Prestaciones Médicas e Inversiones Agustín Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.200.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 37.5% | $1.200.000 |
MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 34.375% | $1.100.000 |
Socio 04.xxx.xxx-9 | 04.xxx.xxx-9 | 28.125% | $900.000 |
Administrateurs (2)
MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2006
Se alude a la escritura social de constitución de la sociedad.
- Changement d’administrateur· 5 juin 2008
Modificación previa sobre administración, representación y uso de la razón social.
RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT · MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA
- Changement d’administrateur· 29 septembre 2011
Rectificación previa de la modificación de administración.
RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT · MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA
- Entrée d’un associé· 26 juillet 2017
Ingresa Digna Dumont Rodríguez con un aporte de $900.000.
- Changement d’administrateur· 26 juillet 2017
Se aclara que la administración, representación y uso de la razón social corresponde a Ricardo Marcelo Seguel Dumont y María Isabel Sanguinetti Crosa.
RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT · MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA
- Changement de capital· 26 juillet 2017
Se rectifica el aumento de capital social a $3.200.000, con nuevos aportes y porcentajes de participación.
RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT · MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA · DIGNA DUMONT RODRIGUEZ
Texte officiel de l’extrait
Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Certifica: por escritura ante mi 26 de Julio 2017: Ricardo Marcelo Seguel Dumont, chileno, casado y separado de bienes, radiólogo, C.I.N° 10.134.880-6; María Isabel Sanguinetti Crosa, Uruguaya, casada con el anterior, Médico Cirujano, C.I. E.N° 14.714.846-1, ambos con domicilio, en Condominio Los Bosques de Chicureo - Piedra Roja, Los Canelos N° 148 Colina, y doña María Angelica Dumont Rodríguez, chilena, enfermera, viuda, C.I.N° 04.604.576-9, con domicilio en Comandante Whiteside 4938, San Miguel, rectifican “Prestaciones Médicas e Inversiones Agustín Limitada”, o “Agustín Limitada”, o “Agustín”, inscrita a Fs. 27458 N° 19174 Año 2006; modificada e inscrita a Fs. 29738 N° 20487 año 2009, rectificada a Fs. 57652 N° 42388 año 2011, y modificada Fs. 70342 N° 51442 año 2011, todas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: rectificar, complementar y aclarar la escritura de modificación de fecha 05 de Junio de 2008 otorgada en la Notaria de Calama servida por doña Ana del Rosario Bonet Cornejo, inscrita a Fs. 29738 N° 20487 año 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y rectificada en la citada Notaria por Escritura Pública de fecha 29 de Septiembre de 2011, inscrita a Fs. 57652 N° 42388 año 2011 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la forma que pasa a expresarse. I.- Articulo Segundo letra A) donde dice, Ingresa a la sociedad, doña DIGNA DUMONT RODRIGUEZ, antes individualizada, aportando un capital de un millón de pesos, en este acto, de contado y en dinero efectivo al haber social, debe decir: A) Ingresa a la sociedad, doña DIGNA DUMONT RODRIGUEZ, antes individualizada, aportando un capital de novecientos mil de pesos, que ingresa en este acto, de contado y en dinero efectivo al haber social. II.- Articulo segundo página dos letra C) donde dice, los socios acuerdan que a contar de esta fecha la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT y a doña MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA quien, anteponiendo la razón social a sus firma , podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y con las mismas que se señalan en la cláusula cuarta de le escritura primitiva y como da cuenta Poder de Administración General, inscrito al margen de la escritura Primitiva a Fs. 52383 N° 36256 del Registro de Comercio de Santiago del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y que se dan por expresamente reproducidas para todos los efecto legales, Debe decir: B) los socios acuerdan que a contar de esta fecha la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT y a doña MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA quien, anteponiendo la razón social a sus firma , podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y con las mismas que se señalan en la cláusula cuarta de le escritura primitiva. III.- Articulo segundo página tres Letra C) donde dice, Por este acto los socios comparecientes modifican la sociedad artículo quinto de la escritura primitiva en relación al capital inicial en los términos siguientes: a) Que el socio Ricardo Marcelo Seguel Dumont aumenta su capital en $200.000 en dinero efectivo y al contado al haber social, teniendo un aporte total de un $1.200.000, que equivale al 38 % del haber social; y las socias María Isabel Sanguinetti Crosa y Digna Dumont Rodríguez quedan con un aporte de $1.000.000 cada una, equivalente al 35 % para cada uno del haber social, debe decir: a) Que el socio RICARDO MARCELO SEGUEL DUMONT aumenta su capital en $700.000 en dinero efectivo, que ingresan en este acto y al contado al haber social, teniendo un aporte total de un $1.200.000, que equivale al 37,5 % del haber social; y la socia MARÍA ISABEL SANGUINETTI CROSA, aumenta su capital en $600.000 en dinero efectivo, que ingresan en este acto y al contado al haber social, teniendo un aporte total de $1.100.000, que equivale al 34,375 % del haber social y DIGNA DUMONT RODRIGUEZ ingresa a la sociedad con un aporte de $900.000, que ingresa en dinero efectivo, en este acto y al contado al haber social, antes citado, equivalente al $28,125 % del haber social. IV.- Artículo Tercero, donde dice: Por tanto, la sociedad aumenta su capital en un $1.200.000, quedando un capital social de $3.200.000, debe decir: Artículo Tercero: Por tanto, la sociedad aumenta su capital en $2.200.000, quedando un capital social de $3.200.000. En cuanto a las demás cláusulas no modificadas siguen vigentes en los mismos términos en que consta en la escritura social de constitución de la misma. Demás estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Repertorio 3082- 2017.- San Miguel, 22 septiembre 2017.-
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | - | - |
María Isabel Sanguinetti Crosa Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | - | - |
María Angélica Dumont Rodríguez Socio 04.xxx.xxx-9 | 04.xxx.xxx-9 | - | - |
Administrateurs (2)
María Isabel Sanguinetti Crosa
Texte officiel de l’extrait
Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Certifica: por escritura ante mi 26 de Julio 2017: Ricardo Marcelo Seguel Dumont, chileno, casado y separado de bienes, radiólogo, C.I.N° 10.134.880-6; María Isabel Sanguinetti Crosa, Uruguaya, casada con el anterior, Médico Cirujano, C.I. E.N° 14.714.846-1, ambos con domicilio, en Condominio Los Bosques de Chicureo - Piedra Roja, Los Canelos N° 148 Colina, y doña María Angélica Dumont Rodríguez, chilena, enfermera, viuda, C.I.N° 04.604.576-9, con domicilio en Comandante Whiteside 4938, San Miguel, modifican “Prestaciones Médicas e Inversiones Agustín Limitada”, o “Agustín Limitada”, o “Agustín”, inscrita a Fs. 27458 N° 19174 Año 2006; modificada a Fs. 29738 N° 20487 año 2009, rectificada a Fs. 57652 N° 42388 año 2011, y modificada Fs. 70342 N° 51442 año 2011, todas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: Se modifica la clausula Cuarta de la escritura primitiva, respecto a las facultades de administración y disposición que ostentan los representantes don Ricardo Marcelo Seguel Dumont y doña María Isabel Sanguinetti Crosa que anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes.- En cuanto a las demás cláusulas no modificadas siguen vigentes en los mismos términos en que consta en la escritura social de constitución de la misma. Demás estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Repertorio 3083.- San Miguel, 22 Septiembre 2017.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Prestaciones Médicas e Inversiones Agustín Limitada
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