Sociedad de Responsabilidad Limitada76.863.198-0

Transportes y Servicios Dester Limitada

MODIFICACIÓN — 4 mar 2026

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-03-04Ver PDF (CVE 2778233)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, el transporte de mercaderías, de pasajeros, de toda clase de bienes muebles y de carga en general, vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros, dentro o fuera del territorio de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre, así como la prestación o ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de servicios relacionados con transporte de pasajeros, transporte de carga, asesoría y ejecución de proyectos de transporte, representación de empresas de transporte y embalaje, compraventa y alquiler de vehículos, importación, exportación, distribución y comercialización de repuestos y demás actividades vinculadas al flete, traslado, embalaje, gestiones portuarias y aduaneras.

Capital

Capital total

$247.730.000

Capital pagado

$247.730.000

Capital pendiente

$0

Acciones

247.730

Socios (2)

NombreParticipación

GRUPO ECHAÍZ LIMITADA

Accionista

78.241.781-9

89.91%

SOCIEDAD EL COIGUE SpA

Accionista

77.644.856-7

10.09%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 13 de febrero de 2026

    Eduardo Álvaro Echaíz García cede la totalidad de sus derechos sociales a GRUPO ECHAÍZ LIMITADA.

    Eduardo Álvaro Echaíz García · GRUPO ECHAÍZ LIMITADA

  2. Cesión de derechos· 13 de febrero de 2026

    Fernando Gonzalo Echaíz García cede la totalidad de sus derechos sociales a SOCIEDAD EL COIGUE SpA.

    Fernando Gonzalo Echaíz García · SOCIEDAD EL COIGUE SpA

  3. Transformación· 13 de febrero de 2026

    La sociedad se transforma de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones, pasando a denominarse TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER SpA.

    GRUPO ECHAÍZ LIMITADA · SOCIEDAD EL COIGUE SpA

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior GONZALO PRIETO MAGNOLFI, suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico: que por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2026, Repertorio N° 14876 - 2026, ante el Notario Titular: (I) FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA, C.I. 7.265.286-K; (II) Eduardo Álvaro Echaíz García, C.I. 7.265.282-7, (III) SOCIEDAD EL COIGUE SpA, RUT N° 77.644.856-7; y (IV) GRUPO ECHAÍZ LIMITADA, RUT N° 78.241.781-9, todos domiciliados para estos efectos en Chacra San Lorenzo Parcela B-C, Malloco, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, modificaron “TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA”, RUT N° 76.863.198-0 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a Fojas 8.107, Número 4.610, Año 2018, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: 1) DECLARACIÓN DE APORTE Y CESIÓN DE DERECHOS. (i) Don Eduardo Álvaro Echaíz García aportó, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a aproximadamente el 89,91%, a la sociedad GRUPO ECHAÍZ LIMITADA, quien los aceptó y adquirió para sí; y b) Fernando Gonzalo Echaíz García aportó, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a aproximadamente el 10,09%, A SOCIEDAD EL COIGUE SpA, quien los aceptó y adquirió para sí. 2) ADECUACIÓN Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. En virtud de lo anterior, los actuales socios vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social, relativa al capital social, y la reemplazan por la siguiente: “CUARTO. El capital de la sociedad es la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL pesos que los socios aportaron de la siguiente forma: a) El socio GRUPO ECHAÍZ LIMITADA aportó la suma de doscientos veintidós millones setecientos treinta mil pesos equivalentes al ochenta y nueve coma noventa y un por ciento del capital social; y b) El socio SOCIEDAD EL COIGUE SpA aportó la suma de veinticinco millones de pesos, equivalentes al diez coma cero nueve por ciento del capital social. De acuerdo a lo indicado precedentemente, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado”. 3) TRANSFORMACIÓN. Los únicos y actuales socios, esto es, Sociedad el Coigue SpA y Grupo Echaíz Limitada, acordaron transformar la Sociedad, mediante el cambio de especie o tipo social, a una sociedad por acciones, regida por las disposiciones del párrafo octavo del Título séptimo del Libro segundo, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 aplicables a las sociedades anónimas cerradas, en lo no regulado por sus estatutos, de los que se extracta lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “Dester SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que puedan constituirse en cualquier punto del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, el transporte de mercaderías, de pasajeros, de toda clase de bienes muebles y de carga en general, vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros, dentro o fuera del territorio de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre, así como la prestación o ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de: a) servicios de transportes de pasajeros, entendiéndose por tal, de manera meramente enunciativa, el transporte de pasajeros público y privado, escolar, taxi, radio taxi, taxi colectivo, transporte de personas a instituciones, particular o turístico; b) transporte de carga de toda clase de cosas muebles, mercaderías, documentos, materiales, sea aérea, terrestre o marítima, entregas, encomiendas, correo privado, dentro o fuera del territorio de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre; c) Asesoría, estudios y ejecución de y todo tipo de proyectos de transporte públicos o privado de pasajeros y de carga; d) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; e) compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos; f) todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; g) la compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos: y todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; y h) cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con todo lo dicho y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida. CAPITAL: El capital social es la suma de $247.730.000, dividido en 247.730, nominativas, sin valor nominal, las cuales se dividen en dos series de acciones denominadas Serie A Preferentes y Serie B Ordinarias, de las cuales 25.000 acciones corresponden a las acciones Serie A Preferentes y 222.730 acciones corresponden a la Serie B Ordinarias, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2026.

ModificaciónDiario Oficial · 2026-02-19Ver PDF (CVE 2772197)

Información societaria

Ltda
Chacra San Lorenzo Parcela B-C, Malloco

Capital

Capital total

$247.730.000

Capital pagado

$247.730.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Eduardo Álvaro Echaíz García

Socio

7.xxx.xxx-7

89.91%

Fernando Gonzalo Echaíz García

Socio

7.xxx.xxx-k

10.09%

Historia societaria relatada

  1. Sucesión· 26 de diciembre de 2025

    Los herederos de Rocío del Carmen García Vera aceptan la adjudicación de derechos sociales en favor de Eduardo Álvaro Echaíz García.

    Rocío del Carmen García Vera · Eduardo Álvaro Echaíz García · Fernando Gonzalo Echaíz García

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025,Rep. 9489, ante mi suplente doña Rose Marie Muñoz Alvarez, (I) FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA, C.I. 7.265.286-K; y (II) EDUARDO ÁLVARO ECHAÍZ GARCÍA, C.I. 7.265.282-7, en su calidad de únicos integrantes de la Sucesión de Doña Rocío del Carmen García Vera, y en su calidad de socios de Transportes y Servicios Dester Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Chacra San Lorenzo Parcela B-C, Malloco, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, modificaron “TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA”, RUT N°76.863.198-0 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a Fojas 8.107, Número 4.610, Año 2018, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: 1) Aceptación de adjudicación efectuada en la partición. En virtud de lo acordado por los herederos de doña Rocío Del Carmen García Vera en la escritura extractada, don Eduardo Álvaro Echaíz García se adjudicó la totalidad de los derechos en la Sociedad que le correspondían a la sucesión de doña Rocío Del Carmen García Vera, es decir, un setenta y nueve coma ochenta y dos por ciento del total de los derechos de la Sociedad. Don Eduardo Álvaro Echaíz García y don Fernando Gonzalo Echaíz García, en su calidad de actuales socios de “TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA” y de únicos herederos de la Sucesión de doña Rocío Del Carmen García Vera, aceptan y autorizan la adjudicación referida. Como consecuencia de la partición, de las adjudicaciones efectuadas y de la aceptación de los socios, quedan como únicos socios de la Sociedad las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) Eduardo Álvaro Echaíz García con un 89,91% de los derechos sociales; y b) Fernando Gonzalo Echaíz García con un 10,09% de los derechos sociales. 2) Modificación de la cláusula de capital. Con la finalidad de materializar las adjudicaciones efectuadas, los actuales socios vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social, relativa al capital social, y la reemplazan por la siguiente: “CUARTO. El capital de la sociedad es la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL pesos que los socios aportaron de la siguiente forma: a) El socio Eduardo Álvaro Echaíz García aportó la suma de doscientos veintidós millones setecientos treinta mil pesos equivalentes al ochenta y nueve coma noventa y un por ciento del capital social; y b) El socio Fernando Gonzalo Echaíz García aportó la suma de veinticinco millones de pesos, equivalentes al diez coma cero nueve por ciento del capital social. De acuerdo a lo indicado precedentemente, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado”. Salvo lo modificado, se ratifican los estatutos de la Sociedad, en especial las estipulaciones relativas a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2026.-

ModificaciónDiario Oficial · 2025-12-17Ver PDF (CVE 2742555)

Información societaria

Ltda
Chacra San Lorenzo Parcela B - C

Socios (3)

NombreParticipación

EDUARDO ÁLVARO ECHAÍZ GARCÍA

Socio

7.xxx.xxx-7

-

FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA

Socio

7.xxx.xxx-k

-

Sucesión de doña ROCÍO DEL CARMEN GARCÍA VERA

Socio

3.xxx.xxx-7

-

Historia societaria relatada

  1. Sucesión· 15 de febrero de 2023

    Se concede posesión efectiva de la herencia de Rocío del Carmen García Vera a sus herederos Eduardo Álvaro Echaíz García y Fernando Gonzalo Echaíz García.

    ROCÍO DEL CARMEN GARCÍA VERA · EDUARDO ÁLVARO ECHAÍZ GARCÍA · FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, abogado, Notario Público Suplente de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que: por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2025, Repertorio Nº 11003–2025, otorgada ante doña María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de Santiago: Comparecieron don EDUARDO ÁLVARO ECHAÍZ GARCÍA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 7.265.282-7, y don FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 7.265.286-K, todos mayores de edad, domiciliados en Chacra San Lorenzo Parcela B - C, Malloco, Comuna de Peñaflor, en su calidad de únicos socios actuales de la sociedad TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA, y comuneros de la sucesión indivisa de doña ROCÍO DEL CARMEN GARCÍA VERA, y procedieron a modificar el contrato social de la sociedad denominada TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.863.198-0, constituida por escritura pública como sociedad de responsabilidad limitada, con fecha 25 de enero del año 2018, otorgada en Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot.. Un Extracto autorizado de dicha escritura se inscribió a fojas 8.107 N° 4.610 del año 2018, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en tanto que, una rectificación del mismo fue inscrita en el Registro de Comercio antes señalado, a fojas 47.529, N°24.598 del año 2018 y publicada en el Diario Oficial con fecha 02 de febrero de 2018. El objeto de la modificación consistió en dejar constancia de la incorporación de la Sucesión de doña ROCÍO DEL CARMEN GARCÍA VERA como socia de la sociedad, la que se realiza en su calidad de comunidad hereditaria indivisa, conforme a la posesión efectiva inscrita, mientras no se practique la partición de la herencia respectiva. El ingreso de la sucesión se basa en la Resolución de Posesión Efectiva N° 10.201, de fecha 15 de febrero de 2023, inscrita a fojas 53.249, número 74.226 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2025, que reconoce como herederos a EDUARDO ÁLVARO ECHAÍZ GARCÍA, y don FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA. En consecuencia, la participación social será ejercida en forma conjunta por todos los herederos, sin que ello implique por sí solo el otorgamiento de facultades de administración, ni altere el régimen de uso de la razón social vigente. Asimismo, se incorpora la siguiente cláusula a los estatutos sociales: “Cláusula Transitoria: Se deja constancia que, en virtud de la posesión efectiva intestada concedida mediante Resolución Exenta número diez mil doscientos uno, de fecha quince de febrero de dos mil veintitrés, emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, e inscrita a fojas cincuenta y tres mil doscientos cuarenta y nueve, número setenta y cuatro mil doscientos veintiséis, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veinticinco, la participación social de la fallecida socia doña Rocío del Carmen García Vera, cédula nacional de identidad número tres millones cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta guion siete, ha sido legalmente adquirida por su sucesión indivisa, compuesta por don Eduardo Álvaro Echaiz García, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta y dos guion siete, y don Fernando Gonzalo Echaiz García, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta y seis guion K, quienes se incorporan a la sociedad en tal calidad, con la misma participación que la causante detentaba al momento de su fallecimiento. En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula novena del contrato social vigente, los integrantes de dicha sucesión designan como mandatario común para la representación de sus derechos en la sociedad a don Eduardo Álvaro Echaiz García, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta y dos guion siete, quien acepta dicho encargo y ejercerá las facultades representativas inherentes al mandato, sin participar en la administración de la sociedad, salvo acuerdo posterior que lo autorice expresamente. Esta cláusula mantendrá su vigencia mientras no se practique la partición de la herencia, momento en el cual los socios podrán acordar la modificación estatutaria correspondiente, si así lo estiman pertinente”. Las demás cláusulas del contrato social permanecen vigentes y sin modificación. Santiago, 01 de diciembre de 2025.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-06-27Ver PDF (CVE 1421612)

Información societaria

Ltda
calle Moneda número setecientos oficina ciento siete

Capital

Capital total

$247.730.000

Socios (3)

NombreParticipación

ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA

Socio

-

EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA

Socio

-

FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA

Socio

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 25 de enero de 2018

    Se constituyó la sociedad Transportes y Servicios Dester Limitada con capital de $247.730.000.

    ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA · EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA · FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don CRISTIAN ADOLFO BRICEÑO ECHEVERRIA, domiciliado para estos efectos en calle Moneda número setecientos oficina ciento siete, Comuna de Santiago, en representación de doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA, y don FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, todos domiciliados para estos efectos en Chacra san Lorenzo Parcela B-C Malloco, Comuna de Peñaflor. Por escritura pública de fecha 25 de enero del año 2018, otorgada ante el Notario Público que autoriza, se constituyó la sociedad TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 8107, número 4610, del Registro de Comercio del CBR de Santiago, correspondiente al año 2018. La sociedad se constituyó con un capital de $247.730.000. RECTIFICACION: Por el presente instrumento, el compareciente estando debidamente facultado, conforme se desprende de la cláusula Décimo Quinta de la escritura de constitución de sociedad, viene en rectificar el pacto social constitutivo, cláusula Cuarta relativa al capital social, específicamente en cuanto al aporte de la socia doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, en la cual se transcribió erróneamente la singularización de los vehículos motorizados que aportó al capital social. En tal sentido los socios sustituyen la letra A de la cláusula Cuarta del pacto constitutivo, por la siguiente: “CUARTO……A) la socia doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, aporta la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS, con la cesión en dominio de los siguientes vehículos motorizados: Uno) Inscripción número: GZVV punto veintinueve guión siete, Año dos mil quince, Camioneta, Marca: Ford, Modelo: F ciento cincuenta RC XLT tres punto siete AUT, Número Motor: E F A ocho cero tres dos cuatro, Número Chasis: uno F T M F uno C M cinco E F A ocho cero tres dos cuatro, Color: Negro Tuxedo, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma diez millones ochocientos setenta mil pesos.- Dos) Inscripción número: GZWL punto noventa guión cinco, Año dos mil quince, Camioneta, Marca: Ssangyong, Modelo: New Actyon Sport dos punto cero AT, Número Motor: seis siete uno nueve seis cero uno dos seis uno seis cuatro dos nueve, Número Chasis: K P A C A uno E T S F P dos uno cinco seis tres nueve, Color: Plateado, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma once millones trescientos ochenta mil pesos.- Tres) Inscripción número: DRBL punto veinticinco guión nueve, Año dos mil trece, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU seis punto cinco, Número Motor: N cero cuatro C U V uno dos uno dos ocho, Número Vin: J H H U C P tres H X C K cero cero tres seis ocho ocho, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma nueve millones quinientos mil pesos .- Cuatro) Inscripción número: FXJR punto sesenta y tres guión seis, Año dos mil trece, Camioneta, Marca: JMC, Modelo: Carrying dos punto ocho, Número Motor: C ocho uno uno nueve cuatro siete siete, Número Chasis: L E F Y E C A uno X D H N cero cuatro dos dos tres, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma seis millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Cinco) Inscripción número: GCLG punto setenta y ocho guión cinco, Año dos mil catorce, Camioneta, Marca: JMC, Modelo: Carrying uno punto seis, Número Motor: C C uno seis nueve cero siete cinco, Número Chasis: L E F Y E C C A uno X D H N cero seis cero cinco tres, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma seis millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Seis) Inscripción número: GXVG punto cincuenta y uno guión cuatro, Año dos mil quince, Camión, Marca: JMC, Modelo: Convey, Número Motor: D nueve uno cuatro uno seis dos cinco, Número Chasis: L E F Y E C G tres cero E H N cero cuatro siete cero nueve, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma diez millones quinientos sesenta mil pesos.- Siete) Inscripción número: HCDC punto dieciséis guión siete, Año dos mil quince, Camión, Marca: JMC, Modelo: Carrying, Número Motor: E cinco cero ocho seis cinco dos cuatro, Número Chasis: L E F Y E C A dos uno E H N cuatro cuatro uno cinco dos, Número Vin: L E F Y E C A dos uno E H N cuatro cuatro uno cinco dos, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma ocho millones seiscientos treinta mil pesos.- Ocho) Inscripción número: HCDC punto diecisiete guión cinco, Año dos mil quince, Camión, Marca: JMC, Modelo: Convey, Número Motor: D ocho uno dos cuatro cinco tres uno, Número Chasis: L E F Y E C G tres siete E H N cero cuatro uno uno uno, Número Vin: L E F Y E C G tres siete E H N cero cuatro uno uno uno, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma diez millones quinientos sesenta mil pesos.- Nueve) Inscripción número: HKPY punto sesenta y tres guión ocho, Año dos mil quince, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU seis punto cinco, Número Motor: N cero cuatro C U V dos cero ocho dos ocho, Número Chasis: J H H U C P tres H seis F K cero uno dos cuatro uno uno, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma quince millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Diez) Inscripción número: HLHB punto doce guión seis, Año dos mil dieciséis, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU cinco punto nueve, Número Motor: N cero cuatro C U V dos uno nueve tres nueve, Número Chasis: J H H C C P tres H cinco G K cero cero dos dos siete dos , Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma dieciséis millones trescientos cuarenta mil pesos.- Once) Inscripción número: HVSX punto cuarenta y uno guión tres, Año dos mil dieciséis, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU, Número Motor: N cero cuatro C U T uno ocho cero siete cero, Número Chasis: J H H U C T tres H uno G K cero uno seis tres nueve dos, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma quince millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Doce) Inscripción número: HLGY punto ochenta y cuatro guión dos, Año dos mil dieciséis, Camión, Marca: JMC, Modelo: Carrying, Número Motor: E B uno siete siete nueve cuatro siete, Número Chasis: L E F Y E C A dos tres F H N cero cinco siete cinco siete, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma ocho millones seiscientos treinta mil pesos.- Trece) Inscripción número: HWJT punto cuarenta y tres guión siete, Año dos mil dieciséis, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU City, Número Motor: N cero cuatro C V M uno cero uno tres cinco, Número Chasis: J H H A C R cuatro H X G K cero cero dos nueve nueve cinco, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma quince millones doscientos diez mil pesos.- Catorce) Inscripción número: JJLV punto veintidós guión K, Año dos mil diecisiete, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU, Número Motor: N cero cuatro C U T uno nueve cero ocho dos, Número Chasis: J H H U C T tres H uno H K cero uno ocho dos nueve cero, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma quince millones doscientos diez mil pesos.- Quince) Inscripción número: JJLV punto veinticuatro guión seis, Año dos mil diecisiete, Camión, Marca: Hino, Modelo: XZU City, Número Motor: N cero cuatro C V M uno cero uno cuatro siete, Número Chasis: J H H A C R cuatro H dos H K cero cero tres cero ocho ocho, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma quince millones doscientos diez mil pesos.- Dieciséis) Inscripción número: FTZW punto cincuenta y nueve guión cero, Año dos mil trece, Camioneta, Marca: JMC, Modelo: Carrying dos punto ocho, Número Motor: C A uno cuatro nueve cero tres uno, Número Chasis: L E F Y E C A uno X D H N cero cinco cuatro uno nueve, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma seis millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Diecisiete) Inscripción número: FXZF punto cuarenta y cinco guión uno, Año dos mil trece, Camioneta, Marca: JMC, Modelo: Carrying uno punto seis, Número Motor: C ocho uno uno nueve cuatro ocho cero , Número Chasis: L E F Y E C A uno seis D H N cero cuatro dos uno ocho, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma seis millones cuatrocientos treinta mil pesos.- Dieciocho) Inscripción número: DTGW punto veintiocho guión cinco, Año dos mil catorce, Camión, Marca: JMC, Modelo: Carrying, Número Motor: D cinco cero ocho uno nueve siete uno, Número Chasis: L E F Y E C G dos tres D H N cinco dos cuatro dos dos, Color: Blanco, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma nueve millones cincuenta mil pesos”.- En todo lo no rectificado por el presente instrumento, continúan plenamente vigentes las cláusulas del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 19 de Junio de 2018.

ConstituciónDiario Oficial · 2018-02-02Ver PDF (CVE 1347446)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, contados desde esta fecha, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA y a don FERNANDO GONZALO ECHAÍZ GARCÍA, separada e indistintamente, amplias facultades, salvo lo estipulado en numerando Cinco, letra b.

Objeto social

El objeto social será, por cuenta propia, de tercero o asociados a terceros, el transporte de mercaderías, de pasajeros, de toda clase de bienes muebles, y de carga en general, vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, dentro o fuera del territorios de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre; así como la prestación o ejecución por cuenta propia o ajena, de toda clase de: a) servicios de transporte de pasajeros, entendiéndose por tal, de manera meramente enunciativa, el transporte de pasajeros público y privado, escolar, taxi, radio taxi, taxi colectivo, transporte de personas a instituciones, particular o turístico; b) transporte de carga de toda clase de cosas muebles, mercaderías, documentos, materiales, sea aérea, terrestre o marítima, entregas, encomiendas, correo privado, dentro o fuera del territorios de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre; c) Asesoría, estudios y ejecución en todo tipo de proyectos de transporte público o privado de pasajeros y de carga; d) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; e) compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos; f) todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; g) la compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos; y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y h) y cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$247.730.000

Capital pagado

$247.730.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA

Socio

20%

EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA

Socio

40%

FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA

Socio

40%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, Notario 41ª Notaria Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA, y FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, todos domiciliados para estos efectos en Chacra san Lorenzo Parcela B- C Malloco, Comuna de Peñaflor, y de paso en ésta, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA”, indistintamente nombres de fantasía “TRANSPORTES DESTER LTDA.” O “DESTER LTDA”. OBJETO: El objeto social será, por cuenta propia, de tercero o asociados a terceros, el transporte de mercaderías, de pasajeros, de toda clase de bienes muebles, y de carga en general, vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, dentro o fuera del territorios de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre; asó como la prestación o ejecución por cuenta propia o ajena, de toda clase de: a) servicios de transporte de pasajeros, entendiéndose por tal, de manera meramente enunciativa, el transporte de pasajeros público y privado, escolar, taxi, radio taxi, taxi colectivo, transporte de personas a instituciones, particular o turístico; b) transporte de carga de toda clase de cosas muebles, mercaderías, documentos, materiales, sea aérea, terrestre o marítima, entregas, encomiendas, correo privado, dentro o fuera del territorios de la república, sea por vía aérea, marítima o terrestre; c) Asesoría, estudios y ejecución en todo tipo de proyectos de transporte público o privado de pasajeros y de carga; d) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; e) compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos; f) todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; g) la compraventa y alquiler de vehículos nuevos y usados, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de repuestos, motores, accesorios y demás piezas, partes y artículos afines de toda clase de vehículos; y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y h) y cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $247.730.000, que los socios aportan: A) la socia doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, aporta la suma de $197.730.000, con la cesión en dominio de los siguientes vehículos motorizados: Uno) camioneta marca Ford, singularizado en escritura, placa patente GZVV-29-7, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $10.870.000. Dos) camioneta marca Ssangyong, singularizado en escritura placa patente GZWL-90-5, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $11.380.000. Tres) camión marca Hino, singularizado en escritura, placa patente DRBL-25-9, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $9.500.000. Cuatro) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente FTZW-59-0, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $6.430.000. Cinco) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente FXJR-63-6, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $6.430.000. Seis) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente FJZF-45-1, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $6.430.000. Siete) camión marca JMC, singularizado en escritura, placa patente DTGW-28-5, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $9.050.000. Ocho) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente GCLG-78-5, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $6.430.000. Nueve) camión marca JMC, singularizado en escritura, placa patente GXVG-51-4, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $10.560.000. Diez) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente HCDC-16-7, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $8.630.000. Once) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente HCDC-17-5, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $10.560.000. Doce) camión marca Hino, singularizado en escritura placa patente HKPY-63-8, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $15.430.000.Trece) camión marca Hino, singularizado en escritura placa patente HLHB-12-6, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $16.340.000. Catorce) camión marca Hino, singularizado en escritura placa patente HVXS-41-3, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $15.430.000. Quince) camión marca JMC, singularizado en escritura placa patente HLGY-84-2, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $8.630.000. Dieciséis) camión marca Hino, singularizado en escritura, placa patente HWJT-43- 7, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $15.210.000. Diecisiete) camión marca Hino, singularizado en escritura, placa patente JJLV-22- K, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $15.210.000. Dieciocho) camión marca Hino, singularizado en escritura, placa patente JJLV-24- 6, avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de $15.210.000. B) el socio don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA, aporta la suma de $25.000.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y C) el socio don FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, aporta la suma de $25.000.000, en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA y a don FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, separada e indistintamente, amplias facultades, salvo lo estipulado en numerando Cinco, letra b. Los socios acuerdan que las utilidades se distribuirán, y las eventuales pérdidas se soportarán, por los socios, de la siguiente forma: A) para la socia doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, un 20%; B) para el socio don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA, un 40%; y C) para el socio don FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, un 40%. Los socios limitan su responsabilidad en la siguiente proporción A) para la socia doña ROCIO DEL CARMEN GARCIA VERA, en 20%; B) para el socio don EDUARDO ALVARO ECHAIZ GARCIA, en un 40%; y C) para el socio don FERNANDO GONZALO ECHAIZ GARCÍA, en un 40%. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente los comparecientes acuerdan que el tope máximo para el retiro de utilidades será de un cincuenta por ciento. DURACION: 5 años, contados desde esta fecha, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, en forma señalada en escritura extractada. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales, agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 25 de enero de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Transportes y Servicios Dester Limitada

    CVE 2778233

  2. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA

    CVE 2772197

  3. MODIFICACIÓN

    Transportes y Servicios Dester Limitada

    CVE 2742555

  4. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA

    CVE 1421612

  5. CONSTITUCIÓN

    TRANSPORTES Y SERVICIOS DESTER LIMITADA

    CVE 1347446

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)