Consorcio Constructor Digua Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La construcción de toda clase de obras civiles, sin limitación de ninguna especie, sea mediante licitación pública o de carácter privado, y especialmente la construcción de casas, edificios, locales comerciales, estructuras metálicas, galpones e instalaciones industriales, viviendas de cualquier naturaleza, obras de regadío, puentes, calles, caminos, tranques, canales, puertos, reciclaje y demolición de edificaciones, urbanizaciones, loteos y actividades semejantes, además de la comercialización y explotación de estas obras y construcciones; prestar servicios o asesorías, ejecutar o contratar trabajos relacionados con el giro de la construcción, comprar, vender y distribuir bienes, mercaderías y servicios, asociarse con terceros, representar a terceros y desarrollar cualquier acto o actividad relacionada directa o indirectamente con su giro.
Capital
Capital total
$440.000.000
Representación legal (2)
INVERSIONES JRLC S.A.
Historia societaria relatada
- Constitución· 19 de febrero de 2018
Se constituyó la sociedad CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA.
- Otro acto
Se informa que el extracto de constitución fue publicado el 22 de febrero de 2018 e inscrito a fojas 415 número 155 del Registro de Comercio de Talca, año 2018.
- Otro acto
Se reemplaza el nombre de fantasía por CONSORCIO DIGUA LTDA., se modifica el objeto, la administración, las utilidades, la responsabilidad y la duración.
Texto oficial del extracto
TEODORO PATRICIO DURAN PALMA, Notario Público Titular, 1 Norte 888, Talca, certifica: por escritura pública otorgada, hoy ante mí, “CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, Rut Nº 79.766.650-5, representada, por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, C.I. N°4.849.331-9, y la sociedad "INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, Rut Nº 96.903.910- 9, representada por la sociedad “INVERSIONES JRLC S.A.”, Rut N° 77.005.791-4, representada a su vez por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, ya individualizado, todos domiciliados en calle 1 Sur Nº 690, Piso 13, Oficina Nº 1316, Edificio Plaza Talca, de la ciudad y comuna de Talca; modifican sociedad "CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA", Rut N° 76.842.638-4, pudiendo funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "CONSORCIO DIGUA LTDA.", constituida por escritura pública de 19 de febrero de 2018, otorgada ante el Notario Público de Talca don Teodoro Durán Palma, Repertorio N° 1367-2018, extracto inscrito a fojas 415 número 155, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, año 2018 publicado en el Diario Oficial del 22 de febrero de 2018, con un capital de $440.000.000, en el siguiente sentido: 1) Se reemplaza la actual cláusula segunda por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la construcción de toda clase de obras civiles, sin limitación de ninguna especie, sea mediante licitación pública o de carácter privado, y se dedicará especialmente a la construcción de casas, edificios, locales comerciales, estructuras metálicas, galpones e instalaciones industriales, viviendas de cualquier naturaleza, entre ellas las denominadas “viviendas económicas“, las susceptibles de ser adquiridas mediante subsidios estatales, obras de diversas clases, tales como regadío, puentes, calles, caminos, tranques, canales, puertos, productos de toda especie, reciclaje y demolición de edificaciones, urbanizaciones, loteos u otras actividades semejantes, y la comercialización y explotación de todas estas obras y construcciones. Todas las actividades referidas podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito, y en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista a toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones. Prestar toda clase de servicios o asesorías, ejecutar o contratar trabajos relacionados con el giro de la construcción, pudiendo desarrollar directamente, a través de terceros o por cuenta ajena, cualquier clase de actividad en los inmuebles vinculados directa o indirectamente a su giro principal, pudiendo comprar, vender, distribuir, ejercer el comercio de toda clase de bienes, mercaderías y servicios. Sin perjuicio de lo anterior, el giro social comprenderá cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo determinen, y que se encuentre directa o indirectamente relacionado con los anteriores, sin que ello importe o requiera una modificación de sus estatutos.”.- 2) Se reemplaza la cláusula cuarta de los estatutos, relativa a la administración, la cual corresponderá a “CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, actuando a través de uno o más de sus apoderados que la representen, quien o quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades indicadas en dicha cláusula cuarta. 3) Se complementa la cláusula quinta de los estatutos, en el sentido que se agrega al final de ella el siguiente párrafo: “Los socios podrán retirar a cuenta de utilidades, mensualmente con cargo a gastos de la firma, la suma que libremente determinen de común acuerdo.”.- En consecuencia dicha cláusula queda del siguiente tenor: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán y soportarán entre los socios en la proporción que ellos anualmente acuerden. A falta de dicho acuerdo, las mismas se distribuirán y soportarán en proporción a sus respectivos aportes.- Los socios podrán retirar a cuenta de utilidades, mensualmente con cargo a gastos de la firma, la suma que libremente determinen de común acuerdo.”.- 4) Se sustituye también la cláusula sexta, por la siguiente: “SEXTO: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.”.- 5) Se reemplaza la cláusula octava de los estatutos por la siguiente: “OCTAVO: La sociedad tendrá duración indefinida.”. En todo lo que no se ha modificado, complementado y/o reemplazado, quedan plenamente vigentes las actuales estipulaciones sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 5 de enero de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$440.000.000
Representación legal (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 19 de febrero de 2018
Constitución de CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA, luego publicada como CONSORCIO DIGUA LTDA.
Texto oficial del extracto
TEODORO PATRICIO DURAN PALMA, Notario Público Titular, 1 Norte 888, Talca, certifica: por escritura pública hoy, ante mí, la sociedad “CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, RUT Nº 79.766.650-5, representada, por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, cédula de identidad Nº 4.849.331-9; y la sociedad "INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, RUT Nº 96.903.910-9, representada por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, todos domiciliados calle 1 Sur Nº690, Piso 13, Oficina 1316, Edificio Plaza Talca, ciudad y comuna de Talca; modifican sociedad "CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "CONSORCIO DIGUA LTDA.", RUT Nº 76.842.638-4, constituida por escritura pública de 19 de febrero de 2018, otorgada ante el Notario Público de Talca don Teodoro Durán Palma, Repertorio N° 1367-2018, extracto inscrito a fojas 415 número 155, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, año 2018 publicado en el Diario Oficial del 22 de febrero de 2018, con un capital de $440.000.000, en el siguiente sentido: 1) Se complementa la cláusula CUARTO relativa a la administración y uso de la razón social, en el sentido que se agrega a las facultades el siguiente número veintidós: “22.- Celebrar operaciones de factoring, confirming y derivados, pactos de recompra, y cualquier otro de carácter civil o mercantil”.- 2) Se rectifica la escritura de constitución social en el sentido que la cláusula del capital en adelante se denominará CUARTO BIS, y no CUARTO como se señala en la escritura.- En todo lo que no se ha rectificado y/o modificado y/o complementado, quedan plenamente vigentes las actuales estipulaciones sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 25 de junio de 2018.
Información societaria
Objeto social
El objeto único de la sociedad será la construcción del EDIFICIO INSTITUCIONAL MINVU REGION DEL MAULE, de la comuna de Talca, conforme a las Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas y sus complementos, según la Licitación Pública Nº 106-2017, Código BIP 30.131.410-0, ubicado en calle dos Norte uno Poniente de la ciudad de Talca.
Capital
Capital total
$440.000.000
Capital pagado
$440.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 79.766.650-5 | 79.766.650-5 | 50% | $220.000.000 |
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA Socio 96.903.910-9 | 96.903.910-9 | 50% | $220.000.000 |
Representación legal (2)
Texto oficial del extracto
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, la sociedad “CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, sociedad del giro de su razón social, Rol Único Tributario Nº 79.766.650-5, representada, por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, cédula de identidad Nº 4.849.331-9; y la sociedad "INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 96.903.910-9, representada por don JAIME RAFAEL LEIVA CARDENAS, todos domiciliados calle 1 Sur Nº690, Piso 13, Oficina 1316, Edificio Plaza Talca, ciudad y comuna de Talca; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social: "CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "CONSORCIO DIGUA LTDA.".- Objeto: El objeto único de la sociedad será la construcción del EDIFICIO INSTITUCIONAL MINVU REGION DEL MAULE, de la comuna de Talca, conforme a las Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas y sus complementos, según la Licitación Pública Nº 106-2017, Código BIP 30.131.410-0, ubicado en calle dos Norte uno Poniente de la ciudad de Talca.- La administración y el uso de la razón social: corresponderá a “CONSTRUCTORA DIGUA LIMITADA”, actuando a través de uno o más de sus apoderados que la representen, quien o quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades indicadas en cláusula cuarta de escritura extractada. Capital social $440.000.000, aportado de la siguiente forma: 1.- “Constructora Digua Limitada”, aporta la suma de $220.000.000, que equivale a un 50% del haber social, que entera y paga de contado, mediante la entrega del Depósito a la Vista Endosable, número 0238256, por la suma antes dicha, de fecha 14 de febrero de 2018, tomado en el Banco Santander Chile, sucursal Talca Plaza, a la orden de “Constructora Digua Limitada”, debidamente endosado por ésta a favor de la sociedad, suma que se entiende ingresada a la caja social.- 2.- “Inmobiliaria y Constructora Digua Limitada”, aporta la suma de $220.000.000, que equivale a un 50% del haber social, que entera y paga de contado, mediante la entrega del Depósito a la Vista Endosable, número 0238255, por la suma antes dicha, de fecha 14 de febrero de 2018, tomado en el Banco Santander Chile, sucursal Talca Plaza, a la orden de “Inmobiliaria y Constructora Digua Limitada”, debidamente endosado a favor de la sociedad, suma que se entiende ingresada a la caja social.- Domicilio: Talca.- Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura y terminará de pleno derecho una vez concluida la obra licitada, esto es, una vez recepcionada en forma definitiva, canceladas las garantías y pagadas todas y cada una de las obligaciones contraídas con motivo de su ejecución.- Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 19 de febrero de 2018.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 19 de febrero de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA
CVE 1879299
- MODIFICACIÓN
CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA
CVE 1424096
- CONSTITUCIÓN
CONSORCIO CONSTRUCTOR DIGUA LIMITADA
CVE 1357385
