Sociedad Comercial Pacifico Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA Socio | - | 50% | - |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Constituição· 28 de junho de 2007
Constitución de Sociedad Comercial Pacifico Limitada, de fantasía Pernos Pacifico Limitada.
- Cessão de direitos· 29 de março de 2011
Viro Orlando Cid Dosoli cede el 50% de sus derechos a Cristian Leopoldo Lagos Soto y el 50% a Flor Margarita Hijerra Santana.
VIRO ORLANDO CID DOSOLI · CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO · FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA
Texto oficial do extrato
CHRISTIAN GUIDO LÖBEL EMHART, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio en esta ciudad, Urmeneta 414, certifico: por escritura pública, hoy ante mí, CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO, vendedor, domiciliado en Patricio Linch N°345, Población Libertad, Puerto Montt; VIRO ORLANDO CID DOSOLI, vendedor, domiciliado en calle Alicante N°1770, Mirador de la Bahía, Puerto Montt; y FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA, labores de casa, domiciliada en Los Pumas, Manzana Dos, casa N°8, Jardines de Alerce, Puerto Varas, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada razón social “SOCIEDAD COMERCIAL PACIFICO LIMITADA”, nombre de fantasía “PERNOS PACIFICO LIMITADA” , la que fue constituida por escritura pública de fecha 28 de Junio del año 2007, otorgada ante don Edward Langlois Danks, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Puerto Montt, cuyo extracto se inscribió a fojas 756 vuelta número 523 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, y fue publicado el 10 de Julio del año 2007 en el Diario Oficial. El Rol Unico Tributario de esta sociedad es el número 76.893.220-4, dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 29 de Marzo del año 2011 otorgada ante don Edward Langlois Danks, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Puerto Montt, cuyo extracto se inscribió a fojas 347 vuelta número 330 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt y fue publicado en la página web del Diario Oficial el 8 de Abril de 2011. Modificaciones consisten: a) socio VIRO ORLANDO CID DOSOLI vende y cede el cincuenta por ciento de su interés o derechos en la sociedad al socio CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $20.000.000, que don CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO pagó al cedente al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente haberlo recibido a su entera satisfacción. b) socio VIRO ORLANDO CID DOSOLI vende y cede el cincuenta por ciento de su interés o derechos en la sociedad a socia FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $20.000.000, que FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA pagó al cedente al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente haberlo recibido a su entera satisfacción. En consecuencia, los únicos y actuales socios de “SOCIEDAD COMERCIAL PACIFICO LIMITADA” o “PERNOS PACIFICO LIMITADA”, son CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO y FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales cada uno. c) Socios CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO y FLOR MARGARITA HIJERRA SANTANA acordaron modificar la cláusula quinta de la escritura social, relativa a la administración y representación de la sociedad, estableciendo que la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente, en forma conjunta o separada, al socio don CRISTIAN LEOPOLDO LAGOS SOTO y a don GUIDO AMADO VARGAS SANTANA, cédula nacional de identidad N° 13.121.947- 4, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las amplias facultades indicadas en la cláusula quinta de la escritura social, con la siguiente limitación: Los representantes deberán actuar conjuntamente para contratar créditos superiores a cien unidades de fomento, constituir a la sociedad en aval o codeudor solidario, para suscribir cheques sobre tres millones de pesos, para comprar, gravar y enajenar bienes raíces y vehículos de la sociedad; y para celebrar contratos de trabajo. Los socios declaran que en lo no modificado rige en su totalidad las cláusulas de la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 20 de Abril de 2017.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL PACIFICO LIMITADA
CVE 1209989
