Constructora Rigot Sociedad Por Acciones
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
corregir el vicio de nulidad formal de que adolece la inscripción y publicación tardía de la modificación antedicha, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea
Capital
Capital total
$2.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CONSTRUCTORA RIGOT SPA Accionista 76.890.747-1 | 76.890.747-1 | - | - |
Accionista 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | - | - |
Texte officiel de l’extrait
DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, Notario Titular de la 5ta Notaría de Iquique, Calle Baquedano N* 702, Iquique; Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, Abogado, chileno, casado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número dieciséis millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos veintiséis guion K, con domicilio, para estos efectos, en calle San Martín número doscientos cincuenta y cinco, oficina treinta y cuatro, de la comuna de Iquique; en representación de don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, chileno, soltero, constructor civil, cédula de identidad número quince millones trescientos cuarenta mil novecientos treinta y cinco guion ocho, en representación de la sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA, persona jurídica del giro comercial, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete guion uno; y de don EZEQUIEL VEGA MURRY, boliviano, soltero, empresario, cédula de identidad extranjera número veinticuatro millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y tres guion cero, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Aromos número ocho mil setecientos noventa y uno, sector Trocadero de la ciudad de Antofagasta; quien sanea conforme a la Ley 19.499, la modificación de la sociedad “CONSTRUCTORA RIGOT SOCIEDAD POR ACCIONES”, RUT 76.890.747-1, capital $2.000.000, escritura pública de fecha 27 de julio del año 2022, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Dario Chacon Vicentelo, la que no se inscribió y cuyo extracto no se publicó en el Diario Oficial en el plazo oportuno. Constituyéndose un vicio de nulidad que el compareciente saneó en los términos de la Ley referida, con el objeto de corregir el vicio de nulidad formal de que adolece la inscripción y publicación tardía de la modificación antedicha, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 27 de enero del año 2023.- Doy Fe.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | - | - |
CONSTRUCTORA RIGOT SPA Accionista 76.890.747-1 | 76.890.747-1 | - | - |
Accionista 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 27 juillet 2022
Se otorga la modificación original de la sociedad que luego se sanea por Ley 19.499.
ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE · CONSTRUCTORA RIGOT SPA · EZEQUIEL VEGA MURRY
Texte officiel de l’extrait
DARIO CHACON VICENTELO, Notario Titular de la 5ta Notaría de Iquique, Calle Baquedano N* 702, Iquique; Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, Abogado, chileno, casado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número dieciséis millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos veintiséis guion K, con domicilio, para estos efectos, en calle San Martín número doscientos cincuenta y cinco, oficina treinta y cuatro, de la comuna de Iquique; en representación de don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, chileno, soltero, constructor civil, cédula de identidad número quince millones trescientos cuarenta mil novecientos treinta y cinco guion ocho, en representación de la sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA, persona jurídica del giro comercial, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete guion uno; y de don EZEQUIEL VEGA MURRY, boliviano, soltero, empresario, cédula de identidad extranjera número veinticuatro millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y tres guion cero, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Aromos número ocho mil setecientos noventa y uno, sector Trocadero de la ciudad de Antofagasta; quien sanea conforme a la Ley 19.499, la modificación de la sociedad “CONSTRUCTORA RIGOT SOCIEDAD POR ACCIONES”, RUT 76.890.747-1, capital $2.000.000, escritura pública de fecha 27 de julio del año 2022, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Dario Chacon Vicentelo, la que no se inscribió y cuyo extracto no se publicó en el Diario Oficial en el plazo oportuno. Constituyéndose un vicio de nulidad que el compareciente saneó en los términos de la Ley referida, con el objeto de corregir el vicio de nulidad formal de que adolece la inscripción y publicación tardía de la modificación antedicha, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 01 de diciembre. del año 2022.- Doy Fe.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | - | - |
Accionista 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | - | - |
Texte officiel de l’extrait
DARIO CHACON VICENTELO, Notario Titular de la 5ta Notaría de Iquique, Calle Baquedano N* 702, Iquique; Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, Abogado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número dieciséis millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos veinte seis guion K, con domicilio, para estos efectos, en calle San Martín número doscientos cincuenta y cinco, oficina treinta y cuatro, de la comuna de Iquique; en representación según se acreditara de don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, chileno, soltero, constructor civil, cédula de identidad número quince millones trescientos cuarenta mil novecientos treinta y cinco mil guion ocho, en representación de la sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA, persona jurídica del giro comercial, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete guion uno; y de don EZEQUIEL VEGA MURRY, boliviano, soltero, empresario, cédula de identidad extranjera número veinticuatro millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y tres guion cero, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Aromos número ocho mil setecientos noventa y uno, sector Trocadero de la ciudad de Antofagasta; quien sanea conforme a la Ley 19.499, la modificación de la sociedad “CONSTRUCTORA RIGOT SOCIEDAD POR ACCIONES”, RUT 76.890.747-1, capital $2.000.000, escritura pública de fecha 27 de JULIO del año 2022, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Dario Chacon Vicentelo, la que no se inscribió y cuyo extracto tampoco no se publicó en el Diario Oficial en el plazo oportuno. Constituyéndose un vicio de nulidad que el compareciente saneó en los términos de la Ley referida, con el objeto de corregir el vicio de nulidad formal de que adolece la inscripción y publicación tardía de la modificación antedicha, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 19 de octubre. del año 2022.- Doy Fe.
Informations sociétaires
Objet social
giro comercial
Capital
Capital total
$2.000.000
Actions
2 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, Abogado, Notario Público Iquique, Baquedano N°702, certifico que, por escritura pública, otorgada hoy ante mí, don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, chileno, soltero, constructor civil, cédula de identidad número quince millones trescientos cuarenta mil novecientos treinta y cinco mil guion ocho, por sí y en representación de la sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA, persona jurídica del giro comercial, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete guion uno; y don EZEQUIEL VEGA MURRY, boliviano, soltero, empresario, cédula de identidad extranjera número veinticuatro millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y tres guion cero, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Aromos número ocho mil setecientos noventa y uno, sector Trocadero de la ciudad de Antofagasta; de paso por esta ciudad, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas referidas y exponen: INVIDIVIDUALIZACIÓN DE LA EMPRESA: a) Constitución: Que mediante escritura pública de fecha seis de junio del año dos mil dieciocho, suscrita ante el notario Público de Antofagasta, don Juan Santiago Treuer Moya, y anotada bajo el repertorio número seiscientos veintiuno del año dos mil dieciocho, compareció don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, ya individualizado, y procedió a constituir una sociedad por acciones denominada CONSTRUCTORA RIGOT SPA, persona jurídica del giro comercial, la que se regiría por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, acogiéndose a las disposiciones de la ley veinte mil seiscientos cincuenta y nueve, y por las normas establecidas en las cláusulas contenidas en la respectiva escritura de constitución, y demás leyes pertinentes. La misma fue inscrita a fojas seiscientos cincuenta y cinco vuelta, número cuatrocientos setenta y seis, del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil dieciocho, y publicada con fecha ocho de junio del dos mil dieciocho. Y su capital se encuentra distribuido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, equivalentes a la suma de dos millones de pesos, representativos del cien por ciento del capital social.- VENTA DE ACCIONES: a) Que mediante escritura pública suscrita con fecha veintisiete de julio de dos mil veintidós, ante el Notario Público de Iquique don Dario Chacon Vicentelo, y anotada bajo el repertorio número mil setecientos cuarenta y tres don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, en calidad de vendedor, vendió, cedió y transfirió a don EZEQUIEL VEGA MURRY, la totalidad de sus acciones de la sociedad, las que ascienden a la cantidad de dos mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, equivalentes a la suma de dos millones de pesos, representativos del cien por ciento del capital social de la presente sociedad.- b) El precio de la compraventa de acciones, correspondió a la cantidad única, total y definitiva de mil pesos por acción, con un total de dos millones de pesos, por el total de las dos mil acciones vendidas; precio que el Comprador pagó con anterioridad a la suscripción de la respectiva compraventa, al contado y en dinero en efectivo, y que el vendedor declaró haber recibido a su entera satisfacción y conformidad.- c) Las acciones se transfieren al Comprador libre de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, medidas precautorias, litigios, prohibiciones, deudas, derechos de terceros, pactos de accionistas, condiciones resolutorias y de cualquier otro derecho real distinto al del dominio, debiendo el Vendedor responder del saneamiento de la evicción de conformidad a las reglas generales. d) A su vez, las partes dejaron expresa constancia que cualquier deuda que se haya originado o contraído con anterioridad a la celebración de dicho contrato era de exclusiva responsabilidad de ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE, en su calidad de representante legal de la Sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA. e) El comprador declaró que conoce la normativa legal que regula las sociedades por acciones. Declaró además conocer el estatuto de la sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas.- f) En virtud de la enajenación celebrada y señalada en la cláusula precedente, ha quedado como único y actual accionista de la presente sociedad don EZEQUIEL VEGA MURRY en su calidad de dueño de las dos mil acciones representativas del cien por ciento del capital social.- MODIFICACION SOCIAL. Por este acto, los comparecientes vienen en modificar la sociedad CONSTRUCTORA RIGOT SPA, individualizada precedentemente en los siguientes términos: a) En vista que el artículo de la composición del capital social se encuentra regulado en un artículo transitorio, se incluye correlativamente el siguiente y nuevo ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO, cuyo íntegro tenor es el siguiente: “ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO: El capital social a que se refiere el artículo quinto de estos estatutos, que asciende a la suma de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, se encuentra suscrito por don EZEQUIEL VEGA MURRY, quien las adquirió por compra que le hizo a don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUE en la suma de dos millones de pesos, que pagó con anterioridad a la suscripción del respectivo contrato, al contado y en dinero en efectivo, y que el vendedor declaró haber recibido a su entera satisfacción y conformidad”.- b) En vista que el artículo sobre la designación de gerente general se encuentra regulado en un artículo transitorio, se incluye correlativamente el siguiente y nuevo ARTÍCULO DECIMO OCTAVO, que manifiesta que: “ARTÍCULO DECIMO OCTAVO: Recayendo sobre el accionista don EZEQUIEL VEGA MURRY la titularidad del cien por ciento de las acciones emitidas y pagadas por la sociedad, desígnese a don EZEQUIEL VEGA MURRY, boliviano, soltero, empresario, cédula de identidad número veinticuatro millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y tres guion cero, domiciliado para estos efectos en calle Los Aromos número ocho mil setecientos noventa y uno, sector Trocadero de la ciudad de Antofagasta como Gerente General de la presente sociedad por acciones, quien podrá actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, personalmente o por intermedio de mandatarios designados especialmente para estos efectos, y en su representación, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos con todas las facultades que la escritura modificación expresa. En todo lo no modificado por el presente instrumento, continuará rigiendo lo establecido en el estatuto de constitución social.- CONSTRUCTORA RIGOT SOCIEDAD POR ACCIONES, Rut: 76.890.747-1; Capital $2.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 27 de julio del año 2022. Doy Fe.-
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