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Inmobiliaria E Inversiones Moreno SpA

MODIFICACIÓN — 22 sept. 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-09-22Voir le PDF (CVE 1466436)

Informations sociétaires

SpA
San Fernando, O'Higgins

Associés (1)

NomParticipation

MANUEL ORLANDO MORENO PALMA

Accionista

13.xxx.xxx-3

100%

Texte officiel de l’extrait

CARLA SALAZAR MEZA, Abogado, Notario Público Interino Primera Notaría San Fernando, Chillán N° 620, certifica: por escritura hoy ante mí, MANUEL ORLANDO MORENO PALMA, cédula nacional de identidad número 13.451.287-3, casado, chileno, empresario, con domicilio en Condominio Club de Polo, calle Don Luis número 440, comuna de San Fernando, ha procedido a realizar el siguiente saneamiento: El compareciente es el único y actual accionista de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES MORENO SpA, constituida por escritura pública de fecha veinticinco de mayo de dos mil dieciocho en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado, con domicilio en calle La Concepción 65 piso segundo, Comuna de Providencia, Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 161, número 131 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando del Año dos mil dieciocho y se publicó en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 2018. El Compareciente, en éste acto, modifica y sanea vicio de nulidad, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 19.499 de 1997, dado que la escritura de constitución contiene un error en su artículo Segundo, por el cual el constituyente aparece fijando el domicilio social en la ciudad de Santiago, toda vez que debió decir que el domicilio de la sociedad es en la ciudad de San Fernando. La inscripción de la sociedad se practicó a fojas 161 número 131 del Año 2018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando. De conformidad con lo preceptuado en la Ley Número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, de mil novecientos noventa y siete, el compareciente a esta escritura, en su calidad de constituyente y único accionista de la sociedad individualizada en la cláusula anterior, viene en sanear el vicio de nulidad, rectificando el domicilio social, reemplazando la cláusula segunda de los estatutos por la siguiente: “El domicilio de la sociedad estará en la ciudad de San Fernando. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero.“ En todo lo no saneado se mantiene vigente lo pactado. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Fernando, Septiembre 06 Año 2018.

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