Sociedad de Responsabilidad Limitada76.820.373-3

Sociedad Constructora Basso, Andreani Y Larenas Limitada

MODIFICACIÓN — 24 ene 2018

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-01-24Ver PDF (CVE 1340582)

Información societaria

Ltda
Administración: La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Bruno Esteban Larenas Galindo, con amplias facultades

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital pagado

$8.000.000

Socios (4)

NombreParticipación

Aldo Andreani Zuñiga

Socio

7.xxx.xxx-8

-

Livio Basso Andreani

Socio

7.xxx.xxx-8

-

Roberto Esteban Larenas Valle

Socio

9.xxx.xxx-3

-

Bruno Esteban Larenas Galindo

Socio

16.xxx.xxx-8

-

Administradores (1)

Bruno Esteban Larenas Galindo

16.xxx.xxx-8Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 29 de noviembre de 2017

    Constitución original de la sociedad constructora.

    Aldo Andreani Zuñiga · Livio Basso Andreani · Roberto Esteban Larenas Valle · Bruno Esteban Larenas Galindo

Texto oficial del extracto

Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, Titular Villa Alemana, Avenida Valparaíso 584, certifico: escritura hoy ante mí, don ALDO ANDREANI ZUÑIGA, chileno, Cédula de Identidad número 7.754.529-8, domiciliado en Con Con, calle Maroto numero quinientos cincuenta y uno; don LIVIO BASSO ANDREANI, chileno, casado y separado de bienes, Cédula de Identidad número 7.999.489-8 y domiciliado en Quillota, paradero doce sin número San Pedro; don ROBERTO ESTEBAN LARENAS VALLE, chileno, casado y separado de bienes, empresario, Cédula de Identidad número 9.261.748-3 y domiciliado en Villa Alemana, calle Bellavista número seiscientos cuarenta, Quebrada Escobares; y don BRUNO ESTEBAN LARENAS GALINDO, declara ser chileno, soltero, Cédula de Identidad número 16.677.054-8 y domiciliado en Villa Alemana, calle Los Salesianos numero mil doscientos cuarenta y cinco, El Carmen; Modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada "SOCIEDAD CONSTRUCTORA BASSO, ANDREANI Y LARENAS LIMITADA” pudiendo con todo girar en toda clase de actos e inclusive bancarios, con el nombre de fantasía de “CONSTRUCTORA BAL LTDA.", constituida por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2017, repertorio número 1.874 ante la Notario Público Infrascrita, e inscrita a fojas 162 número 111 en el Registro de Comercio del año 2017, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, extracto publicado en el Diario Oficial bajo el número 41.923, con fecha 02 de diciembre de 2017. Capital de $8.000.000 aportados e ingresados en la caja social, según en la forma señalada en el pacto social. MODIFICACION: los socios modifican y reemplazan en su totalidad la “CLAUSULA CUARTO –ADMINISTRACION” del pacto social, quedando del siguiente tenor: “CUARTO: ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Bruno Esteban Larenas Galindo, con amplias facultades, pudiendo representar a la sociedad, quién anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades que en derecho puedan existir, entre ellas y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa podrá:. uno) otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y extrajudicialmente su cumplimiento. dos) Celebrar contratos de transporte, fletamento, cambio y correduría; celebrar contratos para construir agentes, comisionistas, distribuidores o subagente. tres) Otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias. cuatro) Celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, imponerse de su movimiento y aprobar o rechazar sus saldos, y cerrarlas. cinco) Celebrar contratos de transacción, aun respecto de cosa disputada, incluso muebles, ya sea ésta judicial o extrajudicial. seis) recibir en donación, incluso bienes raíces. siete) celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar o despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término; desahuciar, otorgar finiquitos, pagar sueldos, salarios, gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos, estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera, pactar viáticos, traslados y demás condiciones que estime conveniente. ocho). Celebrar contratos de sociedad de cualquier clase y objeto, sean civiles, comerciales, colectivas, anónimas abiertas o cerradas, encomandita, de responsabilidad limitada, o ingresar a otra sociedad ya constituida; formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, cooperativas y otras; facultar para modificarlas, ampliarlas, formar otras nuevas, y en cualquier forma alterarlas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no constituirlas, pedir su liquidación o participación, llevar a cabo una u otra cosa, invertir en su desarrollo, designar o contribuir a la designación de uno o mas liquidadores, jueces compromisarios, partidores, peritos, tasadores, depositarios, síndicos, administradores, y demás funcionarios que fueren necesarios, pudiendo señalarles facultades, obligaciones, remuneraciones, plazos, condiciones, como de efectuar las liquidaciones o participaciones, autorizar a los liquidadores o partidores, someter a arbitraje y , en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y cumplir todas las obligaciones que a los mandantes correspondan como socios, comuneros o accionistas de tales sociedades, comunidades o asociaciones, cooperativas y otras. nueve). Caucionar cualquier clase de obligaciones de cualquier naturaleza, como garantía real o personal, y aceptar toda clase de garantías en beneficio de la sociedad. diez) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en bancos comerciales o de fomento, en el Banco del Estado de Chile, en instituciones previsión, administradoras de fondos de pensiones, o en cualquier entidad de derecho público o de derecho privado, sea en su beneficio exclusivo, de la sociedad o en el de sus trabajadores; depositar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar o impugnar saldos y cerrarlas. once) Representar a la sociedad en todo lo relacionado con las actuaciones que deben cumplirse ante el Banco Central de Chile, y otras entidades o personas naturales en relación con operaciones de cambio y de comercio exterior incluso importación y exportación de mercancías. En el ejercicio de su cometido podrá ejecutar los actos que a continuación se indican, sin que la enumeración sea taxativa, sino solo enunciativa: presentar y firmar informes y registros de importación y exportación, solicitudes anexas y toda clase de documentación que le fuera exigida por el Banco Central de Chile u otras autoridades, tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía en los casos que tales cauciones fueren procedentes; contratar aperturas de acreditivos; operar y suscribir cartas de crédito y contratos de libre consignación; entregar, endosar y retirar documentos de embarque, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación, celebrar ventas condicionales, celebrar compra venta de divisas a futuro, autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio, comprar y vender divisas, hacer declaraciones juradas y , en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las transacciones que fueran conducentes en operaciones de cambio y comercio exterior. doce) Representar a los mandantes ante los bancos comerciales, nacionales o extranjeros, estatales o particulares con las mas amplias facultades que puedan necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuentas corrientes mercantiles y abrir cuentas corrientes bancarias de depósito y/o de crédito; girar y pactar sobregiros en ellas e imponerse de su movimiento y cerrar unas y otras, todo ello en moneda nacional como extranjera; aprobar o reconocer y objetar o impugnar sus saldos, retirar talonarios de cheques o cheques saldos; cancelar y endosar cheques y efectos de comercio; dar órdenes de no pago; girar y operar en cajeros automáticos, solicitar protestos de cheques; endosar cheques y efectos de comercio para depositarlos en la cuenta corriente de la sociedad; contratar préstamos, sea como créditos en cuentas corrientes, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales y otros; contratar líneas y aperturas, arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendatario; colocar y retirar dinero y valores, sean en moneda extranjera o nacional, en depósito, custodia o garantía, y cancelar los certificados respectivos en moneda nacional o extranjera; efectuar operaciones de cambio; tomar boletas de garantía y , en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera, retirar depósitos a la vista o a plazo, valores y documentos. trece) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer de cualquier forma, de cheques, letras de cambio, pagares y libranzas, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera y ejecutar todas las acciones que a la sociedad corresponden en relación con tales documentos. catorce) Ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio. quince) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes y/u otra forma, todo lo que la sociedad adeude por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones, ya sea por novación, remisión, compensación y otras formas. dieciséis) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad o se pueda adeudarle en el futuro a cualquier título que sea y por cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco, instituciones fiscales, semi fiscales o de administración autónoma, instituciones privadas, etcétera, sean en dinero o en otra clase de bienes corporales, raíces o muebles, valores mobiliarios o de cualquier otra forma. diecisiete) Autocontratar, ya sea comprando para sí, lo que la sociedad le ha ordenado vender, y viceversa o actuando simultáneamente en representación de dos o más mandantes, ya sea que existan o no intereses antagónicos. dieciocho) Firmar recibos, finiquitos, y cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos toda clase de declaraciones que estimare necesarias o convenientes. diecinueve) Inscribir la propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposición o solicitar nulidades y en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que fueren procedentes en esta materia. veinte) Entregar y recibir a las oficinas de correos, telégrafos, télex, aduanas, empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías u otras, dirigidas o consignadas a la sociedad o expedidas por ésta. veintiuno) Tramitar pólizas de embarque o trasbordo, extender, endosar o firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de libre tránsito, pagares u órdenes de entrega de aduanas o de intercambio de productos y ejecutar, en general, toda clase de operaciones aduaneras, pudiendo al efecto otorgar mandatos especiales, presentar o suscribir solicitudes, declaraciones y cuantos instrumentos públicos o privados se precisen en aduanas, o desistirse de ellos. veintidós) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades, servicios públicos e instituciones de previsión, servicio de salud, dirección del trabajo. veintitrés) Representar judicialmente a la sociedad ante todos los Tribunales Ordinarios y Especiales, Arbitrales o Administrativos de la República y en todo tipo de gestiones judiciales en que tenga interés o pueda llegar a tenerlos como demandante, demandada o tercero de cualquier especies, pudiendo ejercer toda clase de acciones ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquier otra naturaleza, con todas las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil que se dan por expresamente reproducidos en este acto, especialmente las de aceptar demandas, contestar demandas, renunciar a los recursos y plazos legales, desistirse en primera instancia de la acción deducida, transigir, comprometer, cobrar y percibir, celebrar convenios, avenimientos o transacciones judiciales, prejudiciales o extrajudiciales, designar árbitros, en cualquier forma con las facultades hasta de arbitradores, fijar domicilio y prorrogar jurisdicción. veinticuatro) realizar todas la gestiones anteriores y necesarias relacionadas con el arrendamiento, promesa y venta de los inmuebles de la sociedad, pudiendo negociar de la forma que me mejor le parezca. veinticinco) comprar, vender, permutar, prometer y en general, adquirir y enajenar a cualquier titulo, toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, incluso valores mobiliarios, así también la actuación ante el Servicio de Impuestos Internos, y Tesorería General de la República”. En todo lo no expresamente modificado, se mantiene vigente el pacto social constitutivo de fecha 29 de Noviembre de 2017. Villa Alemana, a 19 de enero de 2018. Rep. 114.

ConstituciónDiario Oficial · 2017-12-02Ver PDF (CVE 1313678)

Información societaria

Ltda
Villa Alemana, Valparaíso
Duración: Indefinido
Administración: La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Bruno Esteban Larenas Galindo, con amplias facultades, pudiendo representar a la sociedad, quién anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades que en derecho puedan existir, salvo limitaciones señaladas en el pacto social y que dicen relación a la compra, venta, permutar, promesa y en general, la adquisición y enajenación a cualquier titulo, toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, incluso valores mobiliarios, así como también la actuación ante el Servicio de Impuestos Internos, y Tesorería General de la República, la cual corresponderá conjuntamente a dos de los socios, a excepción de la actuación conjunta por una parte de don Aldo Andreani Zuñiga con don Livio Basso Andreani y/o por otra de don Roberto Esteban Larenas Valle con don Bruno Esteban Larenas Galindo. Así mismo acuerdan los socios que respecto a las facultades mencionadas en los numerales trece, catorce y quince, el socio administrador, en tal caso don Bruno Esteban Larenas Galindo, deberá rendir cuenta suficiente de aquellas a todos los socios conjuntamente.

Objeto social

La explotación comercial de bienes inmuebles, contratar, subcontratar y administrar contratos de construcción, arrendamiento, administración, subarrendamiento de bienes inmuebles amoblados o no con o sin instalaciones. Lotear, subdividir terrenos propios o de terceros, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, servicios de demolición de estructuras, Construcción total o parcial de viviendas, administrar obras de ingeniería, reparación de viviendas o cualquier tipo de edificaciones, efectuar estudio o ejecución de proyectos de ingeniería, construcción y mantención, ampliación, reparación, remodelación, decoración, de toda clase de edificaciones, habitaciones y comerciales, ejecución de obras civiles, así también la ejecución de todo tipo de obras o servicios vinculados, directa o indirectamente, con la construcción, por cuenta propia o ajena en forma directa o a través de propuestas públicas o privadas, prestación y comercialización de servicios de mantención industrial, oficinas, parques y jardines, instalación, mantención e inspección de obras sanitarias y de gas, ejecución de loteos y urbanizaciones de terrenos por cuenta propia o ajena, ya sea por administración a suma alzada; efectuar prestaciones que se pueden dar tanto a las empresas privadas, publicas fiscales, municipales estatales y/o particulares, de forma directa o como contratista; el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyecto inmobiliario, la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, valores mobiliarios y efectos públicos y/o de comercio, títulos de crédito, debentures y en general en cualquier clase de valores mobiliarios; Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, en arriendo de instalaciones de oficinas, locales comerciales o habitacionales; podrá participar en la formación o constitución de sociedades con terceros a fin de dar cumplimiento a los objetivos antes mencionados; y en general podrá realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios y que se relacione directa o indirectamente con el giro antes mencionado, sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad objeto o giro social.

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital pagado

$8.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

Aldo Andreani Zuñiga

Socio

7.xxx.xxx-8

25%

Livio Basso Andreani

Socio

7.xxx.xxx-8

25%

Roberto Esteban Larenas Valle

Socio

9.xxx.xxx-3

25%

Bruno Esteban Larenas Galindo

Socio

16.xxx.xxx-8

25%

Administradores (1)

Bruno Esteban Larenas Galindo

16.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, Titular Villa Alemana, Avenida Valparaíso 584, certifico: escritura hoy ante mí, don ALDO ANDREANI ZUÑIGA, chileno, Cédula de Identidad número 7.754.529-8, domiciliado en Con Con, calle Maroto numero quinientos cincuenta y uno; don LIVIO BASSO ANDREANI, chileno, casado y separado de bienes, Cédula de Identidad número 7.999.489-8 y domiciliado en Quillota, paradero doce sin número San Pedro; don ROBERTO ESTEBAN LARENAS VALLE, chileno, casado y separado de bienes, empresario, Cédula de Identidad número 9.261.748-3 y estar domiciliado en Villa Alemana, calle Bellavista número seiscientos cuarenta, Quebrada Escobares; y don BRUNO ESTEBAN LARENAS GALINDO, declara ser chileno, soltero, Cédula de Identidad número 16.677.054-8 y domiciliado en Villa Alemana, calle Los Salesianos numero mil doscientos cuarenta y cinco, El Carmen; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuya Razón social será SOCIEDAD CONSTRUCTORA BASSO, ANDREANI Y LARENAS LIMITADA con todo podrá girar en toda clase de actos e inclusive bancarios, con el nombre de fantasía CONSTRUCTORA BAL LTDA. OBJETO: La explotación comercial de bienes inmuebles, contratar, subcontratar y administrar contratos de construcción, arrendamiento, administración, subarrendamiento de bienes inmuebles amoblados o no con o sin instalaciones. Lotear, subdividir terrenos propios o de terceros, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, servicios de demolición de estructuras, Construcción total o parcial de viviendas, administrar obras de ingeniería, reparación de viviendas o cualquier tipo de edificaciones, efectuar estudio o ejecución de proyectos de ingeniería, construcción y mantención, ampliación, reparación, remodelación, decoración, de toda clase de edificaciones, habitaciones y comerciales, ejecución de obras civiles, así también la ejecución de todo tipo de obras o servicios vinculados, directa o indirectamente, con la construcción, por cuenta propia o ajena en forma directa o a través de propuestas públicas o privadas, prestación y comercialización de servicios de mantención industrial, oficinas, parques y jardines, instalación, mantención e inspección de obras sanitarias y de gas, ejecución de loteos y urbanizaciones de terrenos por cuenta propia o ajena, ya sea por administración a suma alzada; efectuar prestaciones que se pueden dar tanto a las empresas privadas, publicas fiscales, municipales estatales y/o particulares, de forma directa o como contratista; el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyecto inmobiliario, la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, derechos, acciones, bonos, valores mobiliarios y efectos públicos y/o de comercio, títulos de crédito, debentures y en general en cualquier clase de valores mobiliarios; Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, en arriendo de instalaciones de oficinas, locales comerciales o habitacionales; podrá participar en la formación o constitución de sociedades con terceros a fin de dar cumplimiento a los objetivos antes mencionados; y en general podrá realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios y que se relacione directa o indirectamente con el giro antes mencionado, sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad objeto o giro social.- ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Bruno Esteban Larenas Galindo, con amplias facultades, pudiendo representar a la sociedad, quién anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades que en derecho puedan existir, salvo limitaciones señaladas en el pacto social y que dicen relación a la compra, venta, permutar, promesa y en general, la adquisición y enajenación a cualquier titulo, toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, incluso valores mobiliarios, así como también la actuación ante el Servicio de Impuestos Internos, y Tesorería General de la República, la cual corresponderá conjuntamente a dos de los socios, a excepción de la actuación conjunta por una parte de don Aldo Andreani Zuñiga con don Livio Basso Andreani y/o por otra de don Roberto Esteban Larenas Valle con don Bruno Esteban Larenas Galindo. Así mismo acuerdan los socios que respecto a las facultades mencionadas en los numerales trece, catorce y quince, el socio administrador, en tal caso don Bruno Esteban Larenas Galindo, deberá rendir cuenta suficiente de aquellas a todos los socios conjuntamente. CAPITAL.- la suma de El capital de la sociedad será la suma de $8.000.000, los socios aportan de la siguiente forma: don Aldo Andreani Zuñiga, la suma de $2.000.000, de contado, en este acto e ingresado a la caja social; don Livio Basso Andreani, la suma de $2.000.000, de contado, en este acto e ingresado a la caja social; don Roberto Esteban Larenas Valle, la suma de $2.000.000, de contado, en este acto e ingresado a la caja social; y don Bruno Esteban Larenas Galindo, la suma de $2.000.000, de contado, en este acto e ingresado a la caja social. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Villa Alemana, sin perjuicio de las sucursales que establezca en otros puntos del país o del extranjero.-. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será Indefinido, contados desde la fecha de la presente escritura, si ninguno de los socios con a lo menos ciento ochenta días de anticipación expresare su voluntad de poner término a la sociedad. RESPONSABILIDAD: queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Villa Alemana, a 29 de Noviembre de 2017.Rep. 1.874.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA BASSO, ANDREANI Y LARENAS LIMITADA

    CVE 1340582

  2. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA BASSO, ANDREANI Y LARENAS LIMITADA

    CVE 1313678

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial