Sociedad Comercial Esparza Y Andrade Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 25.xxx.xxx-5 | 25.xxx.xxx-5 | - | - |
RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | - | - |
Administradores (1)
RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de março de 2018
Se constituyó la sociedad comercial Esparza y Andrade Limitada.
DAISY ALEJANDRA ANDRADE MOROS · RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL
Texto oficial do extrato
JUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO, Abogado, Notario Público y Archivero de Talcahuano, con oficio en calle Covadonga Nº55, Talcahuano, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, DAISY ALEJANDRA ANDRADE MOROS C.N.I: 25.650.552-5 y don RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL, C.N.I. 15.005.869-4, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL ESPARZA Y ANDRADE LIMITADA”, constituida por escritura pública De fecha 1 de marzo de 2018, anotada en el repertorio con el número 324-2018 ante notario público de Talcahuano don Juan Roberto Arias publicada en el diario oficial con fecha 10 de marzo de 2018 inscrita a fojas 515V, número 403 del Registro de comercio de Concepción del año 2018. Las Modificaciones consisten: en modificar la cláusula CUARTA, de la escritura constitutiva ya individualizada, relativa a la representación, administración el uso de la razón social, en su totalidad, quedando de la siguiente forma “DE LA ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de ahora en adelante a don, RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL, Chileno, Profesor, cédula nacional de identidad número quince millones cinco mil ochocientos sesenta y nueve guion cuatro, domiciliado en calle Francisco de Asís numero doscientos veinte, condominio fuentes de lomas, sector lomas de San Sebastián, comuna de Concepción, quien deberá obrar anteponiendo su firma a la razón social y la obligará en todos los actos y negocios que celebren por ella. Como tal, el administrador tendrá las más amplia facultades administrativas y dispositivos pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios y ejecutar todas labores necesarias al objeto social, sin limitación alguna. En forma puramente ejemplar se establece que podrá en el desempeño de su administración: uno) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier titulo toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios; dos) Celebrar contrato de promesa de cualquier contrato o contrato o convención, otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y/o extrajudicialmente su cumplimiento; tres) Dar y tomar en arrendamiento, administración y cesión toda clase de servicios y bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles; cuatro) Dar y tomar toda clase de bienes en comodato y mutuo; cinco) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito sea necesario o voluntario y en secuestro; seis) Dar y recibir bienes en hipotecas, posponer, alzar y limitar hipotecas constituidas a favor de la sociedad incluso con cláusula de garantía general; siete) Dar y recibir en prenda con o sin desplazamiento de bienes muebles, valores mobiliarios, derecho y acciones; ocho) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio y de correduría; nueve) Celebrar contrato para establecer agentes, representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, etcétera o para constituir a la sociedad en tales calidades; diez) Establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto de país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social primitivo. Talcahuano, Abril 03 de 2018.-
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) almacenes medianos (venta de alimentos); supermercados, minimarkets; venta al por menor de otros productos en pequeños almacenes no especializados, comercio al por menor de verduras y frutas (verdulería) ; venta al por menor de productos de confiterías, cigarrillos, y otros; venta al por menor de aves y huevos; venta al por menor de alimentos para mascotas y animales en general; venta al por menor de productos de panadería y pastelería; venta al por menor de bebidas y licores (botillerías) b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y e) Cualquier otra actividad que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$10.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 25.xxx.xxx-5 | 25.xxx.xxx-5 | 50% | $5.000.000 |
RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 50% | $5.000.000 |
Administradores (2)
RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL
Texto oficial do extrato
JUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO, Notario Público Titular de la Notaría de Talcahuano, con oficio en Calle Covadonga N° 55, certifico que por escritura pública de hoy ante mí, DAISY ALEJANDRA ANDRADE MOROS, cédula de identidad para extranjeros número 25.650.552-5, domiciliada en calle Francisco de Asís, número 220, condominio Fuentes de Lomas, sector Lomas de San Sebastián, comuna de Concepción y don RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL, cédula nacional de identidad número 15.005.869-4, domiciliado en calle Francisco de Asís, número 220, condominio Fuentes de Lomas, sector Lomas de San Sebastián, comuna de Concepción, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “SOCIEDAD COMERCIAL ESPARZA Y ANDRADE LIMITADA”, Nombre de Fantasía: “FRUTIVERDE”, Objeto; El objeto de la sociedad será a) almacenes medianos (venta de alimentos); supermercados, minimarkets; venta al por menor de otros productos en pequeños almacenes no especializados, comercio al por menor de verduras y frutas (verdulería) ; venta al por menor de productos de confiterías, cigarrillos, y otros; venta al por menor de aves y huevos; venta al por menor de alimentos para mascotas y animales en general; venta al por menor de productos de panadería y pastelería; venta al por menor de bebidas y licores (botillerías) b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y e) Cualquier otra actividad que acuerden los socios.- Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá ambos socios, Daisy Alejandra Andrade Moros y Rodrigo Hernán Esparza Villarroel. Capital social: El capital social es la suma de $10.000.000.-, que los socios aportan enterar de la siguiente forma: A) DAISY ALEJANDRA ANDRADE MOROS aporta el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el pago de $5.000.000 en dinero efectivo, en el acto de suscripción de la presente escritura social y qué se entera a arcas sociales y B) RODRIGO HERNÁN ESPARZA VILLARROEL aporta el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el pago de $5.000.000 en dinero en efectivo, en el acto de suscripción de la presente escritura social y que se entera a arcas sociales.- Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de 5 años renovables tácitamente y en forma sucesiva por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino mediante escritura pública, la que se deberá dar a conocer al otro socio mediante notificación hecha por intermedio de un notario público y anotarse al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación mínima de dos meses, al vencimiento de la sociedad, como, asimismo, subinscribirse al margen de la escritura de constitución.- Domicilio: Concepción.- Demás estipulaciones escritura extractada. Talcahuano, Marzo 01 de 2018.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL ESPARZA Y ANDRADE LIMITADA
CVE 1379941
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL ESPARZA Y ANDRADE LIMITADA
CVE 1364487
