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Sociedad por Acciones76.917.824-4

Costacho SpA

CONSTITUCIÓN — 26 abr 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-04-26Ver PDF (CVE 1388841)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: Manuel José Costabal Donoso y María Paz Achondo Jarpa actuando indistintamente en forma conjunta o separada, con amplios poderes y facultades de administración y disposición

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena: a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, incluyendo la adquisición de o inversión en acciones de sociedades anónimas y sociedades por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, títulos de deuda emitidos por el Banco Central de Chile, pagarés reajustables de la Tesorería General de la República, y cualesquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, de cualquier tipo o moneda, sea de ahorro, reajustable o no, a plazo o condicional, con o sin garantía, sea que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero, y, en general, en cualquier otro instrumento o sistema de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) la inversión en toda clase de bienes raíces o derechos sobre los mismos; y c) en general, la realización de toda otra actividad conexa, complementaria o relacionada con los fines anteriores. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, con o sin instalaciones, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; constituir, comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y/o participar como socia o accionista de otras sociedades de cualquier naturaleza u objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, y, en general, cualquier otro tipo de asociación, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo de su comercio o negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (2)

NombreParticipación

Manuel José Costabal Donoso

Accionista

50%

María Paz Achondo Jarpa

Accionista

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, abogado, notario reemplazante del titular de la 22 Notaría de Santiago, don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de abril de 2018, Repertorio N° 3597-2018, otorgada ante mí, don Manuel José Costabal Donoso y María Paz Achondo Jarpa constituyeron una sociedad por acciones con las siguientes menciones principales: Nombre: “COSTACHO SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena: a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, incluyendo la adquisición de o inversión en acciones de sociedades anónimas y sociedades por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, títulos de deuda emitidos por el Banco Central de Chile, pagarés reajustables de la Tesorería General de la República, y cualesquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, de cualquier tipo o moneda, sea de ahorro, reajustable o no, a plazo o condicional, con o sin garantía, sea que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero, y, en general, en cualquier otro instrumento o sistema de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) la inversión en toda clase de bienes raíces o derechos sobre los mismos; y c) en general, la realización de toda otra actividad conexa, complementaria o relacionada con los fines anteriores. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, con o sin instalaciones, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; constituir, comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y/o participar como socia o accionista de otras sociedades de cualquier naturaleza u objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, y, en general, cualquier otro tipo de asociación, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo de su comercio o negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Administración y Representación: Manuel José Costabal Donoso y María Paz Achondo Jarpa actuando indistintamente en forma conjunta o separada, con amplios poderes y facultades de administración y disposición. Capital: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, totalmente suscrito y pagado en acto constitución social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2018.

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