Asesorías En Compraventa De Inmuebles Gpr Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$200.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Luz María Guadalupe Pérez Infante Socio | - | 50% | $100.000 |
Socio | - | 50% | $100.000 |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 9 septembre 2014
Lucas Silva Johnson y José Miguel Barros Aspillaga ceden la totalidad de sus derechos sociales a Luz María Guadalupe Pérez Infante y Germán José Pérez Infante.
Lucas Silva Johnson · José Miguel Barros Aspillaga · Luz María Guadalupe Pérez Infante · Germán José Pérez Infante
- Changement de capital
Se corrige el capital social del extracto de modificación, estableciéndose en $200.000 y no en $100.000.
Luz María Guadalupe Pérez Infante · Germán José Pérez Infante
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Jose Ignacio Lavados Irigoyen, Abogado, Notario Público Suplente del Titular 27° Notaria de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2025 bajo el Repertorio Nº 11653-2025 otorgada ante mí: doña Luz María Guadalupe Pérez Infante y don Germán José Pérez Infante; ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello 1877, comuna de Providencia, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad ASESORÍAS EN COMPRAVENTA DE INMUEBLES GPR LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.845.140-0, inscrita a fojas 17.727, número 12.937 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007 (en adelante indistintamente como la “Sociedad”); exponen: UNO) Por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 78.560, número 47.838 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de octubre del mismo año; don Lucas Silva Johnson y don José Miguel Barros Aspillaga vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a doña Luz María Guadalupe Pérez Infante y a don Germán José Pérez Infante, quedando como únicos y actuales socios estos dos últimos en una participación de un 50% cada uno en los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales referente al capital social, el objeto social y la administración de la Sociedad. DOS) La modificación estatutaria señalada en el número UNO) anterior adolece de un Vicio Formal de Nulidad de aquellos señalados en el inciso tercero del artículo 1° de la Ley N°19.499, consistente en haber señalado en el extracto de modificación que el capital social es de $100.000, en lugar de $200.000 y haber omitido la proporción en que fueron aportados y enterados por cada socio. TRES) SANEAMIENTO: En virtud de lo señalado en los números UNO) y DOS) precedentes, los comparecientes, actuales y únicos socios de la Sociedad y de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°19.499, vienen en corregir y sanear el vicio referente al extracto de modificación, en el siguiente sentido: donde dice “3. Capital: El capital social asciende a la suma de $100.000”; debe decir: “3. Capital: El capital social es la suma de $200.000, aportados y enterados por los socios en la siguientes proporciones: doña Luz María Guadalupe Pérez Infante, con la suma de $100.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, y don Germán José Pérez Infante, con la suma de $100.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$200.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $100.000 |
Socio | - | 50% | $100.000 |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2007
Se indica que la sociedad está inscrita en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2007.
- Cession de droits· 1 décembre 2025
Luz María Guadalupe Pérez Infante cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital a Inversiones CPI SpA.
- Retrait d’un associé· 1 décembre 2025
Luz María Guadalupe Pérez Infante se retira de la sociedad.
- Changement de capital· 1 décembre 2025
Se modifica el capital social, fijándolo en $200.000, dividido en aportes iguales de $100.000 para Germán José Pérez Infante e Inversiones CPI SpA.
- Changement d’administrateur· 1 décembre 2025
Se modifica la administración social, que pasa a corresponder a Germán José Pérez Infante y Carlos Jose Perez Infante.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Jose Ignacio Lavados Irigoyen, Abogado, Notario Público Suplente del Titular 27° Notaria Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2025 bajo el Repertorio Nº 11654-2025, otorgada ante mí: doña Luz María Guadalupe Pérez Infante y don Germán José Pérez Infante; ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello 1877, comuna de Providencia, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad ASESORÍAS EN COMPRAVENTA DE INMUEBLES GPR LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.845.140-0, inscrita a fojas 17.727, número 12.937 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007 (en adelante indistintamente como la “Sociedad”) e Inversiones CPI SpA, domiciliada en Avenida Andrés Bello 1877, comuna de Providencia, Región Metropolitana; acordaron lo siguiente: UNO) Cesión de Derechos. Por este acto y con pleno acuerdo de la totalidad de los socios, doña LUZ MARÍA GUADALUPE PÉREZ INFANTE, vende, cede y transfiere a INVERSIONES CPI SpA, quien debidamente representada, compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de los derechos sociales de que es dueña la primera en la Sociedad, equivalentes al 50% del capital social. DOS) Nueva Composición Societaria. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales referida en el número UNO) precedente, se retira de la sociedad doña LUZ MARÍA GUADALUPE PÉREZ INFANTE. De esta manera, la composición societaria y la participación en el capital social queda establecida de la siguiente manera: a) don GERMÁN JOSÉ PÉREZ INFANTE con un 50% del haber social; y b) INVERSIONES CPI SpA con un 50% del haber social. TRES) Modificación Capital. Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar el artículo QUINTO de los estatutos sociales referido al capital social, quedando redactado en los siguientes términos: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $200.000, aportados por los socios en las siguientes proporciones a) don GERMÁN JOSÉ PÉREZ INFANTE, la suma de $100.000, equivalentes a un 50% del capital social; y b) INVERSIONES CPI SpA, la suma $100.000, equivalentes a un 50% del capital social”. CUATRO) Modificación Administración Social. Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar el artículo CUARTO de los estatutos sociales referido a la administración, señalando que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don GERMAN JOSE PEREZ INFANTE y a don CARLOS JOSE PEREZ INFANTE, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social y/o nombre de fantasía a sus firmas, representarán y obligarán a la Sociedad con amplias facultades, las cuales se señalan en la escritura que se extracta. QUINTO) Limitación de Responsabilidad. Los únicos y actuales socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2025.
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