Société par actions76.847.625-K

Ingenieria Y Construccion El Morrillo SpA

MODIFICACIÓN — 31 déc. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-12-31Voir le PDF (CVE 2066171)

Informations sociétaires

SpA
Calle Porto Seguro 4395
Administration: Administrador único

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (1)

NomParticipation

Jorge Eduardo Burr González

Accionista

100%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 5 juin 2017

    Se constituyó la sociedad por acciones INGENIERIA Y CONSTRUCCION EL MORRILLO SpA con capital estatutario de $10.000.000.

    JORGE EDUARDO BURR GONZALEZ

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura 10 de diciembre de 2021, ante mí, JORGE EDUARDO BURR GONZALEZ, domiciliado en Calle Porto Seguro 4395, comuna de Quinta Normal, en su calidad de único accionista, modificó de conformidad con lo establecido en el artículo 427 del Código de Comercio, la sociedad por acciones INGENIERIA Y CONSTRUCCION EL MORRILLO SpA, RUT N°76.847625-K, con capital estatutario de $10.000.000, constituida con fecha 5 de junio de 2017, ante Notario Titular René León Manieu, de Curicó, inscrita fs.723 vuelta Nº362 Registro Comercio Curicó de 2017, el único accionista es don Jorge Eduardo Burr González, con 100 acciones, capital se encuentra íntegramente enterado y pagado, quien viene en modificar los estatutos de la sociedad en forma que pasa indicarse: Uno.- Administración: Modifica la cláusula Séptima en el sentido de que la administración y uso de la razón social le corresponderá a un administrador quien representará a la sociedad con plenos poderes. El administrador será elegido por la Junta de Accionistas por el voto conforme de la mitad más uno de las acciones y durará indefinidamente en sus funciones mientras no sea removido por la misma junta, conforme a las normas de estos Estatutos. En consecuencia, para acreditar su calidad de administrador bastará solamente la presentación de la presente Escritura, sin más trámites. En caso de que se tratare de otros administradores, ellos deberán en su momento acreditar su respectiva personería, mediante la reducción a Escritura Pública del acta de la Junta de Accionista, en que conste su nombramiento. Dos.- Poderes del Administrador: El administrador tendrá todas las facultades que se indican en la mencionada cláusula séptima del pacto constitutivo. Tres.- Se determina dejar sin efecto el nombramiento del administrador anterior llevado a cabo en el Artículo Séptimo; designando en este acto como único administrador de la sociedad a don Jorge Eduardo Burr González; con todas y cada una de las facultades enunciadas en el Artículo Séptimo del pacto constitutivo, pudiendo llevarlas a cabo sin ninguna limitación y sin necesidad de ninguna otra firma. Cuatro.- Se modifica la cláusula décimo tercera en el sentido que cualquier dificultad que se presente entre los accionistas de esta sociedad entre estos y la sucesión del contratante fallecido o su representante será resuelto por un árbitro designado de común acuerdo por los accionistas. A falta de acuerdo será designado por la justicia ordinaria en las condiciones y con las facultades que en la misma cláusula décimo tercera se indica. Cinco.- En todo lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social.- SANTIAGO, 23 de diciembre de 2021.

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