663.877, todo de común acuerdo por los socios, lo cual totaliza la suma de $18.499.147; iv) Inmueble denominado Lote Doce guión Tres, de dieciséis mil treinta y cinco coma treinta y nueve metros cuadrados de superficie, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. Dicho Lote es producto de la fusión de los siguientes inmuebles rurales: a) Parcela Número doce, de una superficie de nueve mil trescientos veintinueve coma cincuenta y un metros cuadrados; y, b) Lote Tres, de una superficie de seis mil setecientos cinco coma ochenta y ocho metros cuadrados. El Rol de Avalúo del inmueble fusionado es el N° 307-477, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $27.413.990, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $276.909, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $17.892.581, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $7.668.249, todo de común acuerdo por los socios, lo cual totaliza el monto de $53.251.729; v) Inmueble denominado Lote Dos, de una superficie de cinco mil uno coma cero metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 307-478, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $8.044.174, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $81.254, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $5.250.277, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $2.250.119, todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $15.625.824; vi) Inmueble denominado Lote Dos guión B, de setenta y tres mil ciento treinta y tres coma diez metros cuadrados de superficie, resultante de la subdivisión del lote Dos, de mayor extensión, que a su vez proviene de la subdivisión de la hijuela “El Porvenir”, ubicado en la comuna de Pitrufquén. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 398-116, de la comuna de Pitrufquén. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $19.316.802, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $195.119, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $12.607.703, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $5.403.301 , todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $37.522.926; vii) Inmueble denominado Lote Dos guión A, de doscientos diecisiete mil ciento noventa y dos coma veinte metros cuadrados de superficie, resultante de la subdivisión del resto que queda de la hijuela “El Porvenir”, ubicado en la comuna de Pitrufquén. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 398-109, de la comuna de Pitrufquén. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $12.742.875, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $128.716, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $8.317.028, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $3.564.441, todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $24.753.060; viii) Derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales por cero coma cinco metros cúbicos por segundo, de los cuales cero coma ciento treinta y cinco metros cúbicos por segundo serán de ejercicio permanente y continuo y cero coma trescientos sesenta y cinco metros cúbicos por segundo de ejercicio eventual y continuo, en el estero Putúe, afluente izquierdo del Río Toltén, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; ix) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de ciento sesenta y cinco litros por segundo en un estero sin nombre, afluente del río Toltén, perteneciente a la hoya hidrográfica del río del mismo nombre, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; x) Derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes de ejercicio permanente y continuo del estero Molco, por un caudal de tres litros raya segundo, de uso consuntivo y por cincuenta y siete litros raya segundo de uso no consuntivo, Provincia de Cautín, Novena Región. El estero Molco es afluente del lago Villarrica, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xi) Derecho de aprovechamiento no consuntivo, de ejercicio permanente y discontinuo desde Mayo a Septiembre, ambos meses incluidos, de aguas superficiales y corrientes, por diez litros por segundo sobre una vertiente sin nombre, ubicada en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. La vertiente sin nombre es afluente del estero Nalcahue, el cual es afluente del rio Chesque en la Hoya hidrográfica del rio Valdivia. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xii) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por un litro por segundo en una vertiente sin nombre, perteneciente a la hoya hidrográfica del Río Toltén, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xiii) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de ejercicio permanente y continuo de aguas superficiales y corrientes, por treinta litros por segundo de una vertiente sin nombre número uno, por doce litros por segundo de una vertiente sin nombre número dos y por cincuenta y cinco litros por segundo de una vertiente sin nombre número tres, ubicada en la comuna de Pucón, Provincia de Cautín, IX Región. Las vertientes sin nombre son afluentes del río Carhuello, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xiv) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes, por trescientos litros por segundo de ejercicio permanente y continuo, en cada una de las dos vertientes sin nombre, ubicadas en la Provincia de Cautín, IX Región. Las vertientes sin nombre son afluentes del río Carhuello, que pertenece a la cuenca del río Liucura, dentro de la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xv) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por doscientos litros por segundo en un estero sin nombre, afluente a un estero sin nombre conocido como Putue, afluente al río Toltén, perteneciente a la hoya hidrográfica del mismo nombre, ubicado en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, IX Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xvi) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes por ciento veinte litros por segundo de ejercicio permanente y continuo, del estero Chehuilco, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. El estero Chehuilco es afluente del estero Mólco y éste es afluente del Lago Villarrica, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xvii) Derecho de aprovechamiento consuntivo, por un caudal de diecinueve coma cuatro litros por segundo y un volumen total anual de seiscientos once mil setecientos noventa y ocho coma cuatro metros cúbicos, de ejercicio permanente y continuo, de aguas subterráneas de un pozo profundo, localizado en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xviii) Derechos de aprovechamiento no consuntivos por los caudales cuya distribución mensual expresadas en litros por segundo se indica, sobre las aguas superficiales y corrientes de los esteros Nalcahue y Los Quiques, formadores del río Chesque, en la hoya hidrográfica del río Valdivia, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xix) Derecho de aprovechamiento de aguas no consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, y de ejercicio eventual y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes del rio Chesque, afluente del río Cruces, en la hoya hidrográfica del río Valdivia, Provincia de Cautín, Novena Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xx) Derecho de aprovechamiento sobre las aguas superficiales y corrientes del estero Putúe, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, de uso no consuntivo. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNI

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-22Ver PDF (CVE 1450466)

Información societaria

Ltda
Villarrica, Araucanía
Duración: 3 años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.

Objeto social

La prestación, por cuenta propia o de terceros, de servicios de acuicultura, esto es, la explotación de toda clase de organismos acuáticos y peces, ya sea mediante su cultivo, reproducción, distribución, comercialización, industrialización, extracción, importación y exportación, tanto en zonas costeras como del interior, procurando la sustentabilidad y la protección de los recursos hidrobiológicos; y el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente en toda clase de bienes raíces, sean éstos agrícolas o no agrícolas, ya sea mediante la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, regularización, inversión, loteo, subdivisión y urbanización de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; inversión en empresas de cualquier clase, derechos sociales, inversión en bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar o ingresar a toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

Socio

7.xxx.xxx-3

49%

MARÍA ISABEL SILVA OCHOA

Socio

21.xxx.xxx-9

1%

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

Socio

10.xxx.xxx-3

35%

MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ

Socio

11.xxx.xxx-7

15%

Administradores (2)

GERMÁN PABLO MALIG LANTZ

7.xxx.xxx-3Administrador

CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE

10.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial del extracto

César Hugo Sáez Neira, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, con oficio en calle Pedro Montt Nº305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9, ambos domiciliados en calle San Martín N° 734, comuna y ciudad de Villarrica, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, empresario, C.I. N° 10.266.578-3, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.I. N° 11.501.993-7, estos dos últimos domiciliados en Camino a Huincacara, Kilómetro 8, comuna y ciudad de Villarrica, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de EMPRESAS NALCAHUE LTDA. Objeto: Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a.- La prestación, por cuenta propia o de terceros, de servicios de acuicultura, esto es, la explotación de toda clase de organismos acuáticos y peces, ya sea mediante su cultivo, reproducción, distribución, comercialización, industrialización, extracción, importación y exportación, tanto en zonas costeras como del interior, procurando la sustentabilidad y la protección de los recursos hidrobiológicos; y b.- El de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente en toda clase de bienes raíces, sean éstos agrícolas o no agrícolas, ya sea mediante la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, regularización, inversión, loteo, subdivisión y urbanización de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; inversión en empresas de cualquier clase, derechos sociales, inversión en bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar o ingresar a toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social es la suma de $3.000.000 que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: 1.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, aporta la suma de un $1.470.000, equivalente al 49% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; 2.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, aporta la suma de $30.000, equivalente al 1% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; 3.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, aporta la suma de $1.050.000, equivalente al 35% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y 4.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, aporta la suma de $450.000, equivalente al 15% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ y CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o inicio de cualquier procedimiento contemplado en la Ley número veinte mil setecientos veinte respecto de uno cualquiera de los socios administradores antes indicados, la administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los consocios sobrevivientes del socio fallecido, incapaz o insolvente. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Villarrica, 13 agosto 2018.

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)