Megafactor Servicios Financieros S.a.
Diario Oficial
Informations sociétaires
Texte officiel de l’extrait
KARINA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de don Andrés Rieutord Alvarado Titular 36 Notaría de Santiago con oficio calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2018, ante Notario Titular, Repertorio N° 21.413, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MEGAFACTOR SERVICIOS FINANCIEROS S.A., celebrada ante mi con fecha 13 de julio de 2018, en la que se acordó modificar los artículos Décimo Quinto, Vigésimo Séptimo y el Título Séptimo, substituyéndolos por los siguientes: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Las reuniones del Directorio se constituirán con la mayoría de sus miembros y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el voto del que presida la reunión. Los acuerdos del directorio podrán llevarse a efecto una vez aprobada el acta que los contiene, lo que ocurrirá cuando el acta se encuentre firmada por todos los directores que concurrieron a la sesión respectiva”; “ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Se autoriza el uso de medios tecnológicos que permitan la participación de accionistas que no se encuentran físicamente presentes en las Juntas de Accionistas, siempre que dichos sistemas garanticen debidamente la identidad de tales accionistas y cautelen el principio de simultaneidad o secreto de las votaciones que se efectúen en las juntas. El directorio de la sociedad deberá señalar expresamente en la convocatoria los plazos, formas y modos de ejercicio de los derechos de los accionistas a través de los medios tecnológicos arriba referidos, de manera de permitir el ordenado desarrollo de la junta y la regularidad del proceso de votación”; “TÍTULO SÉPTIMO. - De la fiscalización de la administración. La contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros serán fiscalizados y examinados por una empresa de auditoría externa regida por el Título XXVIII de la ley N° 18.045, designada anualmente por la junta ordinaria de accionistas.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de agosto de 2018.
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Objet social
La administración de uno o más fondos de inversión privados, la que se ejercerá a nombre de éstos por cuenta y riesgo de sus aportantes en los términos que establece la Ley veinte mil setecientos doce. En los Reglamentos Internos que se confeccionen para los fondos de inversión privados que administre la sociedad se incorporará, con motivo de lo prescrito en el Capítulo V de la ley número veinte mil setecientos doce, que ellos tendrán el carácter de privados, no fiscalizados y se regirán exclusivamente por las cláusulas de sus respectivos reglamentos internos, sin perjuicio, además, de las obligaciones que les impone la citada ley. Además, se agregará en dichos reglamentos que aun cuando la sociedad esté inscrita en el Registro de Entidades Informantes de la Superintendencia de Valores y Seguros, la condición del respectivo fondo se mantendrá como privado y no sujeto a fiscalización; Dos) La prestación de servicios de contabilidad, administrativos, comerciales, financieros y de consultoría
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$0
Capital restant dû
$10.000.000
Actions
1 000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 76.810.814-5 | 76.810.814-5 | - | - |
Accionista 76.815.654-9 | 76.815.654-9 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
Texte officiel de l’extrait
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 27-03-2018, Repertorio Nº 9151, ante mí, INVERSIONES JD SpA, rol único tributario número 76.810.814-5; INVERSIONES DI SpA, rol único tributario número 76.815.654-9; y, CARLOS ALBERTO UBEDA CASTRO, cédula de identidad número 8.775.254-2, todos domiciliados en Los Militares 5.620, oficina 516, Las Condes, constituyeron una sociedad anónima cerrada: Nombre, MEGAFACTOR SERVICIOS FINANCIEROS S.A.; Domicilio, comuna de Las Condes, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que el Directorio de la misma acuerde establecer dentro o fuera del territorio de la República; Duración, indefinida; Objetos: Uno) La administración de uno o más fondos de inversión privados, la que se ejercerá a nombre de éstos por cuenta y riesgo de sus aportantes en los términos que establece la Ley veinte mil setecientos doce. En los Reglamentos Internos que se confeccionen para los fondos de inversión privados que administre la sociedad se incorporará, con motivo de lo prescrito en el Capítulo V de la ley número veinte mil setecientos doce, que ellos tendrán el carácter de privados, no fiscalizados y se regirán exclusivamente por las cláusulas de sus respectivos reglamentos internos, sin perjuicio, además, de las obligaciones que les impone la citada ley. Además, se agregará en dichos reglamentos que aun cuando la sociedad esté inscrita en el Registro de Entidades Informantes de la Superintendencia de Valores y Seguros, la condición del respectivo fondo se mantendrá como privado y no sujeto a fiscalización; Dos) La prestación de servicios de contabilidad, administrativos, comerciales, financieros y de consultoría; Capital, $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones, sin valor íntegramente suscrito, el que se va a pagar dentro del plazo de 3 años contados fecha escritura. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 6 de abril de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
MEGAFACTOR SERVICIOS FINANCIEROS S.A.
CVE 1445102
- CONSTITUCIÓN
MEGAFACTOR SERVICIOS FINANCIEROS S.A.
CVE 1382872
