Kineret Inversiones Y Gestión Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (3)
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en La Reina, Avenida Príncipe de Gales N° 5841, certifica que: por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2025, bajo el repertorio N° 43.297, ante mí, comparecieron: Inversiones Giborim SpA, David Andrés Farcas Guendelman, Dariela Ana Farcas Berdichevsky, Ariel Rafael Farcas Berdichevsky y Carolina Ilana Farcas Berdichevsky, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy Lateral N° 5.488, oficina N° 405, Torre B, comuna de Vitacura, Santiago, quienes modificaron los estatutos sociales de KINERET INVERSIONES Y GESTIÓN LIMITADA, rol único tributario N° 76.908.871-7, sociedad inscrita a fojas 53.750, N° 27.663 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018 (en adelante, la “Sociedad”), en el sentido de establecer y ratificar que la administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los señores David Andrés Farcas Guendelman, Alan Aron Farcas Guendelman y Adalberto Alberto Farcas Knapp indistintamente y, para reflejar dicha modificación, acordaron reemplazar el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Séptimo. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los señores David Andrés Farcas Guendelman, Alan Aron Farcas Guendelman y Adalberto Alberto Farcas Knapp (en adelante, cada uno considerado como el “Administrador”). El Administrador podrá delegar todas o parte de sus facultades de administración en uno o más delegados, los que podrán actuar y representar a la Sociedad con las facultades y en la forma que el Administrador les delegue. La designación como administrador de los señores David Andrés Farcas Guendelman, Alan Aron Farcas Guendelman y Adalberto Alberto Farcas Knapp no será de carácter esencial y, por consiguiente la falta de todos y cada uno de los administradores, ya sea por muerte, renuncia, simple ausencia, no pondrá término a la Sociedad, la que continuará con los socios sobrevivientes, y en cuyo caso, será administrada de consuno por aquellos.” En todo lo no modificado por dicha escritura, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de agosto de 2025.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
KINERET INVERSIONES Y GESTIÓN LIMITADA
CVE 2690604
